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DOF: 15/07/2021
ACUERDO número 19/07/21 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Escribiendo el Futuro para el ejercicio fiscal 2021, emitidas mediante diverso número 29/12/20, publicado el 29 de diciembre de 2020

ACUERDO número 19/07/21 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Escribiendo el Futuro para el ejercicio fiscal 2021, emitidas mediante diverso número 29/12/20, publicado el 29 de diciembre de 2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XIV, XXI, XXII y penúltimo párrafo, 21, 23, 27, 28, 33, 34 y Anexos 10, 13, 14, 17, 19, 25 y 26 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, segundo párrafo que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
Que el 29 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 29/12/20 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Escribiendo el Futuro para el ejercicio fiscal 2021 (RO);
Que conforme lo previsto en las referidas RO se otorgan becas para la permanencia o conclusión del tipo superior a estudiantes inscritos en Instituciones Públicas de Educación Superior consideradas de cobertura total, en Instituciones Públicas de Educación Superior que no estén consideradas de cobertura total, así como en Instituciones de Educación Superior;
Que por lo que hace a las Instituciones de Educación Superior se requiere eliminar el requisito de que cuenten con un convenio vigente de colaboración suscrito con la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez en razón de atender a aquellos alumnos de Instituciones de Educación Superior no catalogadas como públicas para atender directamente a los alumnos que lo requieran y eliminar la intermediación de las escuelas;
Que se requiere llevar a cabo modificaciones a las mencionadas Reglas de Operación, con el propósito de eficientar el mecanismo que permita coordinar las acciones y presupuestos de los programas de becas a cargo de la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez en el ejercicio fiscal 2021, en caso de que se requiera;
Que el Comité Técnico de la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez en su Primera Sesión Ordinaria de 2021, con fundamento en lo dispuesto en los artículos Octavo y Noveno, fracción II del Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez, aprobó a través del Acuerdo CTCNBBBJ 06/25-03-2021, las modificaciones a las RO a que se refiere el presente Acuerdo;
Que se cuenta con el oficio número 315-A.-1247 de fecha 13 de mayo de 2021 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante el cual emite la autorización presupuestaria de las modificaciones a que se refiere el presente Acuerdo;
Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria mediante oficio número CONAMER/21/2536 de fecha 8 de junio de 2021 ha emitido el dictamen regulatorio correspondiente, y
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 19/07/21 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA JÓVENES ESCRIBIENDO EL FUTURO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, EMITIDAS
MEDIANTE DIVERSO NÚMERO 29/12/20, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL
29 DE DICIEMBRE DE 2020
ÚNICO.- Se modifican las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Escribiendo el Futuro para el ejercicio fiscal 2021, las cuales se detallan en el Anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 8 de julio de 2021.- La Secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez Álvarez.- Rúbrica.
 
ANEXO
ÚNICO.- Se REFORMAN los numerales "2.1. General" y "2.2. Específicos" del numeral "2. OBJETIVOS"; el numeral "3.2. Población objetivo", el número 3 del numeral "3.3.1. Requisitos"; el párrafo que antecede a la tabla de "Procedimiento para la selección de la población beneficiaria" del numeral "3.3.2. Procedimiento de selección", el rubro "Programación del gasto y distribución de recursos" del numeral "4.2.1. Avance físico y financiero" y el número 3 del rubro de Requisitos del "Anexo 4 Modelo de convocatoria"; se ADICIONA el término de "Becas para el Bienestar Benito Juárez" y su definición en el apartado de "GLOSARIO", y se DEROGA el "Anexo 5 Modelo de convenio", todos ellos de las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Escribiendo el Futuro para el ejercicio fiscal 2021, emitidas mediante Acuerdo número 29/12/20, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2020, para quedar como sigue:
"ÍNDICE
...
1. a 8. ...
ANEXOS
Anexo 1 a Anexo 4 ...
Anexo 5 (Se deroga)
Anexo 6 a Anexo 8 ...
GLOSARIO
...
Afromexicano/a.- a Becarios/as.- ...
Becas para el Bienestar Benito Juárez.- Son los programas presupuestarios a cargo de la Coordinación Nacional en el ejercicio fiscal 2021, los cuales además del presente Programa son: Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez, Programa Beca Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito Juárez y Programa de Becas Elisa Acuña.
CCT.- a TG7.- ...
1. INTRODUCCIÓN ...
2. OBJETIVOS
2.1. General
Fomentar que los/as alumnos/as inscritos en una IPES considerada con cobertura total, cualquier otra IPES en las que los/as alumnos/as cumplan con los requisitos establecidos o en otras IES que otorguen una exención del 100% de cuotas de inscripción, colegiatura o cualquier otra aportación al/a la alumno/a solicitante y éste/a cumpla con los requisitos establecidos, permanezcan y concluyan este tipo educativo, mediante una beca.
2.2. Específicos
Otorgar becas para la permanencia escolar y conclusión de los/las alumnos/as de las IPES consideradas con cobertura total, de cualquier otra IPES en las que los/as alumnos/as cumplan con los requisitos establecidos o de los/las alumnos/as de otras IES que otorguen una exención del 100% de cuotas de inscripción, colegiatura o cualquier otra aportación y cumplan con los requisitos establecidos.
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura ...
3.2. Población objetivo
Alumnos/as inscritos en (i) IPES consideradas con cobertura total, (ii) cualquier otra IPES, dentro del universo de atención, en cuyo caso deberá tener hasta 29 años cumplidos al 31 de diciembre de 2020 y un ingreso estimado mensual per cápita menor a la LPI en función del estrato rural/urbano de su localidad de residencia; o, (iii) una IES en la que se otorgue una exención del 100% de cuotas de inscripción, colegiatura o cualquier otra aportación al alumno/a solicitante y éste/a cumpla con los requisitos establecidos en estas RO.
 
3.3. Beneficiarios/as
3.3.1. Requisitos
...
1.    ...
2.    ...
3.   Ser alumno/a con inscripción en el periodo escolar vigente en otra IES que otorgue una exención del 100% de cuotas de inscripción, colegiatura o cualquier otra aportación al alumno/a solicitante y que tenga (i) hasta 29 años cumplidos al 31 de diciembre de 2020, y (ii) un ingreso estimado mensual per cápita menor a la LPI en función del estrato rural/urbano de su localidad de residencia. Para aquellos alumnos/as que hayan sido becarios/as del Programa previamente no aplica el criterio de edad.
4.    ...
3.3.2. Procedimiento de selección
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  ...
  ...
  ...
  ...
  ...
  ...
  ...
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...
...
1.    a 14. ...
...
  ...
  ...
  ...
  ...
  ...
  ...
...
...
Asimismo, podrán solicitar su incorporación al Programa aquellos educandos de otras IES que (i) otorguen una exención del 100% de cuotas de inscripción, colegiatura o cualquier otra aportación al/a la alumno/a solicitante, que tenga hasta 29 años cumplidos al 31 de diciembre de 2020, y un ingreso estimado mensual per cápita menor a la LPI en función del estrato rural/urbano de su localidad de residencia; y/o, (ii) determine la Coordinación Nacional.
Procedimiento para la selección de la población beneficiaria
...
...
...
1. ...
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...
...
...
...
...
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2. ...
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...
...
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...
 
3. ...
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4. ...
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...
...
5. ...
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...
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6. ...
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...
 
...
7. ...
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COMPONENTES
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...
 
 
...
 
 
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto) a 4.1. Proceso ...
4.2. Ejecución
4.2.1 Avance físico y financiero
...
...
...
...
Programación del gasto y distribución de recursos
La coordinación del presente Programa con otros programas implica únicamente la vinculación de estrategias y acciones, y el intercambio de información, y en ningún caso la transferencia de recursos, salvo que se trate de traspasos, exclusivamente, entre las Becas para el Bienestar Benito Juárez, siempre que estos contribuyan al uso eficiente de recursos y a una mayor cobertura de los mismos.
4.2.2 Acta de entrega recepción a 8. QUEJAS Y DENUNCIAS ...
ANEXOS
Anexo 1 Flujograma del procedimiento para la selección de la población beneficiaria a Anexo 3 Plantilla Información de la Matrícula de las Escuelas ...
Anexo 4 Modelo de convocatoria
...
...
...
...
BASES
REQUISITOS
1.   ...
2.   ...
3.   Ser alumno/a con inscripción en el periodo escolar vigente en otra IES que otorgue una exención del 100% de cuotas de inscripción, colegiatura o cualquier otra aportación al alumno/a solicitante y que tenga (i) hasta 29 años cumplidos al 31 de diciembre de 2020, y (ii) un ingreso estimado mensual per cápita menor a la LPI en función del estrato rural/urbano de su localidad de residencia. Para aquellos alumnos/as que hayan sido becarios/as del Programa previamente no aplica el criterio de edad.
4.   ...
5.   ...
...
CARACTERÍSTICAS DE LA BECA a Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
Anexo 5 (Se deroga)
Anexo 6 Formato de llenado a Anexo 8 Formato de Atención a la Demanda Ciudadana ..."
______________________________
 
 

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