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DOF: 25/04/2022
ACUERDO por el que se modifica por primera ocasión el similar por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fertilizantes para el ejercicio 2022, publicado el 31 de diciembre de 2021

ACUERDO por el que se modifica por primera ocasión el similar por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fertilizantes para el ejercicio 2022, publicado el 31 de diciembre de 2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 26 apartado "A", y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9, 12, 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183, 189, 190 fracciones I y II, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1, 2, 3 fracciones II, III, IV, VII, X, XII y XIII, 5 y 7 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX y XXVI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1 y 3 fracciones II, V y VI de la Ley Federal de Austeridad Republicana; numerales Segundo, Cuarto, Quinto, Noveno y Décimo del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para incorporar la perspectiva de género en las Reglas de Operación de los Programas presupuestarios federales; 27 y 28 y los Anexos 11, 13, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2021; 1, 2, 3 y 5 fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
CONSIDERANDOS
Que el Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.
Que el 31 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fertilizantes para el ejercicio 2022, mismo que entró en vigor el día 1° de enero de 2022.
El Programa tiene como objetivo General "Contribuir a la producción de los cultivos prioritarios de los productores de pequeña escala" y como objetivo específico "Entregar fertilizantes en zonas de atención estratégicas para la producción de alimentos".
El presente acuerdo modificatorio tiene como objeto ampliar la cobertura del Programa en beneficio de un mayor número de productores de pequeña escala en zonas de atención de estratégica de los estados de Durango, Nayarit, Oaxaca y Zacatecas, para otorgar paquetes de fertilizantes a los productores de escasos recursos y que en su mayoría producen para el autoconsumo, quienes ante los precios actuales de los insumos de nutrición vegetal les es prácticamente imposible adquirirlos, teniendo como consecuencia una producción menor en cantidad y calidad.
Por lo antes expuesto, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA POR PRIMERA OCASIÓN EL SIMILAR POR EL QUE SE DAN A
CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE FERTILIZANTES PARA EL EJERCICIO
2022, PUBLICADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021
Artículo Único.- Se MODIFICA los artículos 4, 5, 6, 7, 10, 11 y el Anexo I Guía rápida para la población productora agrícola solicitante al Programa de Fertilizantes 2022, todos ellos del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fertilizantes para el ejercicio 2022, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 1 al 3 [...]
Artículo 4. [...]
 
El Programa atenderá zonas de atención estratégica en los estados de Chiapas, Durango, Guerrero, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Zacatecas, conforme a suficiencia presupuestal y a lo publicado en la Convocatoria respectiva.
Artículo 5. [...]
La población productora agrícola de pequeña escala, dedicados a la producción de cultivos prioritarios, ubicados en los estados de Chiapas, Durango, Guerrero, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Zacatecas, conforme a la Convocatoria correspondiente.
Artículo 6. Criterios de elegibilidad y requisitos para la población productora agrícola de nuevo ingreso por Convocatoria Abierta.
[...]
[...]
[...]
La población beneficiada del ejercicio fiscal 2021 que no presente incumplimiento a la normativa, podrá obtener sus insumos de manera directa, para ello, se publicará el listado de productores que deberán presentarse a los Centros de Distribución y ratificar su interés de participación con identificación Oficial vigente y la firma del cuadernillo que ampara la entrega recepción.
Artículo 7. [...]
[...]
[...]
1/ La cantidad y dosis de fertilizante variará conforme al cultivo y la zona de atención, por lo que, el detalle de cada paquete a entregar a la población beneficiaria se especificará en cada una de las convocatorias del Programa. Las fracciones de hectáreas, serán apoyadas con el paquete redondeando a la unidad superior. En el caso del cultivo de hortalizas, los predios con extensión menor a 0.5 hectáreas, podrán ser apoyados con un paquete especial acorde a la superficie y conforme a suficiencia presupuestal.
Artículos 8 al 9 [...]
Artículo 10. [...]
[...]
I.     [...]
II.     Aquella población productora registrada que se encuentre vigente en el Padrón del Programa de Producción para el Bienestar, en el presente ejercicio, dedicada a la producción de cultivos prioritarios.
[...]
[...]
[...]
[...]
VII.   Población solicitante del ejercicio anterior que cumplen con los requisitos de elegibilidad pero no fueron apoyados por insuficiencia presupuestal.
VIII.  Población solicitante que cuenten con validación como productor de cultivos prioritarios enmarcados en la Convocatoria de las Entidades a la que aplique su solicitud por parte de la(s) Instancia(s) Auxiliar(es).
Artículo 11 Mecánica operativa
I. a la III [...]
IV. [...]
       [...]
a.     [...]
 
b.    [...]
c.     Ser productor de pequeña escala vigente del padrón del Programa de Producción para el Bienestar dedicados a la producción de cultivos prioritarios conforme a convocatorias.
d.     Las demás disposiciones que establezca la Unidad Responsable.
       En caso de requerir la actualización de alguno de los documentos del expediente, el beneficiario podrá entregarlo en el transcurso del ejercicio fiscal 2022 en los puntos publicados por la Unidad Responsable.
Conforme a disposición presupuestaria y convocatoria específica, podrán acceder de manera directa población productora de las Zonas de Atención Estratégica de los estados de Chiapas, Durango, Guerrero, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Zacatecas, que se encuentren vigentes en el Padrón de Producción para el Bienestar. Para acceder al Programa deberán esperar a la publicación de la Convocatoria y ratificar su interés de participación con identificación Oficial vigente y la firma del cuadernillo que ampara la entrega recepción.
[...]
[...]
[...]
[...]
V. la VI. [...]
Artículo 12 al 28 [...]
ANEXOS
ANEXO II al ANEXO V [...]
Transitorio
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 13 de abril de 2022.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.
ANEXO I.- Guía rápida para la población productora agrícola solicitante al Programa de Fertilizantes 2022.
1) ¿Qué busca el Programa?
El Programa de Fertilizantes busca contribuir a la producción de los cultivos prioritarios de la población productora de pequeña escala mediante la entrega de fertilizantes.
2) ¿A quién está dirigido?
Está dirigido a beneficiar a la población productora de pequeña escala de cultivos prioritarios de zonas de atención estratégica en los estados de Chiapas, Durango, Guerrero, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Zacatecas conforme a la Convocatoria correspondiente.
3) ¿Qué bienes o servicios ofrece el Programa?
Entregar fertilizantes en zonas de atención estratégicas para la producción de alimentos.
CONCEPTO DE APOYO
CANTIDAD MÁXIMA DE APOYO
I. Paquete de Fertilizantes
Hasta 600 Kg por productor 1/
 
1/ La cantidad y dosis de fertilizante variará conforme al cultivo y la zona de atención, por lo que, el detalle de cada paquete a entregar a la población beneficiaria se especificará en cada una de las convocatorias del Programa. Las fracciones de hectáreas, serán apoyadas con el paquete redondeando a la unidad superior. En el caso del cultivo de hortalizas, los predios con extensión menor a 0.5 hectáreas, podrán ser apoyados con un paquete especial acorde a la superficie y conforme a suficiencia presupuestal.
 
4) ¿Dónde operará el Programa?
El Programa atenderá zonas de atención estratégica en los estados de Chiapas, Durango, Guerrero, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Zacatecas, conforme a suficiencia presupuestal y a lo publicado en la Convocatoria respectiva.
5) ¿Cuáles son los requisitos para acceder al Programa?
Criterios de elegibilidad y Requisitos:
1. Ser de la población productora agrícola de pequeña escala de cultivos prioritarios, conforme a las zonas de atención prioritaria que puedes consultar en tu CADER, DDR o Centros Integradores del Desarrollo.
2. La población productora agrícola que hayan sido beneficiarias de este Programa de Fertilizantes durante el 2021, únicamente deberá presentarse con su identificación oficial vigente en los Centros de Distribución de AGRICULTURA SEGALMEX para recibir el apoyo y ratificar su interés de participación con identificación Oficial vigente.
3. Contar con el registro en el Padrón Único de Solicitantes y Beneficiarios de la Secretaría de Agricultura o tramitarlo en su CADER o DDR más cercano.
4. Entregar la Solicitud de Apoyo en las ventanillas autorizadas. (CADER, DDR y Centros Integradores del Desarrollo de la Secretaría de Bienestar)
5. Identificación oficial vigente.
6. CURP.
7. Comprobante de domicilio.
8. Acreditar, la legal posesión del predio con cualquiera de los documentos del Anexo III Listado de documentos originales y copia que acrediten la legal propiedad de la superficie de la población productora agrícola solicitante al Programa de Fertilizantes 2022.
9. Georreferencia de predio
Criterios de elegibilidad y requisitos para la población productora agrícola de nuevo ingreso por Convocatoria Abierta.
 
CRITERIO DE ELEGIBILIDAD
REQUISITO
I. Estar registrado en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
I. Folio de registro en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
II. Aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en estas Reglas.
II. Completar la Solicitud de apoyo. Anexo IV Solicitud de apoyo para la población productora agrícola al Programa de Fertilizantes 2022.
III. Ser persona física
III. Acreditar su personalidad mediante identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional, o cédula profesional).
IV. No estar incluidos en el "Directorio de personas físicas o morales que pierden su derecho de recibir incentivos de los Programas de AGRICULTURA" a cargo de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría o entregar información que no sea verdadera ni fidedigna o que impida la verificación física o documental del producto objeto del apoyo,
IV. CURP, en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar esta.
V. Ser parte de la población productora agrícola de pequeña escala conforme a la zona de atención estratégica y cultivos prioritarios, que se publique en la convocatoria
V. Comprobante de domicilio de la persona solicitante (INE -siempre y cuando cuente con dirección completa-, recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el H. Ayuntamiento o delegado de la Comunidad).
VI. Los que se especifiquen en la Convocatoria para cada estado
VI. Acreditar la Legal Posesión del Predio
VII. Acreditar, la legal posesión del predio presentando en original y copia, alguno de los documentos señalados en el Anexo III Listado de documentos, de acuerdo a cada caso específico.
 
La presentación de la solicitud de apoyo, documentos y anexos en las ventanillas del Programa no genera obligación para la Secretaría de otorgar los apoyos.
6) ¿Cómo se solicita el apoyo?
a) Haber sido de la población beneficiada del Programa Fertilizantes 2021 y no presentar incumplimiento a la normativa aplicable, bajo este supuesto, sólo debe esperar la publicación de la población productora agrícola sujetas de apoyo que se publicarán en la página de la Secretaría. La publicación deberá efectuarse a más tardar a los 45 días naturales después del cierre de ventanillas, para acudir con su identificación original a recoger el paquete de fertilizantes en el Centro de Distribución AGRICULTURA-SEGALMEX correspondiente.
b) Si no fue de la población beneficiada del Programa 2021, la población productora deberá esperar la publicación de la convocatoria para acudir a la ventanilla, cumplir con los requisitos especificados en la convocatoria y realizar el registro de solicitud. Posteriormente, dentro de los 45 días naturales
posteriores al cierre deberá consultar el listado de la población beneficiada sujetas de apoyo, para en su caso, acudir con su identificación original a recoger el paquete de fertilizantes en el Centro de Distribución AGRICULTURA-SEGALMEX correspondiente.
c) La población productora de las Zonas de Atención Estratégica de los estados de Chiapas, Durango, Guerrero, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Zacatecas, que se encuentren vigentes en el Padrón de Producción para el Bienestar, podrán acceder de manera directa al Programa, lo anterior, conforme a disposición presupuestaria y convocatoria específica.
Los productores considerados para ingreso directo, únicamente deberán ratificar su interés acudiendo a los centros de distribución para recibir el fertilizante y requisitar la documentación de entrega recepción del fertilizante.
La población beneficiada por el Programa se encuentra comprometida a aplicar el paquete de fertilizantes recibido en el cultivo señalado en su solicitud y a aceptar, facilitar y atender en cualquier etapa del proceso para la entrega de los apoyos y posterior a ésta, verificaciones, auditorías, inspecciones y solicitudes de información por parte de las Unidades Responsables, las Instancias Ejecutoras, Instancias Fiscalizadoras o de cualquier otra autoridad competente, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados; así como la supervisión de parte de las Instancias de la Secretaría y las que ésta determine.
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