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DOF: 13/04/2021
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban las recomendaciones para el desarrollo de campañas políticas que podrán seguir los partidos políticos nacionales y candidaturas independientes en el marco de la contingen

ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban las recomendaciones para el desarrollo de campañas políticas que podrán seguir los partidos políticos nacionales y candidaturas independientes en el marco de la contingencia sanitaria por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG324/2021.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LAS RECOMENDACIONES PARA EL DESARROLLO DE CAMPAÑAS POLÍTICAS QUE PODRÁN SEGUIR LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL MARCO DE LA CONTINGENCIA SANITARIA POR EL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19)
GLOSARIO
CI
Candidatura(s) independientes
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Constitución/CPEUM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
CPPP
Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos
COVID-19
Enfermedad por el virus SARS-CoV2/Coronavirus
DEPPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
DOF
Diario Oficial de la Federación
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral
JGE
Junta General Ejecutiva
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
LGPP
Ley General de Partidos Políticos
OMS
Organización Mundial de la Salud
OPL
Organismos Públicos Locales Electorales
PEF 2020-2021
Proceso Electoral Federal 2020 2021
PPN
Partido(s) Político(s) Nacional(es)
Recomendaciones
Recomendaciones para el desarrollo de campañas políticas en el marco de la contingencia sanitaria por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
SSA
Secretaría de Salud
 
ANTECEDENTES
I.          Declaración de pandemia. El 11 de marzo de 2020, la OMS calificó como pandemia el brote de coronavirus COVID-19, por la cantidad de casos de contagio y de países involucrados, y emitió una serie de recomendaciones para su control.
II.         Medidas preventivas dictadas por el Secretario Ejecutivo. El 13 de marzo de 2020, el Secretario Ejecutivo de este Instituto, mediante comunicado oficial dio a conocer la implementación de diversas medidas de prevención, información y orientación a fin de mitigar el riesgo de contagio entre personal del Instituto.
III.        Medidas preventivas y de actuación dictadas por la Junta General Ejecutiva. El 17 de marzo de 2020, la JGE del Instituto aprobó mediante Acuerdo INE/JGE34/2020, las medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19.
IV.        Reconocimiento de la epidemia de enfermedad por la enfermedad COVID-19. El 23 de marzo de 2020, se publicó en la edición vespertina del DOF el Acuerdo mediante el cual el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus COVID-19 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.
V.         Declaración de fase 2 de la pandemia. Con base en ello, así como la declaración de la OMS en
el mismo sentido, el 24 de marzo de 2020, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, declaró el inicio de la fase 2 por la pandemia de la COVID-19, que implica que existe contagio local, al contrario de la fase 1 que consiste únicamente en casos importados.
VI.        Medidas preventivas emitidas por la SSA. El 24 de marzo de 2020, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus de la COVID-19.
            En el artículo primero se establece que todas las autoridades de los tres órdenes de gobierno están obligadas a la instrumentación de las medidas preventivas contra la enfermedad por el virus de la COVID-19, entendiendo como tales aquellas intervenciones comunitarias definidas en la "Jornada Nacional de Sana Distancia", que tienen como objetivo el distanciamiento social para la mitigación de la transmisión poblacional de virus de la enfermedad COVID-19, disminuyendo así el número de contagios de persona a persona y, por ende, el de propagación de la enfermedad, con especial énfasis en grupos vulnerables, permitiendo además que la carga de enfermedad esperada no se concentre en unidades de tiempo reducidas, con el subsecuente beneficio de garantizar el acceso a la atención médica hospitalaria para los casos graves.
VII.       Suspensión de actividades presenciales. Asimismo, entre otros aspectos, indica que se deberá evitar la asistencia a centros de trabajo de personas en condiciones vulnerables y suspender temporalmente las actividades que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, a partir de la entrada en vigor de ese acuerdo y hasta el 19 de abril del 2020; así como que deberán instrumentarse planes que garanticen la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para salud que implica la enfermedad de la COVID-19 y garantizar los derechos humanos de las personas trabajadoras.
VIII.      Sesiones virtuales. El 27 de marzo pasado, mediante Acuerdo INE/CG80/2020, el Consejo General de este Instituto autorizó la celebración, a través de herramientas tecnológicas, de sesiones virtuales o a distancia, ordinarias o extraordinarias, del Consejo General o la JGE, durante el periodo de medidas sanitarias derivado de la pandemia COVID-19.
IX.        Declaración de fase 3 de la pandemia. El 21 de abril de dos mil veinte, en la conferencia matutina del titular de la Presidencia de la República, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud dio por iniciada la Fase Tres de la epidemia ocasionada por el virus SARS-CoV2.
X.         Acciones extraordinarias en el marco de la pandemia. Ese mismo día fue publicado en la edición vespertina del DOF el Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por la enfermedad COVID-19, publicado el treinta y uno de marzo de dos mil veinte.
XI.        Sistema de semáforo epidemiológico por regiones. El catorce de mayo de dos mil veinte, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias.
XII.       Reapertura de actividades económicas. El 29 de mayo de 2020 se publicó en el DOF el acuerdo mediante el cual la SE estableció los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas.
XIII.      Informe que presenta la Secretaría Ejecutiva del INE sobre las acciones realizadas para enfrentar la pandemia por el virus COVID-19 y la estrategia de regreso a actividades presenciales. El 19 de junio de 2020 fue presentado ante el Consejo General, a fin de dar a conocer las acciones que se han implementado en el Instituto y las acciones a implementar para el futuro.
XIV.      Integración del grupo INE C-19. El 24 de junio de 2020, la JGE aprobó el Acuerdo INE/JGE69/2020, mediante el cual se dio a conocer la estrategia para el regreso paulatino a las actividades presenciales por parte del personal del Instituto, así como la integración y facultades del grupo INE-C19, con el objetivo de coordinar las acciones tendentes a garantizar la continuidad de las actividades del Instituto en todo el territorio nacional, a la vez de proteger la salud de su personal.
            En el mismo acuerdo, se aprobó el protocolo para el regreso a las actividades presenciales del personal del Instituto.
XV.       Medidas de los Procesos Electorales Locales 2020. El 30 de julio de 2020, el Consejo General
aprobó como anexos del Acuerdo INE/CG171/2020, el "Modelo Integral de Atención Sanitaria para los Procesos Electorales Locales de Coahuila e Hidalgo" y el "Protocolo de atención sanitaria y protección a la salud, para la operación de las casillas el día de la Jornada Electoral, Proceso Electoral 2019-2020 Coahuila e Hidalgo".
XVI.      Aprobación del Plan Integral y calendario del PEF 2020-2021. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, el Consejo General aprobó el Plan Integral y Calendario del PEF 2020-2021, a propuesta de la Junta General Ejecutiva.
XVII.     Inicio del PEF 2020 2021. El siete de septiembre de dos mil veinte conforme a lo previsto en el numeral 2, del artículo 40 de la LGIPE mediante sesión extraordinaria del Consejo General dio inicio el PEF 2020-2021.
XVIII.     Aprobación del acuerdo CF/016/2020. El 9 de septiembre de 2020, la Comisión de Fiscalización del INE, aprobó el Acuerdo para dar respuesta a las consultas planteadas por el Partido de la Revolución Democrática y Partido Encuentro Social en el estado de Hidalgo en materia de reporte y comprobación de los gastos derivados de la adquisición de materiales e insumos de sanitización con motivo de la contingencia sanitaria por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
XIX.      Aprobación del acuerdo INE/CG518/2020. El 28 de octubre de 2020, el Consejo General aprobó el Acuerdo por el que determinan las reglas para la contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización, así como los gastos que se consideran como de apoyo ciudadano y precampaña correspondientes al Proceso Electoral Federal ordinario y locales concurrentes 2020-2021, así como los procesos extraordinarios que se pudieran derivar de dicho proceso.
XX.       Protocolos aprobados por los OPL. El quince de marzo de 2021, la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales informó a la DEPPP sobre los protocolos aprobados por los órganos locales, actualizando la información el día veinticinco del mismo mes.
XXI.      Informe técnico de la SSA. El 22 de marzo de 2021, la SSA a través de la Dirección General de Epidemiología, publicó su informe técnico diario, que indica lo siguiente:
·   A nivel mundial se han reportado 122,992,844 casos confirmados (455,964 casos nuevos) de la enfermedad COVID-19 y 2,711,071 defunciones (7,291 nuevas defunciones). Tasa de letalidad global 2.2%.
·   En México hasta el día de hoy se han confirmado 2,197,160 casos y 198,239 defunciones por la enfermedad COVID-19.
·   Conforme al semáforo de riesgo epidemiológico del 15 al 28 de marzo, ninguna entidad se encuentra en semáforo rojo, 8 entidades se encuentran en semáforo naranja (Ciudad de México, Estado de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Tabasco y Yucatán), 21 en semáforo amarillo (Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas) y tres en semáforo verde (Campeche, Chiapas y Sonora).
XXII.     Reunión de trabajo del Grupo Estratégico INE-C19. El 22 de marzo de 2021, se llevó a cabo una reunión entre los integrantes del grupo estratégico INE-C19, el Consejero presidente del Instituto y autoridades de salud, en la que se desarrollaron, entre otros temas:
a)    la inquietud de si deben o no contemplarse periodos máximos de duración de los eventos. Y, en su caso, cuál podría ser esa temporalidad recomendable de duración.
b)    En cuanto a actos de campaña en espacios abiertos y cerrados, ¿debería considerarse el mismo tiempo de duración o cabría distinguir entre uno y otro supuesto?
XXIII.     Aprobación del Anteproyecto. En sesión celebrada el veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno, la CPPP conoció y aprobó el presente Anteproyecto de Acuerdo.
CONSIDERANDO
Competencia
1.         Este Consejo General, como máxima autoridad administrativa en la materia, depositaria de la función electoral, es competente para emitir el presente Acuerdo extraordinario, toda vez que es la encargada de velar por la efectividad de los principios constitucionales que la rigen y, dentro de sus atribuciones, cuenta con la de dictar los acuerdos que sean necesarios para hacer efectivas sus atribuciones establecidas en la Constitución, la LGIPE y demás normativa aplicable, de conformidad con el siguiente:
 
Marco normativo
2.         En el artículo 41, párrafo tercero, Base V, apartado A, párrafos primero, segundo y tercero de la Constitución se establece que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del INE, organismo público autónomo que es autoridad en la materia e independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño; contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. En el ejercicio de estas funciones, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género serán principios rectores.
            Asimismo, en términos de lo previsto en el artículo 30, párrafo 1, de la LGIPE, son fines del Instituto contribuir al desarrollo de la vida democrática; asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar la integración de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática, entre otros.
            De acuerdo con los artículos 31, párrafo 1, y 33, párrafo 1, de la citada ley, el Instituto es autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño y ejerce sus funciones en todo el territorio nacional.
            A su vez, de conformidad con lo establecido en el artículo 35, párrafo 1, de la LGIPE, el Consejo General es el órgano superior de dirección del INE, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios rectores señalados guíen todas las actividades del Instituto.
3.         Asimismo, la LGPP regula el desarrollo de las campañas electorales de los PPN, las coaliciones y las CI. Al respecto, para los fines del presente Acuerdo, con base en los artículos 242, párrafos 1 y 2; 244, párrafos 1 y 2; y 245, los actores políticos pueden llevar a cabo reuniones públicas, asambleas, marchas y aquellos actos en que las y los candidatos o vocerías de los PPN se dirigen al electorado para promover sus candidaturas. Estos actos están protegidos por el artículo 9 constitucional y su límite es el respeto a los derechos de terceros, así como las disposiciones que para el ejercicio del derecho de reunión y preservación del orden público dicte la autoridad administrativa competente.
            En ese sentido, toda vez que el INE, a través de su Consejo General, es la autoridad administrativa a la que compete la rectoría del sistema electoral a efecto de asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos político-electorales, así como para la promoción del voto -fin último de los actos de campaña- a dicha autoridad le corresponde promover disposiciones encaminadas a regular el ejercicio de los derechos enmarcados en los actos de campaña, como el de llevar a cabo reuniones públicas, asambleas y marchas, entre otros.
Función electoral y desarrollo de la pandemia
4.         Conforme con el artículo 1º de la CPEUM, todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no puede restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la propia Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se deben interpretar conforme con la Constitución y los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
            En términos del artículo 4, párrafo cuarto, de la CPEUM toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley debe definir las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como establecer la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme lo dispuesto por la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución. Por su parte el artículo 73, fracción XVI, bases 2ª y 3ª, de la CPEUM, establece que, en caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables. Dicha autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del país.
 
            En diversos instrumentos internacionales de los cuales México es parte, el derecho a la salud se encuentra reconocido y garantizado. El artículo 12, párrafo 2, inciso c), del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, prevé que entre las medidas que deberán adoptar los Estados parte en el Pacto, a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas. Por su parte, el artículo 25, párrafo 1, primera parte, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, dispone que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar. El artículo 5, inciso e), fracción IV, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, establece que los Estados parte se comprometen a prohibir y eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico, particularmente en el goce de los derechos a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales. El artículo 10, párrafos 1 y 2, incisos c), d) y e), del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo de San Salvador'", señala que toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. Asimismo, con el fin de hacer efectivo el derecho a la salud los Estados parte se comprometen a reconocer la salud como un bien público y particularmente a adoptar, entre otras, las medidas para garantizar este derecho, como son la total inmunización contra las principales enfermedades infecciosas; la prevención y tratamiento de las enfermedades endémicas, profesionales y de otra índole, así como la educación de la población sobre la prevención y tratamiento de los problemas de salud.
            Ahora bien, la Ley General de Salud reglamenta que el derecho a la salud que tiene toda persona es de observancia obligatoria en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés general. El artículo 2, en sus fracciones I y IV, prevé que algunas de las finalidades que tiene el derecho a la protección de la salud son las siguientes:
·   El bienestar físico y mental del hombre y la mujer, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades.
·   La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud.
            Conforme con el artículo 140, las autoridades no sanitarias cooperarán en el ejercicio de las acciones para combatir las enfermedades transmisibles, estableciendo las medidas que estimen necesarias, sin contravenir las disposiciones de la propia Ley, las que expida el Consejo de Salubridad General y las Normas Oficiales Mexicanas que dicte la Secretaría de Salud. Los artículos 181, 402 y 404, fracciones I, 11, 111, IV, VII, XI y XIII, disponen, en lo conducente, que en casos de epidemia de carácter grave y peligro de invasión de enfermedades transmisibles que afecten al país, la Secretaría de Salud dictará inmediatamente las medidas indispensables para prevenir y combatir los daños a la salud, debiéndose considerar como medidas de seguridad sanitaria las disposiciones que dicte dicha autoridad sanitaria, para proteger la salud de la población; que se aplicarán sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, correspondieren, y entre otras, comprenden: el aislamiento; la cuarentena; la observación personal; la vacunación de personas; la suspensión de trabajos o servicios; la desocupación o desalojo de casas, edificios, establecimientos y, en general, de cualquier predio y las demás de índole sanitaria que determinen las autoridades sanitarias competentes, que puedan evitar que se causen o continúen causando riesgos o daños a la salud.
            Por su parte, en la normativa que rige al INE, el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa dispone en su artículo 84 la obligación del Instituto de mantener sus centros de trabajo en las condiciones de seguridad e higiene necesarias para garantizar la salud y la vida del personal, prevenir y reducir las posibilidades de riesgo de trabajo.
            En seguimiento al mismo tema, sirve de sustento el criterio sostenido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,(1) en el sentido de que es deber de las autoridades observar los derechos humanos establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte en el sentido más favorable a las personas, así como diseñar políticas públicas razonables que permitan alcanzar los objetivos impuestos y determinar cuáles son las medidas adecuadas al efecto.
            Ahora bien, la materia electoral goza de un dinamismo particular, más aún ante las circunstancias excepcionales actuales ocasionadas por la pandemia de la COVID-19, por lo que se requiere
tomar medidas adicionales a las ya establecidas por las autoridades sanitarias competentes, en relación con algunas actividades que forman parte de las diversas etapas del Proceso Electoral, siendo una de ellas la realización de campañas. Por esta razón, el Instituto, en su respectivo ámbito de competencia, debe tomar las determinaciones necesarias para hacer frente a la contingencia sanitaria y garantizar el ejercicio de las atribuciones y obligaciones de la Institución, en específico, asegurar a la ciudadanía el ejercicio pleno de sus derechos político electorales, así como garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones.
5.         Por lo anterior, desde que la autoridad de salud competente declaró el estado de emergencia sanitaria, el Instituto ha desplegado una serie de acciones encaminadas a proteger los derechos político-electorales y, en general, la función electoral ante este contexto. En ese sentido, en sesión extraordinaria de la JGE del 24 de junio de 2020 se aprobó el Acuerdo INE/JGE69/2020, mediante el cual se aprobó la estrategia y la metodología para el levantamiento de plazos relacionados con actividades administrativas, así como para el regreso paulatino a las actividades presenciales por parte del personal. En él se aprobó la integración y facultades del grupo INE-C19, conformado con el objetivo de coordinar las acciones tendentes a garantizar la continuidad de las actividades que realiza el Instituto en todo el territorio nacional, a la vez de proteger la salud de todo el personal.
            En ejercicio de las atribuciones otorgadas en el Acuerdo referido, el grupo INE-C19 determinó invitar a personas expertas en salud pública, para conformar un grupo de carácter honorífico, que asesore y emita recomendaciones en materia de medidas de seguridad sanitaria. Así, el 1 de julio, se instaló el grupo consultivo en salud, que ha coadyuvado en la emisión de comentarios y recomendaciones, a partir de su experiencia en al ámbito de la salud.
6.         En el acuerdo apenas mencionado, también se aprobó el "Protocolo para el regreso a las actividades presenciales en el Instituto Nacional Electoral" por parte de la Dirección Ejecutiva de Administración, con el objetivo de privilegiar la vida y la salud de quienes laboran, prestan servicios y visitan las oficinas centrales del INE, motivando las acciones, medidas de prevención y la participación sin discriminación y busca la responsabilidad compartida de todas y todos. Este protocolo es de aplicación obligatoria para todas las personas y unidades responsables que participan en el desarrollo de las actividades del Instituto y representa un ejemplo adicional de las acciones que toma el Instituto para responder a las demandas que han surgido por la pandemia.
7.         Adicionalmente, el 30 de julio de 2020, en sesión extraordinaria, el Consejo General emitió el Acuerdo INE/CG171/2020 por el cual aprobó la "Adenda de precisiones operativas a la ECAE 2019-2020 y a la Adenda de urna electrónica, del Proceso Electoral Local 2019-2020" y, como parte integral de éstas, también aprobó "El Modelo Integral de Atención Sanitaria para los Procesos Electorales Locales de Coahuila e Hidalgo" y "El Protocolo de atención sanitaria y protección a la salud, para la operación de las casillas el día de la Jornada Electoral, Proceso Electoral 2019-2020 Coahuila e Hidalgo". El Modelo Integral contempla una serie de medidas y recomendaciones que parten de las consideraciones establecidas por las autoridades de salud federales y estatales para mitigar los riesgos de contagio, pero que se enfocan al desarrollo de las tareas electorales, en el marco de los Procesos Electorales Locales 2019-2020.
            Entre las medidas generales aprobadas se encuentran las siguientes:
·   Sensibilizar y capacitar a todo el personal sobre las medidas sanitarias a implementarse, sintomatología del virus SARS-CoV-2 (COVID), pasos a seguir en caso de presentar síntomas, qué hacer en caso de un probable contagio, uso adecuado del cubrebocas y del lavado de manos, así como medidas para evitar aglomeraciones en áreas comunes.
·   Proporcionar gel antibacterial en todos los accesos a las instalaciones.
·   Designar al personal necesario para asegurarse de tomar la temperatura corporal de todas las personas que ingresen a las instalaciones de las Juntas Local y Distritales, y cualquier otro local donde se desarrollen actividades del Proceso Electoral, con un termómetro digital infrarrojo de tipo pistola, para evitar el contacto. Al personal que realice esta actividad, se le deberá dotar de careta protectora y cubrebocas.
·   Negar el acceso a las instalaciones del INE, a cualquier persona con una temperatura superior a 37.5°C.
·   Colocar dispensadores de gel antibacterial en sitios visibles dentro de todos los espacios y
áreas de trabajo, para su uso de manera frecuente. De preferencia, colocar señalamientos que ayuden a su localización.
·   Colocar carteles de información sobre la correcta aplicación de las medidas sanitarias al interior de las instalaciones.
·   Lavarse las manos, desde la muñeca, entre 10 y 20 veces en el día, con agua y jabón durante por lo menos 20 segundos. En caso de que no sea posible, aplicarse gel antibacterial con la misma frecuencia en el día.
·   Evitar en todo momento el saludo de mano, abrazos, besos y tocarse la cara con las manos, sobre todo en nariz, boca y ojos.
·   Realizar la práctica de etiqueta respiratoria, que consiste en cubrirse la nariz y boca al toser o estornudar con el ángulo interno del codo, o con pañuelo desechable; lavarse las manos o desinfectarlas con gel antibacterial inmediatamente.
·   No escupir; en caso de ser necesario, deberá hacerse sobre un pañuelo desechable, meter en bolsa de plástico, anudarla y tirar a la basura; lavarse las manos después de ello.
·   Promover entre el personal a su cargo no traer consigo prendas accesorias en donde se pueden adherir los virus, tales como bufandas, corbatas, pashminas, joyería (anillos, collares, pulseras, cadenas, broches); en el caso de las personas con cabello largo, preferir cabello recogido, así como, de manera preferente no usar barba o bigote.
·   Seguir privilegiando el desarrollo de reuniones virtuales.
·   Durante el desarrollo de reuniones de trabajo presenciales y sesiones (cuando así sea necesario), se deberán evitar, en la medida que sea posible, los espacios cerrados, cuidando que estos espacios se encuentren ventilados adecuadamente. En las referidas reuniones, se deberá observar que las personas se encuentren a una distancia de al menos 1.5 metros, evitando la aglomeración de personas (asumiendo que el espacio permite la distancia ya referida).
·   Se privilegiará la asistencia a reuniones o eventos por la vía remota; las personas dentro de grupos vulnerables, tales como personas mayores de 60 años, hipertensas, diabéticas, con enfermedades degenerativas, o con otros padecimientos, así como a mujeres embarazadas y lactando atenderán las reuniones por este medio.
·   Desinfectar las superficies cada que lo requieran, dependiendo de la frecuencia del contacto de personas; se recomienda que sea por lo menos una vez al día.
·   Dotar de cubrebocas a todo el personal, sin excepción, vigilando estrictamente que se haga uso permanente y correcto del mismo. Condicionar el acceso y permanencia en las instalaciones a su uso al personal.
·   Dotar al personal de campo de caretas protectoras, toallas desinfectantes (un paquete) y de gel antibacterial suficiente (inicialmente al menos 500 ml.) para el desarrollo de sus actividades. Los elementos anteriores tendrán que ser resurtidos periódicamente.
·   El personal en campo deberá portar y usar adecuadamente los elementos referidos en el punto anterior en todo momento, mientras desarrolle sus actividades.
·   Dotar de cubrebocas a los choferes de los vehículos.
·   Al volver a casa, las y los funcionarios deberán lavarse las manos antes de tocar cualquier objeto, limpiar con un trapo limpio con agua y jabón o alcohol, las superficies de llaves, celulares, bolso o cartera, lentes o gafas; en su caso, desprenderse de las prendas de identificación y guardarlas en una bolsa en tanto se lavan, procurando este procedimiento diariamente; lavarse las zonas expuestas (cara, brazos y manos).
·   El INE y los OPL de Coahuila e Hidalgo deberán implementar mecanismos de monitoreo y seguimiento a la salud del personal e informar al INE sobre los datos obtenidos.
·   Tanto el personal en las oficinas, como el que realice trabajo de campo, en caso de presentar algún síntoma relacionado con la enfermedad COVID-19, deberá suspender sus actividades, dará aviso de inmediato a su superior jerárquico y acudirá a revisión médica. Su superior jerárquico deberá dar seguimiento al caso y mantener informado a las instancias superiores.
 
Emisión de protocolos para actividades electorales en el ámbito local
8.         Adicionalmente, al 25 de marzo del presente año, los OPL con Proceso Electoral concurrente al federal han emitido los siguientes instrumentos relacionados con el desarrollo de sus actividades durante el contexto de la contingencia por la enfermedad COVID-19:
ENTIDAD
INSTRUMENTO APROBADO
Aguascalientes
CG-A-49/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual se emite el protocolo de seguridad sanitaria para el procedimiento del registro de candidaturas independientes en el Proceso Electoral concurrente ordinario 2020-2021.
CG-A-25/21
Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual se aprueba el Protocolo de seguridad sanitaria para el Proceso Electoral concurrente ordinario 2020-2021 respecto a los registros de candidaturas.
Baja California Sur
IEEBCS-CG129-DICIEMBRE-2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, respecto de la aprobación de Protocolo de seguridad sanitaria que deberán observar las y los auxiliares para recabar el apoyo de la ciudadanía relativo a las candidaturas independientes para el Proceso Local Electoral 2020-2021
 
Campeche
CG/22/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, por el que se expiden los Lineamientos para el registro de candidaturas independientes a cargos de elección popular para el Proceso Electoral estatal ordinario 2021. Mediante el cual aprobó el "Protocolo de Seguridad Sanitaria para el Registro de Candidaturas Independientes a cargos de elección popular para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021, ante la emergencia derivada de la pandemia del virus SARS-COV2 (COVID-19)"
CG/23/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, por el que se aprueba el procedimiento para la selección y designación de Consejeras y Consejeros Electorales distritales y municipales del Proceso Electoral estatal ordinario 2021.Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, por el que se aprueba el procedimiento para la selección y designación de Consejeras y Consejeros Electorales distritales y municipales del Proceso Electoral estatal ordinario 2021. Por el cual expidió Protocolo de Seguridad Sanitaria para el Procedimiento de Selección y Designación de Consejeras y Consejeros Electorales Distritales y Municipales del Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021, ante la emergencia derivada de la pandemia del virus SARS-COV2 (COVID-19)
CG/34/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, por el que se aprueban los Lineamientos para el registro de candidaturas a cargos de elección popular para el Proceso Electoral estatal ordinario 2021. Por el que expide el protocolo de Seguridad Sanitaria para el Registro de Candidaturas a cargos de elección popular para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021, ante la emergencia derivada de la pandemia del virus SARS-COV2 (COVID-19).
No. JGE/27/2020
Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Campeche, por el que se crea el Comité Técnico de Seguimiento de las Medidas de Salud, Seguridad Sanitaria e Higiene del Instituto Electoral Del Estado de Campeche, derivado de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-COVID-19.
Coahuila
IEC/CG/158/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, mediante el cual se emite el Protocolo de seguridad sanitaria para la captación de apoyo ciudadano en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2021
IEC/CG/045/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, mediante el cual se emite el Protocolo de Seguridad Sanitaria para el Registro de Candidaturas, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2021.
IEC/CG/073/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, mediante el cual se emite el Protocolo de seguridad sanitaria para las campañas electorales, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2021.
Colima
IEE/CG/A055/2021
Acuerdo que emite el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, por el que se aprueban diversas medidas y recomendaciones sanitarias de este Organismo Electoral ante COVID-19, para atender la contingencia en diversas etapas y procedimientos del Proceso Electoral Local 2020-2021.
 
 Chihuahua
S/N Publicado en el periódico oficial del estado el 06/marzo/2021
Acuerdo del Comité de Gestión de Contingencia del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, por el que se emite el protocolo de seguridad sanitaria para el registro de candidaturas a los cargos de gubernatura, diputaciones por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, integrantes de ayuntamientos y sindicaturas para el Proceso Electoral 2020-2021.
Ciudad de México
IECM/ACU-CG-031/2020
Acuerdo del Consejo General, por el que se aprueba la implementación de medidas que garanticen el adecuado funcionamiento en la prestación de los servicios esenciales y preventivas para la protección de las personas servidoras públicas y aquellas que acudan a las instalaciones del Instituto Electoral de la Ciudad de México con motivo del COVID-19.
IECM/ACU-CG-046/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueba el Protocolo de seguridad para reanudar la asistencia y actividad laboral presencial en las instalaciones del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el marco del "Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad de la Ciudad de México 2020".
IECM/ACU-CG-104/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueban los Lineamientos para el desarrollo de trabajo en campo así como para la atención al público en Sede Distrital del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el marco del "plan gradual hacia la nueva normalidad de la Ciudad de México 2020".
IECM/ACU-CG-027/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se modifica el Protocolo de seguridad para reanudar la asistencia y actividad laboral presencial en las instalaciones del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el marco del "Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad de la Ciudad de México 2020".
IECM/ACU-CG-073/2021
Acuerdo de Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueban los Lineamientos para las sesiones de los cómputos locales, declaratorias de validez y entrega de constancias de mayoría para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, el Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de la sesión de cómputos distritales, Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 y el Material Didáctico Sesiones de los Cómputos Distritales, para los efectos establecidos en el artículo 429 del Reglamento de Elecciones y su anexo 17 "Bases Generales para regular el desarrollo de las sesiones de los Cómputos en las Elecciones Locales".
 
Durango
IEPC/CG13/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado de Durango, por el que, en cumplimiento a las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), emitidas por la autoridad de salud federal, se suspenden las actividades presenciales del personal del propio Instituto y los plazos y términos vinculados a la actividad institucional y, en consecuencia, se determina la celebración, a través de herramientas tecnológicas, de sesiones virtuales a distancia, ordinarias o extraordinarias del órgano superior de dirección, de sus comisiones, comités y del secretariado técnico.
IEPC/CG39/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado de Durango, por el que se aprueba el Protocolo especial para la recepción de solicitudes de registro, de manera presencial, de las candidaturas a diputaciones locales, en el marco del Proceso Electoral Local 2020 2021.
Estado de México
IEEM/CG/69/2021
Acuerdo por el que se aprueban los Lineamientos para el Desarrollo de las Sesiones de Cómputo Distrital y Municipal del Proceso Electoral para la Elección de Diputaciones e integrantes de los Ayuntamientos 2021
Guerrero
072/SE/09-11-2020
Acuerdo por el que se emite el Protocolo de Seguridad Sanitaria para la recepción de apoyo ciudadano, precampañas y campañas, en el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021.
Acuerdo 004/JE/02-02-2021
Acuerdo por el que se aprueban las medidas de seguridad sanitaria para la recepción de solicitudes de registro de candidaturas a los cargos de gubernatura del estado, diputaciones locales y ayuntamientos.
 
Hidalgo
S/N
Protocolo de Medidas Sanitarias para el Proceso Electoral Local 2020-2021 y el Proceso Electoral Local Extraordinario 2020-2021.
Jalisco
ACUERDO IEPC-ACG-082/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, por el que se exhorta a los precandidatos, candidatos, a los partidos políticos registrados y acreditados ante este Instituto, así como a las y los aspirantes a candidaturas independientes en el Proceso Electoral concurrente 2020-2021, para que cumplan con las diversas medidas de seguridad sanitaria, con motivo de la pandemia de coronavirus covid-19, emitidas por las autoridades sanitarias.
Michoacán
ACUERDO No. IEM-CG-06/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, mediante el cual se aprueba el nuevo servicio de la app denominada APOYO CIUDADANO-INE que permite la captación de apoyo ciudadano en forma directa por la ciudadanía, mediante el servicio denominado como "mi apoyo", aprobado a través de acuerdo INE/CG688/2020; así como el Protocolo para evitar contagios por coronavirus (COVID-19), durante los trabajos para recabar el apoyo de la ciudadanía que deberán observar las y los aspirantes a candidatos y/o candidatas independientes, así como sus respectivos auxiliares y personal del Instituto Electoral de Michoacán que participe en el desarrollo de estas actividades.
Morelos
IMPEPAC/CEE/289/2020
Acuerdo que presenta la Secretaría Ejecutiva de este órgano electoral local, emanado de las comisiones ejecutivas permanentes de administración y financiamiento y de organización y partidos políticos, mediante el cual se somete a su consideración el Protocolo de seguridad sanitaria para el acceso y permanencia en las instalaciones de los consejos municipales y distritales del IMPEPAC, relativo a la prevención de la infección por Sars.Cov.2.
IMPEPAC/CEE/148/2021
Protocolo de seguridad sanitaria para realización de actividades de campaña.
Nayarit
IEEN-CLE-005/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Nayarit, por el que se aprueban los Lineamientos de seguridad sanitaria en las etapas de apoyo ciudadano, precampañas y campañas electorales en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2021, ante la pandemia provocada por el virus SARS-COV2 (COVID-19).
 
Nuevo León
S/N Secretaría Ejecutiva, Dirección de Organización y Estadística Elector, Unidad de
Tecnología y Sistemas y Unidad de Participación Ciudadana
Protocolo Integral de Atención Sanitaria y Protección de la Salud para las actividades inherentes al Proceso Electoral 2020-2021 de la Comisión Estatal Electoral y las Comisiones Municipales Electorales.
Puebla
CG/AC-032/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el que se aprueba el manual para el registro de candidaturas a los diversos cargos de elección popular, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario concurrente 2020-2021.
Querétaro
IEEQ/CG/A/026/21
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro relativo al Dictamen que emite la Comisión Jurídica por el que se somete a consideración del órgano superior de dirección los Lineamientos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para el desarrollo de las sesiones especiales de cómputos del Proceso Electoral Local 2020-2021; así como el cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos y el protocolo de seguridad sanitaria.
IEEQ/CG/A/028/21
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, relativo al Dictamen que emite la Comisión Jurídica mediante el cual somete a consideración del órgano superior de dirección la aprobación de los Lineamientos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para solicitar cita electrónica del registro de candidaturas en el Proceso Electoral Local 2020-2021.
IEEQ/CG/A/029/21
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro por el que se somete a consideración del órgano superior de dirección el Dictamen de la Comisión Jurídica relativo a la aprobación del Protocolo y Manual de Atención Sanitaria relacionados con la enfermedad COVID-19, para el desarrollo de diversas actividades del Proceso Electoral Local 2020-2021 en Querétaro.
Quintana Roo
IEQROO/CG/A-006/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, por medio del cual se determina respecto del protocolo para evitar contagios por Covid-19 durante los trabajos para recabar el respaldo ciudadano, así como la adición del numeral décimo noveno "de la participación de la ciudadanía para la obtención del respaldo ciudadano a través de la aplicación móvil (APP)" a los Lineamientos para el registro de candidaturas independientes durante el Proceso Electoral 2020-2021.
S/N
Medidas preventivas que emite la Junta General para el desarrollo de las actividades de los consejos municipales del Instituto, tomando en consideración la pandemia del virus SARS-CoV2 denominado Coronavirus COVID-19
 
San Luis Potosí
S/N
Acuerdo mediante el cual el Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana aprueba el Protocolo Sanitario para garantizar la salud de la ciudadanía durante las etapas de obtención del respaldo ciudadano, precampaña y campaña del Proceso Electoral Local en el estado de San Luis Potosí 2020-2021.
 
S/N
Acuerdo por medio del cual se aprueba el Protocolo Sanitario a implementar para las sesiones de los Organismos Electorales, y respecto de la integración y manejo de paquetes electorales en el Proceso Electoral Local 2020-2021 en San Luis Potosí.
S/N
Acuerdo por medio del cual se aprueba Protocolo de Seguridad Sanitaria para el registro de las y los aspirantes a candidaturas durante el Proceso Electoral 2020 - 2021
S/N
Acuerdo por medio del cual se aprueba el Protocolo de Seguridad Sanitaria para las sesiones de cómputos del Proceso Electoral Local 2020-2021 en San Luis Potosí.
Sinaloa
S/N
Protocolo Sanitario para el Registro de Candidaturas
Sonora
CG86/2021
Acuerdo por el que se aprueban los Lineamientos para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular para el Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021.
Tabasco
CE/2020/068
Acuerdo que, a propuesta de la Comisión de Organización Electoral y Educación Cívica, emite el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, mediante el cual aprueba el protocolo de seguridad sanitaria durante la obtención del Apoyo Ciudadano, Precampañas y Campaña, con motivo del Proceso Electoral Local Ordinario 2020 - 2021.
 
Tamaulipas
IETAM-A/CG-46/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual se emite el Protocolo de Atención Sanitaria y Protección a la Salud, para la recepción de la documentación relativa a las manifestaciones de intención de las candidaturas independientes, plataformas electorales y convenios de coalición o candidaturas comunes en el Proceso Electoral 2020-2021.
IETAM-A/CG-55/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual se emite el Protocolo de Atención Sanitaria y Protección a la Salud, para las actividades relacionadas con las etapas de apoyo ciudadano y precampañas en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.
IETAM-A/CG-56/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual se emite el Protocolo de Atención Sanitaria y Protección a la Salud, para las actividades relativas al Procedimiento de Registro de Agrupaciones Políticas Estatales.
IETAM-A/CG-34/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual se emite el Protocolo de atención sanitaria y protección a la salud, aplicable al procedimiento de reclutamiento y selección de las y los aspirantes a Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales locales para el Proceso Electoral Ordinario 2020 2021.
IETAM-A/CG-35/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual se emite el Protocolo de atención sanitaria y protección de la salud, aplicable a las actividades relativas al periodo de registro y aprobación de candidaturas en el Proceso Electoral Ordinario 2020 2021.
Tlaxcala
ITE-CG 70-2020
Protocolo de Seguridad Sanitaria para el proceso de selección y designación de integrantes de los Consejos Distritales y Municipales Electorales para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-20
ITE-CG 80/2020
Recomendaciones de Seguridad Sanitaria para las precampañas y la captación del apoyo de la ciudadanía para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.21, ante la emergencia derivada de la pandemia del virus SARS-COV2 (Covid-19).
Comisión de Organización Electoral, Capacitación y Educación Cívica
Protocolo de Seguridad Sanitaria para la asistencia técnica, jurídica y logística a las comunidades que realizan elecciones de presidencias de comunidad mediante el sistema de usos y costumbres, en el marco de la contingencia sanitaria provocada por el virus covid-19 (coronavirus).
ITE-CG 43/2021
Protocolo Sanitario para el Registro de Candidaturas para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.
 
Veracruz
OPLEV/CG08/2021
Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, por el que se aprueba el protocolo de atención sanitaria y protección de la salud para la aplicación del examen de conocimientos en los espacios de apoyo a las personas interesadas en integrar los Consejos Distritales y Municipales para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020 2021.
OPLEV/CG012/2021
Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, por el que, se aprueba el protocolo específico para evitar contagios por coronavirus (covid-19) durante los trabajos para recabar el apoyo de la ciudadanía dirigido a las y los auxiliares de las personas aspirantes a una candidatura independiente, así como a la ciudadanía interesada en brindar su apoyo a través del servicio denominado "registro ciudadano" de la aplicación móvil de "apoyo Ciudadano INE".
OPLEV/CG047/2021
Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, por el que se aprueba el Protocolo de atención sanitaria y protección de la salud para la realización de la etapa de valoración curricular y entrevistas a las y los aspirantes a integrar los Consejos Distritales y Municipales para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.
OPLEV/CG093/2021
Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del estado de Veracruz, por el que se aprueba el Manual para el registro de candidaturas para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020 2021.
OPLEV/CG101/2021
Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del estado de Veracruz, por el que se aprueba el Protocolo general de atención sanitaria y protección de la salud para las actividades desde la recepción y almacenamiento de la documentación electoral hasta la recepción de paquees electorales para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020 2021.
 
OPLEV/CG102/2021
Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del estado de Veracruz, por el que se aprueba el Protocolo general de atención sanitaria y protección de la salud para el desarrollo de las sesiones de los Consejos Distritales y municipales del Organismo Público Local Electoral del estado de Veracruz para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020 2021.
OPLEV/CG103/2021
Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del estado de Veracruz, por el que se aprueba el Protocolo general de atención sanitaria y protección de la salud para el desarrollo de la sesión especial de cómputos distritales y municipales para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020 2021.
Yucatán
C.G.-006/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, por el que se aprueba el Protocolo de Seguridad Sanitaria para la realización de actividades durante el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.
Zacatecas
AG-IEEZ-28/VII/2020
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, por el que se aprueba el Reglamento de Precampañas para el Estado de Zacatecas.
ACG-IEEZ-025/VIII/2021
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, por el que se aprueba el "Operativo de Registro de Candidaturas a Cargos de Elección Popular con Protocolo de Seguridad Sanitaria".
 
Objeto del presente Acuerdo
9.         Así, con el objetivo priorizar la salud durante todas las etapas del PEF 2020-2021, y dado el contexto de emergencia sanitaria en el que se está llevando a cabo, este órgano constitucional autónomo advierte que la emisión de recomendaciones para el desarrollo de campañas políticas en el marco de la contingencia sanitaria por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) son necesarias y se encuentran dentro de su ámbito de competencia. Estas recomendaciones se encuentran en el Anexo Único del presente Acuerdo.
            Esto, debido a que no existe un documento o guía expresa que desarrolle las reglas y escenarios que aplicarán para el pleno ejercicio de los derechos político-electorales en este tipo de contextos y, puesto que el Proceso Electoral se encuentra en curso, estos derechos, así como el derecho a la salud de la ciudadanía involucrada en los comicios, deben protegerse y garantizarse.
            En consecuencia, el INE, en el ejercicio de sus atribuciones, de manera precautoria y provisional, está en facultad de emitir los acuerdos, Lineamientos o cualquier otra medida en materia electoral, que tienda a garantizar el desarrollo del Proceso Electoral, así como los derechos de la ciudadanía que participe en él. En mérito de todo lo anterior, es que se justifica que este Consejo General ejerza su facultad para aprobar las presentes recomendaciones, al tratarse de una medida idónea, proporcional y razonable ante la falta de reglas claras para garantizar el derecho a la salud en lo relativo a la etapa de campañas electorales del PEF 2020-2021.
10.        Con base en la información descrita en el considerando 8, diversos OPL han tomado medidas específicas en el marco de sus respectivos Procesos Electorales Locales concurrentes, particularmente para garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales bajo el contexto de pandemia por la COVID-19; sin embargo, en aras de coadyuvar en el ejercicio de esas actividades, esta autoridad administrativa considera viable notificar las recomendaciones aprobadas en el presente Acuerdo, para los efectos que considere cada OPL.
11.        Por su parte, el Consejo General del INE en el Acuerdo INE/CG518/2020 aprobó las reglas para la contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización, así como los gastos que se consideran como de Apoyo Ciudadano y Precampaña para los procesos concurrentes 2020-2021. En dicho acuerdo se señaló en el artículo 25 que los gastos por concepto de artículos que sirven para evitar contagios o detección de Coronavirus (COVID-19) como pueden ser cubrebocas y/o cualquier otro artículo cuando no se trate de propaganda electoral, caretas, guantes, gel antibacterial y otros que sirvan de protección para prevenir los contagios por este virus, no pueden ser considerados como propaganda utilitaria por lo que no pueden reportarse como gastos de precampaña, ni distribuirse entre la ciudadanía, por lo que dichos gastos serán considerados de operación ordinaria y deberán reportarse en el informe anual
correspondiente.
12.        En concordancia con lo anterior, la Comisión de Fiscalización al emitir el acuerdo CF/016/2020 por el cual se dio respuesta a consultas formuladas por PES Hidalgo y PRD, determinó que los gastos por concepto de insumos tales como gel antibacterial, cubrebocas, caretas, guantes, pruebas relacionadas con el coronavirus Covid-19, tapetes sanitizantes, servicios de sanitización de oficinas, pistolas para toma de temperatura y aquellos similares y estrictamente relacionados con la adopción de las medidas de sanidad implementadas para mitigar y/o prevenir contagios de Covid-19, serán considerados para su operación ordinaria.
            Ahora bien, respecto de aquellos conceptos tales como gel antibacterial, cubrebocas, caretas y guantes que utilicen los representantes generales y de casilla y que sean cubiertos con recursos del partido político, toda vez involucran el cuidado de la salud en la participación de los procesos electorales será considerado como gasto ordinario, siempre y cuando los insumos de los que se hace mención no contengan imágenes, signos, emblemas y expresiones que tengan por objeto difundir la imagen y propuestas del partido político, coalición, precandidatos, aspirantes, candidatos o candidatos independientes.
            En caso de que los insumos mencionados en el párrafo anterior contengan algún elemento por el que se convierta en propaganda electoral, los mismos serán considerados gastos de campaña y, por lo tanto, se acumularán a los topes de gastos de campaña de los sujetos obligados beneficiados.
            Por cuanto hace a las candidaturas independientes los gastos que realicen en dichos insumos sin alusiones propagandísticas deberán ser reportados en tiempo y forma en el Sistema Integral de Fiscalización (SIF); sin embargo, no serán acumulados a sus topes de gastos de campaña, en aras de la equidad en la contienda con los partidos políticos que podrán registrar dichos gastos en el ordinario.
            También se determinó que aquellos artículos que sirven para evitar contagios como son caretas, guantes y gel antibacterial no pueden considerarse propaganda utilitaria pues no corresponden a artículos textiles conforme a lo dispuesto en el artículo 209, párrafo 4 de la LGIPE, en consecuencia, no está permitido distribuir ese tipo de artículos entre el electorado para promover sus candidaturas. En caso de que se entreguen cubrebocas elaborados con material textiles serán considerados como un gasto de campaña siempre y cuando contengan imágenes, signos, emblemas y expresiones que tengan por objeto difundir la imagen y propuestas del partido político, coalición, candidatura o candidatura independiente beneficiado.
13.        De ahí que, en materia de fiscalización, resultan aplicables las directrices que ya han sido definidas por este Instituto y su órgano técnico, en materia de reporte y comprobación de los ingresos y gastos que informen los sujetos obligados relacionados con los insumos que se adquieran para la prevención sanitaria de contagios por la pandemia de COVID-19, con la finalidad de garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales bajo esta emergencia sanitaria.
Límites del Acuerdo
14.        El Consejo de Salubridad General es la autoridad competente para emitir los Lineamientos sanitarios aplicables que pudieran resultar de observancia obligatoria durante el desarrollo de las campañas en el PEF 2020-2021.
            Como antecedente, el dos de mayo de 2009, el citado Consejo emitió el "Acuerdo por el que se recomienda la implementación de Lineamientos sanitarios para los periodos de campañas electorales y capacitación para contribuir a la mitigación de los efectos del brote de influenza epidémica mientras dura el estado de emergencia" durante las campañas realizadas en ese año.
            En ese sentido, este Consejo General hace un exhorto a la autoridad responsable para emitir los Lineamientos que deben guiar el comportamiento de los actores políticos en esta etapa del Proceso Electoral.
15.        Es preciso señalar que en ningún caso este documento sustituye a las recomendaciones y disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias competentes, pues el objetivo de este
Consejo General es adaptar las recomendaciones generales al ámbito electoral.
16.        Independientemente de lo anterior, el Instituto, aun cuando debe proteger y garantizar los derechos humanos como es el derecho a la salud, debe hacerlo conforme a sus atribuciones, por lo que estas recomendaciones no son vinculantes, ni derivan de ellas obligaciones adicionales que deban ser supervisadas por esta autoridad.
Con base en la normatividad y los argumentos descritos, el Consejo General del Instituto emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueban las recomendaciones para el desarrollo de campañas políticas en el marco de la contingencia sanitaria por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), contenidas en el Anexo Único del presente Acuerdo.
SEGUNDO. Se exhorta al Consejo de Salubridad General a emitir los Lineamientos sanitarios que sean aplicables para las campañas que se desarrollen en el marco del Proceso Electoral Federal 2020-2021 y concurrentes.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva a que notifique en sus términos el presente Acuerdo al titular del Consejo de Salubridad y a las representaciones de los PPN acreditadas ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
CUARTO. En caso de registrarse candidaturas independientes a diputaciones federales, se instruye a la Secretaría Ejecutiva por conducto de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos a que les notifique en sus términos el presente Acuerdo.
QUINTO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, notifique en sus términos el presente Acuerdo a los Organismos Públicos Locales.
SEXTO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
SÉPTIMO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que gire sus instrucciones a efecto de realizar una campaña, por los medios que considere pertinentes, para la difusión de estas recomendaciones ante la ciudadanía.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 25 de marzo de 2021, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Maestra Norma Irene De La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid Humphrey Jordán, Doctor Ciro Murayama Rendón, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no estando presente durante la votación el Consejero Electoral, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña.
El Consejero Presidente del Consejo General, Dr. Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Lic. Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.
El Acuerdo y el anexo pueden ser consultados en las siguientes direcciones electrónicas:
Página INE:
https://www.ine.mx/sesion-ordinaria-del-consejo-general-25-de-marzo-de-2021/
Página DOF
www.dof.gob.mx/2021/INE/CGord202103_25_ap_20.pdf
______________________________
 
1     Tesis 1a. CXXV/2017 (10a.), Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro 46, t. I, septiembre de 2017, p. 217, registro 2015129, consultable en https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2015129.

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