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DOF: 14/12/2021
PROGRAMA Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2021-2024

PROGRAMA Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2021-2024.

Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2021-2024
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
PROGRAMA ESPECIAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1.- Índice
1.- Índice
2.- Fundamento normativo
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
6.- Objetivos prioritarios
6.1. Relevancia del Objetivo prioritario 1: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la salud
6.2. Relevancia del Objetivo prioritario 2: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito educativo
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito laboral
6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en la seguridad social
6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la seguridad y justicia
6.6.- Relevancia del Objetivo prioritario 6: Promover y articular la política nacional contra la discriminación y por la igualdad para todas las personas
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
10.- Lista de dependencias y entidades participantes
11.- Anexo
12.- Referencias
2.- Fundamento normativo
El artículo 1.° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Asimismo, señala que queda prohibida toda discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Dicho artículo constituye el fundamento de la igualdad y no discriminación en México, principio y derecho que sustenta no sólo el orden jurídico nacional, sino también el internacional en materia de derechos humanos, tal como se desprende del contenido de diversos instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tan sólo por destacar algunos.
La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) es el ordenamiento que reglamenta el contenido y alcance de la cláusula antidiscriminatoria contenida en el artículo 1o constitucional, cuyos fines son prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona y promover la igualdad de oportunidades. Dicha norma da origen en su artículo 16 al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), como un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Gobernación, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que de acuerdo con el artículo 17 de la LFPED tiene por objeto, entre otros, "formular y promover las políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se encuentran en territorio nacional", y "coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, en materia de prevención y eliminación de la discriminación".
En este sentido, de acuerdo con el artículo 20, fracciones XXII y XXIII, de la LFPED y como parte de las atribuciones del CONAPRED, le corresponde lo siguiente:
      "Elaborar, coordinar y supervisar la instrumentación del Programa, que tendrá el carácter de especial y de cumplimiento obligatorio de conformidad con la Ley de Planeación", y
      "Formular observaciones, sugerencias y directrices a quien omita el cumplimiento o desvíe la ejecución del Programa y facilitar la articulación de acciones y actividades que tengan como finalidad atender su cumplimiento".
Los preceptos antes señalados fundamentan la actuación del CONAPRED para el diseño, elaboración, aplicación y supervisión del Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación (PRONAIND), en armonía con las disposiciones del artículo 26 de la Constitución y el artículo 26 de la Ley de Planeación, que facultan la elaboración de los programas de la Administración Pública Federal en estricto apego al contenido del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024.
El PRONAIND 2021-2024 representa la política nacional del Ejecutivo Federal para la prevención y eliminación de la discriminación, así como para el avance progresivo de la igualdad en dignidad y derechos en diversos ámbitos de la vida cultural, política, social y económica del país, en estricto apego a la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas en el territorio nacional, en particular, el derecho a la igualdad y no discriminación tal como lo ordena la Constitución Federal, con especial énfasis en aquellas personas y grupos que han enfrentado una discriminación histórica y estructural en el ejercicio de sus derechos humanos, como las personas migrantes; las personas con discapacidad; las personas jóvenes; las niñas, niños y adolescentes; las mujeres; los y las trabajadoras del hogar; las personas, pueblos y comunidades indígenas; las personas, pueblos y comunidades afromexicanas; así como las personas de la diversidad sexual y de género, tan solo por citar algunas.
Por lo tanto, el CONAPRED, a través del PRONAIND 2021-2024, impulsará la política antidiscriminatoria en México, promoviendo el ejercicio de los derechos humanos en condiciones de igualdad y no discriminación, particularmente los vinculados a la esfera del derecho a la educación, a la salud, al trabajo, a la seguridad social y al acceso a la justicia, al ser estos ámbitos institucionales clave para la igualdad sustantiva de los grupos sociales más discriminados y excluidos, y con los efectos negativos más extendidos y profundos que resultan en el desigual disfrute de derechos y oportunidades relevantes para ellos, y por lo tanto en las condiciones de desigualdad.
3.- Siglas y acrónimos
AFORE: Administradora de Fondos para el Retiro
APF: Administración Pública Federal
BIENESTAR: Secretaría de Bienestar
CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe
CISS: Conferencia Interamericana de Seguridad Social
CNBV: Comisión Nacional Bancaria y de Valores
CONAPRED: Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
 
CULTURA: Secretaría de Cultura
DGIS: Dirección General de Información en Salud
ENADID: Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica
ENADIS: Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017
ENCUP: Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas
ENIGH: Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de Hogares
ENOE: Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo
ENSU: Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana
ENVIPE: Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública
FGR: Fiscalía General de la República
IMSS: Instituto Mexicano de Seguros Social
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía
INM: Instituto Nacional de Migración
INMUJERES: Instituto Nacional de las Mujeres
INPI: Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas
ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
LFPED: Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
LGBTTTI: Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual
ONU: Organización de las Naciones Unidas
PEA: Población Económicamente Activa
PND: Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024
PRONAIND o Programa: Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2021-2024
SADER: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
SALUD: Secretaría de Salud
SAR: Sistema de Ahorro para el Retiro
SICT: Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
SE: Secretaría de Economía
SECTUR: Secretaría de Turismo
SEDATU: Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
SEDESOL: Secretaría de Desarrollo Social
SEGOB: Secretaría de Gobernación
SEP: Secretaría de Educación Pública
SFP: Secretaría de la Función Pública
SPR: Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano
SSPC: Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
STPS: Secretaría del Trabajo y Previsión Social
VIH/Sida: Virus de la Inmunodeficiencia Humana - Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida
WJP: World Justice Project
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en este Programa, mientras éste tenga vigencia.
 
5.- Análisis del estado actual
La discriminación estructural
La discriminación estructural es un problema público central en el México contemporáneo, ya que la limitación, restricción y negación de derechos y oportunidades para millones de personas tiene efectos profundos en la desigualdad y la cohesión social e impacta en el desarrollo y la calidad de la vida democrática del país. Se trata de un problema enraizado en la estructura social y no de un problema aislado ni de maltrato individualizado; consiste en una red o entramado de procesos sociales basados en relaciones de poder, originados y alimentados por una base simbólico-cultural de prejuicios, estigmas y estereotipos sociales normalizados, que se concretan en prácticas discriminatorias reiteradas que afectan de manera desproporcionada a ciertos grupos sociales subordinados e inferiorizados sistemáticamente, lo que a través de la historia ha legitimado su exclusión y las desigualdades sociales que viven como resultado de los obstáculos y limitaciones en sus derechos humanos y en sus libertades.
La discriminación estructural es desigualdad de trato institucionalizada, normalizada no sólo en esos prejuicios y estereotipos sociales imperantes, sino también en las normas, las interpretaciones jurídicas, las decisiones presupuestarias, las políticas y programas públicos. El trato desigual deja de estar en lo simbólico y cultural cuando comienza a influir en los procedimientos, rutinas de actuación e incluso los arreglos organizativo-institucionales, tanto en el ámbito público como en el privado, a partir de los cuales regimos nuestra vida en sociedad: la familia, la escuela, el trabajo, los servicios de salud, la protección en seguridad social, la procuración e impartición de justicia. Es a este nivel que la discriminación alcanza un estatus de fenómeno estructural que daña la dignidad y afecta gravemente a las personas y grupos sociales estigmatizados y discriminados, más allá de las voluntades individuales de las personas.
En 2005, alrededor de cuatro de cada diez personas percibían que "alguna vez" no se había respetado alguno de sus derechos (38.3%), en especial el derecho a la justicia, la libertad de expresión y tener un trabajo digno,(1) en tanto que para 2017 una cuarta parte de la población señaló que se le había negado el ejercicio de un derecho en los últimos cinco años (23.7%), tal como recibir apoyos de programas sociales, servicios médicos y la atención en oficinas de gobierno.(2)
La magnitud de la discriminación en la vida nacional no sólo impide cumplir los niveles de bienestar a que tiene derecho la población, sino que, en el caso de los grupos históricamente discriminados, incluso es casi imposible alcanzar estándares mínimos de calidad de vida. Además, la discriminación tiene un impacto negativo general, dado que la exclusión de millones de personas de los sistemas de salud, seguridad social y educativo, así como las restricciones al empleo y a un ingreso digno y suficiente, deterioran la justa distribución de la riqueza y limitan la participación de millones de personas en el mercado, lo que se traduce en pérdidas para la economía.
La discriminación estructural es un problema histórico, sistemático y generalizado y lleva aparejado el ejercicio de un dominio político, económico y cultural de unos grupos sociales privilegiados sobre otros, injustamente inferiorizados, marginados y excluidos, colocados en una situación tanto simbólica como práctica de subordinación y desventaja en cuanto al ejercicio de sus derechos fundamentales, que se muestra en brechas de desigualdad en el acceso a bienes, servicios y oportunidades.
Alineación con el PND
La política antidiscriminatoria del Gobierno de México se dirige a promover y facilitar la inclusión de todas las personas, en pie de igualdad, con respeto a sus diversidades. Esta política se basa en el principio rector del PND 2019-2024: «No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera». La acción pública se desempeñará con estricto acatamiento al orden legal y en observancia a los derechos humanos. El Gobierno de México buscará incluir plenamente en el desarrollo nacional y en la toma de decisiones a los grupos histórica y reiteradamente discriminados; se respetará a los pueblos indígenas y afromexicanos; se propugnará la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, y se rechazará toda forma de discriminación por edad, sexo, origen étnico, características físicas, identidad de género, orientación sexual, discapacidad, posición social, idioma, cultura, lugar de origen, nacionalidad, situación migratoria, preferencia política e ideológica y religión.
Este principio rector tiene un alcance general superior y prioritario en las acciones públicas que prevé el Estado mexicano; se trata de orientar al país hacia un desarrollo con bienestar, incluyente, igualitario, donde todas las personas, en lo individual y colectivo, sean reconocidas en sus identidades, características y condiciones diversas y donde se mejoren las situaciones sociales, económicas y culturales para ejercer sus derechos humanos, derechos colectivos y libertades fundamentales. El gobierno impulsará así una estrategia integral para la observancia de los derechos, empezando por el derecho a la igualdad y no discriminación.
El marco de derechos humanos exige que el Estado conduzca el desarrollo nacional mediante el crecimiento económico con justicia social, inclusión e igualdad sustantiva, a través del combate a prácticas discriminatorias institucionalizadas, tomando como bandera el principio rector «No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera».
Deterioro del bienestar
Las políticas públicas de las administraciones de las últimas tres décadas no se han centrado en la eliminación de los obstáculos para el ejercicio de derechos, en reducir las enormes (y, en muchos casos, crecientes) brechas de desigualdad y en garantizar la igualdad sustantiva y progresiva. A pesar de haber adoptado un discurso de derechos humanos, estas políticas públicas han tenido el efecto de reforzar la histórica cultura del privilegio, que naturaliza las diferencias como explicación normalizada de desigualdades económicas y de poder político y legitima la jerarquización social que se apropia los beneficios, lo que reproduce y ahonda las desigualdades a través de la institucionalización del trato discriminatorio. De hecho, la desigualdad en México no ha disminuido, como muestra la evolución del índice de Gini, que se ha mantenido prácticamente en el mismo nivel desde principios del siglo XXI, en alrededor de 0.48.(3) Los grupos históricamente discriminados han sido los más vulnerados por este orden político, económico y social, y los más afectados por los efectos negativos de la falta de crecimiento y desarrollo socioeconómicos.
Esta cultura del privilegio, que consolida relaciones sociales de dominación que operan en contra de los grupos históricamente discriminados, es alentada, según la CEPAL, por la corrupción, con lo que se establecen mecanismos preferenciales de disfrute de bienes y servicios de salud y educación, se subsidia mejores condiciones de vida para unos pocos, se profundiza una injusta distribución de la riqueza y, más grave aún, se permite la apropiación indebida de recursos públicos.(4) La cultura del privilegio incluso se ha institucionalizado en un tratamiento discriminatorio en términos de normatividad, diseño institucional, asignación presupuestal o mecanismos de participación.
Así, las políticas económicas y sociales no sólo no han logrado revertir los rezagos, las brechas de desigualdad y las condiciones de profunda desventaja de las poblaciones discriminadas, sino que, en muchos casos, han tenido el efecto de reforzarlas, a través del asistencialismo, la fiscalidad no distributiva, la injusticia social, la corrupción y la promoción de narrativas opuestas a la igualdad sustantiva y la difusión de una ideología que justifica la cancelación de la justicia social como objetivo de la acción del Estado.
La acción del Estado ha sido desarticulada y fragmentada frente a un problema complejo y estructural como lo es la discriminación, precisamente por su base histórico-cultural, su magnitud, extensión y profundidad, y sus graves consecuencias. El Estado se ha limitado a considerar que la discriminación es un problema secundario, que puede atenderse con intervenciones específicas para resolver conflictos particulares, más que como un problema social estructural que debe enfrentarse con una estrategia transversal, sostenida y concertada que atienda sus causas estructurales y sus manifestaciones generalizadas, con la participación de los poderes públicos y niveles de gobierno, así como de los titulares de derechos.
La discriminación consiste en un plexo de procesos sociales originados y alimentados por el prejuicio, los estigmas y la creación de estereotipos, que se manifiestan en la desigualdad de trato reiterada y sistemática hacia ciertos grupos sociales, lo que genera y legitima relaciones asimétricas de poder y de dominio de los grupos sociales dominantes sobre los grupos discriminados y, por tanto, inferiorizados.
La discriminación está presente en todo el cuerpo social, en todos los ámbitos institucionales (familias, comunidades, escuelas, centros de trabajo, instituciones gubernamentales, en el mercado), y tiene un impacto cotidiano y acumulativo que limita los derechos de los grupos sociales discriminados. Además, se agudiza entre quienes están en situación de pobreza y carencias sociales o residen en localidades no urbanas, aisladas y de mayor marginación. Finalmente, tiene efectos múltiples entre quienes pertenecen simultáneamente a dos o más grupos históricamente discriminados.
Si bien la discriminación tiene una base cognitiva (por lo demás, errónea y falsa) que se expresa en prejuicios, estereotipos y estigmas, son las actitudes, conductas y prácticas las que vulneran el ejercicio de los derechos y finalmente contribuyen a mantener y profundizar desigualdades socioeconómicas concretas y medibles. Muchas veces son independientes de una intención discriminatoria explícita, al estar normalizadas e incluso institucionalizadas. Estas prácticas entendidas como conductas, normas (formales o informales), programas y políticas (o su inexistencia) que se realizan desde las instituciones constituyen una de las principales causas de la desigualdad social y del déficit en la garantía de los derechos humanos, en ámbitos como la salud, la educación, el trabajo, la seguridad social, la justicia, el mercado y la cultura.
 
De manera particular, las prácticas discriminatorias que se dan en y desde los ámbitos de responsabilidad del Estado a través de las leyes, las normas, las decisiones de política, la asignación desigual del presupuesto (que beneficia a unos grupos y discrimina a otros), los arreglos organizativo-institucionales fragmentarios, segmentados y excluyentes, las políticas y programas públicos, los procedimientos, las interpretaciones de normas legales tienen el efecto de vulnerar derechos y profundizar la exclusión y las desigualdades sociales, enfáticamente de aquellos grupos sociales que históricamente han sido colocados en condiciones de desventaja social, cultural, económica y política. Por ello, es imperativo y urgente que sean revertidas de manera prioritaria y estratégica, en el marco de la transformación que el gobierno de México busca impulsar, a fin de garantizar la inclusión de todas las personas sin discriminación y con igualdad sustantiva.
Esta situación ha colocado a millones de personas al margen de los beneficios del desarrollo, de la integración en la sociedad y de la participación en la vida democrática, y pone en evidencia la necesidad de diseñar y ejecutar políticas públicas integrales para llevar a cabo una profunda transformación social, para que nadie se quede atrás y para que nadie se quede fuera. Se trata del cumplimiento, ni más ni menos, con el artículo primero constitucional; lo primero que define la Carta Magna es que todas las personas son iguales ante la ley y gozan de todos y los mismos derechos humanos; lo primero que ordena es observar estos derechos y lo primero que prohíbe expresamente, junto con la esclavitud, es la discriminación. Tal es la relevancia de esta política pública.
Combatir las prácticas discriminatorias
Cuando la discriminación estructural se manifiesta en prácticas discriminatorias reiteradas en ámbitos públicos y privados que resultan clave para materializar el proyecto de vida de las personas y para que puedan ejercer sus derechos humanos con capacidades y agencia, como son el ámbito de la salud, la educación, el trabajo, la seguridad social, la procuración y administración de justicia, ésta genera amplios y profundos efectos en términos de desigualdad social, económica y jurídica.
Aún más grave resulta que en estos ámbitos sean las propias instituciones del Estado las que, incluso sin proponérselo de forma deliberada, han venido configurando un patrón de prácticas discriminatorias expresadas en reglas, procedimientos, rutinas y arreglos organizativos que ocasionan un trato desigual y discriminatorio que profundiza y amplía las desigualdades sociales para las personas y grupos discriminados de manera histórica.
No obstante, las prácticas discriminatorias exceden, sin duda, la esfera institucional del Estado. Están profunda y profusamente arraigadas en relaciones sociales que tienen lugar en ámbitos como las relaciones familiares y comunitarias, oportunidades de participación y representación política, producción y distribución de bienes culturales, mensajes de los medios de comunicación y representaciones sociales que promueven otros actores sociales (partidos políticos, cámaras empresariales, sindicatos, organismos civiles, iglesias), interacción en redes sociales, así como el mercado de mercancías y servicios. Este conjunto de prácticas es el que busca desmontar el Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2021-2024.
El combate contra las prácticas discriminatorias es un objetivo de política que tiene valor por sí mismo, como obligación ética y política para el avance en el proceso civilizatorio, pero, además, se encuentra fuertemente vinculado a la disminución de otros problemas públicos, como la marginación, la pobreza, la exclusión social y la debilitación de la cohesión del tejido social. Esta es una de las más importantes conclusiones a las que ha llegado la investigación académica y en la que se enfoca la práctica de organismos civiles y agencias internacionales especializados en la defensa de los derechos humanos. También así lo muestran los resultados de ejercicios recientes llevados a cabo en México, como el Seminario "Estructuración del Fenómeno Discriminatorio como Problema Público" y los foros de consulta realizados en el marco del proceso de consulta pública para la elaboración del PND 2019-2024, tales como el "Foro en materia de Derechos Humanos, Migración y Población", el "Foro Temático de Igualdad y no Discriminación" y el "Foro Especial de Participación en Materia de Derechos de las Personas con Discapacidad".
Existe un conjunto de prácticas discriminatorias cuyo efecto es de mayor impacto y repercusión en la limitación y negación de derechos: primero, las que limitan o restringen el acceso a ámbitos institucionales, por ejemplo, los procedimientos de contratación laboral o de afiliación a la seguridad social, que restringen de forma injustificada el ingreso de determinados grupos sociales; segundo, las que regulan la movilidad y la progresión dentro del propio ámbito y otorgan un tratamiento y asignación desigual de recursos, beneficios o recompensas, como es el caso de la remuneración salarial desigual entre hombres y mujeres por trabajos de responsabilidad y jerarquía similares o las restricciones arbitrarias al progreso y certificación escolar.
Por otra parte, estos ámbitos institucionales de ejercicio de derechos carecen de instrumentos públicos de información accesible que dote a las personas, en especial a quienes pertenecen a grupos discriminados, de las herramientas necesarias para transitar por ellos, así como de mecanismos asequibles y efectivos para exigir sus derechos y de espacios de participación y contraloría social, lo que incluye una fortalecida cultura de la denuncia contra actos discriminatorios y las capacidades y conocimientos para identificar la discriminación, asumir la titularidad de derechos y conocer los medios para hacerlos valer.
Objetivos y cambios esperados
El PRONAIND promoverá el ejercicio de derechos humanos sin discriminación tanto desde el quehacer del sector público como respecto a la regulación de relaciones entre los poderes públicos y la sociedad, con un enfoque particular respecto a los derechos a la educación, a la salud, al trabajo, a la seguridad social y al acceso a la justicia, al ser estos los ámbitos de mayor impacto en términos del bienestar de la población y en los que existen enormes brechas de desigualdad que pueden reducirse mediante el combate a las prácticas discriminatorias institucionalizadas. Es importante explicitar que, con la finalidad de evitar la fragmentación de esfuerzos y recursos de la APF para desmontar esas prácticas discriminatorias, el PRONAIND concentrará sus esfuerzos programáticos en aquellas que ocurren en un conjunto reducido de ámbitos, pero que tienen los mayores efectos de desigualdad sustantiva en el ejercicio de derechos y en el bienestar de las personas, de manera especial y prioritaria para quienes pertenecen a grupos históricamente discriminados y excluidos, tal como lo establece el marco de derechos humanos y antidiscriminatorio.
El PRONAIND es el instrumento de la política nacional antidiscriminatoria, cuyos seis objetivos buscan la intervención articulada e integral, desde las atribuciones del gobierno federal, para desmontar distintas prácticas discriminatorias institucionalizadas. Se trata de una política de intervención transversal enfocada en un modelo que aborda las distintas causas que subyacen y explican el surgimiento y persistencia de las prácticas discriminatorias en los distintos ámbitos prioritarios, tales como las leyes, las normas, los procedimientos, los sistemas de información, los arreglos organizativos y hasta las formas de trato del servicio público y agentes privados.
El Programa reconoce la importancia de la reforma a las leyes y normatividad secundaria, en armonía con los más altos estándares de protección de derechos humanos, plasmados en tratados y convenciones internacionales de los cuales México es parte. Algunas de las prácticas que busca eliminar el PRONAIND están fundamentadas, precisamente, en el orden jurídico nacional, que aloja todavía preceptos específicos que no concuerdan con el mandato del artículo primero constitucional, muchas de las cuales se encuentran en reglamentos, lineamientos y disposiciones administrativas secundarias que rigen la acción cotidiana de agentes gubernamentales y privados, y que tienen efectos no deseados de limitación y negación de derechos para grupos específicos de personas.
Para combatir la discriminación es necesario contar con reglas justas, progresistas e incluyentes, pero si los agentes responsables de su interpretación y ejecución no cuentan con los conocimientos, capacidades e instrumentos para hacerlo, los derechos quedan sólo en el papel. El PRONAIND atiende este reto con estrategias dirigidas a vigilar la aplicación de la normatividad, desarrollar herramientas concretas para la acción pública como protocolos de actuación, directrices y herramientas de capacitación y a promover conductas apegadas al principio de igualdad y a vigilar la aplicación de la normatividad.
Finalmente, el Programa incluye estrategias dirigidas a consolidar el cambio cultural que promueve la modificación de las prácticas, a través de acciones para informar a la población sobre su derecho a la igualdad y no discriminación, sensibilizar a la sociedad sobre la riqueza que conlleva la diversidad y educarla para reconocer y eliminar los estereotipos, prejuicios y estigmas que lesionan la vida democrática del país.
El primer objetivo de este Programa, "Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la salud", promueve estrategias para avanzar hacia un ejercicio pleno y universal del derecho a la salud, a través del acceso igualitario a la atención a la salud. En este ámbito, las prácticas discriminatorias y el propio arreglo institucional, caracterizado por la mercantilización y la fragmentación en subsistemas desiguales de atención en calidad y cobertura, excluyen a millones de personas en situación de pobreza, residentes en localidades rurales, pequeñas y alejadas y familias de trabajadores precarios e informales que suelen ser también las mayormente excluidas de los servicios médicos asociados a la seguridad social y, por consiguiente, las más vulnerables a los gastos catastróficos en materia de salud, así como al riesgo de no atenderse o de hacerlo en establecimientos y con tratamientos que representan un peligro para su salud, e imponen limitaciones a grupos como las personas de la diversidad sexual y de género que suelen recibir un trato prejuicioso y humillante, y muchas veces ni siquiera son reconocidas como sujetos de derecho a la asistencia médica o personas migrantes y refugiadas contra quienes opera un férreo sistema de exclusiones derivadas tanto de su origen nacional como, frecuentemente, de la administración de su situación migratoria, que limita su derecho al cuidado de la salud en función de criterios de identidad y personalidad jurídica.
El segundo objetivo, "Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito educativo", se enfoca en las prácticas discriminatorias que históricamente ha excluido desproporcionadamente a las personas con discapacidad, al no haber construido un sistema educativo accesible, y a las personas indígenas, en especial a quienes hablan una lengua diferente al español, para quienes ofrece opciones de instrucción escolar y extraescolar de menor calidad y sin pertinencia cultural, cuyos efectos son una preparación relativamente deficiente, carencia de opciones de desarrollo académico respetuoso de la diversidad cultural y de oportunidades laborales. En este ámbito, las estrategias buscan, por un lado, promover la inclusión en la educación, al eliminar las barreras de acceso y las disparidades entre los diferentes subsistemas en términos de cobertura, accesibilidad y pertinencia cultural, y, por otro lado, una educación para la inclusión que proporcione a la población conocimientos y capacidades para actuar en contra de la discriminación y a favor de la diversidad y que las escuelas actúen como detonadoras de cambios culturales y de relaciones sociales.
El tercer objetivo, "Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito laboral", plantea reducir las prácticas discriminatorias que impiden la inclusión de las personas en el mundo del trabajo remunerado, formal y de calidad, con especial atención en los grupos de la población que experimentan mayor exclusión y discriminación, como las mujeres que todavía se encuentran estructuralmente confinadas a labores en el hogar y de cuidados, así como en posiciones subordinadas en el trabajo y en nichos laborales específicos y "feminizados", las personas indígenas que enfrentan barreras estructurales derivadas de su acceso a la educación de calidad y capacitación para el trabajo, su lugar de residencia y su lengua, así como otras construidas en función de prejuicios y estereotipos, como las personas con discapacidad consideradas como trabajadoras menos productivas y con menor capacidad para cualquier tipo de ocupación, lo que las coloca en posiciones subordinadas y sin opciones de desarrollo, así como frecuentemente en empleos informales y precarios y las personas de la diversidad sexual y de género que frecuentemente son objeto de exclusión, discriminación y acoso laboral por su orientación sexual o su identidad de género, entre otros. Las estrategias se dirigen a construir procesos inclusivos en términos de contrataciones, promociones y beneficios laborales, promover el cierre de brechas en salarios y posición en el empleo y a eliminar las barreras a la diversidad en la fuerza de trabajo.
El cuarto objetivo, "Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en la seguridad social", estrechamente vinculado con el laboral y el de salud, plantea estrategias para reducir las enormes brechas de acceso a la seguridad social y disfrute de bienes y servicios críticos para el desarrollo de la vida de las personas y las familias, que se asignan en función de un criterio meramente financiero, como las contribuciones derivadas de un empleo formal, cuyos efectos son, entre los más graves, la situación de desprotección de millones de personas que al carecer de seguridad social se ven forzadas a recurrir a la asistencia pública, la provisión de servicios sociales y de salud desiguales, la carencia generalizada de pensiones y la inexistencia de servicios de cuidado. Las prácticas discriminatorias institucionalizadas en el ámbito de la seguridad social afectan desproporcionadamente a las mujeres a quienes se ubica más como receptoras de servicios asistenciales en tanto integrantes subordinadas de los hogares que como titulares de derechos y contribuyentes calificadas, a las personas indígenas y residentes en localidades rurales en cuyos contextos están muy restringidas las posibilidades de integrarse en el mercado formal de trabajo, e incluso los beneficios de los programas sociales y de desarrollo productivo están mediados por el difícil acceso a servicios e infraestructura inexistentes.
El quinto objetivo, "Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la seguridad y justicia", reconoce que para lograr la construcción de paz es indispensable combatir las prácticas discriminatorias que operan en la seguridad, el sistema penitenciario, la procuración e impartición de justicia, las cuales criminalizan, vulneran los derechos y revictimizan a las personas y colectivos más discriminados en el país; no es casual que cerca de seis de cada diez personas considera que la justicia funciona mal, y los tres principales problemas que percibe la población respecto a justicia en el país son la corrupción, la injusticia y la desigualdad,(5) sumándole las grandes barreras a las que se enfrentan para acceder a la justicia las personas indígenas, las personas con discapacidad, migrantes, entre otras. Por ello, las estrategias contemplan la elaboración y ejecución de protocolos antidiscriminatorios, como en el caso de prácticas de perfilamiento racial para eliminar la persecución y criminalización de grupos como las personas en situación de pobreza, residentes de áreas urbanas marginales, personas jóvenes, migrantes irregulares y personas indígenas y afromexicanas; impulsar la generación de información desagregada desde la perspectiva antidiscriminatoria para visibilizar y reducir las brechas de desigualdad y, por último, la promoción del derecho a la justicia sin discriminación para fortalecer la cultura a la denuncia, a través de la difusión de los mecanismos existentes.
Finalmente, el sexto objetivo, "Promover y articular la política nacional contra la discriminación y por la igualdad para todas las personas", se dirige a hacer transversal y nacional la obligación antidiscriminatoria mediante acciones estratégicas y de coordinación que articulen un piso común para las autoridades y los actores privados relevantes, con la finalidad de contrarrestar las prácticas discriminatorias que de manera sistemática y generalizada se presentan tanto en el quehacer del Estado como en el sector privado, los medios de comunicación, la cultura y el deporte. Las estrategias de este objetivo se dirigen a desmontar procesos y relaciones sociales institucionalizadas que impiden a millones de personas, en especial las que pertenecen a los grupos discriminados, el pleno ejercicio de sus derechos humanos, así como a construir una cultura en favor de la igualdad y la diversidad.
El combate a las prácticas discriminatorias no sólo busca incidir en el cierre de las brechas de desigualdad, sino que ofrece también la oportunidad de introducir un cambio en los patrones de trato y, por lo tanto, en las relaciones sociales que justifican la desigualdad y la perpetúan. Busca tener un impacto en el cambio cultural un objetivo de mucho más largo aliento necesario para eliminar la discriminación estructural e igualar el piso para la construcción de una sociedad que alcance la vigencia real de «todos los derechos para todas las personas».
Esto se logrará mediante la instrumentación de una agenda transversal de igualdad, directamente en las instituciones gubernamentales, los poderes legislativos y los tribunales (en los tres niveles de gobierno), así como también en los medios de comunicación, en el sector privado, en las asociaciones civiles y en las familias.
Se trata de promover que en cada organismo público, social y privado existan las capacidades institucionales para identificar y erradicar prácticas discriminatorias incluyendo la reproducción de nociones estereotipadas y prejuiciosas y la difusión de narrativas discriminatorias y aplicar un enfoque diferenciado para satisfacer necesidades específicas, en virtud de obstáculos específicos que imponen limitaciones de acceso igualitario a oportunidades, recompensas, bienes y servicios.
Al atacar las prácticas discriminatorias institucionalizadas, las estrategias del Programa contribuirán a la eliminación de barreras y obstáculos que impiden el ejercicio pleno de los derechos de millones de personas que pertenecen a uno o más grupos histórica y sistemáticamente discriminados.
Así, el modelo de atención que plantean los objetivos del Programa busca armonizar el marco normativo del país a lo largo de toda la jerarquía legal, con los más altos estándares de protección de derechos humanos y en función del desarrollo de instrumentos de política pública centrados en el cumplimiento de las obligaciones de respetar, proteger, promover y garantizar esos derechos, sin ningún tipo de discriminación. Entre estos instrumentos tienen particular relevancia los protocolos de atención con enfoque diferenciado y las acciones afirmativas y otras medidas para la igualdad, que no sólo regirán las conductas cotidianas de las personas que integran el servicio público, sino que además modificarán los sesgos cognitivos que permiten la reproducción de la discriminación, apoyados por estrategias de información, educación y comunicación para el conocimiento y ejercicio de derechos.
En última instancia, la política propone tener un efecto en la construcción de nuevas relaciones sociales y políticas que tengan un impacto en el bienestar de la población, a través de la reducción de las brechas de desigualdad socioeconómica, la incidencia de la pobreza y la marginación y los rezagos sociodemográficos, que no son otra cosa que déficits del ejercicio de derechos mediante los que se expresa la discriminación estructural.
6.- Objetivos prioritarios
El Programa se plantea un conjunto de objetivos, orientados a desmontar un conjunto de prácticas discriminatorias institucionalizadas, con los mayores efectos en la restricción y negación de derechos que resultan clave para la igualdad sustantiva y bienestar de las personas, tales como la salud, la educación, el trabajo, la seguridad social, la seguridad y justicia, y a promover y articular la política antidiscriminatoria.
Objetivos prioritarios del Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2021-2024
1.- Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la salud.
2.-. Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito educativo
3.- Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito laboral
4.-. Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en la seguridad social.
5.- Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la seguridad y justicia
6.- Promover y articular la política nacional contra la discriminación y por la igualdad para todas las personas.
 
6.1. Relevancia del Objetivo prioritario 1: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la salud
Los servicios de salud son un ámbito en que las prácticas discriminatorias tienen algunos de los efectos más críticos para la población, ya que ponen en riesgo el patrimonio de las personas, su funcionalidad para estudiar y trabajar e incluso su vida misma. Las desigualdades se profundizan debido a la estructura segmentada del sistema de salud, que obstaculiza y excluye a millones de personas debido a características como la condición socioeconómica, el estatus laboral, la edad, el lugar de nacimiento o residencia, la pertenencia étnica y la orientación sexual o identidad de género.
El arreglo institucional que excluye a estos grupos se ha caracterizado por la creciente mercantilización de los servicios de salud, el énfasis en el enfoque curativo de especialidad y la marcada desigualdad en la distribución de recursos públicos en detrimento de las zonas rurales y las comunidades indígenas, lo que se refleja en diversos rezagos demográficos: menores esperanzas de vida, diferenciales regionales en el avance de la transición epidemiológica (y en las capacidades institucionales para atender los padecimientos), niveles relativamente mayores de morbilidad y mortalidad, mayores tasas de fecundidad y mayores niveles de demanda insatisfecha de métodos anticonceptivos, entre otros.(6)
No sólo existen enormes asimetrías entre los servicios privados y los del Estado, sino que entre las propias instituciones médicas públicas existen grandes diferencias derivadas de las desigualdades en calidad y cobertura y la propia fragmentación entre los subsistemas contributivos (a los que se tiene acceso a través de afiliación vía el empleo o por contratación individual) y no contributivos (a los que se tiene acceso a través de la oferta universal y de distintos medios de contratación individual) en cuanto a la amplitud de los paquetes de atención, la disponibilidad de medicamentos y tratamientos, la calidad de los productos y servicios médicos y la provisión de personal médico por pacientes atendidos. De esta suerte, en 2017 el gasto en salud para la población con seguridad social contributiva fue 39% mayor que para la población que no es derechohabiente de esos sistemas.(7) Estas disparidades afectan desproporcionadamente a los grupos históricamente discriminados que recurren con mayor frecuencia a servicios de menor calidad y cobertura terapéutica, como los que ofrecía el Seguro Popular: 72% de las personas hablantes de lengua indígena y 54.5% de la población indígena por adscripción acudían a esta institución, en comparación con 36.7% a nivel nacional (véase anexo, cuadro 1).(8)
La falta de acceso a servicios de salud afecta en mayor medida a ciertos grupos históricamente discriminados y en determinadas regiones del país. Por ejemplo, la ENADIS revela que la población indígena de 6 años y más de la región suroeste reportó en mayor medida no haberse atendido bajo ninguna situación en servicios de salud (5.5%), en contraste con la que reside en la región noreste del país (0.2%).
Para los millones de personas que pertenecen a grupos discriminados y viven en situación de pobreza y carencias, el sistema de salud refuerza la desigualdad existente, al ofrecerles menor acceso a conocimientos y conductas de prevención y a diagnósticos, tratamientos y medicamentos asequibles de reparación de la enfermedad. El cuidado de la salud no sólo está limitado por la inexistencia de estrategias y programas de ampliación de cobertura que permitan incorporar a los grupos históricamente discriminados, sino que, por otra parte, está estrechamente vinculado al contexto, de manera que las condiciones del medio ambiente, la vivienda, los centros de trabajo y educación y el espacio público también condicionan la incidencia de enfermedades y el acceso a bienes y servicios de salud.
El CONAPRED ha documentado a través de las quejas, encuestas y diversos estudios, que en el sistema de salud están presentes múltiples prácticas discriminatorias que excluyen y restringen a grupos sociales específicos (pueblos indígenas y afromexicanos, personas de la diversidad sexual y de género, poblaciones callejeras, personas migrantes irregulares en tránsito y otros).(9) Las principales son la inaccesibilidad física y geográfica de establecimientos adecuados, la falta de traductores para la población indígena o migrante no hispanoparlante, el establecimiento de requisitos imposibles de cumplir para todas las personas tales como la presentación de identificaciones oficiales para atender a poblaciones como las personas migrantes y trans o reconocer el derecho de las parejas del mismo sexo que tienen una unión civil para el acceso a atención médica, la estigmatización y negación de derechos para las personas con VIH y usuarias de drogas, prácticas médicas orientadas a corregir la orientación sexual o identidad de género no normativas, así como el trato autoritario y discriminatorio que frecuentemente reciben las personas adolescentes, jóvenes, mayores y con discapacidad en los servicios de salud.
Estas prácticas se explican en función de motivaciones prejuiciosas y estigmatizadas, además de la carencia o franca inobservancia de protocolos de atención que eviten la negación de servicios o el trato dilatorio, inequitativo o denigrante. De hecho, por ejemplo, mientras que la negación injustificada de atención médica o medicamentos es algo que le ha ocurrido a 10% de la población, en promedio, entre las personas con discapacidad se eleva a 14.3% y llega a 17.9% entre las personas hablantes de lengua indígena (véase anexo, cuadro 2).(10)
A escala de las entidades federativas, Chiapas (18%), Guerrero (16.6%) y Oaxaca (15.7%) registran la mayor proporción de su población que reportó la negación de atención médica o medicamentos en los cinco años previos al levantamiento de la ENADIS (véase anexo, cuadro 3), al tiempo que registran también junto con Chihuahua las más elevadas tasas de mortalidad materna del país en 2017 (54.7, 68.1 y 50.8 por cada cien mil nacidos vivos, respectivamente). Otro indicador estratégico que refleja las condiciones de atención en salud es la tasa de mortalidad infantil, en el que estos tres estados también registran tasas elevadas: Guerrero con 17.2 defunciones de menores de un año por cada mil nacidos vivos en 2018, Oaxaca 18.9 y Chiapas con 20.3.(11)
A la complejidad inherente al sistema de salud y su uso se suma la limitación o inexistencia de información que explique de manera clara, a través de formatos y lenguajes accesibles y pertinentes, tanto los derechos de las personas en el ámbito de la salud y los componentes del aparato institucional como la propia información médica. Por otro lado, la falta de formación del personal de salud en igualdad y no discriminación se refleja en su actuación, de manera que es frecuente un trato desigual a las personas, con el que se impide y limita el consentimiento informado sobre tratamientos y procedimientos médicos, se omiten adecuaciones pertinentes acordes con los perfiles de los grupos específicos, se niegan servicios de mediana y alta especialidad a grupos históricamente discriminados y se propicia que millones de personas recurran a pseudoterapias o simplemente no se atiendan. Este tipo de prácticas se refleja en que alrededor de la mitad de las personas reporta algún grado de insatisfacción con la atención recibida por parte de los servicios de salud.(12)
El objetivo de disminuir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos discriminados y excluidos del ámbito de la salud se inscribe en el contexto de la transformación del Sistema Nacional de Salud hacia la cobertura universal, de acuerdo con la perspectiva de la salud como derecho humano, garantizando la atención integral y gratuita a toda persona residente en nuestro país, sin ningún tipo de discriminación. El derecho a la salud es fundamental, ya que de él depende la vida misma de las personas. A partir de esta premisa, el Programa propone acciones para que todas las personas que habitan el país cuenten con información y servicios de calidad, con independencia de su ingreso, estatus laboral y otras características que resultan en obstáculos de acceso a atención médica, tratamientos y medicamentos.
El PRONAIND plantea estrategias y acciones para proporcionar servicios de salud sin discriminación, mediante una actualización normativa que garantice los más altos estándares de protección y el acceso universal, el desarrollo de instrumentos de política pública para eliminar obstáculos que afectan desproporcionadamente a grupos históricamente discriminados, para ofrecer información accesible y pertinente y para garantizar que todo el personal médico y de apoyo cuente con las capacidades necesarias para aplicar protocolos y modelos de atención con enfoques diferenciados.
Se busca que hacia el final de la presente administración aumente la proporción de población perteneciente a grupos históricamente discriminados que ejerce su derecho al cuidado de la salud, a través la reducción de las brechas de desigualdad en el acceso y uso de los servicios de salud y del incremento de los servicios de salud de calidad, medido con la razón de gasto público en salud per cápita por condición de cobertura de seguridad social.
6.2. Relevancia del Objetivo prioritario 2: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el
ejercicio de los derechos humanos en el ámbito educativo
En México se ha construido un sistema educativo que, a pesar de un histórico esfuerzo, todavía excluye a millones de personas de los beneficios de una educación inclusiva, accesible, pertinente y que favorezca la competitividad del país a escala global. Se trata de un sistema fragmentado que reproduce, genera y profundiza desigualdad, en el que la educación privada tiene mayor calidad que la pública, hay subsistemas con asignaciones presupuestales significativamente menores diseñados para grupos específicos, como personas indígenas y con discapacidad, y carece de mecanismos efectivos de exigibilidad de derechos.
Los efectos de la discriminación estructural se pueden apreciar en términos de la desigualdad de oportunidades y resultados que registran los grupos discriminados en el ejercicio del derecho a la educación. México registra brechas de desigualdad en múltiples indicadores educativos, como la cobertura, la eficiencia terminal y la disponibilidad de recursos por estudiante. Mientras a nivel nacional 3.1% de las personas entre 15 y 59 años no sabe leer y escribir, el porcentaje asciende a 13.3% entre quienes hablan una lengua indígena y a 20.9% entre las personas con discapacidad (véase anexo, cuadro 4). De la misma manera, a nivel nacional sólo 2.9% de la población carece de escolaridad, pero la tasa sube a 11.3% para hablantes de lengua indígena y a 20.2% para personas con discapacidad.(13) Según la ENADIS, los diversos grupos discriminados (hablantes de lengua indígena, adscritos indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad y personas de la diversidad religiosa) tienen los mayores porcentajes de analfabetismo en la región suroeste (véase anexo, cuadro 5).
En el sistema educativo existe un conjunto de prácticas discriminatorias institucionalizadas que limitan y excluyen a grupos sociales específicos (personas con discapacidad, pueblos indígenas y afromexicanos, personas de la diversidad sexual y de género y otros) y que contribuyen a explicar algunas de las desigualdades sociales más profundas y extendidas que afectan a los grupos históricamente discriminados y excluidos, así como a zonas y regiones del país. Estas prácticas están asociadas a barreras para ingresar al sistema educativo, permanecer y progresar en él, y abarcan una amplia gama, desde la inaccesibilidad física y geográfica que afecta el acceso a las escuelas de las personas con discapacidad y de las residentes en localidades pequeñas y apartadas, la falta de pertinencia cultural y lingüística que limita las oportunidades de desarrollo escolar para las personas indígenas y que no hablan español, requisitos administrativos que no están al alcance de todos, provisión de servicios de calidad desigual, reproducción de estereotipos y estigmatización en prácticas, contenidos y materiales de enseñanza, entre otras.
El sistema educativo en México no ha contado con mecanismos efectivos de acompañamiento para prevenir y combatir desde las políticas públicas los riesgos contextuales que limitan el ejercicio del derecho a la educación, condicionados en parte por rezagos socioeconómicos, muy relacionados con la asunción de responsabilidades adultas a edad temprana como el trabajo infantil y adolescente o el embarazo adolescente y la formación temprana de la familia, de hecho 36.4% de la población entre 12 y 24 años no asiste a la escuela debido a motivos económicos, y entre hablantes de lengua indígena la cifra es de 56.1% (véase anexo, cuadros 6 y 7).(14) Por otro lado, también operan factores atribuibles al propio sistema, como la falta de motivación para estudiar, y la percepción de que la educación disponible no ofrece posibilidades reales para el logro de metas del propio proyecto de vida, así como la falta de mecanismos de supervisión del cumplimiento de la obligatoriedad de la educación básica.
Así, el sistema educativo excluye a miles de personas, particularmente en los niveles educativos medios y superiores, como indica que apenas uno de cada cinco planteles de educación media superior cuenta con instalaciones accesibles para personas con discapacidad motriz. Además, presenta una sistemática inaccesibilidad material (tecnología, ubicación) para grupos sociales discriminados, que se reflejan en menores tasas de asistencia, absorción y eficiencia terminal en el quintil más pobre de la población: tenemos escuelas lejanas, pobremente equipadas y con una proporción inadecuada de estudiantes por docente. Es necesario seguir impulsando las adecuaciones necesarias en la infraestructura de los centros escolares para que sean realmente accesibles a todas las personas.
La educación en el país impone múltiples restricciones al avance educativo de personas indígenas, hablantes de lengua indígena y no hablantes de español, debido a una provisión de servicios que no es pertinente ni adecuada culturalmente, que no brinda una enseñanza de calidad en su lengua, así como tampoco del español, y que carece de opciones educativas más allá de la secundaria para las y los adolescentes y jóvenes indígenas que sólo hablan su lengua materna.(15)
En buena medida, el déficit en el ejercicio del derecho a la educación para los grupos históricamente discriminados también se explica por la existencia de requisitos que resultan discriminatorios y por inexistencia de adecuaciones inclusivas que promuevan la incorporación de grupos específicos (población con discapacidad, indígena, migrante, refugiada, desplazada, entre otros). Tanto el combate contra las prácticas discriminatorias como la ejecución de medidas de inclusión, nivelación y acciones afirmativas han estado
generalmente ausentes en las políticas educativas y en el acompañamiento que debe ofrecer la política social.
Además, la escuela en México no es ajena a un contexto social que frecuentemente tolera y, por lo tanto, reproduce prácticas de trato denigrante y estereotipado hacia personas que pertenecen a grupos sociales discriminados, incluso en contenidos y programas educativos (racismo, homofobia, clasismo, sexismo, etc.). Las burlas, la discriminación, el acoso y la violencia son una constante que afecta a los grupos históricamente discriminados desde las primeras etapas de su vida, y no todas las escuelas cuentan con los dispositivos para prevenirlos y eliminarlos.
En la construcción del sistema educativo ha faltado promover una cultura educativa en derechos humanos y favorable a las diversidades, en especial en términos étnico-culturales (visibilidad y reconocimiento del pueblo afromexicano, de la herencia cultural indígena y de las aportaciones de las personas migrantes y refugiadas), aunque también respecto a la diversidad de opiniones políticas y creencias religiosas, la diversidad de arreglos familiares y la diversidad sexual y de género, entre otras.
La educación de calidad, inclusiva y con pertinencia cultural es un derecho llave que favorece el ejercicio de los derechos humanos de las personas y un motor para el desarrollo. Con base en este criterio, el PRONAIND busca impulsar acciones para la educación inclusiva, medida con el porcentaje de la población de 15 a 24 años de los grupos históricamente discriminados que asiste a la escuela, en especial las personas indígenas, afrodescendientes y con discapacidad, que son las poblaciones con mayores obstáculos para la permanencia en el sistema educativo después de la educación básica.(16) En este sentido, se requiere seguir trabajando en los registros administrativos que genera y con que cuenta la Secretaría de Educación Pública, para que se obtengan mayores desgloses que correspondan a poblaciones históricamente discriminadas, ofreciendo información para la toma de decisiones, y se dé difusión de sus resultados.
Al ser la educación un derecho humano universal, el gobierno federal debe proporcionar las facilidades, medios y oportunidades para que todas y todos logren ejercer su derecho en igualdad de condiciones, y priorizar en las políticas a quienes no lo pueden ejercer por los obstáculos estructurales como la discriminación, que afectan de manera desproporcionada a los grupos que han sido discriminados y excluidos sistemáticamente. Mientras el acceso a la educación no sea universal, estos grupos sociales enfrentarán mayores dificultades y consecuencias de la desigualdad. Es por ello que los programas "Becas Elisa Acuña", "Becas Bienestar para las familias de Educación Básica" y "Beca Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito Juárez" buscan contribuir a garantizar el derecho a la educación de niñas, niños, adolescentes y jóvenes de escasos recursos económicos para que se inscriban, permanezcan y concluyan sus estudios en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, y con ello disminuir la exclusión de estas poblaciones.
El objetivo de reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados en el ámbito educativo, que se medirá con el porcentaje de la población de 12 a 24 años que asiste a la escuela por grupos históricamente discriminados, se dirige tanto a que los contenidos y métodos de enseñanza no reproduzcan la discriminación, sean pertinentes culturalmente y de calidad, como a promover una cobertura de los servicios educativos que ponga en práctica medidas para proporcionar educación a los grupos excluidos, que contribuya al pleno ejercicio de su derecho a la educación con independencia de en dónde se encuentre y su condición o identidad.
En este sentido, el Gobierno de México promoverá, en el contexto de la reforma educativa publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019, un compromiso para combatir la desigualdad y la discriminación en el seno de la escuela y desde la escuela, a través del impulso de las adecuaciones normativas bajo un enfoque antidiscriminatorio, el diseño de estrategias y materiales pedagógicos con perspectiva de derechos, la elaboración de instrumentos de política pública para el ejercicio del derecho a la educación y la incorporación de medidas para la igualdad que hagan efectiva la educación inclusiva. Se busca que hacia el final de la presente administración aumente la proporción de población perteneciente a grupos históricamente discriminados que ejerce su derecho a la educación, a través la reducción de las brechas de desigualdad en el acceso y asistencia a la escuela y del incremento de los servicios de educación de calidad.
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito laboral
En México se ha construido un mundo del trabajo que excluye a millones de personas del goce de los beneficios y prestaciones de un empleo bien remunerado, con prestaciones, razonablemente estable, que se concilie con la vida privada y que aliente el desarrollo de competencias, así como la construcción de una
carrera laboral satisfactoria. Es una estructura caracterizada también por la segmentación de regímenes laborales que no sólo vulnera derechos, sino que además estratifica privilegios e incluso genera estigmas (por ejemplo, hacia las y los trabajadores no asalariados y oficios tradicionales). La composición del mundo laboral se caracteriza por tener un gran volumen de trabajo informal, precario y mal retribuido, con efectos generales sobre la productividad de los centros de trabajo y la competitividad del país, lo que ha contribuido a que durante décadas México experimente un crecimiento económico insuficiente y una creciente desigualdad en términos de distribución de la riqueza.
Los efectos de la discriminación estructural se pueden apreciar en las brechas de participación y resultados que registran los grupos discriminados en el ámbito laboral, que son reflejo del déficit del derecho al trabajo. Se trata de fallas sistémicas de este ámbito que afectan particularmente a las mujeres, las y los jóvenes, las personas mayores, las personas con discapacidad, así como a las personas indígenas, afromexicanas, migrantes y las personas de la diversidad sexual y de género, entre otros grupos. Mientras 80.6% de los hombres de 15 a 59 años participa en el mercado de trabajo, apenas lo hace 48.8% de las mujeres y sólo 27% de aquellas con alguna discapacidad (véase anexo, cuadro 8).(17)
A pesar de que las mujeres trabajan en promedio más horas que los hombres, debido al desigual acceso a oportunidades y recursos ocasionado entre otros factores por los estereotipos de género, sólo una proporción menor desempeña una ocupación remunerada, una minoría de ellas alcanza puestos de alta responsabilidad y la brecha salarial no se ha cerrado. El porcentaje de mujeres entre 15 y 29 años que no participó en el mercado laboral por tener que realizar trabajo del hogar o de cuidados no remunerado fue de 72.9%, frente a 5% de sus pares hombres (véase anexo, cuadro 9). Se requiere fomentar un marco normativo que contribuya a un mayor equilibrio de género de las cargas de cuidados en el hogar.(18)
Desde la explicación de la discriminación estructural, no es casualidad que las y los trabajadores que pertenecen a grupos discriminados carezcan de contrato formal, prestaciones médicas de ley y trabajen en nichos laborales caracterizados por condiciones de trabajo precarias, inseguras e insalubres, con jornadas prolongadas como en el caso de la agricultura a jornal, numerosos segmentos del mercado laboral ocupados por personas trabajadoras migrantes en la frontera sur, determinados segmentos de maquila y servicios y toda la economía ligada a diversas actividades subterráneas. A escala regional, las diferencias son importantes. Por ejemplo, los resultados de la ENADIS indican que en la región suroeste sólo 16.8% de la población ocupada de 15 a 59 años tenía un contrato en su trabajo, lo que contrasta con la región noreste, donde esa cifra ascendió a 57.8% (véase anexo, cuadro 10).
La baja calidad del empleo también contribuye a consolidar las desigualdades, ya que la mayor parte de la PEA ocupada se desempeña en labores poco calificadas, con menor paga y expectativas inexistentes de desarrollo laboral, pero entre los grupos históricamente discriminados la proporción es mayor respecto al promedio nacional (por ejemplo, 59.8% de las personas hablantes de lengua indígena y 38% de la población afrodescendiente se ocupan en servicios personales, actividades de apoyo y agropecuarias).(19)
Estas características del mercado laboral se explican, en parte, por múltiples barreras y prácticas discriminatorias institucionalizadas que no sólo generan desigualdad y exclusión, sino que también implican desequilibrios entre regiones del país, entre tipos y tamaños de empresas y entre sectores económicos completos. De hecho, a 74.2% de las personas con discapacidad, 81.4% de las personas mayores y 39% de las personas indígenas de 18 años y más que buscaron un empleo durante los últimos cinco años se los negaron por algún motivo discriminatorio (véase anexo, cuadro 11).(20) La población mayor es excluida de varios puestos laborales por el sólo requisito de la edad que establece la mayoría de las convocatorias de empleo, lo que obliga a las personas mayores a aceptar trabajos informales, en condiciones de precariedad y de nula seguridad laboral (ejemplo, las y los empacadores en los supermercados). La gran mayoría de los centros de trabajo no ofrece un ambiente seguro y sin discriminación (para las mujeres, las personas de la diversidad sexual y las personas con discapacidad) y subsisten prácticas discriminatorias y violatorias de derechos humanos como las pruebas de embarazo, las pruebas de VIH y las cartas de no antecedentes penales.
En México, el marco normativo en materia laboral no sólo ha conservado elementos discriminatorios, que se oponen a los estándares de protección del derecho a la igualdad y no discriminación, sino que las políticas de promoción del empleo y regulación de las relaciones laborales no han incorporado medidas para promover la igualdad y la inclusión de grupos históricamente discriminados ni regulaciones para la contratación, permanencia, ascenso y separación libres de discriminación. Por otro lado, la insuficiente supervisión de las condiciones de trabajo en un contexto de precarización y de "flexibilización" que ha llevado al debilitamiento
de derechos laborales ha limitado el avance de medidas que promuevan la diversidad en el mundo laboral y que faciliten la conciliación de la vida laboral y personal.(21)
El trabajo decente es un factor de importancia estratégica para acortar las brechas de desigualdad, no sólo desde los ingresos, sino también desde la perspectiva de la seguridad social y la formación de capacidades, por lo que la acción de la administración pública se dirigirá a mejorar la inclusión laboral, medida a través de los porcentajes de población ocupada de 15 a 59 años de cada grupo históricamente discriminado, en especial entre las mujeres, que presentan una brecha enorme en términos de acceso al trabajo remunerado.
El objetivo de reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados en el ámbito laboral, que se medirá con el porcentaje de población económicamente activa ocupada de 15 a 59 años según grupos discriminados por sexo, busca reconocer la contribución productiva de todo tipo de trabajo e incluir en empleos remunerados a los grupos discriminados y eliminar los obstáculos discriminatorios que impiden el acceso y beneficios del empleo y las prestaciones vinculadas con él. A fin de lograrlo, el Gobierno de México impulsará una agenda para la armonización normativa integral desde la perspectiva antidiscriminatoria y la elaboración de instrumentos de política para promover la igualdad laboral y las estrategias de inclusión y diversidad en los centros de trabajo, a través de medidas igualatorias, así como para vigilar el cumplimiento de la normatividad antidiscriminatoria en ellos. Se deben aceptar esquemas de trabajo flexibles que armonicen las labores de cuidado, la conciliación de la vida personal y laboral y realizar los ajustes razonables y adecuaciones pertinentes.
6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en la seguridad social
En el ámbito de la seguridad social se observan los efectos discriminatorios estructurales de un arreglo institucional estratificado y segmentado que excluye y limita los derechos de millones de personas en función, principalmente, de su acceso a un empleo formal, pero también de otras motivaciones arbitrarias, como la orientación sexual, la identidad de género de las personas derechohabientes o sus parejas, o la situación migratoria, ya que la seguridad social contributiva es el principal medio para obtener servicios médicos, prestaciones laborales y apoyos sociales. Mientras 57.3% de las personas en México carece de seguridad social, para las personas jóvenes la cifra es de 65.5%, entre las personas hablantes de lengua indígena se eleva a 80.3%.(22) Hoy en día, aun es imposible estimar la carencia para algunos grupos poblacionales, como las personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas o las personas afrodescendientes. En el caso de las trabajadoras del hogar, apenas una de cada cien está afiliada a la seguridad social.(23)
En México se ha entendido a la cobertura en particular, respecto a los servicios de salud de la seguridad social en términos de afiliación formal, y no como la oferta amplia de servicios de calidad para la protección de la seguridad humana. Garantizar la inclusión en la seguridad social va más allá de afiliar a las personas a un seguro médico, cuyos servicios pueden ser materialmente inaccesibles para muchas de ellas y que, por lo demás, no ofrece otros servicios sociales necesarios para la vida. El uso de los servicios médicos es menor al esperado en función de la afiliación formal, sobre todo en los servicios no contributivos, lo que apunta a una cobertura real limitada.(24)
Otro déficit que genera la vinculación de la seguridad social con el trabajo formal es el acceso a una jubilación después de haber concluido la vida laboral o a una pensión en caso de incapacidad laboral o viudez. Cerca de 22% de las personas mayores identifican como uno de sus principales problemas la carencia o insuficiencia de la pensión o jubilación y además existe una notoria brecha entre hombres y mujeres de 60 años para quienes esta es la principal fuente de ingresos (10 puntos porcentuales), lo que obliga a las mujeres mayormente excluidas del empleo remunerado a depender en mayor medida de transferencias directas de familiares y programas públicos.(25)
La división sexual del trabajo tiene una función discriminatoria al excluir a una gran proporción de mujeres, en especial las que forman parte de grupos históricamente discriminados, de las prestaciones de la seguridad social contributiva asociada al empleo, como la salud y el ingreso por jubilación. Los grupos históricamente discriminados registran menores porcentajes de acceso a prestaciones médicas, sensiblemente menores para personas con discapacidad y hablantes de lengua indígena (véase anexo, cuadro 12).(26) De acuerdo con la ENADIS, en el suroeste del país, sólo 19% de la población ocupada cuenta con servicios de salud como prestación laboral (véase anexo, cuadro 13). A esta exclusión contribuyen la ausencia de servicios de cuidado
y la inexistencia o insuficiencia de licencias laborales igualitarias para hombres y mujeres, lo que sistemáticamente las obliga a que sean ellas únicamente quienes cuiden de hijas e hijos pequeños, personas mayores, personas con discapacidad, personas con enfermedades y personas en situación de dependencia, en detrimento de su derecho a la educación, o a la autonomía económica a través de la incorporación y participación en el trabajo remunerado.
Esta socialización de los roles tradicionales de género se observa desde las edades tempranas y se mantiene a lo largo del curso de la vida de las mujeres: más de tres cuartas partes de las mujeres entre 18 y 59 que no realizan actividades remuneradas no lo hacen por tener que dedicarse al trabajo en el hogar y los cuidados, y más de la mitad de las mujeres mayores de 60 años se encuentra en esta situación. Las trabajadoras del hogar remuneradas constituyen un grupo que se encuentra en una situación de profunda desventaja en el ejercicio de sus derechos, entre ellos, el derecho a la seguridad social: sólo 1% está afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).(27)
Más allá de las desigualdades que promueve la condicionante de contar con un empleo formal durante toda o la mayor parte de la vida laboral para cotizar a la seguridad social contributiva, existe un conjunto de prácticas discriminatorias con severas consecuencias en los servicios y programas sociales no contributivos, tales como las transferencias monetarias condicionadas o no, que también limitan el acceso de millones de personas. Estas tienen que ver con el propio diseño de las intervenciones públicas desde las asignaciones presupuestales, que generalmente han carecido de un enfoque de igualdad y no discriminación para grupos históricamente discriminados, en términos de género, lenguaje, pertinencia cultural, condición de discapacidad y otras.
Cerca de 11% de la población reporta que se le negó acceso a un programa social, pero la cifra aumenta a 12% para la población indígena y afrodescendiente, 13% para las mujeres y 17% para las personas con discapacidad.(28) Todas las entidades de las regiones centrosur, sureste y oriente registran proporciones superiores a 12% de la población a la que se negó injustificadamente el apoyo de programas sociales, con excepción de la Ciudad de México e Hidalgo. En este sentido, las barreras de acceso a la información pública de los programas sociales, por ejemplo, afectan a 86.4% de las personas con discapacidad y a 84.9% de las personas indígenas, a quienes se les negó la información o aclaraciones pertinentes, no tienen la posibilidad de acudir a oficinas y no saben dónde buscar la información véase anexo, cuadro 14).(29)
Estas barreras de acceso a la seguridad social y a programas sociales, en última instancia, limitan los logros de creación de capacidades y de agencia de la política de bienestar y afectan los canales mediante los cuales puede tener impactos positivos en el desarrollo productivo, educación y salud de las personas. La propia base excluyente del arreglo institucional de la seguridad social pone en riesgo su viabilidad financiera, por lo que es urgente su rescate a partir de un modelo de desarrollo y bienestar que incorpore medidas de inclusión y nivelación que promuevan una redistribución de la riqueza y recursos que incluyan la atención médica de calidad y otras prestaciones económicas y sociales para favorecer el desarrollo y la productividad, así como el bienestar social con igualdad.
El objetivo de reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados en el ámbito de la seguridad social, medido a través del porcentaje de población con falta de acceso a seguridad social por grupos históricamente discriminados, busca implementar medidas para que el empleo formal deje de ser la única vía de acceso al derecho humano a la seguridad social y a las prestaciones derivadas de ella y, sobre todo, para que en los esfuerzos de universalización del derecho se priorice claramente a los grupos discriminados de manera sistemática, ante los que el Estado tiene obligaciones y la responsabilidad de promover medidas eficaces para que obtengan empleos dignos y sostener mecanismos no contributivos, mediante arreglos políticos, fiscales e institucionales sostenibles y viables para el país.(30)
Garantizar la seguridad social para las personas y grupos históricamente discriminados en este ámbito, bajo un marco de derechos humanos para todas las personas en el actual contexto de las nuevas tendencias de los mercados laborales y las dinámicas sociodemográficas, implica estrategias para armonizar la normatividad de las instituciones de seguridad social contributivas y no contributivas, elaborar instrumentos de política que ayuden a instalar el marco antidiscriminatorio en el diseño e implementación de las políticas para expandir los servicios sociales e implementar medidas para la igualdad que consideren los derechos y las necesidades específicas de las personas que no participan o no tienen reconocimiento de relaciones laborales, tales como niñas, niños y adolescentes, personas mayores, con discapacidad, autoempleadas y otras en situación de dependencia.
 
6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5: Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la seguridad y justicia
Otro de los ámbitos clave en los que con mayor persistencia se excluye y discrimina en México es el que se refiere a la justicia, tanto en la esfera civil y penal como en la administrativa (fiscal, migratoria, etc.), incluidas las funciones de procuración y administración de la justicia. Alrededor de dos terceras partes de la población no cree que la justicia "sea pareja" para todas las personas.(31)
Cerca de seis de cada diez personas consideran que la justicia funciona mal, mientras que los tres principales problemas que percibe la población respecto a justicia en el país son la corrupción, la injusticia y la desigualdad.(32) Existen percepciones muy amplias entre la población de que los derechos no son respetados,(33) que no se garantiza el acceso a la justicia y el Estado no hace lo suficiente para proteger y asistir a quienes padecen las consecuencias de la ilegalidad, el delito y, en general, de la violación a sus derechos humanos.(34) De acuerdo con el Índice de Estado de Derecho en México 2019-2020 (que incluye dimensiones como los límites al poder público, corrupción, gobierno abierto, derechos fundamentales, orden y seguridad, cumplimiento regulatorio, justicia civil y justicia penal), todas las entidades federativas se encuentran en los dos niveles más bajos de consolidación del estado de derecho (13 entidades en el grado 5° y 19 entidades en el grado 6°), con valores que oscilan entre 0.29 en Guerrero y 0.45 en Yucatán.(35)
La desconfianza respecto a los agentes en el ámbito de la justicia (documentada en diversas fuentes, desde las encuestas nacionales sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas (ENCUP) a principios del siglo, hasta las de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) y las de Seguridad Pública Urbana (ENSU) puede contribuir a explicar la debilidad de la cultura de la denuncia en nuestro país, donde apenas la décima parte de los delitos es denunciada,(36) proporción similar a la de actos presuntamente discriminatorios denunciados: de hecho, 86.6% de las personas con discapacidad, 88.9% de las personas adscritas indígenas, 91% de las mujeres y 93.3% de las y los jóvenes a quienes se le negó injustificadamente algún derecho no lo denunciaron véase anexo, cuadro 15).(37)
Por otro lado, alrededor de la cuarta parte de las personas no denuncian un acto discriminatorio, tal como la negación de un derecho, porque simplemente no saben que pueden hacerlo (24.1%), pero el porcentaje es mucho más elevado entre mujeres (25.7%), personas mayores (27.4%), personas afrodescendientes (27.8%), personas hablantes de lengua indígena (30.8%) y personas con discapacidad (34.4%) véase anexo, cuadro 16).(38)
La población asume que la riqueza y posición social de las personas, sus vínculos personales con los juzgadores, su origen étnico y otras características determinan sus oportunidades de obtener una sentencia o un laudo favorable, con independencia del debido proceso y de la imparcialidad que tendrían que caracterizar a la justicia. Esta desconfianza se refiere tanto a los aparatos policiales como a los ministerios públicos, los tribunales y el sistema de readaptación social.(39) Existe también una elevada percepción de impunidad: alrededor de la mitad de las personas que sí denuncian declarara que no obtuvo resultados y una proporción similar que no recibió un trato satisfactorio.(40)
Los sistemas de seguridad, procuración y administración de justicia presentan múltiples prácticas discriminatorias institucionalizadas que afectan de manera desproporcionada a los grupos históricamente discriminados, tales como la inaccesibilidad (física y geográfica) de los servicios, los costos asociados a la obtención de justicia, las complejidades técnicas del sistema y la ausencia de herramientas para explicar a la población sus derechos y obligaciones, así como la opacidad del sistema, entre otras. Otras prácticas normalizadas se fundamentan en actitudes sociales basadas en prejuicios, tal como la criminalización y persecución de las personas jóvenes sólo por el hecho de serlo, como lo refleja la gran proporción de personas (64%) que justifican llamar a la policía si hay jóvenes reunidos en una esquina(41) o la extrema vulnerabilidad de las personas con identidades de género no normativas al acoso policiaco injustificado, en especial las mujeres trans, que reportan con extrema frecuencia haber sido objeto de interrogatorios sin motivo (35%), agresiones físicas y verbales (27%) y detenciones arbitrarias (29%).(42)
Estas prácticas y barreras de acceso no sólo derivan de la complejidad procedimental, sino también de un contexto de discriminación estructural, ineficiencia y corrupción que permite privilegios en función de la posición social, la riqueza, el tono de piel, el sexo, mientras la mayoría de la población es víctima de una maquinaria percibida como lenta, abusiva y opaca. Sin duda, el principal obstáculo es el de los recursos económicos, debido a la gratuidad parcial de la justicia, ya que la actuación efectiva implica elevados costos. Siete de cada diez personas opinan que sólo con dinero y relaciones se puede ganar un juicio.(43)
 
A pesar del avance llevado a cabo en reformas recientes, en especial la reforma del sistema penal y la creación de la Guardia Nacional, con el objeto de proteger los derechos tanto de las víctimas como de las personas imputadas, en los hechos, las prácticas discriminatorias institucionalizadas siguen desconociendo y violando los derechos de las personas en su trato con la justicia.(44)
Eliminar las dificultades de acceso a la justicia y las prácticas discriminatorias está estrechamente ligado a la protección del derecho a la igualdad y no discriminación. Aun cuando la ley consagra este derecho, en la práctica determinados grupos de personas, por motivos diversos, no tienen acceso a la justicia o, en todo caso, no lo tienen en pie de igualdad con el resto de la población y, debido a ello, no pueden hacer valer sus derechos humanos, especialmente las mujeres, las personas con discapacidad, las personas indígenas, las personas migrantes irregulares, las niñas, niños y adolescentes, así como personas que se encuentran en los estratos socioeconómicos más desfavorecidos.
El derecho a la justicia conlleva obligaciones antidiscriminatorias por parte del Estado es decir, las instituciones de seguridad pública, las de procuración de justicia, defensorías, los centros de atención a víctimas, etcétera para garantizar el acceso a los tribunales, así como los derechos a la protección y atención integral (tanto información como asistencia médica, psicológica y social), asesoría jurídica (incluso asistencia consular), participación en el proceso, reparación en el caso de las víctimas y los de presunción de inocencia, debido proceso, defensa adecuada, prohibición de tortura y tratos crueles en el caso de los imputados.
De acuerdo con los estándares de los derechos humanos, las personas que se ven involucradas en procesos de procuración y administración de justicia tienen derecho a información sobre sus derechos, su papel en los procesos, el desarrollo y la marcha de las actuaciones, así como de los fallos(45). Todo ello demanda la obligación por parte de las instituciones públicas de realizar las medidas igualatorias necesarias en caso de personas que lo requieran por condiciones de discapacidad, idioma, etnicidad y otras, para hacer efectivos los derechos que les asisten, en condiciones de igualdad, salvaguardando la adecuada representación de sus opiniones, preocupaciones e intereses.
Hasta la fecha, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha elaborado seis protocolos de actuación para quienes imparten justicia, que refuerzan el cumplimiento de esta obligación ante personas que pertenecen a grupos sociales discriminados, para garantizar que efectivamente todas las personas tengan acceso a la justicia en forma plena y en condiciones de igualdad: Protocolo para juzgar con perspectiva de género (2013), Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de las personas con discapacidad (2014), Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren a niñas, niños y adolescentes (2014), Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas (2014), Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género (2015) y Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren a personas migrantes y sujetas de protección internacional (2015). En el mismo sentido, se elaboró el Protocolo de actuación para el personal de las instancias de procuración de justicia del país en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género, de la Fiscalía General de la República, entonces, Procuraduría, y el Protocolo de actuación de la Policía Federal para los casos que involucren a personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, transexuales, travestis e intersexuales, ambos de 2018.
Las valoraciones y los principios que se encuentran detrás de las normas jurídicas y de las herramientas para su interpretación están estrechamente vinculados con estereotipos y estigmas que derivan en actos discriminatorios. A lo largo de la historia, no sólo las leyes, sino también los fallos emitidos por instancias judiciales y la jurisprudencia, han criminalizado y perseguido conductas y perfiles sociales con base en meros prejuicios.(46)
La gestión misma de los procesos que involucra el espectro seguridad-justicia incluye una serie de barreras de acceso específicas, por ejemplo las relacionadas con el lenguaje especializado y que poco se comprende por parte de la ciudadanía común, la falta de pertinencia cultural en la atención de los casos, el idioma utilizado en los procesos sin disponer de intérpretes, la poca accesibilidad geográfica de agencias del Ministerio Público, bufetes jurídicos y juzgados, la opacidad del sistema y la falta de información estadística oportuna, confiable y con el suficiente nivel de desagregación para profundizar los propios diagnósticos en
términos de derechos humanos, todo lo cual tiene un efecto excluyente y discriminatorio. Además, diversas exigencias explícitas del sistema que involucran recursos monetarios y de otro tipo (tiempo, redes sociales de apoyo, etc.), como la necesidad de representación legal y conocimientos básicos sobre derechos y procedimientos, también impiden a las personas recurrir a los tribunales para demandar justicia. Finalmente, la falta de sensibilidad y capacitación en materia de derechos humanos, entre ellos el de no sufrir discriminación por parte del personal que interviene en la procuración e impartición de justicia es otra importante barrera de acceso a la justicia.(47)
Más allá de la gestión, los prejuicios y estigmas que operan desde la raíz del sistema y configuran las prácticas discriminatorias como el caso del perfilamiento racial del que son víctimas las personas indígenas, afrodescendientes o extranjeras por características como su tono de piel, acento, apariencia o vestimenta son la razón para que personas pertenecientes a grupos discriminados sean objeto de persecución y obtengan penas exageradas, o para que las cárceles mexicanas estén pobladas por jóvenes (68% de la población en prisión tiene entre 18 y 39 años),(48) , o para que una persona transexual o travesti sea maltratada o humillada en el ministerio público.(49) La discriminación es uno de los motivos principales para que personas inocentes sean privadas injustamente de su libertad.
El objetivo de reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados en el ámbito de la seguridad y justicia busca contribuir a hacer efectivo el derecho a la igualdad en el acceso a la justicia.
Dicho objetivo plantea estrategias viables para desmontar un conjunto de prácticas discriminatorias institucionalizadas que tienen los mayores efectos en la restricción o negación de derechos humanos en el ámbito de la seguridad y justicia, que son esferas clave para que la igualdad real y sustantiva se concrete. El avance se medirá mediante el factor de derechos fundamentales del Índice de Estado de Derecho en México. Se busca que, al final de la administración, la normatividad se adecúe a los más altos estándares de protección de derechos humanos para las personas que se relacionan, por cualquier circunstancia, con las autoridades de procuración y administración de justicia, a través de la promoción de acciones de capacitación y profesionalización con perspectiva de derechos humanos, así como la elaboración y aplicación de instrumentos de política para erradicar prácticas discriminatorias en que incurren los aparatos de seguridad y justicia.
6.6.- Relevancia del Objetivo prioritario 6: Promover y articular la política nacional contra la discriminación y por la igualdad para todas las personas
La discriminación estructural en México se expresa concretamente a través de una red de procesos y relaciones sociales de dominación basadas en la subordinación e inferiorización de millones de personas que pertenecen a diversos grupos sociales a quienes, por ser quienes son o vivir en las condiciones en que viven, se termina por considerar que no merecen ser tratadas por el Estado y por la sociedad con igualdad en dignidad y derechos. Esta manifestación del ejercicio arbitrario de poder, con intención o sin ella, coloca a esos millones de personas en una situación de déficit en el ejercicio de sus libertades y derechos humanos; les genera desventajas inmerecidas e injustas en el acceso a oportunidades, prestaciones, bienes y servicios.(50)
Se trata, de hecho, de la mayoría de la población del país: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, las personas mayores, los pueblos indígenas y afromexicano, las personas con discapacidad, las personas migrantes, desplazadas y refugiadas, las personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas, las y los jornaleros agrícolas y trabajadoras del hogar, las y los habitantes de zonas rurales, alejadas y dispersas o de localidades urbanas marginales, las personas que viven en situación de pobreza.(51)
La discriminación que les afecta de manera histórica, reiterada y sistemática, se manifiesta en un intrincado conjunto de estereotipos y prejuicios sexistas, clasistas, racistas, xenofóbicos, homo-lesbo-bi-transfóbicos, etcétera que se dirigen específicamente contra grupos sociales inferiorizados, rechazados y excluidos, y que legitiman y reproducen prácticas discriminatorias de enormes repercusiones para estos grupos y para la vida social y democrática del país.
Casi cuatro de cada diez trabajadoras del hogar remuneradas reportaron al menos un evento de privación injustificada de algún derecho, seguidas de las personas con discapacidad (31%), las personas de la diversidad sexual (30%) y las personas indígenas (29.5%). En seguida se ubican las personas
afrodescendientes (27%), las mujeres (26%) y las personas mayores (25%).(52)
La negación de sus derechos humanos, de manera directa o indirecta, ocurre en prácticamente todos los ámbitos sociales. Los principales derechos negados que declaró la población en los últimos cinco años fueron recibir apoyo de programas sociales, la atención médica o medicamentos y los servicios en oficinas del gobierno,(53) lo que corrobora que las prácticas discriminatorias se han institucionalizado en la esfera del servicio público y que no se está cumpliendo con el mandato constitucional de igualdad y no discriminación. Uno de los principales problemas consiste en las barreras de acceso a información pública, que incluyen diversos factores del contexto que dificultan o limitan que las personas obtengan información acerca de trámites, servicios o programas públicos debido a la negación de la información o explicaciones, formatos y lenguajes inaccesibles y dificultades para encontrarla o acudir a oficinas. Estas barreras afectan especialmente a personas con discapacidad (86%) y a personas indígenas (85%).(54)
Las prácticas discriminatorias tienen su raíz en prejuicios profundamente arraigados en la sociedad, que expresan las relaciones de poder y tienen efectos materiales en términos de las inmensas desigualdades socioeconómicas, que se agudizan entre quienes viven en condiciones de pobreza y tienen mayores carencias sociales e incluso están en riesgo de caer en ellas. La discriminación opera en todo el cuerpo social, de manera que afecta a todos los ámbitos institucionales (familias, comunidades, escuelas, centros de trabajo, iglesias, instituciones gubernamentales).(55)
De acuerdo con el grado de intensidad de prejuicios, que estratifica a las entidades federativas según la aceptación de los prejuicios que estudia la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017, en trece estados la población comparte en gran medida prejuicios xenofóbicos, homofóbicos, sexistas y de otras manifestaciones (grados muy alto y alto), en once se percibe un menor nivel de opiniones y actitudes discriminatorias (grado medio) y en ocho entidades hay un mayor nivel de aceptación de las diversidades (grados bajo y muy bajo). El mapa muestra, grosso modo, la mayor o menor difusión social de las bases cognitivas de la discriminación y sus similitudes con indicadores como el Índice de Desarrollo Humano o la Medición Multidimensional de la Pobreza indican que existe una relación clara entre la discriminación y las desigualdades sociales. La intensidad de prejuicios se corresponde con el nivel de acceso a oportunidades, bienes y servicios y, por lo tanto, de ejercicio de derechos.

 
Las barreras discriminatorias se encuentran ubicadas en la operación de los sistemas públicos y privados: se trata de requisitos estandarizados y difíciles de cumplir para determinados grupos, el lenguaje y el soporte en que se encuentra la información necesaria para tener acceso a bienes y servicios, las actitudes discriminatorias, las normas y procedimientos que facilitan la desigualdad, las leyes y reglamentos restrictivos y anticuados, los mensajes en medios de comunicación y redes sociales que reproducen estereotipos y estigmas e incluso promueven el odio y la violencia.(56)
El Estado tiene la responsabilidad de impulsar la transformación de los arreglos institucionales, las normas sociales y las relaciones de poder que permiten la reproducción de la discriminación, para que todas las personas gocen de sus derechos humanos sin discriminación de ninguna índole. Por lo anterior, se llevará a cabo un conjunto de estrategias transversales para eliminar prácticas en diversos ámbitos, que no sólo se refuerzan mutuamente para mantener el orden social de la desigualdad, sino que también bloquean las oportunidades de movilidad social intergeneracional.
El objetivo de promover y articular la política nacional contra la discriminación y por la igualdad para todas las personas busca instrumentar e impulsar una agenda transversal de igualdad y no discriminación directamente en las instituciones gubernamentales, los poderes legislativos y los tribunales (en los tres niveles de gobierno), así como en los medios de comunicación, el sector privado, las asociaciones civiles y las comunidades y las familias. En el diseño de política pública y de iniciativas civiles se considera el hecho de que la población no es homogénea y que hay grupos con características y necesidades específicas que son más afectados por prácticas discriminatorias y que requieren un enfoque diferenciado, considerando sus derechos específicos reconocidos, como es el caso de las personas con discapacidad o quienes pertenecen a pueblos indígenas.
La acción de la administración pública no sólo se dirige a construir un gobierno incluyente, meta que se medirá con el porcentaje de medidas y acciones aceptadas y cumplidas para la protección y defensa de los derechos humanos promovidas por los organismos de protección de derechos humanos, sino también a impulsar acciones de armonización normativa, a proporcionar competencias y herramientas útiles para los diversos poderes del Estado, del sector privado y de la sociedad, al diseño de medidas para la igualdad, a mejorar las capacidades de regulación y supervisión de las instituciones y a impulsar que las personas cuenten con información e instrumentos para exigir el cumplimiento de derechos.
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
Las estrategias prioritarias y acciones puntuales que establece el PRONAIND articulan un modelo de intervención transversal a los distintos ámbitos de ejercicio de derechos. Este modelo se enfoca en el abordaje de las causas que subyacen y explican el surgimiento y persistencia de las prácticas discriminatorias que, como se ha explicado, están fuertemente arraigadas en los comportamientos y la organización social, y que habitualmente implica actos de discriminación directa e indirecta o no cuestionada. Según el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, esta discriminación es sistémica y "puede consistir en normas legales, políticas, prácticas o actitudes culturales predominantes en el sector público o privado que generan desventajas comparativas para algunos grupos y privilegios para otros".(57)
En congruencia con cada objetivo del presente Programa, se establecen estrategias y acciones sobre: (i) el cambio normativo para armonizar la no discriminación y la igualdad formal; (ii) la adecuación de disposiciones y lineamientos administrativos y técnicos que posibiliten la observancia del marco antidiscriminatorio; (iii) la adopción de medidas y herramientas para generar medidas de inclusión y nivelación, así como acciones afirmativas; (iv) ajustes a los registros administrativos, sistemas y prácticas de generación de información en la administración pública; (v) el desarrollo de evidencia, modelos, materiales y herramientas para fortalecer la efectividad del trabajo antidiscriminatorio en el servicio público; (vi) la sensibilización y desarrollo de competencias para el cambio cultural y de rutinas de actuación del servicio público y de los agentes privados relevantes; (vii) las acciones de difusión y divulgación para transformar patrones culturales discriminatorios, y (viii) la generación de espacios y mecanismos de articulación de la acción pública antidiscriminatoria.
Objetivo prioritario 1.- Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la salud.
Estrategia prioritaria 1.1 Promover la armonización normativa sobre el derecho a la salud sin discriminación para favorecer la igualdad en dignidad y derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
1.1.1 Promover, en el ámbito de sus competencias, la eliminación de elementos discriminatorios del marco normativo y la armonización conforme al derecho a la igualdad y no discriminación en materia de salud.
Coordinación de la
estrategia
SALUD, IMSS, ISSSTE
12 - Salud
1.1.2 Eliminar requisitos discriminatorios para la atención médica en los subsistemas contributivos y no contributivos, en especial, las condiciones de salud prexistentes, la edad o exigencia de contar con un documento de identificación.
Coordinación de la
estrategia
IMSS, ISSSTE, SALUD
12 - Salud
1.1.3 Promover normatividad que prohíba los llamados "esfuerzos para corregir la orientación sexual, la identidad y la expresión de género en el sistema nacional de salud".
Específica
SALUD
12 - Salud
1.1.4 Promover normatividad que limite los procedimientos quirúrgicos de neonatos, niñas, niños intersexuales y/o con variación en la diferenciación sexual, con excepción de los casos donde se encuentre en riesgo la vida o la funcionalidad de las personas, con la finalidad de garantizar sus derechos sin discriminación
Específica
SALUD
12 - Salud
Estrategia prioritaria 1.2 Fortalecer los mecanismos de observancia del marco jurídico antidiscriminatorio en el ámbito de la salud para lograr avances en el goce de derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
1.2.1 Fortalecer la normativa con la finalidad de evitar prácticas discriminatorias en la atención de inconformidades de servicios médicos a través de mecanismos alternativos de solución de controversias, de acuerdo con el marco de derechos humanos, la pertinencia cultural y el enfoque diferenciado.
Específica
SALUD
12 - Salud
M00 - Comisión Nacional
de Arbitraje Médico
 
Estrategia prioritaria 1.3 Desarrollar acciones e instrumentos de política pública que contribuyan a garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación en el ámbito de la salud.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
1.3.1 Promover el desarrollo de acciones y modelos para la atención a la salud de grupos históricamente discriminados.
Específica
SALUD IMSS, ISSSTE
SEGOB (CONAPRED),
INPI, INMUJERES
12 - Salud
1.3.2 Implementar el Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual (LGBTTTI) en el Sistema Nacional de Salud.
Específica
SALUD, IMSS, ISSSTE
12 - Salud
 
Estrategia prioritaria 1.4 Generar información pública y conocimiento sobre la discriminación para contrarrestar las prácticas discriminatorias en el ámbito de la salud.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
1.4.1 Incorporar en los sistemas de información y en los registros administrativos del sector salud, las variables sociodemográficas e identitarias pertinentes para medir los avances en el ejercicio del derecho a la salud sin discriminación.
Coordinación de la
estrategia
SALUD, IMSS, ISSSTE,
SEGOB (CONAPRED)
12 - Salud
1.4.2 Impulsar la realización de diagnósticos sobre las prácticas discriminatorias en el ámbito de la salud, para diseñar acciones que las contrarresten.
Específica
SALUD, IMSS, ISSSTE,
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
Estrategia prioritaria 1.5 Realizar acciones efectivas de información, educación y comunicación para modificar patrones socioculturales discriminatorios en el ámbito de la salud.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
1.5.1 Desarrollar estrategias de comunicación, y materiales accesibles y con pertinencia cultural, que contribuyan a combatir los estigmas y la discriminación relacionada con el uso de drogas, el VIH, la discapacidad, la movilidad humana, la diversidad sexual y de género, la edad, la pertinencia étnica.
General
SALUD, IMSS, ISSSTE,
SEGOB, SPR,
NOTIMEX, CULTURA,
SEP
12 - Salud
1.5.2 Fortalecer la capacitación del personal del Sistema Nacional de Salud para provisión de servicios de salud sin discriminación.
Específica
SALUD, IMSS, ISSSTE,
SEGOB (CONAPRED)
12 - Salud
1.5.3 Reconocer y visibilizar las buenas prácticas de igualdad y no discriminación en la provisión de servicios de salud en hospitales, unidades, institutos y centros de salud públicos y privados.
Específica
SALUD, SEGOB
(CONAPRED)
12 - Salud
 
Objetivo prioritario 2.- Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito educativo.
Estrategia prioritaria 2.1 Promover la armonización normativa sobre el derecho a la educación inclusiva, para favorecer la igualdad en dignidad y derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
2.1.1 Promover, en el ámbito de sus competencias, la eliminación de elementos discriminatorios del marco normativo y la armonización conforme al derecho a la igualdad y no discriminación en materia educativa.
General
SEP, SEGOB
(CONAPRED)
11 - Educación Pública
 
Estrategia prioritaria 2.2 Fortalecer los mecanismos de observancia del marco jurídico antidiscriminatorio en el ámbito educativo para lograr avances en el goce de derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
2.2.1 Aplicar los criterios antidiscriminatorios en los procesos de supervisión y verificación de la normatividad educativa y de las medidas de inclusión.
Específica
SEP
11 - Educación Pública
2.2.2 Fortalecer los mecanismos de denuncia y sanción del acoso escolar, con especial atención en el relacionado con la condición socioeconómica, de discapacidad, migratoria, origen étnico, origen nacional, lengua indígena, prácticas culturales, apariencia física, orientación sexual, identidad y expresión de género.
Específica
SEP
11 - Educación Pública
 
Estrategia prioritaria 2.3 Desarrollar acciones e instrumentos de política pública que contribuyan a garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación en la educación.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
2.3.1 Promover la eliminación de contenidos discriminatorios e incluir información sobre igualdad y no discriminación y valoración de la diversidad en los planes y programas de estudio, libros de texto gratuitos y otros materiales educativos.
Específica
SEP
11 - Educación Pública
2.3.2 Promover medidas de inclusión, nivelación y acciones afirmativas para garantizar el acceso, permanencia, evaluación del aprendizaje, progresión escolar y egreso sin discriminación, con énfasis en personas con discapacidad, indígenas, afromexicanas, migrantes, refugiadas, jornaleros agrícolas, adolescentes embarazadas y otras que vivan en zonas de mayor rezago.
Coordinación de la
estrategia
SEP, SEGOB
(CONAPRED),
BIENESTAR,
INMUJERES, INPI
11 - Educación Pública
 
2.3.3 Fortalecer la accesibilidad en la infraestructura, comunicaciones, información e implementación de ajustes razonables en los centros y servicios educativos, con la finalidad de incluir a todas las personas, especialmente a personas con discapacidad, personas indígenas, mujeres adolescentes embarazadas y a quienes viven en lugares lejanos a los centros escolares.
Específica
SEP
11 - Educación Pública
2.3.4 Implementar modelos para la prevención y atención del acoso escolar motivado por condición socioeconómica, discapacidad, condición migratoria, origen étnico y nacional, lengua indígena, apariencia física, orientación sexual e identidad y expresión de género.
Específica
SEP, SEGOB
11 - Educación Pública
2.3.5 Impulsar modelos pedagógicos, cursos y materiales con pertinencia cultural para que el personal docente, administrativo y de apoyo en los centros y servicios educativos desarrolle competencias en igualdad y no discriminación, así como en derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.
Específica
SEP, SEGOB, INPI
11 - Educación Pública
 
Estrategia prioritaria 2.4 Generar conocimiento sobre la discriminación educativa para contrarrestar las prácticas discriminatorias normalizadas en este ámbito.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
2.4.1 Incorporar en los sistemas de información y en los registros administrativos del sector educación, las variables sociodemográficas e identitarias pertinentes para medir los avances en el ejercicio del derecho a la educación sin discriminación.
Específica
SEP, SEGOB
11 - Educación Pública
2.4.2 Impulsar la realización de diagnósticos sobre las prácticas discriminatorias en el ámbito educativo.
Específica
SEP, SEGOB
11 - Educación Pública
 
Estrategia prioritaria 2.5 Realizar acciones efectivas de información, educación y comunicación para modificar patrones socioculturales discriminatorios en la educación.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
2.5.1 Desarrollar estrategias de comunicación, actividades lúdicas y materiales accesibles y con enfoque diferenciado que contribuyan a concientizar para prevenir la discriminación en las comunidades educativas
Específica
SEGOB, SPR,
NOTIMEX, CULTURA,
SEP
11 - Educación Pública
2.5.2 Impulsar la capacitación del magisterio, personal directivo y administrativo de los centros y servicios educativos, personal de supervisión y asesoría técnica pedagógica sobre igualdad y no discriminación, así como derechos lingüísticos de las personas indígenas.
Específica
SEP, INPI, SEGOB
11 - Educación Pública
2.5.3 Reconocer y visibilizar las buenas prácticas de educación inclusiva, igualdad y no discriminación, llevadas a cabo por los centros educativos públicos y privados.
Específica
SEP, SEGOB
11 - Educación Pública
Objetivo prioritario 3.- Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito laboral.
Estrategia prioritaria 3.1 Promover la armonización normativa sobre el derecho al trabajo sin discriminación, para favorecer la igualdad en dignidad y derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
3.1.1 Promover, en el ámbito de sus competencias, la eliminación de elementos discriminatorios del marco normativo y la armonización conforme al derecho a la igualdad y no discriminación en materia laboral y de administración de recursos humanos en la APF.
Específica
STPS, SFP, SEGOB,
INMUJERES
14 - Trabajo y Previsión
Social
3.1.2 Promover el fortalecimiento del marco normativo conforme al derecho a la igualdad y no discriminación, en materia laboral y de administración de recursos humanos en la APF, para que los procesos de contratación, promoción y separación se orienten de acuerdo con los criterios antidiscriminatorios.
Específica
SEGOB, INMUJERES,
SFP
14 - Trabajo y Previsión
Social
3.1.3 Impulsar la adecuación del marco normativo para incluir diferentes modalidades de trabajo y de administración de recursos humanos en la APF, que faciliten tanto la conciliación de la vida laboral con la personal, como la corresponsabilidad en el trabajo de cuidado y en el hogar.
Específica
SFP, INMUJERES,
STPS
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
 
 
Estrategia prioritaria 3.2 Fortalecer los mecanismos de observancia del marco jurídico antidiscriminatorio en el ámbito laboral para lograr avances en el goce de derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
3.2.1 Fortalecer la inspección de los centros laborales para la aplicación adecuada de la normatividad antidiscriminatoria especialmente en los ramos agrícola, maquilador y de servicios.
Específica
STPS, SEGOB
14 - Trabajo y Previsión
Social
3.2.2 Incluir directrices antidiscriminatorias en los servicios gratuitos de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica, para proteger los derechos laborales de las personas trabajadoras y sus beneficiarios, atendiendo el marco de derechos humanos, la pertinencia cultural y el enfoque diferenciado.
Específica
STPS
14 - Trabajo y Previsión
Social
Estrategia prioritaria 3.3 Desarrollar acciones e instrumentos de política pública que contribuyan a garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación en el trabajo.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
3.3.1 Generar y promover propuestas sobre modalidades de trabajo y de la administración de recursos humanos en la APF, que permitan la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, y la corresponsabilidad en el trabajo de cuidado y del hogar.
Específica
INMUJERES, SFP,
SEGOB, STPS
14 - Trabajo y Previsión
Social
3.3.2 Generar modelos, manuales e instrumentos para los centros de trabajo públicos y privados que faciliten la inclusión laboral y la construcción de entornos laborales sin discriminación.
Específica
STPS, SEGOB,
INMUJERES
14 - Trabajo y Previsión
Social
3.3.3 Promover en las entidades y dependencias de la APF la adopción de medidas de inclusión y de nivelación para garantizar la igualdad de condiciones en el acceso y condiciones de trabajo sin discriminación, especialmente para quienes enfrentan sistemáticamente las prácticas discriminatorias en este ámbito.
General
Todas las dependencias
y entidades de la APF
27 - Función Pública
 
 
Estrategia prioritaria 3.4 Generar conocimiento sobre la discriminación laboral para contrarrestar las prácticas discriminatorias normalizadas en este ámbito.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
3.4.1 Promover la incorporación en los sistemas de información y en los registros administrativos del sector, de las variables sociodemográficas e identitarias pertinentes para medir los avances en el ejercicio del derecho al trabajo sin discriminación.
Coordinación de la
estrategia
IMSS, STPS
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
3.4.2 Impulsar la realización de diagnósticos sobre las prácticas discriminatorias en el ámbito laboral y de administración de recursos humanos en la APF.
Específica
SFP, IMSS,
INMUJERES, STPS
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
Estrategia prioritaria 3.5 Realizar acciones efectivas de información, educación y comunicación para modificar patrones socioculturales discriminatorios en el trabajo.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
3.5.1 Desarrollar estrategias de comunicación y materiales accesibles y con enfoque diferenciado para concientizar sobre la discriminación en el trabajo y la desigualdad salarial, la importancia de la conciliación de la vida laboral y personal la corresponsabilidad en los trabajos en el hogar, así como los mecanismos de protección ante actos de discriminación.
Específica
INMUJERES, SEGOB,
STPS, SPR, SEP,
NOTIMEX
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
3.5.2 Promover las buenas prácticas de inclusión laboral, igualdad y no discriminación, llevadas a cabo por los centros laborales públicos y privados.
Específica
STPS, SFP,
INMUJERES, SEGOB
14 - Trabajo y Previsión
Social
3.5.3 Favorecer la capacitación en igualdad y no discriminación para el personal de inspección laboral y para quienes atienden quejas o denuncias por discriminación en los centros de trabajo.
Específica
STPS, SEGOB,
INMUJERES
14 - Trabajo y Previsión
Social
 
 
Objetivo prioritario 4.- Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en la seguridad social.
Estrategia prioritaria 4.1 Promover la armonización normativa sobre el derecho a la seguridad social sin discriminación para favorecer la igualdad en dignidad y derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
4.1.1 Promover, en el ámbito de sus competencias, la eliminación de elementos discriminatorios del marco normativo y la armonización conforme al derecho a la igualdad y no discriminación en materia de seguridad social, asistencia y protección social.
Coordinación de la
estrategia
IMSS, ISSSTE, SALUD,
BIENESTAR,
INMUJERES
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
Estrategia prioritaria 4.2 Fortalecer los mecanismos de observancia del marco jurídico antidiscriminatorio en el ámbito de la seguridad social para lograr avances en el goce de derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
4.2.1 Promover la inclusión de los criterios antidiscriminatorios en los procesos de supervisión y verificación de los servicios de seguridad y asistencia social.
Específica
SALUD, IMSS, ISSSTE,
BIENESTAR
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
 
Estrategia prioritaria 4.3 Desarrollar acciones e instrumentos de política pública que contribuyan a garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación en la seguridad social.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
4.3.1 Promover modelos de prestación de cuidados, de seguridad y asistencia social a niñas, niños y adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia, con enfoque antidiscriminatorio.
Específica
SALUD, IMSS, ISSSTE,
BIENESTAR
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
4.3.2 Promover el acceso efectivo de niñas y niños a los centros de atención infantil sin discriminación, especialmente para niñas y niños con discapacidad y migrantes.
Coordinación de la
estrategia
IMSS, ISSSTE,
BIENESTAR, SALUD,
SEGOB
4 - Gobernación
P00 - Secretaría
Ejecutiva del Sistema
Nacional de Protección
Integral de Niñas, Niños y
Adolescentes
 
Estrategia prioritaria 4.4 Generar conocimiento sobre la discriminación en la seguridad social para contrarrestar las prácticas discriminatorias normalizadas en este ámbito.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
4.4.1 Promover la incorporación en los sistemas de información y registros administrativos vinculados a la seguridad social, cuidado y protección social, de las variables sociodemográficas e identitarias pertinentes para medir los avances en el ejercicio del derecho a la seguridad social sin discriminación.
Específica
SALUD, BIENESTAR,
IMSS, ISSSTE
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
4.4.2 Impulsar la realización de diagnósticos sobre las prácticas discriminatorias en el ámbito de la seguridad social.
Específica
SALUD, SEGOB,
BIENESTAR, IMSS,
ISSSTE
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
Estrategia prioritaria 4.5 Realizar acciones efectivas de información, educación y comunicación para modificar patrones socioculturales discriminatorios en la seguridad social.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
4.5.1 Desarrollar estrategias de comunicación y materiales accesibles y con enfoque diferenciado que contribuyan a concientizar y prevenir la discriminación en los servicios de seguridad social, cuidados y protección social, así como en los mecanismos de garantía en casos de discriminación.
Específica
STPS, SEGOB,
BIENESTAR, SALUD,
IMSS, ISSSTE, SPR,
NOTIMEX, SEP,
CULTURA, INMUJERES
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
4.5.2 Promover la capacitación del personal que labora en trabajos de cuidados, para que, en el desempeño de sus funciones, incorporen el marco antidiscriminatorio.
Específica
BIENESTAR, SALUD,
IMSS, ISSSTE
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
 
Objetivo prioritario 5.- Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la seguridad y justicia.
Estrategia prioritaria 5.1 Promover la armonización normativa en materia de seguridad y justicia, para favorecer la igualdad en dignidad y derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
5.1.1 Promover la eliminación de elementos discriminatorios del marco normativo y la armonización conforme al derecho a la igualdad y no discriminación en materia de seguridad y justicia.
Coordinación de la
estrategia
SSPC, SEGOB
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
 
Estrategia prioritaria 5.2 Fortalecer los mecanismos de observancia del marco jurídico antidiscriminatorio en materia de seguridad y justicia para lograr avances en el goce de derechos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
5.2.1 Promover la incorporación de criterios de igualdad y no discriminación en los instrumentos de vigilancia en materia de seguridad y justicia que permitan observar el cumplimiento del marco jurídico antidiscriminatorio.
Coordinación de la
estrategia
SEGOB, SSPC
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
Estrategia prioritaria 5.3 Desarrollar acciones e instrumentos de política pública que contribuyan a garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación en materia de seguridad y justicia.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
5.3.1 Diseñar e implementar estrategias para prevenir y combatir el perfilamiento racial en la operación migratoria y de las fuerzas de seguridad.
Coordinación de la
estrategia
SEGOB (INM), SSPC
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
5.3.2 Impulsar ante la FGR la aplicación efectiva del Protocolo de actuación para el personal de las instancias de procuración de justicia del país, en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género, para evitar prácticas discriminatorias en este ámbito.
Específica
SEGOB
4 - Gobernación
5.3.3 Impulsar modelos de atención para prevenir y combatir la discriminación en los centros de readaptación social, en donde viven grupos discriminados históricamente, como las personas con VIH/sida, mujeres y sus hijos e hijas, personas trans, entre otros.
Coordinación de la
estrategia
SSPC, SEGOB, SALUD,
INMUJERES
36 - Seguridad y
Protección Ciudadana
D00 - Prevención y
Readaptación Social
 
Estrategia prioritaria 5.4 Generar conocimiento e información sobre la discriminación y los grupos en situación de discriminación en materia de seguridad y justicia para contrarrestar las prácticas discriminatorias normalizadas en estos ámbitos.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
5.4.1 Promover la incorporación de las variables sociodemográficas e identitarias pertinentes desde el enfoque antidiscriminatorio en los registros administrativos y en los sistemas integrales de seguimiento de expedientes y encuestas vinculados con la seguridad y la justicia.
Coordinación de la
estrategia
SSPC
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
Estrategia prioritaria 5.5 Realizar acciones efectivas de información, educación y comunicación para modificar patrones socioculturales discriminatorios en materia de seguridad y justicia.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
5.5.1 Promover la capacitación sobre el derecho a la igualdad y no discriminación en materia de seguridad y justicia.
Específica
SEGOB, SSPC
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
5.5.2 Promover estrategias de comunicación y materiales accesibles y con enfoque diferenciado que contribuyan a concientizar e identificar la discriminación en los ámbitos de seguridad y justicia, así como los mecanismos de atención en casos de presuntos actos discriminatorios.
Específica
SEGOB, SSPC, SPR,
NOTIMEX, SEP,
CULTURA
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
 
Objetivo prioritario 6- Promover y articular la política nacional contra la discriminación y por la igualdad para todas las personas.
 
Estrategia prioritaria 6.1 Incorporar la perspectiva antidiscriminatoria en el quehacer público federal para estandarizar una base de cumplimiento del derecho a la igualdad y no discriminación.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
6.1.1 Generar medidas de igualdad en la APF que cierren brechas discriminatorias en beneficio de los derechos humanos de los grupos sociales discriminados.
General
Todas las dependencias
y entidades de la APF
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
6.1.2 Promover la incorporación de criterios de igualdad y no discriminación en los instrumentos para realizar auditorías, que permitan analizar el cumplimiento del marco antidiscriminatorio de las instituciones y de los programas públicos federales.
Coordinación de la
estrategia
SFP, SEGOB
27 - Función Pública
6.1.3 Fortalecer el funcionamiento de mecanismos en la APF para la prevención y atención de quejas por discriminación bajo criterios unificados, atendiendo a la obligación transversal de no discriminación que debe observar todo el servicio público.
Específica
SFP
27 - Función Pública
6.1.4 Generar un modelo general de servicio accesible y no discriminatorio, aplicable a la APF, para la atención ciudadana en trámites y servicios.
Específica
SFP, SEGOB
27 - Función Pública
 
6.1.5 Promover un protocolo de provisión de documentos de identidad e identificación en el caso de personas que no cuentan con ello por razones de discriminación o de fuerza mayor, a fin de garantizar su derecho a la identidad y su acceso a los programas, servicios, y trámites importantes que brindan las instancias públicas federales correspondientes.
Específica
SFP
4 - Gobernación
941 - Dirección General
del Registro Nacional de
Población e Identidad
6.1.6 Promover una estrategia progresiva para asegurar la accesibilidad de la información pública sobre trámites, servicios y programas públicos.
General
Todas las dependencias
y entidades de la APF
27 - Función Pública
 
Estrategia prioritaria 6.2 Promover la aplicación de la perspectiva antidiscriminatoria en otros poderes, organismos autónomos y órdenes de gobierno, para avanzar como Estado mexicano en el cumplimiento del derecho a la igualdad y no discriminación.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
6.2.1 Establecer acciones de colaboración con las entidades federativas para que coadyuven, en el ámbito de sus competencias, a reducir las prácticas discriminatorias en el ámbito local.
Coordinación de la
estrategia
SEGOB
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
6.2.2 Establecer acciones de colaboración estratégica con el Poder Legislativo, Judicial y Organismos Autónomos Federales, para que coadyuven en el ámbito de sus competencias, a reducir las prácticas discriminatorias.
Coordinación de la
estrategia
INMUJERES, INPI,
BIENESTAR
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
 
Estrategia prioritaria 6.3 Contrarrestar las prácticas discriminatorias en la provisión de bienes y servicios por privados.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
6.3.1 Impulsar la adopción de buenas prácticas en favor de la igualdad y no discriminación en la iniciativa privada del sector de bienes y servicios.
Específica
SECTUR, SICT, SADER,
SEP, SALUD, SE
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
6.3.2 Promover ante las autoridades competentes la inclusión financiera de aquellos grupos históricamente discriminados y excluidos en el sector a través de diagnósticos, guías y sensibilización sobre el problema.
Específica
SEGOB
6 - Hacienda y Crédito
Público
B00 - Comisión Nacional
Bancaria y de Valores
6.3.3 Fortalecer y difundir los mecanismos de atención a quejas por discriminación en la prestación de bienes y servicios.
Coordinación de la
estrategia
SE
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
 
Estrategia prioritaria 6.4 Promover alianzas con los medios de comunicación, en materia de publicidad; centros culturales y deportivos para contrarrestar las prácticas discriminatorias en la sociedad.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o
Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora
(encargada del
seguimiento)
6.4.1 Impulsar la adopción de buenas prácticas en favor de la igualdad y no discriminación en los medios de comunicación, en materia de, publicidad y actividades culturales y deportivas.
Coordinación de la
estrategia
SEP, CULTURA,
SEGOB
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
6.4.2 Impulsar el uso de las lenguas indígenas y la Lengua de Señas Mexicana en los medios de comunicación, incluidos la radio, los servicios de telefonía e internet, entre otros; así como en la publicidad y actividades, bienes y servicios culturales y deportivos.
Específica
NOTIMEX, SEP, SPR,
INPI, SEGOB,
CULTURA, BIENESTAR
4 - Gobernación
EZQ - Consejo Nacional
para Prevenir la
Discriminación
6.4.3 Impulsar campañas accesibles y otros materiales comunicativos con enfoque diferenciado para prevenir y combatir la xenofobia, la misoginia, la homo-lesbo-transfobia, el racismo, el clasismo, la intolerancia religiosa y otras formas de discriminación.
Específica
NOTIMEX, CULTURA,
SEP, SPR, INPI,
SEGOB, INMUJERES,
BIENESTAR
4 - Gobernación
270 - Unidad de
Normatividad de Medios
de Comunicación
6.4.4 Promover que los contenidos de los medios públicos y las estrategias de comunicación social se realicen con criterios de igualdad y no discriminación.
Coordinación de la
estrategia
NOTIMEX, CULTURA,
SEP, SPR, INPI,
SEGOB, INMUJERES,
BIENESTAR
4 - Gobernación
270 - Unidad de
Normatividad de Medios
de Comunicación
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
Meta para el bienestar del Objetivo prioritario 1
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
1.1 Razón de gasto público en salud per cápita por condición de cobertura de seguridad social.
Objetivo prioritario
Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la salud.
Definición o descripción
Mide la relación entre el gasto público ejercido en salud a la población con seguridad social respecto del ejercido a la población sin seguridad social.
Nivel de desagregación
Geográfica: nacional.
Periodicidad o frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Estratégico
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de medida
Gasto en pesos mexicanos.
Periodo de recolección de
datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
Marzo
Tendencia esperada
Descendente
Unidad Responsable de
reportar el avance
12.- Salud
100.- Secretaría
Método de cálculo
RGPS_t = (GPSPCSS_t / GPSPSSS_t)
Donde:
RGPS_t = Razón del gasto público per cápita de la población con seguridad social, por cada $1.00 (peso) destinado a la población sin seguridad social, en el año "t".
GPSPCSS_t = Gasto público en salud per cápita de la población con seguridad social, en el año "t".
GPSPSSS_t = Gasto público en salud per cápita de la población sin seguridad social, en el año "t".
t = Año de cálculo.
Observaciones
Recursos ejercidos en la población con seguridad social por cada $1.00 (peso) destinado a la población sin seguridad social.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO DEL INDICADOR PARA LA OBTENCIÓN DEL VALOR DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
GPSPCSS_2018
= Gasto público
en salud per
cápita de la
población con
seguridad social
en 2018.
Valor variable 1
6,233.89
Fuente de
información
variable 1
Secretaría de Salud,
DGIS.
Nombre variable 2
GPSPSSS_2018
= Gasto público
en salud per
cápita de la
población sin
seguridad social
en 2018.
Valor variable 2
4,382.80
Fuente de
información
variable 2
Secretaría de Salud,
DGIS.
Sustitución en método
de cálculo del
indicador
RGPS_2018 = (6,233.89 / 4,382.80) = 1.42
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
1.42
Último año disponible.
Año
2018
META 2024
Nota sobre la meta 2024
1.33
Dada la tendencia observada en la serie histórica se espera un decrecimiento anual de 0.5% en la brecha de gasto público por condición de aseguramiento.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
1.51
1.54
1.40
1.43
1.43
1.39
1.42
ND
ND
METAS INTERMEDIAS
2021
2022
2023
2024
1.38
1.36
1.35
1.33
Parámetro 1 del Objetivo prioritario 1
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
1.2 Porcentaje de la población de 18 y más años a la que se negó injustificadamente la atención médica o medicamentos durante los últimos 5 años por ser grupos históricamente discriminados.
Objetivo prioritario
Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la salud.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de la población de 18 años y más a la que se negó de manera injustificada la atención médica o la recepción de medicamentos en los últimos cinco años previos al levantamiento de la encuesta por ser grupos históricamente discriminados.
Nivel de
desagregación
Geográfica: Nacional.
Grupos históricamente
discriminados: personas hablantes
de lengua indígena, personas
adscritas indígenas, personas
afrodescendientes, personas con
discapacidad, mujeres, personas de
60 años y más.
Periodicidad o frecuencia de
medición
Quinquenal
Tipo
Estratégico.
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de medida
Porcentaje de población.
Periodo de recolección de
datos
Otros
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
El valor del indicador estará
disponible seis meses después de la
entrega de los datos por parte de la
institución responsable del
levantamiento de la próxima
ENADIS, prevista para 2022.
Tendencia esperada
Descendente
Unidad Responsable de
reportar el avance
4.- Gobernación
EZQ.- Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación
Método de cálculo
PPNAM_i = (PNAM_i/PT_i) × 100
Donde:
PPNAM_i = Porcentaje de población de 18 años y más a la que se negó injustificadamente la atención médica o medicamentos durante los últimos 5 años del grupo "i".
PNAM_i = Población de 18 años y más a la que se negó la atención médica o medicamentos durante los últimos 5 años del grupo "i".
PT_i = Población total de 18 años y más del grupo "i".
i = Población nacional y grupos históricamente discriminados (personas hablantes de lengua indígena, personas adscritas indígenas, personas afrodescendientes, personas con discapacidad, mujeres, personas de 60 años y más).
Observaciones
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO DEL INDICADOR PARA LA OBTENCIÓN DEL VALOR DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
PNAM_Nacional
= Población de
18 años y más a
la que se negó la
atención médica
o medicamentos
durante los
últimos 5 años a
nivel nacional.
Valor variable 1
8,396,676
Fuente de
información
variable 1
ENADIS
Nombre variable 2
PT_Nacional =
Población total
de 18 años y
más a nivel
nacional.
Valor variable 2
84,008,180
Fuente de
información
variable 2
ENADIS
Sustitución en
método de cálculo
del indicador
 
Nacional
PPNAM_Nacional = (8,396,676 / 84,008,180) × 100 = 10.0
Personas hablantes de lengua indígena
PPNAM_hi = (1,003,939 / 5,613,118) × 100 = 17.9
Personas adscritas indígenas
PPNAM_ai = (2,134,000 / 15,837,916) × 100= 13.5
Personas afrodescendientes
PPNAM_a = (289,921 / 2,396,967) × 100 = 12.1
Personas con discapacidad
PPNAM_d = (577,346 / 4,043,852) × 100 = 14.3
Mujeres
PPNAM_m = (4,954,107 / 44,294,377) × 100 = 11.2
Personas de 60 años y más
PPNAM_am = (1,577,728 / 14,846,912) × 100 = 10.6
 
 
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
10.0
Si bien se han realizado tres ediciones de la ENADIS, la de 2017 fue levantada por primera vez por el INEGI y sufrió cambios conceptuales y metodológicos importantes, por lo que se considera como línea base para analizar tendencias sobre discriminación. Esta pregunta se incluyó por primera vez en la ENADIS 2017.
El valor de la línea base que se muestra como ejemplo es el "Porcentaje de la población de 18 o más años a la que se negó injustificadamente la atención médica o medicamentos durante los últimos 5 años por grupos históricamente discriminados a nivel nacional". No obstante, en el campo de sustitución de método de cálculo puede consultar las 14 variables del presente indicador, con las respectivas líneas base para cada grupo en situación de discriminación.
Año
2017
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
NA
NA
NA
NA
NA
Nacional
10.0
Personas hablantes
de lengua indígena
17.9
Personas adscritas
indígenas
13.5
Personas
afrodescendientes
12.1
Personas con
discapacidad
14.3
Mujeres
11.2
Personas de 60 años
y más
10.6
 
NA
NA
NA
 
Parámetro 2 del Objetivo prioritario 1
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
1.3 Porcentaje de establecimientos de atención médica que componen el Sistema Nacional de Salud que aplican el "Protocolo para el acceso sin discriminación a la prestación de servicios de atención médica de las personas LGBTTTI".
Objetivo prioritario
Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito de la salud.
Definición o descripción
Mide el porcentaje de establecimientos de atención médica públicos, social y privados del Sistema Nacional de Salud que aplican el "Protocolo para el acceso sin discriminación a la prestación de servicios de atención médica de las personas LGBTTTI".
Nivel de desagregación
Geográfica: Nacional.
Periodicidad o frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Estratégico.
Acumulado o periódico
Acumulado
Unidad de medida
Porcentaje de establecimientos de
atención médica del Sistema
Nacional de Salud
Periodo de recolección de
datos
Otros
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
Junio
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad Responsable de
reportar el avance
12.- Salud
100.- Secretaría
Método de cálculo
PEAMP = (EAMP / TEAM) × 100
Donde:
PEAMP = Porcentaje de establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud que aplican el Protocolo.
EAMP = Establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud que aplican el Protocolo.
TEAM = Total de establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud.
Observaciones
 
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO DEL INDICADOR PARA LA OBTENCIÓN DEL VALOR DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
EAMP =
Establecimientos
de atención
médica del
Sistema
Nacional de
Salud que
aplican el
Protocolo.
Valor variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
Secretaría de Salud, DGIS.
Nombre variable 2
TEAM = Total de
establecimientos
de atención
médica del
Sistema
Nacional de
Salud.
Valor variable 2
39,025
Fuente de
información
variable 2
Secretaría de Salud, DGIS.
Sustitución en método
de cálculo del
indicador
PEAMP = (0 / 39,025) × 100 = 0.0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0.0
Último año observado.
Año
2020
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
0.0
 
Meta para el bienestar del Objetivo prioritario 2
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
2.1 Porcentaje de la población de 12 a 24 años que asiste a la escuela por grupos históricamente discriminados.
Objetivo prioritario
Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito educativo.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de la población de 12 a 24 años que asiste a la escuela por grupos históricamente discriminados.
Nivel de
desagregación
Geográfica: Nacional.
Grupos históricamente
discriminados: personas hablantes
de lengua indígena, personas
adscritas indígenas, personas con
discapacidad, mujeres.
Periodicidad o frecuencia de
medición
Bienal
Tipo
Estratégico.
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de medida
Porcentaje de población.
Periodo de recolección de
datos
Otros
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
La disponibilidad de información
está sujeta a la fecha del
levantamiento
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad Responsable de
reportar el avance
4.- Gobernación
EZQ.- Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación
Método de cálculo
PPAE_i = (PAE_i / PT_i) × 100
Donde:
PPAE_i = Porcentaje de la población de 12 a 24 años que asiste a la escuela del grupo "i".
PAE_i = Población de 12 a 24 años que asiste a la escuela del grupo "i".
PT_i = Población total de 12 a 24 años del grupo "i".para
i = Población nacional y grupos históricamente discriminados (personas hablantes de lengua indígena, personas adscritas indígenas, personas con discapacidad, mujeres).
Observaciones
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO DEL INDICADOR PARA LA OBTENCIÓN DEL VALOR DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
PAE_Nacional =
Población de 12
a 24 años que
asiste a la
escuela a nivel
nacional.
Valor variable 1
16,717,525
Fuente de
información
variable 1
ENIGH
Nombre variable 2
PT_Nacional =
Población total
de 12 a 24 años
a nivel nacional.
Valor variable 2
28,703,150
Fuente de
información
variable 2
ENIGH
Sustitución en
método de cálculo
del indicador
 
Nacional
PPAE_Nacional = (16,717,525 / 28,703,150) × 100 = 58.2
Personas hablantes de lengua indígena
PPAE_hi = (549,440 / 1,455,872) × 100 = 37.7
Personas adscritas indígenas
PPAE_ai = (4,665,680 / 8,576,195) × 100 = 54.4
Personas con discapacidad
PPAE_d = (325,464 / 769,830) × 100 = 42.3
Mujeres
PPAE_m = (8,318,828 / 14,302,930) × 100 = 58.2
 
 
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
58.2
El valor de la línea base y la meta 2024 que se muestra como ejemplo es el "Porcentaje de la población de 12 a 24 años que asiste a la escuela por grupos históricamente discriminados a nivel nacional". No obstante, en el campo de sustitución de método de cálculo puede consultar las 10 variables del presente indicador, con las respectivas líneas base para cada grupo en situación de discriminación.
Año
2018
META 2024
Nota sobre la meta 2024
62.4
 
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
 
Nacional
54.7
Personas
hablantes de
lengua indígena
39.4
Personas
adscritas
indígenas
48.5
Personas con
discapacidad
49.7
Mujeres
54.4
 
NA
 
Nacional
56.5
Personas
hablantes de
lengua indígena
40.9
Personas
adscritas
indígenas
51.6
Personas con
discapacidad
42.2
Mujeres
55.5
 
NA
 
Nacional
58.1
Personas
hablantes de
lengua indígena
40.9
Personas
adscritas
indígenas
54.3
Personas con
discapacidad
41.7
Mujeres
57.9
 
NA
 
Nacional
58.2
Personas
hablantes de
lengua indígena
37.7
Personas
adscritas
indígenas
54.4
Personas con
discapacidad
42.3
Mujeres
58.2
 
NA
ND
METAS INTERMEDIAS
2021
2022
2023
2024
NA
Nacional
61.1
Personas hablantes
de lengua indígena
43.2
Personas adscritas
indígenas
59.4
Personas con
discapacidad
45.4
Mujeres
61.2
 
NA
Nacional
62.4
Personas hablantes
de lengua indígena
43.9
Personas adscritas
indígenas
61.4
Personas con
discapacidad
49.4
Mujeres
62.6
 
Parámetro 1 del Objetivo prioritario 2
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
2.2 Porcentaje de la población de 12 a 24 años que no asiste a la escuela debido a motivos económicos por grupos históricamente discriminados.
Objetivo prioritario
Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito educativo.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de la población de 12 a 24 años que no asiste a la escuela por motivos económicos diversos (p.e. tener que trabajar para ayudar en los gastos del hogar, no poder pagar los gastos escolares), por grupos históricamente discriminados.
Nivel de
desagregación
Geográfica: Nacional.
Grupos históricamente
discriminados: personas hablantes
de lengua indígena, personas
adscritas indígenas, personas
afrodescendientes.
Periodicidad o frecuencia de
medición
Quinquenal
Tipo
Estratégico.
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de medida
Porcentaje de población.
Periodo de recolección de
datos
Otros
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
La disponibilidad de información está
sujeta a la fecha del levantamiento
Tendencia esperada
Descendente
Unidad Responsable de
reportar el avance
4.- Gobernación
EZQ.- Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación
Método de cálculo
PPNAE_i = (PNAE_i / PTN_i) × 100
Donde:
PPNAE_i = Porcentaje de la población de 12 a 24 años que no asiste a la escuela por motivos económicos del grupo "i".
PNAE_i = Población de 12 a 24 años que no asiste a la escuela por motivos económicos del grupo "i".
PTN_i =: Población total de 12 a 24 años que no asiste a la escuela del grupo "i".
i = Población nacional y grupos históricamente discriminados (personas hablantes de lengua indígena, personas adscritas indígenas, personas afrodescendientes).
Observaciones
El valor del indicador estará disponible seis meses después de la entrega de los datos por parte de la institución responsable del levantamiento de la próxima ENADIS.
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO DEL INDICADOR PARA LA OBTENCIÓN DEL VALOR DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
PNAE_Nacional
= Población de
12 a 24 años que
no asiste a la
escuela por
motivos
económicos a
nivel nacional.
Valor variable 1
4,209,215
Fuente de
información
variable 1
ENADIS
Nombre variable 2
PTN_Nacional =
Población total
de 12 a 24 años
que no asiste a
la escuela a nivel
nacional.
Valor variable 2
11,558,842
Fuente de
información
variable 2
ENADIS
Sustitución en
método de cálculo
del indicador
 
Nacional
PPNAE_Nacional = (4,209,215 / 11,558,842) × 100 = 36.4
Personas hablantes de lengua indígena
PPNAE_hi = (528,577 / 942,590) × 100 = 56.1
Personas adscritas indígenas
PPNAE_ai = (1,079,266 / 2,410,937) × 100 = 44.8
Personas afrodescendientes
PPNAE_a = (157,941 / 391,148) × 100 = 40.4
 
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
36.4
Si bien se han realizado tres ediciones de la ENADIS, la de 2017 fue levantada por primera vez por el INEGI y sufrió cambios conceptuales y metodológicos importantes, por lo que se considera como línea base para analizar tendencias sobre discriminación. Esta pregunta se incluyó por primera vez en la ENADIS 2017.
El valor de la línea base que se muestra como ejemplo es el "Porcentaje de la población de 12 a 24 años que no asiste a la escuela debido a motivos económicos por grupos históricamente discriminados a nivel nacional". No obstante, en el campo de sustitución de método de cálculo puede consultar las 8 variables del presente indicador, con las respectivas líneas base para cada grupo en situación de discriminación.
Año
2017
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
NA
NA
NA
NA
NA
Nacional
36.4
Personas hablantes de
lengua indígena
56.1
Personas adscritas
indígenas
44.8
Personas
afrodescendientes
40.4
 
NA
NA
NA
Parámetro 2 del Objetivo prioritario 2
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
2.3 Porcentaje de población de 25 a 59 años que cuenta con educación superior perteneciente a los grupos históricamente discriminados por tipo de localidad de residencia según sexo.
Objetivo prioritario
Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito educativo.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de población de 25 a 59 años que cuenta con educación superior desagregado por sexo para cada uno de los grupos históricamente discriminados por tipo de localidad de residencia.
Nivel de
desagregación
Geográfica: Nacional y tipo de
localidad de residencia: urbana, no
urbana.
Sexo: mujeres y hombres.
Grupos históricamente
discriminados: personas hablantes
de lengua indígena, personas
adscritas indígenas, personas
afrodescendientes, personas con
discapacidad, personas de la
diversidad religiosa.
Periodicidad o frecuencia de
medición
Quinquenal
Tipo
Estratégico.
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de medida
Porcentaje de población.
Periodo de recolección de
datos
Otros
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
La disponibilidad de información
está sujeta a la fecha del
levantamiento
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad Responsable de
reportar el avance
4.- Gobernación
EZQ.- Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación
Método de cálculo
PPES_i,j,k = (PES_i,j,k / PT_i,j,k) × 100
Donde:
PPES_i,j,k = Porcentaje de población de 25 a 59 años que cuenta con educación superior del grupo "i" que reside en el tipo de localidad "j" del sexo "k".
PES_i,j,k = Población de 25 a 59 años que cuenta con educación superior del grupo "i" que reside en el tipo de localidad "j" del sexo "k".
PT_i,j,k = Población total de 25 a 59 años del grupo "i" que reside en el tipo de localidad "j" del sexo "k".
i = Población nacional y grupos históricamente discriminados (personas hablantes de lengua indígena, personas adscritas indígenas, personas afrodescendientes, personas con discapacidad, personas de la diversidad religiosa).
j = Tipo de localidad: urbana, no urbana.
k = Sexo de las personas: hombres, mujeres.
Observaciones
El valor del indicador estará disponible seis meses después de la entrega de los datos por parte de la institución responsable del levantamiento de la próxima ENADIS.
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO DEL INDICADOR PARA LA OBTENCIÓN DEL VALOR DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
PES_TotNacional =
Población de 25 a 59
años que cuenta con
educación superior a
nivel nacional.
Valor variable 1
13,000,602
Fuente de
información
variable 1
ENADIS
Nombre variable 2
PT_TotNacional =
Población total de 25
a 59 años a nivel
nacional.
Valor variable 2
54,928,527
Fuente de
información
variable 2
ENADIS
Sustitución en
método de cálculo
del indicador
 
Total Nacional
PPES_TotNacional = (13,000,602 / 54,928,527) × 100 = 23.7
 
 
Mujeres-no urbanas
Nacional
PPES_n_nu_m = (911,327 / 10,081,769) × 100 = 9.0
Personas hablantes de lengua indígena
PPES_hi_nu_m = (56,399 / 1,606,660) × 100 = 3.5
Personas adscritas indígenas
PPES_ai_nu_m = (156,849 / 3,097,690) × 100 = 5.1
Personas afrodescendientes
PPES_a_nu_m = (24,719 / 321,667) × 100 = 7.7
Personas con discapacidad
PPES_d_nu_m = (5,436 / 306,394) × 100 = 1.8
Personas de la diversidad religiosa
PPES_r_nu_m = (94,298 / 1,267,702) × 100 = 7.4
 
 
Mujeres-urbanas
Nacional
PPES_n_u_m = (5,705,989 / 19,094,311) × 100 = 29.9
Personas hablantes de lengua indígena
PPES_hi_u_m = (50,846 / 510,404) × 100 = 10.0
Personas adscritas indígenas
PPES_ai_u_m = (544,923 / 2,462,349) × 100 = 22.1
Personas afrodescendientes
PPES_a_u_m = (138,759 / 508,630) × 100 = 27.3
Personas con discapacidad
PPES_d_u_m = (75,723 / 624,081) × 100 = 12.1
Personas de la diversidad religiosa
PPES_r_u_m = (662,917 / 2,532,621) × 100 = 26.2
 
 
Hombres-no urbanos
Nacional
PPES_n_nu_h = (940,733 / 8,751,702) × 100 = 10.7
Personas hablantes de lengua indígena
PPES_hi_nu_h = (91,103 / 1,302,176) × 100 = 7.0
Personas adscritas indígenas
PPES_ai_nu_h = (195,635 / 2,634,334) × 100 = 7.4
Personas afrodescendientes
PPES_a_nu_h = (38,116 / 308,772) × 100 = 12.3
Personas con discapacidad
PPES_d_nu_h = (10,953 / 270,888) × 100 = 4.0
Personas de la diversidad religiosa
PPES_r_nu_h = (67,435 / 798,118) × 100 = 8.4
 
 
Hombres-urbanos
Nacional
PPES_n_u_h = (5,442,553 / 17,000,745) × 100 = 32.0
Personas hablantes de lengua indígena
PPES_hi_u_h = (115,912 / 507,762) × 100 = 22.8
Personas adscritas indígenas
PPES_ai_u_h = (579,657 / 2,231,188) × 100 = 26.0
Personas afrodescendientes
PPES_a_u_h = (176,187 / 491,734) × 100 = 35.8
Personas con discapacidad
PPES_d_u_h = (93,755 / 458,687) × 100 = 20.4
Personas de la diversidad religiosa
PPES_r_u_h = (497,689 / 1,727,381) × 100 = 28.8
 
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
23.7
Si bien se han realizado tres ediciones de la ENADIS, la de 2017 fue levantada por primera vez por el INEGI y sufrió cambios conceptuales y metodológicos importantes, por lo que se considera como línea base para analizar tendencias sobre discriminación. Esta pregunta se incluyó por primera vez en la ENADIS 2017.
El valor de la línea base que se muestra como ejemplo es el "Porcentaje de población de 25 a 59 años que cuenta con educación superior a nivel nacional". No obstante, en el campo de sustitución de método de cálculo puede consultar las 50 variables del presente indicador, con las respectivas líneas base para cada grupo en situación de discriminación y sexo.
Año
2017
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
NA
NA
NA
NA
NA
Total Nacional
23.7
 
 
Mujeres-no urbanas
 
Nacional
9.0
Personas hablantes de lengua indígena
3.5
Personas adscritas indígenas
5.1
Personas afrodescendientes
7.7
Personas con discapacidad
1.8
Personas de la diversidad religiosa
7.4
 
 
Mujeres-urbanas
 
NA
NA
NA
Nacional
29.9
Personas hablantes de lengua indígena
10.0
Personas adscritas indígenas
22.1
Personas afrodescendientes
27.3
Personas con discapacidad
12.1
Personas de la diversidad religiosa
26.2
 
 
Hombres-no urbanos
 
Nacional
10.7
Personas hablantes de lengua indígena
7.0
Personas adscritas indígenas
7.4
Personas afrodescendientes
12.3
Personas con discapacidad
4.0
Personas de la diversidad religiosa
8.4
 
 
Hombres-urbanos
 
Nacional
32.0
Personas hablantes de lengua indígena
22.8
Personas adscritas indígenas
26.0
Personas afrodescendientes
35.8
Personas con discapacidad
20.4
Personas de la diversidad religiosa
28.8
 
Meta para el bienestar del Objetivo prioritario 3
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
3.1 Porcentaje de la población de 18 a 59 años económicamente activa ocupada que cuenta con prestaciones de salud según grupos históricamente discriminados por sexo.
Objetivo prioritario
Reducir las prácticas discriminatorias que generan exclusión y desigualdad social para los grupos históricamente discriminados y que obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito laboral.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de la población de 18 a 59 años económicamente activa ocupada que cuenta con prestaciones de salud por parte de su actividad laboral según grupos históricamente discriminados por sexo.
Nivel de
desagregación
Geográfica: Nacional según sexo:
mujeres y hombres.
Grupos históricamente
discriminados: personas jóvenes,
personas hablantes de lengua
indígena, personas adscritas
indígenas, personas con
discapacidad.
Periodicidad o frecuencia de
medición
Bienal
Tipo
Estratégico
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de medida
Porcentaje de población.
Periodo de recolección de
datos
Otros
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
La disponibilidad de información está
sujeta a la fecha del levantamiento.
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad Responsable de
reportar el avance
4.- Gobernación
EZQ.- Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación
Método de cálculo
PPEAOP_18a59_i,j = (PEAOPS_18a59_i,j / PEAO_18a59_i,j) × 100
Donde:
PPEAOP_18a59_i,j = Porcentaje de población de 18 a 59 años económicamente activa ocupada con prestaciones de salud del grupo "i" y sexo "j".
PEAOPS_18a59_i,j = Población de 18 a 59 años económicamente activa ocupada con prestaciones de salud del grupo "i" y sexo "j".
PEAO_18a59_i,j = Población de 18 a 59 años económicamente activa ocupada del grupo "i" y sexo "j".
i = Población nacional y grupos históricamente discriminados (personas jóvenes, personas hablantes de lengua indígena, personas adscritas indígenas, personas con discapacidad).
j = Sexo de las personas: hombres, mujeres.
Observaciones
 
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO DEL INDICADOR PARA LA OBTENCIÓN DEL VALOR DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
PEAOPS_18a59
_Nacional_Mujer
es = Población
de 18 a 59 años
económicamente
activa ocupada
con prestaciones
de salud a nivel
nacional para las
mujeres
Valor variable 1
7,661,899
Fuente de
información
variable 1
ENIGH
Nombre variable 2
PEAO_18a59_N
acional_Mujeres
= Población de
18 a 59 años
económicamente
activa ocupada a
nivel nacional
para las mujeres.
Valor variable 2
21,342,225
Fuente de
información
variable 2
ENIGH
Sustitución en
método de cálculo
del indicador
Mujeres
Nacional
PPEAOP_18a59_n_m = (7,661,899 / 21,342,225) × 100 = 35.9
Personas jóvenes
PPEAOP_18a59_j_m = (2,318,019 / 6,157,189) × 100 = 37.6
Personas hablantes de lengua
indígena
PPEAOP_18a59_hi_m = (132,189 / 1,407,590) × 100 = 9.4
Personas adscritas indígenas
PPEAOP_18a59_ai_m = (1,604,602 / 6,637,468) × 100 = 24.2
Personas con discapacidad
PPEAOP_18a59_d_m = (173,458 / 776,586) × 100=22.3
 
 
Hombres
Nacional
PPEAOP_18a59_n_h = (12,007,941 / 29,370,516) × 100 = 40.9
Personas jóvenes
PPEAOP_18a59_j_h = (3,646,547 / 9,298,921) × 100 = 39.2
Personas hablantes de lengua
indígena
PPEAOP_18a59_hi_h = (324,184 / 1,874,587) × 100 = 17.3
Personas adscritas indígenas
PPEAOP_18a59_ai_h = (2,707,671 / 8,925,413) × 100 = 30.3
Personas con discapacidad
PPEAOP_18a59_d_h = (313,560 / 1,103,186) × 100 = 28.4
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
35.9
El valor de la línea base y la meta 2024 que se muestra como ejemplo es el "Porcentaje de la población de 18 a 59 años económicamente activa ocupada que cuenta con prestaciones de salud a nivel nacional para las mujeres". No obstante, en el campo de sustitución de método de cálculo puede consultar las 20 variables del presente indicador, con las respectivas líneas base para cada grupo en situación de discriminación y sexo.
Año
2018
META 2024
Nota sobre la meta 2024
37.4
 
 
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
Mujeres
Nacional
30.4
Personas
jóvenes
31.7
Personas
hablantes de
lengua
indígena
8.3
Personas
adscritas
indígenas
18.1
Personas con
discapacidad
25.1
 
 
Hombres
Nacional
35.9
Personas
jóvenes
34.2
Personas
hablantes de
lengua
indígena
11.5
NA
Mujeres
Nacional
35.9
Personas
jóvenes
35.3
Personas
hablantes de
lengua indígena
7.4
Personas
adscritas
indígenas
22.2
Personas con
discapacidad
24.8