DOF: 31/03/2022
ACUERDO que reforma el diverso por el que se hace del conocimiento público los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Infraest

ACUERDO que reforma el diverso por el que se hace del conocimiento público los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia Coronavirus (COVID-19).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

JORGE ARGANIS DÍAZ LEAL, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, fracción I, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 28, 29 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y; 4o. y 5o., fracción XXIII del Reglamento Interior de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes es una dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, conforme a lo previsto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y; 2, fracción I, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la que le compete el despacho de los asuntos a que se refiere el artículo 36 de dicha Ley.
Que en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas para los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de la correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos.
Que el 20 de marzo de 2020, esta Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19)", así como sus diversas reformas, publicadas los días 17 y 30 de abril, 14 y 29 de mayo, 15 y 30 de junio, 15 y 31 de julio, y 17 de diciembre de 2020, así como el 28 de junio, 24 de septiembre, 29 de octubre de 2021 y 14 de diciembre de 2021.
Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica respecto de la vigencia y efectos jurídicos que tendrán las licencias federales y demás actos de los diversos modos de transporte, que hayan sufrido algún menoscabo con motivo de las afectaciones del Covid-19 en la prestación de los trámites y servicios que ofrece esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE REFORMA EL DIVERSO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO LOS
DÍAS QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUSTANCIADOS EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE
LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CON MOTIVO DE
LA CONTINGENCIA CORONAVIRUS (COVID-19)
ÚNICO. Se REFORMA el artículo QUINTO, fracción I, y se DEROGA la fracción II del artículo QUINTO del "Acuerdo por el que hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19)", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2020, y sus reformas
difundidas el 17 y 30 de abril, el 14 y 29 de mayo, el 15 y 30 de junio, el 15 y 31 de julio de 2020 y 17 de diciembre de 2020, el 28 de junio, 24 de septiembre, 29 de octubre de 2021 y 14 de diciembre de 2021 para quedar en los siguientes términos:
ARTÍCULO QUINTO. ...
I. Se prorroga hasta el 30 de junio de 2022 la vigencia y efectos jurídicos de todas las categorías y modalidades de las Licencias Federales de Conductor, que hayan vencido entre el 20 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021.
II. Se deroga.
III. a IV. ...
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo.
Dado en la Ciudad de México, a 16 de marzo de 2022.- El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Ing. Jorge Arganis Díaz Leal.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 08/12/2024

UDIS
8.333988

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

111

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024