DOF: 11/08/2021
ACUERDO por el que se levanta la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados

ACUERDO por el que se levanta la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 35, fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 140 de la Ley General de Salud; 286 y 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 5o. fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y
CONSIDERANDO
Que el 26 de marzo de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el "Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19".
Que el día 17 de abril de 2020, se publicó en el DOF, el "Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus Órganos Administrativos Desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19", con la finalidad de extender la suspensión de plazos y términos, hasta el 30 de abril de 2020.
Que el día 28 de abril de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se modifica por segunda ocasión el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19", con el objeto de prolongar la suspensión de plazos y términos hasta el 30 de mayo de 2020.
Que el día 26 de mayo de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se modifica por tercera ocasión el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19", con el objeto de ampliar el periodo de suspensión hasta la publicación de un nuevo Acuerdo.
Que el 29 de mayo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, a efecto de establecer las medidas específicas que las actividades económicas deberán implementar en el marco de la estrategia general para la Nueva Normalidad, para lograr un retorno o la continuidad de las actividades laborales seguro, escalonado y responsable;
Que con fecha 31 de julio de 2020, la Secretaría de la Función Pública publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen los criterios aplicables para la administración de los recursos humanos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para mitigar la propagación del coronavirus COVID-19, así como sus modificatorios de fechas 30 de septiembre y 21 de diciembre de 2020;
 
Que el día 30 de abril de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación por parte de la Secretaría de la Función Pública el Acuerdo por el que se determinan los criterios para la administración de los recursos humanos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con el objeto de reducir el riesgo de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV-2;
Que con fecha 27 de julio de 2021, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la nueva metodología del semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico que representa la enfermedad grave de atención prioritaria COVID-19.
Que la prolongación del periodo de contingencia sanitaria, obliga a adoptar un nuevo esquema de operación en la Administración Pública Federal, en consonancia con las actividades inherentes para el restablecimiento paulatino a la normalidad, desde los distintos enfoques del servicio público en el ámbito ejecutivo, para ello, es necesario reanudar los plazos y términos legales de los procedimientos, trámites y servicios que se encontraban suspendidos, manteniendo como eje rector el cumplimiento de las medidas necesarias para preservar la salud e integridad de las personas servidoras públicas y de los miembros de la sociedad, en apego a los lineamientos que dicten las autoridades sanitarias.
Que, a fin de transitar al restablecimiento de las actividades bajo la responsabilidad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES Y
ADMINISTRATIVOS EN LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Y SUS
ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS
ARTÍCULO PRIMERO.- A partir del día siguiente de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, se reanudan los plazos y términos legales y administrativos, para efectos de los trámites, procedimientos y servicios competencia de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus Órganos Administrativos Desconcentrados.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La reanudación de plazos y términos establecida en el artículo anterior, se realizará observando en todo momento las determinaciones que dicte la autoridad competente, dando estricto cumplimiento a todas y cada una de las recomendaciones sanitarias establecidas para tales efectos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2020, así como sus modificatorios publicados en fechas 17 de abril, 28 de abril y 26 de mayo, todos de 2020.
Ciudad de México, a 29 de julio de 2021.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.
 

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