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DOF: 21/12/2021
OFICIO 500-05-2021-26273 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación

OFICIO 500-05-2021-26273 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Oficio: 500-05-2021-26273
Asunto:   Se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en el citado Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Como consecuencia de lo anterior, las autoridades ya referidas ubicaron a los contribuyentes en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que en tal sentido les notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción, en el cual se pormenorizó los hechos particulares por los cuales se consideró procedente la referida presunción.
En razón de lo anterior, y en apoyo a las autoridades emisoras de los oficios de presunción ya señalados, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal que les notificó el oficio individual lo que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en correlación al artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, a fin de que presenten directamente ante las oficinas de las autoridades emisoras del oficio individual señaladas en el Anexo 1 del presente oficio, escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación.
 
Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente
Ciudad de México, a 01 de diciembre de 2021.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y de los Administradores de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6" con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: La Administradora de Fiscalización Estratégica "7", Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos.- Rúbrica.
Asunto: Anexo 1 del oficio número 500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021 emitido por la Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos en su carácter de Administradora de Fiscalización Estratégica "7", en suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, de la Administración General de Auditoria Fiscal Federal, en el que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación, se notifica a los contribuyentes mencionados en el presente anexo que se ubican en el supuesto de presunción previsto en el párrafo primero del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
A continuación, en la siguiente tabla se enlistan los contribuyentes a los que hace referencia el oficio número 500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021, indicando la fecha en que fue notificado el oficio individual de presunción.
 
R.F.C.
Nombre,
denominación o
razón social del
Contribuyente
No. y fecha del
oficio de
presunción
Autoridad emisora
del oficio de
presunción
Medio de notificación al contribuyente
Notificación Edictos
Estrados de la autoridad
Notificación Personal
Notificación por Buzón
Tributario
Fecha de
fijación en los
edictos de la
Autoridad Fiscal
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
fijación en los
estrados de la
Autoridad Fiscal
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificació
n
1
AUBL860426JE4
AGUILAR BELTRAN
LUIS GERARDO
500-51-00-01-
01-2021-36488
de fecha 15 de
julio de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Sinaloa "1"
 
 
 
 
 
 
4 de agosto
de 2021
5 de agosto
de 2021
2
BPC181115EB5
BCM PROCESOS
COMERCIALES Y
CONSULTORIA, S.A.
DE C.V.
500-49-00-05-
01-2021-
006111 de
fecha 12 de
agosto de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Quintana Roo "2"
 
 
 
 
 
 
18 de agosto
de 2021
19 de
agosto de
2021
3
DUHS880808246
DUARTE
HERNANDEZ
STEFANO
500-27-00-08-
02-2021-04274
de fecha 29 de
abril de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
11 de octubre de
2021
3 de
noviembre
de 2021
 
 
 
 
 
 
4
GAR030923MDA
GRUPO
ARQUIMETRO, S.A.
DE C.V.
500-39-00-05-
02-2020-10092
de fecha 24 de
noviembre de
2020
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Morelos "1"
 
 
1 de octubre de
2021
13 de
octubre de
2021
 
 
 
 
5
GSM141205MG7
GENERALSUM
SUMINISTROS Y
MATERIALES
GENERALES, S.A.
DE C.V.
500-72-02-00-
06-2021-12426
de fecha 9 de
junio de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Distrito Federal "2"
 
 
 
 
 
 
15 de junio
de 2021
16 de junio
de 2021
6
MPU091125EL0
MEGOSUR DEL
PUERTO, S.A. DE
C.V. // En
cumplimiento a la
sentencia de fecha 07
de junio de 2021,
dictada por la Sala
Regional del Golfo del
Tribunal Federal de
Justicia
Administrativa, dentro
del Juicio de Nulidad
No. 3067/19-13-01-5
500-60-00-04-
04-2019-01358
de fecha 25 de
marzo de 2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Tamaulipas "3"
 
 
 
 
20 de
octubre de
2021
21 de
octubre de
2021
 
 
7
OORR840302719
OROPEZA RODAS
RICARDO
500-51-00-01-
01-2021-30961
de fecha 17 de
junio de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Sinaloa "1"
 
 
 
 
 
 
23 de junio
de 2021
24 de junio
de 2021
8
RCO1407036Y4
R3 CONSTRUCTORA
OBRA CIVIL Y
ESTRUCTURA, S.A.
DE C.V.
500-63-00-04-
02-2021-4061
de fecha 24 de
junio de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Tlaxcala "1"
 
 
 
 
 
 
30 de junio
de 2021
1 de julio de
2021
9
TAI1307172L0
TALLER Y
ACCESORIOS
INTEK, S.A. DE C.V.
500-41-00-05-
01-2021-4277
de fecha 8 de
septiembre de
2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Nuevo León "1"
 
 
 
 
 
 
14 de
septiembre
de 2021
15 de
septiembre
de 2021
1
0
UHI0802117P8
URBANIZADORA
HIDRAULICA, S.A.
DE C.V.
500-29-00-07-
02-2021-1235
de fecha 5 de
abril de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Hidalgo "1"
 
 
27 de abril de
2021
10 de mayo
de 2021
 
 
 
 
Datos adicionales de los contribuyentes.
 
R.F.C.
NOMBRE,
DENOMINACIÓN O
RAZÓN SOCIAL DEL
CONTRIBUYENTE
DOMICILIO
FISCAL
ACTIVIDAD PREPONDERANTE
MOTIVO DEL
PROCEDIMIENTO
1
AUBL860426JE4
AGUILAR BELTRAN LUIS
GERARDO
Ahome, Sinaloa
Comercio al por menor de
semillas y granos alimenticios,
especias y chiles secos
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura,
Sin Capacidad Material
2
BPC181115EB5
BCM PROCESOS
COMERCIALES Y
CONSULTORIA, S.A. DE
C.V.
Álvaro Obregón,
Ciudad de México
Servicios de consultoría en
administración
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura,
Sin Capacidad Material
3
DUHS880808246
DUARTE HERNANDEZ
STEFANO
Taxco de Alarcón,
Guerrero
Orfebrería y joyería de metales y
piedras preciosos distintos al oro
y comercio al por mayor de
joyería, orfebrería, piezas
artísticas u ornamentales de oro
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura,
Sin Capacidad Material
4
GAR030923MDA
GRUPO ARQUIMETRO,
S.A. DE C.V.
Benito Juarez,
Ciudad de México
Otros Servicios relacionados con
los servicios inmobiliarios
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura
 
5
GSM141205MG7
GENERALSUM
SUMINISTROS Y
MATERIALES
GENERALES, S.A. DE
C.V.
Xalapa, Veracruz
de Ignacio de la
Llave
Otros Intermediarios del comercio
al por menor
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal
6
MPU091125EL0
MEGOSUR DEL
PUERTO, S.A. DE C.V.
Boca del Rio,
Veracruz de
Ignacio de la Llave
Otros Servicios profesionales,
científicos y técnicos
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura,
Sin Capacidad Material
7
OORR840302719
OROPEZA RODAS
RICARDO
Culiacán, Sinaloa
Servicios de contabilidad y
auditoria
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura,
Sin Capacidad Material
8
RCO1407036Y4
R3 CONSTRUCTORA
OBRA CIVIL Y
ESTRUCTURA, S.A. DE
C.V.
Apizaco, Tlaxcala
Otras Construcciones de
ingeniería civil u obra pesada
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura
9
TAI1307172L0
TALLER Y ACCESORIOS
INTEK, S.A. DE C.V.
Monterrey, Nuevo
León
Reparación mecánica en general
de automóviles y camiones
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura
10
UHI0802117P8
URBANIZADORA
HIDRAULICA, S.A. DE
C.V.
Mineral de la
Reforma, Hidalgo
Construcción de obra de
urbanización
Ausencia de Activos,
Ausencia de Personal,
Falta de Infraestructura,
Sin Capacidad Material
______________________________
 

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9.64

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4.46

CPP
8.45

TIIE 28 DIAS
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11.5081%

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