AVISO sobre la vigencia de cuotas compensatorias.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
AVISO SOBRE LA VIGENCIA DE CUOTAS COMPENSATORIAS
Con fundamento en los artículos 1, 2 apartado A, fracción II, numeral 7, y 19 fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 11.3 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994; 21.3 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias; y 3 último párrafo, 70, 70 A y 70 B de la Ley de Comercio Exterior, se comunica a los productores nacionales y a cualquier otra persona que tenga interés jurídico, que están próximas a expirar las cuotas compensatorias definitivas, que se indican en este Aviso.
Cualquier productor nacional de tales mercancías podrá expresar a la Secretaría de Economía, por escrito, su interés en que se inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria que corresponda. En tal caso, deberá proponer un periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la cuota compensatoria.
La manifestación de interés deberá presentarse de manera completa, a más tardar veinticinco días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, de las 9:00 a las 14:00 horas, asimismo, se podrá presentar vía electrónica, a la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx, de las 9:00 a las 18:00 horas, conforme a lo dispuesto en el "Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2021.
En este sentido, los plazos vencen de acuerdo con lo siguiente:
PRODUCTO | FRACCIÓN ARANCELARIA* | PAÍS DE ORIGEN | ÚLTIMO DÍA DE LA VIGENCIA | FECHA LÍMITE PARA RECIBIR LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS |
Aceros planos recubiertos | 7210.30.02 7210.41.01 7210.41.99 7210.49.99 7210.61.01 7210.70.02 7212.20.03 7212.30.03 7212.40.04 7225.91.01 7225.92.01 7226.99.99 | China Taipéi Chino | 6 de junio de 2022 | 28 de abril de 2022 |
Malla cincada (galvanizada) de alambre de acero en forma hexagonal | 7314.19.03 7314.19.99 7314.31.01 7314.41.01 7314.49.99 | China | 25 de julio de 2022 | 17 de junio de 2022 |
Pierna y muslo de pollo | 0207.13.04 0207.14.99 | Estados Unidos | 7 de agosto de 2022 | 30 de junio de 2022 |
Cable coaxial del tipo RG (Radio Guide o Guía de Radio), con o sin mensajero | 8544.20.01 8544.20.02 8544.20.99 | China | 11 de agosto de 2022 | 6 de julio de 2022 |
Dicloxacilina sódica | 2941.10.08 | India | 18 de agosto de 2022 | 13 de julio de 2022 |
Amoxicilina trihidratada | 2941.10.12 | India | 28 de noviembre de 2022 | 19 de octubre de 2022 |
* Fracción arancelaria por la que ingresa el producto objeto de la cuota compensatoria, de acuerdo con la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación vigente.
Para mayor información dirigirse a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja, Col. Florida, C.P. 01030, en la Ciudad de México, o bien, comunicarse a través del correo electrónico UPCIConsultas@economia.gob.mx o a los teléfonos (55) 52 29 61 00, Ext. 33100 y 33104.
Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2021.- El Jefe de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, Oliver Ulises Flores Parra Bravo.- Rúbrica.