DOF: 07/09/2021
ACUERDO número 24/08/21 por el que se da el aviso respecto de la conclusión del periodo de suspensión de los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública

ACUERDO número 24/08/21 por el que se da el aviso respecto de la conclusión del periodo de suspensión de los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 4, primer párrafo y 5, fracciones I y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que con motivo de la propagación de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y como medida de prevención a fin de salvaguardar la seguridad jurídica de los usuarios de los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública, así como de los servidores públicos de dicha dependencia que participan en ellos, el 20 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública;
Que el referido Acuerdo fue modificado mediante los diversos 07/04/20, 10/05/20, 11/06/20 y 13/06/21, publicados en el DOF los días 17 de abril, 18 de mayo y 9 de junio de 2020, así como 14 de junio de 2021, respectivamente;
Que el 27 de julio de 2021 la Secretaría de Salud publicó en el DOF el Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la nueva metodología del semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico que representa la enfermedad grave de atención prioritaria COVID-19, mismo que en términos de su Segundo Transitorio abroga el Anexo de "Semáforo por Regiones" del "Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias", el cual fue publicado en el DOF el 14 de mayo de 2020, mismo que fue modificado mediante diverso publicado en el referido órgano informativo al día siguiente;
Que resulta necesario dar continuidad a los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública, con el fin de garantizar el derecho a la educación prestando los servicios correspondientes, y
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 24/08/21 POR EL QUE SE DA EL AVISO RESPECTO DE LA CONCLUSIÓN DEL
PERIODO DE SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS Y TÉRMINOS RELACIONADOS CON LOS TRÁMITES Y
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE LLEVAN A CABO ANTE LA SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reactivan los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública, incluidos en el "Acuerdo número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública".
Lo anterior implica la reanudación de los plazos y términos en el punto en que quedaron pausados y no su reinicio.
ARTÍCULO SEGUNDO.- En el contexto de las medidas implementadas para la mitigación y control de los riesgos para la salud motivada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19), se deberá seguir privilegiando el uso de medios electrónicos, por lo que todos aquellos trámites y procedimientos cuya regulación permita realizarse a través de las plataformas electrónicas dispuestas por la Secretaría de Educación Pública, podrán seguir siendo atendidos por esa vía.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.- Secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez Álvarez.- Rúbrica.
 
 

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