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DOF: 16/04/2021
ACUERDO por el que se da a conocer el Programa de Cobertura Social 2020-2021 de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

ACUERDO por el que se da a conocer el Programa de Cobertura Social 2020-2021 de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

JORGE ARGANIS DÍAZ LEAL, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 36 fracción I Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 fracciones III y IV; y 210 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 5, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el cual está conformado por doce Principios Rectores, tres Ejes Generales y la Visión hacia 2024, los cuales definen las prioridades del desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible que persigue el país, y los logros que se tendrán en 2024;
Que el 2 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes 2020-2024, que establece como uno de sus objetivos prioritarios, promover la cobertura, el acceso y el uso de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, en condiciones que resulten alcanzables para la población, con énfasis en grupos prioritarios y en situación de vulnerabilidad, para fortalecer la inclusión digital y el desarrollo tecnológico;
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce como derecho humano el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el de Internet. Por ello, en su artículo 6º señala como obligación del Estado garantizar el acceso a dichos servicios, y ordena establecer las bases para que la prestación de éstos se realice en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, al tiempo en que fomenta los valores de la identidad nacional;
De acuerdo con lo establecido en el artículo 210 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para la consecución de la cobertura universal, elaborará un programa de cobertura social;
Que el Programa de Cobertura Social tiene como finalidad identificar las localidades rurales y urbanas que carecen de servicios de telecomunicaciones, para definir las zonas de atención prioritaria que requieren servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, principalmente Internet de banda ancha y voz; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021 DE LA
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
ARTÍCULO PRIMERO. Se da a conocer el Programa de Cobertura Social 2020-2021 de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
ARTÍCULO SEGUNDO. La Secretaría para la implementación del presente Programa deberá sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y al Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024 y las áreas de esta Secretaría involucradas en su implementación darán seguimiento a dicho Programa en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, así como a la implementación de las acciones y al cumplimiento de los objetivos establecidos, en el ámbito de sus respectivas competencias.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. El mecanismo de confirmación y validación de la cobertura de los servicios de telecomunicaciones, señalado en el apartado relativo al Programa de Cobertura Social, estará vigente, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y hasta 90 (noventa) días posteriores al mismo.
Ciudad de México, a 24 de marzo de 2021.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Ing. Jorge Arganis Díaz Leal.- Rúbrica.
 
Programa de Cobertura Social 2020-2021
CONTENIDO
1.     PRESENTACIÓN
2.     MARCO JURÍDICO DEL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021
·      Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
·      Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
3.     OBJETIVO DEL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021
·      Objetivos Específicos
4.     ALINEACIÓN Y CONGRUENCIA CON LA VISIÓN Y LOS PLANES Y PROGRAMAS DEL GOBIERNO DE MÉXICO
·      Congruencia con la visión del Gobierno de México
·      Alineación con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND)
·      Alineación con el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024 (PSCyT)
·      Contribución del PCS 2020-2021 para el cumplimiento de los compromisos asumidos por México en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
5.     IDENTIFICACIÓN DE LOCALIDADES DE ATENCIÓN PRIORITARIA DE COBERTURA SOCIAL EN EL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021
6.     RESULTADOS DE LA ACTUALIZACIÓN
·      Localidades de alta y muy alta marginación sin cobertura
·      Localidades con alta presencia de población indígena y afromexicana sin cobertura
·      Localidades alejadas de las zonas con servicio de Internet
·      Localidades prioritarias del Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social
·      Localidades que son cabecera municipal sin cobertura
·      Localidades con solicitud de atención ciudadana de acceso a servicio de Internet
·      Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social del Programa de Cobertura Social 2020-2021
7.     REFLEXIONES SOBRE EL ACCESO Y LA DISPONIBILIDAD DE INTERNET EN EL CONTEXTO DE LA PANDEMIA Y EL GASTO DE LOS HOGARES MEXICANOS EN SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
8.     MECANISMO DE VALIDACIÓN DEL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021
·      Objetivo
·      Descripción del mecanismo de confirmación y validación de la cobertura de los servicios de telecomunicaciones
 
1.     PRESENTACIÓN
Programa de Cobertura Social 2020-2021: Juntos por la Transformación Digital e Inclusión Social
En 2019, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó su Programa de Cobertura Social (PCS 2019), acorde con el mandato de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de elaborar cada año un programa de cobertura social. El Programa identificó y ubicó localidades sin cobertura de servicio de Internet en zonas rurales y urbanas de todo el país a través de seis criterios: localidades de alta y muy alta marginación1(1) ; localidades con alta presencia de población indígena; localidades alejadas de las zonas con servicio de Internet; localidades del Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento a la Ley General de Desarrollo Social; localidades que son cabeceras municipales sin cobertura de servicio de Internet; localidades con solicitud de atención ciudadana de acceso a servicio de Internet; y las clasificó como Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social.
Alineado a este mandato, la SCT presenta el Programa de Cobertura Social 2020-2021 (PCS 2020-2021) con el propósito de dar continuidad a la generación de insumos que permitirán la creación y aplicación de políticas públicas para promover la dotación de conectividad a las localidades sin cobertura de servicio de Internet. Tomando en consideración que es el documento base de la política pública para las acciones que se llevarán a cabo este año, se establece la vigencia del mecanismo de validación propuesto para este Programa durante tres meses posteriores a su publicación en Diario Oficial de la Federación.
En este sentido, el PCS 2020-2021 utiliza los mismos criterios de identificación y priorización empleados en el PCS 2019 y actualiza las Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social, con base en los avances registrados en términos de cobertura, para determinar las localidades aún sin servicio de Internet.
Asimismo, se incluyen las zonas prioritarias que el Ejecutivo Federal emite anualmente y que son publicadas en el Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento a lo dispuesto con la Ley General de Desarrollo Social, para los años 2020 y 2021, que entre otros elementos, considera el Grado de Marginación, Grado de Rezago Social, Población en Pobreza Extrema, Población en Categoría Indígena y Nivel Delictivo.
La presentación del PCS 2020-2021 se da en el contexto de la emergencia sanitaria en México generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), en la que los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión cobran una relevancia inédita. La experiencia vivida por toda la población durante la pandemia demuestra que la disponibilidad y el acceso a estos servicios son verdaderos factores de supervivencia y, además, evidencia con toda crudeza las diferencias que existen entre quienes tienen acceso a esos servicios y los que permanecen fuera del mundo digital. El presente Programa incluye una reflexión sobre este tema y sobre la importancia de la asequibilidad de las telecomunicaciones como elemento clave para establecer la igualdad de oportunidades para todos los mexicanos.
Finalmente, es importante mencionar que los resultados y precisiones del Mecanismo de Validación del PCS 2019 fueron incluidos en la elaboración del PCS 2020-2021.
2.     MARCO JURÍDICO DEL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce como derecho humano el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), así como a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el de Internet. Por ello, en su artículo 6º señala como obligación del Estado garantizar el acceso a dichos servicios, y ordena establecer las bases para que la prestación de éstos se realice en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, al tiempo en que fomenta los valores de la identidad nacional.
Al incorporar en la Constitución los mecanismos encaminados a garantizar el reconocimiento del acceso a las TIC, a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión y al Internet como un derecho humano, se garantiza asimismo su ejercicio pleno con la finalidad de integrar a la población a la sociedad de la información y el conocimiento.
 
En congruencia con la visión del Gobierno de México, y acorde con lo establecido en el artículo 26º de la Constitución, todos los programas de la Administración Pública Federal deben alinearse al Plan Nacional de Desarrollo. En este contexto se sitúa la publicación del Programa de Cobertura Social 2020-2021.
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), establece mandatos y condiciones encaminados al cumplimiento de los fines establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En este sentido, la LFTR confiere atribuciones a la SCT, y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), para que ambas instituciones contribuyan efectivamente al ejercicio pleno de esos derechos.
El artículo 210 de la LFTR señala que la SCT elaborará cada año un programa de cobertura social y un programa de conectividad en sitios públicos.
Por su parte, el artículo 15, fracción XXXI de la LFTR establece dentro de las atribuciones del IFT "Realizar las acciones necesarias para contribuir, en el ámbito de su competencia, al logro de los objetivos de la política de inclusión digital universal y cobertura universal establecida por el Ejecutivo Federal; así como a los objetivos y metas fijados en el Plan Nacional de Desarrollo y los demás instrumentos programáticos relacionados con los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión"; y "establecer a los concesionarios las obligaciones de cobertura geográfica, poblacional o social, de conectividad en sitios públicos y de contribución a la cobertura universal, (...) Para estos efectos, el Instituto considerará las propuestas de la Secretaría conforme a los planes y programas respectivos".
3.     OBJETIVO DEL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021
En términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el objetivo del Programa de Cobertura Social 2020-2021 consiste en establecer las bases para promover el incremento en la cobertura de las redes y la penetración de los servicios de Internet, en las Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social así identificadas por este Programa.
Objetivos Específicos
· Definir las Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social con base en las áreas sin cobertura de servicio de Internet y las localidades que cumplan con al menos un criterio de priorización.
· Validar, a través del mecanismo propuesto en este Programa, la cobertura del servicio de Internet, de cara a las acciones de incremento de la cobertura y penetración de dicho servicio.
· Identificar los sectores de la población que realizan gastos mayores al 2% del ingreso mensual familiar en el servicio de Internet, a fin de que se busquen alternativas para diseñar medidas tendientes a incrementar la asequibilidad a dicho servicio como un medio para alcanzar la cobertura universal.
4.     ALINEACIÓN Y CONGRUENCIA CON LA VISIÓN Y LOS PLANES Y PROGRAMAS DEL GOBIERNO DE MÉXICO
Congruencia con la visión del Gobierno de México
La visión del Gobierno de México es alcanzar la justicia social y el reconocimiento de los derechos de los grupos más vulnerables. A fin de concretar esta visión, el Gobierno se basa en cinco principios fundamentales: democracia, justicia, honestidad, austeridad y bienestar; y a partir de éstos estimula el desarrollo económico, la inclusión y el bienestar de todos los mexicanos para cerrar las brechas de desigualdad existentes. En congruencia con esa visión y sus cinco principios, la SCT ha elaborado el PCS 2020-2021.
El acceso a las telecomunicaciones y la radiodifusión son habilitadores de la democracia, pues permiten la participación de la sociedad en la toma de decisiones sobre asuntos de interés nacional y posibilita la supervisión de la administración de los recursos públicos.
Para el PCS 2020-2021, la conectividad y acceso al servicio de Internet, debe ser un recurso disponible y al alcance de toda la población, especialmente para los grupos sociales en situación de vulnerabilidad y de bajos recursos. De esta forma, al contribuir a la reducción de inequidades y propiciar la igualdad de oportunidades para todos los mexicanos, incluyendo a los habitantes de las comunidades indígenas y afromexicanas, el Programa promueve la justicia social.
De igual manera, a través de las telecomunicaciones y la radiodifusión se fortalece y promueve la honestidad, pues al tener "toda persona derecho al libre acceso a la información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión", según lo establece el artículo 6º de la Constitución, se subrayan la transparencia y la objetividad como características deseables de la diseminación de información e ideas a través de las telecomunicaciones y la radiodifusión, sin importar su naturaleza y características.
El Gobierno de México ha enfatizado de manera reiterada la importancia del principio de austeridad. En congruencia con ello, a través del PCS 2020-2021 se pretende ampliar la cobertura y penetración del servicio de Internet en las Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social, enfatizando el uso eficiente de los recursos del Estado.
De acuerdo con la época que estamos viviendo, habilitar el acceso de todos los mexicanos a las TIC y a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluyendo el Internet, es un medio para alcanzar el objetivo superior de lograr el "bienestar general de la población". El PCS 2020-2021 está alineado con los principios de igualdad y justicia social.
Alineación con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND)
Publicado en julio de 2019, el Plan Nacional de Desarrollo 2019 -2024, establece los principios rectores que deberán ser observados en los planes y programas que de él se deriven. De esos principios rectores "Por el bien de todos, primero los pobres" y "No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera", son aplicables a la política pública que la SCT desarrolla para alcanzar la inclusión digital universal, con la clara conciencia de que lograda ésta, se mejorarán las condiciones de vida de la población en general y se elevarán los niveles de bienestar.
Alineación con el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024 (PSCyT)
En congruencia con los objetivos del PND, la SCT, a través de su Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024, se propone fomentar y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte aéreo, marítimo y terrestre, así como para las telecomunicaciones y la radiodifusión con una visión actual e incluyente, y con un sentido humanista y social.
Entre sus objetivos estratégicos y acciones concretas, el PSCyT establece, para el rubro de las telecomunicaciones y la radiodifusión, en su objetivo prioritario 3, promover su cobertura, acceso y uso en condiciones que resulten alcanzables para la población, con énfasis en grupos prioritarios y en situación de vulnerabilidad para fortalecer la inclusión digital y el desarrollo tecnológico. El PCS 2020-2021, al ubicar e identificar las Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social que requieren servicios de conectividad a Internet, encuentra correspondencia con las estrategias y acciones puntuales establecidas por el PSCyT para alcanzar la cobertura universal.
Contribución del PCS 2020-2021 para el cumplimiento de los compromisos asumidos por México en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
Emplear las telecomunicaciones y la radiodifusión como herramientas habilitadoras de la igualdad de oportunidades no es un anhelo limitado a México. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, un plan de acción diseñado para promover la prosperidad y el bienestar de todos los habitantes de la Tierra y cuidar la salud del planeta. Esta Agenda también está orientada a fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia. Entre sus objetivos se destacan en forma importante la reducción de las desigualdades, la educación de calidad y el fin de la pobreza.
Dentro de las metas del objetivo 9 de la Agenda 2030, se encuentra el aumentar de forma significativa el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones y esforzarse por facilitar el acceso universal y asequible a Internet en los países menos adelantados.
Según lo establece el propio PSCyT, en él "están contenidas diversas acciones para avanzar en el cumplimiento de los compromisos asumidos por nuestro país en el marco de la Agenda 2030, para el desarrollo sostenible y de esta manera contribuir a la incorporación de esta Agenda en la planeación desarrollo de la nación." En congruencia, las aspiraciones de la Agenda 2030 se encuentran en los principios operativos del PCS 2020-2021.
5.     IDENTIFICACIÓN DE LOCALIDADES DE ATENCIÓN PRIORITARIA DE COBERTURA SOCIAL EN EL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021
Nuestro país enfrenta serios retos para lograr la cobertura universal y propiciar a través de ella el bienestar general de la población. Los principales desafíos son la alta dispersión poblacional, la compleja orografía del país y los bajos niveles de ingreso de algunos sectores de la población.
Congruente con su objetivo, el PCS 2020-2021 identifica Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social para promover el incremento en la cobertura de servicio de Internet a fin de superar algunos de esos desafíos y contribuir a la reducción de las brechas de desigualdad social.
El PCS 2019, a partir de las 192,247 localidades identificadas por el INEGI de conformidad con el Censo de Población y Vivienda 2010, ubicó 99,597 localidades sin cobertura de servicio de Internet(2), señalando como localidades de atención prioritaria 10,674.
En ese momento, 11,378,232 personas en el ámbito rural no tenían cobertura de este servicio en sus localidades, mientras que 956,703 personas se encontraban en la misma situación en el ámbito urbano.
En el PCS 2020-2021 se identifican 95,694 localidades sin cobertura de servicio de Internet y 10,326 como Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social, de conformidad con los criterios establecidos en este Programa.
En el transcurso de 2019, la cobertura de servicios de Internet creció en el ámbito rural al llegar a 614,967 personas adicionales y a 803,292 en el entorno urbano. De acuerdo con lo reportado por la ENDUTIH 2019, el porcentaje de usuarios de Internet en el entorno rural creció a 47.7%, lo que compara favorablemente con el 40.6% observado en el 2018.
Por otro lado, de las 10,674 localidades identificadas en su momento por el PCS 2019, 1,213 ya cuentan con cobertura de servicio de Internet, lo que potencialmente beneficia a 1,129,762 habitantes más. Este avance indica que el 70.19% de los incrementos en materia de cobertura de 2019 a la fecha se presentaron en las localidades prioritarias señaladas por el pasado programa de cobertura social. En consecuencia, el PCS 2020-2021 retira de dicha categoría a las 1,213 localidades que ya han sido atendidas, e incorpora como de atención prioritaria 865 localidades adicionales con cerca de 553,964 habitantes.
Adicionalmente, en esta edición del PCS 2020-2021 se incluye a la población afromexicana(3), al considerársele un grupo social vulnerable que debe ser atendido para incorporarse al desarrollo y acceder a mejores condiciones de bienestar, aprovechando íntegramente las ventajas de la conectividad al servicio de Internet.
En un contexto más amplio, la información recabada por el PCS 2020-2021 constituye un valioso insumo para que el IFT, en su calidad de órgano regulador, de acuerdo con sus atribuciones, pueda imponer a los concesionarios de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión las obligaciones de cobertura geográfica, poblacional o social y de conectividad en sitios públicos. Asimismo, esta información resulta relevante para los actuales y futuros concesionarios, así como para la empresa productiva del estado CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos, cuyo objetivo es proveer servicios de telecomunicaciones, sin fines de lucro, y garantizar el derecho de acceso de todos los mexicanos a las tecnologías de la información y las comunicaciones, incluido el Internet.
En resumen, el PCS 2020-2021, es uno de los elementos básicos de la política pública, que contribuye a que, una vez identificadas las Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social, se diseñen los mecanismos que permitan a los actores públicos y privados atender las áreas sin cobertura y brindar mayores posibilidades de acceso a los servicios de Internet.
Si bien se han registrado avances en materia de cobertura, los retos y problemáticas identificados por el PCS 2019 continúan vigentes. Consecuentemente, el PCS 2020-2021 utiliza los mismos criterios de identificación de localidades prioritarias y actualiza el listado de éstas con base en los avances de conectividad e incorpora nuevas localidades prioritarias acorde con el Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social. Los criterios de priorización del PCS 2020-2021 son los siguientes:
i. Localidades de alta y muy alta marginación sin cobertura;
 
ii. Localidades con alta presencia de población indígena y afromexicana sin cobertura;
iii. Localidades alejadas de las zonas con servicio de Internet;
iv. Localidades prioritarias del Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social;
v. Localidades que son cabeceras municipales sin cobertura; y
vi. Localidades con solicitud de atención ciudadana de acceso a servicio de Internet.
Resulta importante mencionar que las Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social del PCS 2019, se mantendrán como prioritarias en el presente y futuros programas, con excepción de aquellas que ya cuenten con servicio de Internet.
Con esto en mente, se elaboró un diagnóstico a partir del cruce de bases de datos de población por localidad y Área Geoestadística Básica (AGEB) del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) y de la cobertura de telefonía fija y móvil reportada por parte de los concesionarios. Como resultado, se observó que actualmente 10,763,265 mexicanos habitan en localidades sin cobertura de servicio de Internet y se identificaron 10,326 localidades sin cobertura de Internet en Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social, según puede apreciarse en el concentrado de resultados en el cuadro siguiente:
Criterio
Total
Nacional
En Localidades de Atención
Prioritaria de Cobertura Social
Número de localidades sin cobertura
95,694
10,326
Población promedio de las localidades sin cobertura
112
621
Población que vive en localidades sin cobertura
10,763,265
6,387,546
Número de localidades rurales sin cobertura
95,651
10,283
Población en localidades rurales sin cobertura
10,609,854
6,234,135
Número de localidades urbanas sin cobertura
43
43
Población en localidades urbanas sin cobertura
153,411
153,411
Localidades de alta y muy alta marginación sin cobertura
51,236
5,003
Localidades con alta presencia de población indígena o afromexicana sin cobertura
25,253
5,137
Localidades lejanas a zonas con servicio de Internet
14,779
1,012
Localidades prioritarias del Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social
65,371
4,503
Localidades que son cabecera municipal sin cobertura
495
495
Localidades con solicitud de atención ciudadana de acceso a servicio de Internet
1,388
253
Mapa de localidades con y sin cobertura de servicios de Internet de acuerdo con el Programa de Cobertura Social 2020-2021
 

Mapa 1. En rojo, 95,694 localidades sin cobertura y en verde 96,553 localidades con cobertura de servicio de Internet.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
De acuerdo con este Programa, 95,694 localidades no cuentan con cobertura de servicios de Internet móvil. En ellas se ubican 10,763,265 personas.
Con la finalidad de que la cobertura y el acceso al servicio de Internet sea una realidad para todos los mexicanos, el PCS 2020-2021 identifica y ubica las Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social.

Gráfica 1. Población prioritaria por entidad federativa sin cobertura de servicio de Internet, según criterios de priorización del Programa, datos de INEGI 2010 y operadores.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
 
6.     RESULTADOS DE LA ACTUALIZACIÓN
Localidades de alta y muy alta marginación sin cobertura
Se identificaron 95,694 localidades con 10,763,265 habitantes que no cuentan con cobertura de servicios de Internet. Se consideran prioritarias aquellas localidades de al menos 500 habitantes, con alto y muy alto grado de marginación, lo que corresponde a 5,003 localidades con 4,470,000 habitantes.
En el PCS 2019, se identificaron 5,348 localidades de alta y muy alta marginación prioritarias con 4,980,000 habitantes; mientras que en el PCS 2020-2021, se identifican 5,003 localidades con 4,470,000 habitantes, lo que representa un avance del 10% poblacional.

Mapa 2. En amarillo, Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social de alta y muy alta marginación. En rojo, localidades sin cobertura y en verde localidades con cobertura de servicio de Internet.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Localidades con alta presencia de población indígena y afromexicana sin cobertura
Se identifican 25,358 localidades con más de 40% de población indígena y afromexicana en las que se concentran 4,274,284 habitantes que no cuentan con cobertura de servicios de Internet.
De este grupo, se consideran prioritarias las localidades de al menos 250 habitantes con 40% o más de población indígena y afromexicana, lo que corresponde a 5,137 localidades con 3,201,930 personas.
Como parte de las 5,137 localidades identificadas como Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social, se ubicaron 106 localidades con 52,927 habitantes que son población afromexicana que no tienen cobertura de servicio de Internet.
En el PCS 2019, se identificaron 5,232 localidades prioritarias indígenas con 3,390,000 habitantes; en el PCS 2020-2021 se ubican 5,137 localidades con 3,150,000 habitantes lo que representa un avance del 7% poblacional, resaltando que, en esta edición, además de la población indígena, se incorporó a la afromexicana.
 

Mapa 3. En amarillo, Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social con alta presencia de población indígena y afromexicana. En rojo, localidades sin cobertura y en verde localidades con cobertura de servicio de Internet.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Localidades alejadas de las zonas con servicio de Internet
En el PCS 2019 se identificaron 1,698 localidades cuya localidad más cercana con servicios de telecomunicaciones fuera mayor a 20 Km de distancia sobre la Red Nacional de Caminos, de este conjunto se ha llevado cobertura a 62 localidades.
En el PCS 2020-2021, se identificaron 1,012 localidades que agrupan a 580,000 habitantes que se encuentran a más de 20 Km de una localidad con cobertura de Internet y con al menos 250 habitantes, en este caso, el cálculo de distancia se realiza de manera lineal entre localidades.
Bajo este criterio las 1,012 localidades prioritarias del PCS 2020-2021 se integran a las 1,636 del PCS 2019. De esta manera se busca cubrir el máximo de localidades alejadas a zonas de cobertura complementando los datos del PCS 2019 con los del PCS 2020-2021.

Mapa 4. En amarillo, Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social alejadas de las zonas con servicio de Internet. En rojo, localidades sin cobertura y en verde localidades con cobertura de servicio de Internet.
 
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Localidades prioritarias del Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social
Como se señaló al inicio del Programa, en esta edición se incluyen los municipios declarados como Zonas de Atención Prioritaria en los Decretos para los años 2020 y 2021, que, entre otros elementos, considera el Grado de Marginación, Grado de Rezago Social, Población en Pobreza Extrema, Población en Categoría Indígena y Nivel Delictivo.
De acuerdo con el Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social para el año 2020, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2019, se definieron 1,480 municipios prioritarios para el ámbito rural que agrupan a 39,617 localidades sin cobertura de acceso al servicio de Internet, con grados de marginación medio, alto y muy alto, en donde habita un total de 7,880,000 personas.
De la misma forma, a partir del Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social para el año 2021, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2020, donde se definieron 1,565 municipios prioritarios que agrupan a 41,779 localidades sin cobertura de acceso al servicio de Internet, con grados de marginación medio, alto y muy alto, en donde habita un total de 8,370,000 personas.
De estos dos grupos, se consideran prioritarias aquellas localidades de al menos 500 habitantes, lo que resulta en 4,503 localidades prioritarias con 4,070,000 habitantes.
Por otro lado, el PCS 2020-2021, considera 10,326 Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social, de las cuales, 4,178 localidades pertenecen a municipios de Zonas de Atención Prioritaria Rurales, de este grupo, 997 localidades pertenecen a municipios con índice delictivo alto y que agrupan a 649,620 habitantes.
El PCS 2019 consideró prioritarias 4,017 localidades en municipios prioritarios según el Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social para el año 2019, de las cuales 444 localidades tienen cobertura actualmente.

Mapa 5. En amarillo, Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social del Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social. En rojo, localidades sin cobertura y en verde localidades con cobertura de servicio de Internet.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Localidades que son cabecera municipal sin cobertura
Se identificaron 495 cabeceras municipales fuera de la zona de cobertura de servicio de Internet en las que habitan alrededor de 483,000 personas. Dada la importancia de las cabeceras municipales dentro de las labores administrativas de un municipio, se considera prioritario dotarlas de estos servicios.
 
El PCS 2019, consideró prioritarias 531 cabeceras sin cobertura de servicio de Internet con 569,667 habitantes.

Mapa 6. En amarillo, Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social que son cabecera municipal sin cobertura. En rojo, localidades sin cobertura y en verde localidades con cobertura de servicio de Internet.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Localidades con solicitud de atención ciudadana de acceso a servicio de Internet
En 2019 se registraron 1,749 localidades de las que se recibió alguna solicitud de atención ciudadana sin cobertura de servicio de Internet, el PCS 2019 contempló dichas localidades y consideró como prioritarias a 818, de las cuales actualmente 57 ya cuentan con cobertura de servicio de Internet.
El PCS 2020-2021 contempló 1,388 localidades con alguna solicitud de atención ciudadana sin cobertura de servicio de Internet, de las cuales identificó como prioritarias 253. Por lo que para este Programa se consideran 1,014 localidades, incorporando las identificadas en el PCS 2019 y que no han sido atendidas.

Mapa 7. En amarillo, Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social con solicitud de atención
ciudadana de acceso a servicio Internet. En rojo, localidades sin cobertura y en verde localidades con cobertura de servicio de Internet.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social del Programa de Cobertura Social 2020-2021

Mapa 8. En amarillo las 10,326 Localidades de Atención Prioritaria de Cobertura Social, con 6,387,546 habitantes. En rojo, localidades sin cobertura y en verde localidades con cobertura de servicio de Internet.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
7.     REFLEXIONES SOBRE EL ACCESO Y LA DISPONIBILIDAD DE INTERNET EN EL CONTEXTO DE LA PANDEMIA Y EL GASTO DE LOS HOGARES MEXICANOS EN SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
A raíz de la emergencia sanitaria declarada en México por la pandemia generada por virus SARS-CoV2 (COVID-19), el sector de telecomunicaciones y radiodifusión trabajó conjuntamente para asegurar el bienestar y la salud de todas las personas, así como para mantener la actividad en el gobierno, las empresas, el comercio y las instituciones educativas. Gracias a este esfuerzo de colaboración, millones de estudiantes en todo el país pudieron continuar con su ciclo escolar a través de la teleeducación; se tuvo acceso a información en tiempo real sobre la curva de contagios del coronavirus; las autoridades sanitarias pudieron contar con información de todo el país para tomar decisiones; las oficinas de gobierno y las empresas privadas pudieron mantener sus operaciones y su atención al público gracias al teletrabajo; y el comercio electrónico, a través de las compras por Internet, se incrementó de manera considerable.
Asimismo, los servicios financieros digitales se convirtieron en una práctica común entre los usuarios de la banca en todo el país. Por otro lado, la convivencia y la cercanía entre las personas se mantuvo gracias a la telefonía y a las videoconferencias con familiares y amigos. De no haber sido por los medios radiodifundidos, miles de personas en comunidades rurales con altos o muy altos grados de marginación hubieran padecido la pandemia sin acceso a la información sanitaria y preventiva, y a otros servicios esenciales como la teleeducación.
Aparte de su estela de dificultades, la pandemia por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) exhibió las diferencias entre las personas conectadas y las que aún permanecen fuera del mundo digital. De acuerdo con la información de la ENDUTIH 2019, cerca de 21 millones de personas en el entorno urbano no son usuarios de Internet, a pesar de que el 99% de la población urbana puede disponer de la cobertura de servicios de Internet.
 
Por lo tanto, puede inferirse que la población urbana que se encuentra fuera del mundo digital no lo es por falta de cobertura; más bien se trata de asequibilidad, es decir, de la falta de recursos económicos para pagar tanto el servicio, como los dispositivos de acceso a Internet. En esta problemática también gravita la falta de las habilidades digitales por parte de un segmento de esta población.
Para entender el problema de la asequibilidad en nuestro país, puede considerarse como punto de partida el análisis de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) (International Telecommunication Union, Broadband Commission for Sustainable Development, 2019, pág. 34 y 35) en el que se estima que el porcentaje máximo que los hogares deben gastar, por concepto de servicios de telecomunicaciones, no debe exceder del 2% de su ingreso mensual.
Este porcentaje difiere de lo observado en México, ya que de acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto en los Hogares (ENIGH) 2018, el gasto en los hogares mexicanos por los servicios de telecomunicaciones es mayor al 2% estimado por la UIT. En nuestro país, los hogares de los deciles4(4) con menores ingresos tienden a gastar en servicios de telefonía móvil que cuentan con acceso a Internet como parte de su oferta; pero no gastan en servicios de Internet fijo. En contraste, los hogares de los deciles con ingresos superiores sí gastan en ambos servicios.

Gráfica 2. Brecha de acceso existente entre hogares por decil de ingreso a las tecnologías de telefonía móvil e Internet fijo, con datos de la ENIGH 2018 INEGI.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Como se ha evidenciado durante la pandemia por virus SARS-CoV2 (COVID-19), el servicio de Internet fijo ha cobrado una alta importancia, por el trabajo en casa, la educación y capacitación en línea, y el consumo de contenido multimedia, incluido el de entretenimiento. De acuerdo con la ENIGH 2018, actualmente sólo cerca del 47% de los hogares mexicanos gastan en servicios de Internet fijo.
Lo anterior se debe a que el servicio de telefonía con acceso a Internet móvil, tiene costos flexibles y puede ser mucho más barato que el servicio de Internet fijo. Los hogares de los deciles de más bajos ingresos, de conformidad con la ENIGH 2018, destinan sólo $ 126.89 pesos mensuales al pago del servicio de Telefonía móvil, esto representa el 3.89% de sus ingresos.
Gasto promedio en servicios de telefonía móvil en el ámbito urbano, porcentaje del ingreso que representa y porcentaje de hogares que gastan en este servicio.

Tabla 1. Gasto promedio en servicios de telefonía móvil en el ámbito urbano, porcentaje del ingreso que representa y porcentaje de hogares que gastan en este servicio, con datos de la ENIGH 2018 INEGI.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Gráfica 3. Gasto en Telefonía Móvil por Decil de Ingreso, con datos de la ENIGH 2018 INEGI.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Por otro lado, el servicio de Internet fijo, tiene un gasto promedio mensual de $350.38, el cual resulta muy elevado para los hogares de los deciles de más bajos ingresos ya que puede representar entre un 4% y un 10% del ingreso total del hogar.
Si se sumaran ambos costos, los hogares de los deciles de menores ingresos tendrían que destinar entre el 6% al 14% de sus ingresos para el pago de estos servicios.
 
Gasto promedio en servicios de Internet fijo en el ámbito urbano, porcentaje del ingreso que representa y porcentaje de hogares que gastan en este servicio

Tabla 2. Gasto promedio en servicios de Internet fijo en el ámbito urbano, porcentaje del ingreso que representa y porcentaje de hogares que gastan en este servicio, con datos de la ENIGH 2018 INEGI.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Gráfica 4. Gasto en Internet Fijo por Decil de Ingreso, con datos de la ENIGH 2018 INEGI.
Elaboración: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
La población urbana del país, es decir, la que vive en localidades de al menos 2,500 habitantes, suma más de 86,000,000 de personas. De éstas, sólo 120,000 vive en zonas que no cuentan con servicios de Internet, lo que significa que, en el entorno urbano, 99 personas de cada 100, habitan en zonas con cobertura, donde podrían contratar el servicio de Internet.
Con ello, el PCS 2020-2021 hace una invitación para sumar actores, tanto públicos como privados, para buscar alternativas de atención al tema de la asequibilidad. En esto, la participación de la industria, la implementación de políticas públicas, así como la continuación de los programas sociales, serán elementos clave para que el acceso al servicio de Internet sea asequible para todos los mexicanos.
8.     MECANISMO DE VALIDACIÓN DEL PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2020-2021
Objetivo
Se establece el presente mecanismo para que las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión, los comercializadores y el público en general participen y enriquezcan el Programa de Cobertura Social 2020-2021.
Los documentos que integran este ejercicio son:
a) Anexo 1: Base de datos de las Localidades Prioritarias del Programa de Cobertura Social 2020-2021.
b) Anexo 2: Base de datos de las localidades de México según el censo 2010 del INEGI, con estatus de cobertura. Consiste en una base de datos en donde se muestra el estado de las 192,247 localidades identificadas en el Censo de Población y Vivienda 2010 elaborado por el INEGI, de acuerdo con el estado de conectividad que se calculó de conformidad con las zonas de cobertura de servicio de Internet provistas por los operadores.
c) Anexo 3: Formato de retroalimentación sobre el estado de cobertura de las localidades y formato mediante el cual se notifica a la SCT si hay información imprecisa o errónea en el Anexo 2.
La información que se recabe se utilizará para fortalecer el Programa de Cobertura Social 2020-2021, con el objeto de apoyar a las regiones y grupos del país que han sido marginados de las comunicaciones y que cuentan con mayores necesidades de conectividad.
El mecanismo de confirmación y validación de la cobertura de los servicios de telecomunicaciones estará vigente tres meses posteriores a partir de la publicación del PCS 2020-2021 en el Diario Oficial de la Federación.
Descripción del mecanismo de confirmación y validación de la cobertura de los servicios de telecomunicaciones
La SCT enviará el presente documento a las dependencias del Gobierno Federal, a los gobiernos de las entidades federativas, a los municipios, al IFT, a los concesionarios y a las asociaciones, cámaras y gremios para solicitar que confirmen y validen la cobertura de servicios de Internet en las localidades del país, tomando como base el Anexo 2, que estará disponible en el portal de la SCT, https://www.gob.mx/sct/acciones-y-programas/programa-de-cobertura-social con la finalidad de que el público en general pueda consultarlo y para validar o, en su caso, sugerir modificaciones a la información de cobertura de servicio de Internet.
En este sentido, se invita a revisar los datos incluidos en el Anexo 2 y, de ser el caso, reportar las omisiones e imprecisiones respecto de la cobertura de servicio de Internet, utilizando para ello el formato del Anexo 3. A los concesionarios se les solicita adicionalmente indiquen en el formato del Anexo 3 la tecnología con la que prestan los servicios en cada una de las localidades incluidas en el Anexo 2.
La información obtenida a través de esta consulta permitirá adecuar y mejorar el Programa de Cobertura Social y enfocar los esfuerzos del Gobierno de México para diseñar mecanismos que permitan llevar la conectividad a las localidades marginadas y así mejorar su calidad de vida e incrementar los niveles de bienestar de sus habitantes.
En el plazo establecido para el Mecanismo de confirmación y validación de la cobertura del servicio de Internet, la SCT recibirá cualquier tipo de comentarios y opiniones en relación con los Anexos del Programa de Cobertura Social.
Las opiniones deberán ser remitidas vía electrónica a coberturasocial@sct.gob.mx en el formato que para ese efecto fue elaborado en el Anexo 3 del Programa de Cobertura Social.
Los comentarios y opiniones que se reciban tendrán carácter informativo y no serán vinculantes. La información recibida será pública y la SCT elaborará un informe de los resultados del proceso. Para cualquier duda o comentario sobre el proceso, se pone a disposición de los participantes el correo electrónico coberturasocial@sct.gob.mx.
Los anexos del Programa de Cobertura Social 2020-2021 podrán consultarse en la página de internet de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en los hipervínculos:
Anexo 1 del Mecanismo de Validación: https://bit.ly/3kVklWr
 
Anexo 2 del Mecanismo de Validación: https://bit.ly/2MXCxSA
Anexo 3 del Mecanismo de Validación: https://bit.ly/2O5TECv
______________________________
 
1     De acuerdo con la definición del Consejo Nacional de Población (CONAPO), la marginación se asocia a la carencia de oportunidades sociales y a la ausencia de capacidades para adquirirlas o generarlas, pero también a privaciones e inaccesibilidad a bienes y servicios fundamentales para el bienestar. En consecuencia, las comunidades marginadas enfrentan escenarios de elevada vulnerabilidad social cuya mitigación escapa del control personal o familiar. Con base en los indicadores para dar cuenta de la marginación, el CONAPO aplicó diversos procedimientos estadísticos que permitieron identificar cinco estratos de marginación: muy baja, baja, media, alta y muy alta.
2     La determinación de la existencia o falta de cobertura en una localidad, así como la determinación de la población que vive en zonas de cobertura, se logra mediante el análisis espacial que tienen los polígonos de cobertura garantizada 3G y 4G que reportan los operadores al IFT, así como de la información sobre cobertura de Internet fijo que reportan diferentes operadores a la SCT a través del mecanismo de validación del Programa de Cobertura Social. Estos datos se interceptan con la ubicación geográfica de las localidades rurales o de las áreas geoestadísticas básicas en localidades urbanas, según el Marco Geoestadístico y habitantes identificados en el Censo de Población y Vivienda INEGI 2010. Por lo que los resultados son una aproximación a los valores reales actuales, dada la dinámica de crecimiento y decrecimiento de las zonas de cobertura, la calibración de los modelos que generan los polígonos de cobertura 3G y 4G y los cambios en las dinámicas poblacionales de los últimos 10 años. Si bien los totales poblacionales presentan una desactualización, estos varían poco en el entorno rural, además que su ubicación geográfica persiste.
3     La categoría afromexicanos o afrodescendientes, se incorporó por primera vez en la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI que identificó en dicha categoría hasta a 1.38 millones de mexicanos, lo que representa el 1.2% de la población nacional. Este segmento de la población se concentra en mayor número en los estados de Guerrero, Oaxaca y Veracruz, y se encuentra entre los grupos más pobres y con menos educación comparada con la media nacional, de aquí que el PCS 2020-2021 la considere como un segmento vulnerable.
4     De conformidad con el glosario de la ENIGH del INEGI https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENIGH2005 el término decil se refiere a la agrupación del total de perceptores o de hogares en diez estratos con igual número de perceptores o de hogares, ordenados de acuerdo con su ingreso de menor a mayor, considerando el tipo de ingreso o la cobertura geográfica.

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