|
|
DOF: 26/05/2022 |
CIRCULAR por la que se hace del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, empresas productivas del Estado y entidades federativas, que la Sala Especializada en Juicios en Lí CIRCULAR por la que se hace del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, empresas productivas del Estado y entidades federativas, que la Sala Especializada en Juicios en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dictó sentencia en el expediente 19/890-24-01-03-03-OL, en la cual determinó declarar la nulidad lisa y llana de la resolución emitida al resolver el expediente RS/0004/2017, instruido en contra de Grupo Constructor Valleo, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Unidad de Responsabilidades en la Comisión Federal de Electricidad, Empresa Productiva del Estado.- Área de Responsabilidades.- Expediente: RS/0004/2017. Circular No. 18/UR/CFE/AR/C/132/2022 Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 16, 26, párrafo trece, y 37, fracciones XII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 50, fracción I, inciso b) del Reglamento de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad; 70 del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 12 de abril de 2017; Acuerdo por el que se emite la Declaratoria a que se refiere el Décimo Cuarto Transitorio de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 16 de febrero de 2015; Artículo Primero del Acuerdo por el que se delegan facultades en materia de inconformidades y conciliaciones, así como de sanción a licitantes, proveedores y contratistas, a los servidores públicos que se indican, publicado en el Diario oficial de la Federación de 8 de julio de 2015 y 6, fracción III, Apartado C, numeral 2, y 38, fracción III, numeral 9 y último párrafo de dicha fracción, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario oficial de la Federación de 16 de abril de 2020, esta autoridad administrativa hace del conocimiento de las Dependencias, y Entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, Empresas Productivas del Estado y Entidades Federativas, que el 4 de noviembre de 2019, la Sala Especializada en Juicios en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dictó sentencia en el expediente 19/890-24-01-03-03-OL, en la cual determinó declarar la nulidad lisa y llana de la resolución de 10 de agosto de 2017, emitida al resolver el expediente RS/0004/2017, instruido en contra de Grupo Constructor Valleo, S.A. de C.V., por la que se le impuso una multa por $438,240.00 (Cuatrocientos treinta y ocho mil doscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) y una inhabilitación por un año para participar por sí misma o a través de interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; por lo que mediante resolución de 19 de mayo de 2022, esta autoridad dejó sin efectos la resolución de 10 de agosto de 2017, emitida al resolver el expediente RS/0004/2017. Ciudad de México, a diecinueve de mayo de dos mil veintidós.- El Titular del Área de Responsabilidades de la Unidad de Responsabilidades en la Comisión Federal de Electricidad, Empresa Productiva del Estado, Licenciado Florentino Arellano Borjas.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|