DÉCIMA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
DÉCIMA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO
EXTERIOR PARA 2020.
El Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g), del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, resuelve:
PRIMERO. Se reforma la regla 2.4.1., fracción II, inciso a), segundo párrafo, de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, para quedar de la siguiente manera:
Autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado
2.4.1. ...
II. Requisitos:
a) ...
En el caso de las mercancías de la fracción I, inciso a) a que se refiere la presente regla, no se podrá efectuar el trasvase directo a pipas o autotanques, únicamente se deberá hacer por medio de ductos o para almacenamiento. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de operaciones de entrada y salida del territorio nacional de las referidas mercancías por cuestiones de seguridad nacional.
...
...
Ley 10, 19, 40, 130, 131, LFD 4, 40, Ley de Hidrocarburos Reglamento 11, 12, 14, 133 Reglamento de Insumos para la Salud, RGCE 1.1.4., 1.2.2., 2.4.10., 4.5.1., 4.6.11., Anexos 1-A, 10 y 15, RMF Anexo 19
Transitorio
Único. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2.
Atentamente,
Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2021.- Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.