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DOF: 03/05/2022 |
OFICIO 500-05-2022-6777 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el OFICIO 500-05-2022-6777 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 24 de julio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica. Oficio Número: 500-05-2022-6777 Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF, vigente hasta el 24 de julio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto. Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 , del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento, y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el artículo Segundo transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 y Artículo Vigésimo Cuarto, fracción IV, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2021, le comunica lo siguiente: Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el artículo 69 de su Reglamento. Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, y en términos del tercer párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a continuación: Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Número y fecha de oficio de resolución definitiva | Medio de notificación al contribuyente | Buzón Tributario | Estrados de la autoridad | Notificación Personal | Fecha en que se notificó en Buzón Tributario | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | 1 | AES110307P10 | ALTE ESTERNE, S.A. DE C.V. | 500-32-00-04-03- 2018-14044 de fecha 03 de abril de 2018 | 11 de abril de 2018 | 12 de abril de 2018 | | | | | 2 | AJT140219UF4 | AARTE JT, S.C. | 500-43-03-05-03- 2020-3951 de fecha 20 de agosto de 2020 | 26 de agosto de 2020 | 27 de agosto de 2020 | | | | | 3 | AND121016CK1 | ANDAROX, S.A. DE C.V. | 500-70-00-04-00- 2017-08608 de fecha 25 de agosto de 2017 | | | 20 de septiembre de 2017 | 13 de octubre de 2017 | | | 4 | ASY130128CR9 | APOYO, SALUD Y ASISTENCIA GIN, A.C. | 500-72-03-01-2018- 12542 de fecha 24 de agosto de 2018 | 13 de septiembre de 2018 | 14 de septiembre de 2018 | | | | | 5 | GJR151126759 | GRUPO JUMASE RÍO HUMAYA, S.A. DE C.V. | 500-04-00-00-00- 2019-7465 de fecha 15 de febrero de 2019 | 18 de febrero de 2019 | 19 de febrero de 2019 | | | | | 6 | GMA1108292D8 | GRUPO MAVIVER, S.A. DE C.V. | 500-51-00-05-01- 2016-027858 de fecha 14 de diciembre de 2016 | | | | | 15 de diciembre de 2016 | 16 de diciembre de 2016 | 7 | GOOL841017BM7 | GOBEA ORTEGA JOSÉ LUIS | 500-70-00-04-01- 2017-03983 de fecha 11 de abril de 2017 | 11 de abril de 2017 | 12 de abril de 2017 | | | | | 8 | GTM1012091K1 | GME TECHNOLOGY DE MÉXICO, S.A. DE C.V. | 500-22-00-05-02- 2017-5158 de fecha 18 de septiembre de 2017 | 03 de octubre de 2017 | 04 de octubre de 2017 | | | | | 9 | MARM620108B54 | MAYA RODRÍGUEZ MARCO ANTONIO | 500-10-00-07-01- 2017-40622 de fecha 14 de septiembre de 2017 | | | | | 14 de septiembre de 2017 | 18 de septiembre de 2017 | 10 | MNV1409121V3 | MELÉNDEZ NUÑEZ Y VELARDE, S.C. | 500-74-03-01-01- 2018-5478 de fecha 12 de septiembre de 2018 | 18 de septiembre de 2018 | 19 de septiembre de 2018 | | | | | 11 | NCO150319H86 | NOI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | 500-43-03-04-02- 2018-2813 de fecha 06 de abril de 2018 | | | 11 de mayo de 2018 | 05 de junio de 2018 | | | 12 | OGL160106UB6 | OPREMA EN GESTIÓN Y LOGÍSTICA, S.A. DE C.V. | 500-04-00-00-00- 2019-7454 de fecha 08 de febrero de 2019 | 11 de febrero de 2019 | 12 de febrero de 2019 | | | | | 13 | RTR110124JR6 | REPRESENTACIONE S TRERO, S.A. DE C.V. | 500-04-00-00-00- 2018-10646 de fecha 30 de abril de 2018 | 30 de abril de 2018 | 02 de mayo de 2018 | | | | | 14 | SDA091110DY5 | SERVICIOS Y DESARROLLOS EN ARMONÍA, S.A. DE C.V. | 500-36-06-03-02- 2017-27843 de fecha 31 de julio de 2017 | | | 25 de septiembre de 2017 | 18 de octubre de 2017 | | | 15 | SOP140721J94 | SIDERURGICA DEL OCCIDENTE Y PACIFICO, S.A. DE C.V | 500-05-2018-32778 de fecha 11 de diciembre de 2018 | | | | | 12 de diciembre de 2018 | 13 de diciembre de 2018 | Datos adicionales de los contribuyentes. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Domicilio Fiscal | Actividad Preponderante | Motivo del Procedimiento | 1 | AES110307P10 | ALTE ESTERNE, S.A. DE C.V. | GUADALAJARA, JALISCO | SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN, OTROS INTERMEDIARIOS DE COMERCIO AL POR MAYOR. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. | 2 | AJT140219UF4 | AARTE JT, S.C. | SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN | OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura | 3 | AND121016CK1 | ANDAROX, S.A. DE C.V. | ZAPOPAN, JALISCO | OTROS INTERMEDIARIOS DE COMERCIO AL POR MAYOR | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material | 4 | ASY130128CR9 | APOYO, SALUD Y ASISTENCIA GIN, A.C. | MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO | SERVICIOS DE ORIENTACIÓN Y TRABAJO SOCIAL PARA LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD PRESTADOS POR EL SECTOR PRIVADO | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. | 5 | GJR151126759 | GRUPO JUMASE RÍO HUMAYA, S.A. DE C.V. | CULIACÁN SINALOA | COMERCIO AL POR MENOR EN FERRETERÍAS Y TLAPALERÍAS | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material. | 6 | GMA1108292D8 | GRUPO MAVIVER, S.A. DE C.V. | CULIACÁN, SINALOA. | SERVICIOS EN CONSULTORIA Y ADMINISTRACIÓN, OTROS TRABAJADORES ESPECIALIZADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN | Ausencia de activos Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material | 7 | GOOL841017BM7 | GOBEA ORTEGA JOSÉ LUIS | AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES | COMERCIO AL POR MAYOR DE OTROS MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN, EXCEPTO MADERA, OTROS SERVICIOS DE APOYO A LOS NEGOCIOS Y OTROS TRABAJOS ESPECIALIZADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. | 8 | GTM1012091K1 | GME TECHNOLOGY DE MÉXICO, S.A. DE C.V. | CULIACÁN, SINALOA | OTROS SERVICIOS DE CONSULTORÍA CIENTÍFICA Y TÉCNICA; SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material | 9 | MARM620108B54 | MAYA RODRÍGUEZ MARCO ANTONIO | TIJUANA, BAJA CALIFORNIA | TRANSPORTE ESCOLAR Y DE PERSONAL | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material. | 10 | MNV1409121V3 | MELÉNDEZ NUÑEZ Y VELARDE, S.C. | BENITO JUAREZ, CIUDAD DE MÉXICO | SERVICIOS DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA | Ausencia de activos. Ausencia de personal. | 11 | NCO150319H86 | NOI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | MONTERREY, NUEVO LEÓN | CONSTRUCCIÓN DE INMUEBLES COMERCIALES, INSTITUCIONALES Y DE SERVICIOS. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material | 12 | OGL160106UB6 | OPREMA EN GESTIÓN Y LOGÍSTICA, S.A. DE C.V. | CULIACÁN DE ROSALES, SINALOA | SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN Y OTROS SERVICIOS DE CONSULTORÍA CIENTÍFICA Y TÉCNICA. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material | 13 | RTR110124JR6 | REPRESENTACIONES TRERO, S.A. DE C.V. | SANTIAGO, NUEVO LEÓN | SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN Y VENTA AL POR MAYOR POR COMISIÓN Y CONSIGNACIÓN | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Sin capacidad material | 14 | SDA091110DY5 | SERVICIOS Y DESARROLLOS EN ARMONÍA, S.A. DE C.V. | MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO | SERVICIOS DE LIMPIEZA DE VENTANAS Y OFICINAS | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Sin capacidad material | 15 | SOP140721J94 | SIDERURGICA DEL OCCIDENTE Y PACIFICO, S.A. DE C.V | GUADALAJARA, JALISCO. | COMPLEJOS SIDERÚRGICOS | Ausencia de activos. Ausencia de personal | Por lo anterior, los nombres o razón social de los contribuyentes a los que se les notificó las citadas resoluciones fueron agregados al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, el cual fue publicado en el Diario oficial de la Federación, como a continuación se indica: | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Número y fecha de oficio que contiene en Listado Global Definitivo | Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación | 1 | AES110307P10 | ALTE ESTERNE, S.A. DE C.V. | 500-05-2018-14172 de fecha 25 de mayo de 2018 | 28 de junio de 2018 | 2 | AJT140219UF4 | AARTE JT, S.C. | 500-05-2020-23676 de fecha 15 de octubre de 2020 | 29 de octubre de 2020 | 3 | AND121016CK1 | ANDAROX, S.A. DE C.V. | 500-05-2018-8116 de fecha 27 de febrero de 2018 | 13 de marzo de 2018 | 4 | ASY130128CR9 | APOYO, SALUD Y ASISTENCIA GIN, A.C. | 500-05-2018-29849 de fecha 26 de octubre de 2018 | 21 de noviembre de 2018 | 5 | GJR151126759 | GRUPO JUMASE RÍO HUMAYA, S.A. DE C.V. | 500-05-2019-7385 de fecha 25 de abril de 2019 | 14 de mayo de 2019 | 6 | GMA1108292D8 | GRUPO MAVIVER, S.A. DE C.V. | 500-05-2017-38692 de fecha 16 de noviembre de 2017 | 01 de diciembre de 2017 | 7 | GOOL841017BM7 | GOBEA ORTEGA JOSÉ LUIS | 500-05-2017-16301 de fecha 14 de julio de 2017 | 26 de julio de 2017 | 8 | GTM1012091K1 | GME TECHNOLOGY DE MÉXICO, S.A. DE C.V. | 500-05-2017-38777 de fecha 15 de diciembre de 2017 | 03 de enero de 2018 | 9 | MARM620108B54 | MAYA RODRÍGUEZ MARCO ANTONIO | Este contribuyente no fue publicado en Listados Definitivos. | 10 | MNV1409121V3 | MELÉNDEZ NUÑEZ Y VELARDE, S.C. | 500-05-2018-32756 de fecha 28 de noviembre de 2018 | 13 de enero de 2019 | 11 | NCO150319H86 | NOI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | 500-05-2018-22825 de fecha 17 de agosto de 2018 | 09 de octubre de 2018 | 12 | OGL160106UB6 | OPREMA EN GESTIÓN Y LOGÍSTICA, S.A. DE C.V. | 500-05-2019-7385 de fecha 25 de abril de 2019 | 14 de mayo de 2019 | 13 | RTR110124JR6 | REPRESENTACIONES TRERO, S.A. DE C.V. | 500-05-2018-14369 de fecha 22 de junio de 2018 | 20 de julio de 2018 | 14 | SDA091110DY5 | SERVICIOS Y DESARROLLOS EN ARMONÍA, S.A. DE C.V. | 500-05-2018-8116 de fecha 27 de febrero de 2018 | 13 de marzo de 2018 | 15 | SOP140721J94 | SIDERURGICA DEL OCCIDENTE Y PACIFICO, S.A. DE C.V | 500-05-2019-7297 de fecha 25 de febrero de 2019 | 30 de marzo de 2019 | Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpusieron medios de defensa de los cuales se concluyeron con la siguiente resolución o sentencia: | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Medio de defensa | Fecha de la Resolución o sentencia firme | Autoridad que resolvió | Sentido y/ o efecto de la resolución o sentencia firme | 1 | AES110307P10 | ALTE ESTERNE, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 2524/19-07-03-2-OT | 05 de noviembre de 2021 | Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-32-2019-01228 de fecha 27 de febrero de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Jalisco "3", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2018004855, promovido en contra de la diversa 500-32-00-04-03-2018-14044 de fecha 03 de abril de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Jalisco "3". | 2 | AJT140219UF4 | AARTE JT, S.C. | Juicio de Nulidad 986/ 21-EC2-01-1-OT | 17 de noviembre de 2021 | Segunda Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior y Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-43-03-05-03-2020-3951 de fecha 20 de agosto de 2020, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal del Nuevo León "3". | 3 | AND121016CK1 | ANDAROX, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 3886/19-10-01-3-OT | 10 de noviembre de 2021 | Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-70-00-04-00-2017-08608 de fecha 25 de agosto de 2017, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Zacatecas "1". | 4 | ASY130128CR9 | APOYO, SALUD Y ASISTENCIA GIN, A.C. | Juicio de Nulidad 25342/18-17-08-1 | 10 de septiembre de 2020 | Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-72-03-01-2018-12542 de fecha 24 de agosto de 2018, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal del Distrito Federal "2". | 5 | GJR151126759 | GRUPO JUMASE RÍO HUMAYA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 3983/19-03-02-3 | 30 de septiembre de 2021 | Primera Sala Regional del Noroeste III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-51-2019-03697 de fecha 27 de junio de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Sinaloa "1", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2019002933, promovido en contra de la diversa 500-04-00-00-00-2019-7465 de fecha 15 de febrero de 2019, emitida por la Administración Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. | 6 | GMA1108292D8 | GRUPO MAVIVER, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1409/17-03-01-7 | 10 de agosto de 2020 | Primera Sala Regional del Noroeste III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-51-00-05-01-2016-027858 de fecha 14 de diciembre de 2016, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Sinaloa "1". | 7 | GOOL841017BM7 | GOBEA ORTEGA JOSÉ LUIS | Juicio de Nulidad 5670/17-08-01-8 | 01 de agosto de 2018 | Sala Regional del Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-70-00-00-02-2017-2078 de fecha 18 de agosto de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Zacatecas "1", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2017005356, promovido en contra de la diversa 500-70-00-04-01-2017-03983 de fecha 11 de abril de 2017, emitida por la Administración. Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Zacatecas "1". | 8 | GTM1012091K1 | GME TECHNOLOGY DE MÉXICO, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 27534/17-17-13-6/ 2282/18-S2-08-04 | 25 de abril de 2019 | Sala Superior- Segunda Sección del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-22-00-05-02-2017-5158 de fecha 18 de septiembre de 2017, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Chihuahua "2". | 9 | MARM620108B54 | MAYA RODRÍGUEZ MARCO ANTONIO | Juicio de Nulidad 3006/17-01-02-2 | 04 de noviembre de 2020 | Segunda Sala Regional del Noroeste I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-10-00-07-01-2017-40622 de 14 de septiembre de 2017, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal del Baja California "2". | 10 | MNV1409121V3 | MELÉNDEZ NUÑEZ Y VELARDE, S.C. | Juicio de Nulidad 6000/19-17-10-6 | 08 de marzo de 2021 | Décima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-74-00-02-00-2019-0425 de fecha 21 de enero de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Distrito Federal "4", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2018010732, promovido en contra de la diversa 500-74-03-01-01-2018-5478 de fecha 12 de septiembre de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal del Distrito Federal "4". | 11 | NCO150319H86 | NOI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 6474/20-06-01-8 | 29 de septiembre de 2021 | Primera Sala Regional de Noroeste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-43-03-04-02-2018-2813 de 06 de abril de 2018, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal del Nuevo León "1". | 12 | OGL160106UB6 | OPREMA EN GESTIÓN Y LOGÍSTICA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 3982/19-03-01-10 | 02 de diciembre de 2021 | Primera Sala Regional del Noroeste III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-51-2019-03670 de fecha 26 de junio de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Sinaloa "1", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2019002684, promovido en contra de la diversa 500-04-00-00-00-2019-7454 de fecha 08 de febrero de 2019, emitida por la Administración. Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. | 13 | RTR110124JR6 | REPRESENTACIONES TRERO, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 3005/19-06-03-6 | 02 de diciembre de 2021 | Tercera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-43-2019-749 de fecha 25 de febrero de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Nuevo León "3", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2018004697, promovido en contra de la diversa 500-04-00-00-00-2018-10646 de fecha 30 de abril de 2018, emitida por la Administración. Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. | 14 | SDA091110DY5 | SERVICIOS Y DESARROLLOS EN ARMONÍA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 3430/19-17-03-4 | 05 de octubre de 2021 | Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de las resoluciones consistente en los oficios número 500-05-2018- 8116 de fecha 13 de marzo de 2018 y del oficio número 500-05-2017-16054 de fecha 29 de mayo de 2017, ambas emitidas por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | 15 | SOP140721J94 | SIDERURGICA DEL OCCIDENTE Y PACIFICO, S.A. DE C.V | Juicio de Nulidad 19/ 391-24-01-01-01-OL | 03 de diciembre de 2021 | Sala Especializada en Juicios en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-05-2018-32778 de fecha 11 de diciembre de 2018, emitido por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia de los medios de defensa señalados en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, seguido a esos contribuyentes también, ha quedado sin efectos. Finalmente se informa que el hecho de que los contribuyentes antes señalados hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal. Atentamente. Ciudad de México, a 05 de abril de 2022.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y del Administrador de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" Y "6" con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: Administradora de Fiscalización Estratégica "7", Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos.- Rúbrica.
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