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DOF: 14/02/2022 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de ace CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Multigráfica Publicitaria, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Procuraduría Federal del Consumidor.- Área de Responsabilidades.- Expediente: PASPC/001/2021. CIRCULAR 001/2022 CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa MULTIGRÁFICA PUBLICITARIA, S.A. DE C.V. OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS. PRESENTES Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26 y 37, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, fracción IV, 59, 60 fracción III y párrafo segundo y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y; 38, fracción III, numeral 12, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de abril de dos mil veinte; se hace del conocimiento que esta autoridad administrativa emitió resolución de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, dictada en el expediente administrativo de Sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas PASPC/001/2021, a través de la cual se impuso a la persona moral MULTIGRÁFICA PUBLICITARIA, S.A. DE C.V., la sanción administrativa consistente en inhabilitación por 3 (tres) meses, en este sentido, el término de la inhabilitación se computará a partir del día subsecuente a aquél en que se publique la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación; por lo que no podrá por si misma o a través de interpósita persona, presentar propuestas, ni celebrar contrato alguno con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, ni con Entidades Federativas, los Municipios o sus Entes Públicos, cuando utilizaran total o parcialmente recursos federales, conforme a los convenios que celebrarán con el Ejecutivo Federal; así como contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y/o Ley de Obas Públicas y Servicios Relacionados con las mismas. Lo anterior, en el entendido que los contratos regulados y que actualmente se tengan formalizados con la empresa MULTIGRÁFICA PUBLICITARIA, S.A. DE C.V., no quedarán comprendidos en la aplicación de esta circular, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Atentamente Ciudad de México, a 8 de febrero de 2022.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Procuraduría Federal del Consumidor, Lic. Miguel Ángel Trejo Toral.- Rúbrica.
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