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DOF: 12/04/2022
AVISO mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo al mes de marzo de 2022, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022

AVISO mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo al mes de marzo de 2022, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL MONTO DEL CUPO MÁXIMO AL MES DE MARZO DE 2022, PARA EXPORTAR AZÚCAR A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE OCTUBRE DE 2021 Y EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022.
El Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación (Acuerdo), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de octubre de 2017, y modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 27 de diciembre de 2020, establece un cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América (EUA), azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos que derive de la caña de azúcar o de remolacha.
El Punto 13 del Acuerdo establece la fórmula para determinar el monto del cupo total de cada ciclo azucarero, el cual será determinado en toneladas métricas valor crudo. Dicho monto se calculará en julio de cada año, tendrá ajustes ordinarios en los meses de septiembre, diciembre y marzo de cada ciclo azucarero, y será dado a conocer por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior y la Dirección General de Industrias Ligeras de la Secretaría de Economía, mediante avisos publicados en el DOF.
El 12 de agosto de 2021 se publicó en el DOF el Aviso mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022; monto que se actualizó en los meses de septiembre y diciembre de 2021, y se dio a conocer mediante diversos publicados el 20 de octubre del mismo año y el 11 de febrero de 2022.
El 23 de noviembre de 2021, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Departamento de Comercio, dio a conocer la necesidad de un incremento del volumen de azúcar mexicana de polarización menor a 99.2 grados, por lo que el 17 de diciembre de 2021 se publicó en el DOF el Aviso mediante el cual se da a conocer el monto extraordinario del cupo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de marzo de 2022, por 150,000 toneladas cortas valor crudo de azúcar (TCVC).
En ese sentido, y con fundamento en los artículos 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12 fracción IV, 32 fracciones VII inciso a) y XI y 33 fracciones I y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y el Punto 13 del Acuerdo, se da a conocer el siguiente:
AVISO
1.- En cumplimiento a lo establecido en el Punto 13 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación (Acuerdo), se da a conocer el monto del cupo total al mes de marzo de 2022, para exportar a los Estados Unidos de América (EUA) azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022:
Monto
Unidad de medida
941,113.501
Toneladas métricas valor crudo
 
2.- Considerando lo establecido en el Punto 13 del Acuerdo, el monto se determinó conforme a lo siguiente:
CTt+3 = mín [(Xt+3 *Z), Yt+3]
Donde:
·   CTt+3 = Cupo total calculado en marzo de 2022.
 
·   Xt+3 = Necesidades totales de EUA, con base en la publicación del Informe de marzo de 2022 sobre las estimaciones de la oferta y la demanda agropecuaria mundiales (WASDE por sus siglas en inglés), el cual puede ser consultado a través del URL: https://www.usda.gov/oce/commodity/wasde/wasde0322.pdf
       Que se calcula de la siguiente manera:
       (Uso total * 1.135) - inventarios iniciales - producción de azúcar de caña y remolacha - importaciones bajo arancel-cupo - importaciones bajo otros programas de importación - (otras importaciones según precise el WASDE en la nota 5 de la tabla denominada U.S. Sugar Supply and Use (Oferta y Uso de Azúcar en Estados Unidos) para otras de alto nivel + otras).
       Los montos de las variables anteriores son los siguientes:
Variable
Monto
(Toneladas cortas valor crudo)
Uso total
12,440,000.00
Inventarios iniciales
1,705,000.00
Producción de azúcar de caña y remolacha
9,384,000.00
Importaciones bajo arancel-cupo
1,568,000.00
Importaciones bajo otros programas de importación
250,000.00
Nota 5 de otras importaciones (otras de alto nivel y otras)
175,000.00
El resultado del cálculo es:
Xt+3 = 1,037,400.000 toneladas cortas valor crudo.
El resultado se convierte a toneladas métricas valor crudo dividiendo entre el factor: 1.10231125.
Lo anterior da como resultado:
Xt+3 = 941,113.501 toneladas métricas valor crudo (TMVC).
·   Z= 1 en el mes de marzo.
Xt+3 * Z= 941,113.501 * 1
Xt+3 * Z= 941,113.501 TMVC.
·     Yt+3 = Excedente de oferta con la información del balance azucarero estimado vigente al mes de abril de 2022, calculado por el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (CONADESUCA) de la siguiente manera:
El diferencial entre la oferta total de azúcar, menos el consumo nacional total, menos el inventario final estimado. Los montos de las variables anteriores son los siguientes:
Variable
Monto
(Toneladas métricas)
Oferta total de azúcar
7,189,576
Consumo nacional total
4,363,570
Inventario final estimado
904,910
 
 
El resultado del cálculo es:
Yt+3 = 1,921,096.000 toneladas métricas.
El resultado se convierte a valor crudo multiplicando por el factor: 1.06.
Lo anterior da como resultado:
Yt+3 = 2,036,361.760 TMVC.
El resultado del cálculo CT t+3 = mín [(X t+3*Z), Y t+3] es:
CT t+3 = mín [(941,113.501), 2,036,361.760]
CTt+3 = 941,113.501 TMVC.
3.- De conformidad con el Punto 13, del Acuerdo, el cupo de exportación al mes de marzo de 2022 es de 941,113.501 TMVC.
El cupo de exportación incluye el volumen adicional otorgado el pasado 23 de noviembre de 2021 por el Gobierno Estados Unidos de América, a través de su Departamento de Comercio, equivalente a 150 mil toneladas cortas valor crudo (136,077.719 toneladas métricas valor crudo) de azúcar con Polarización menor a 99.2 para ser exportado antes del 31 de marzo de 2022.
Ciudad de México, a 7 de abril de 2022.- Director General de Industrias Ligeras, Antonio Letayf Rafful.- Rúbrica.- Directora General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, Dora Clelia Rodríguez Romero.- Rúbrica.
 

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