|
DOF: 06/06/2022 |
OFICIO 500-05-2022-6090 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de la OFICIO 500-05-2022-6090 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de la resolución a que se refiere el cuarto párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó sin efectos el referido acto. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica. Oficio Número: 500-05-2022-6090 Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF o en contra de la resolución a que se refiere el cuarto párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó sin efectos el referido acto. Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento, y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos sexto del Código Fiscal de la Federación, comunica lo siguiente: Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento. Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, y en términos del cuarto párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a continuación: Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | | Medio de notificación al contribuyente | Número y fecha de oficio de resolución definitiva | Buzón Tributario | Estrados de la autoridad | Notificación Personal | Fecha en que se notificó en Buzón Tributario | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | 1 | BME1805148U5 | BULKTEC DE MÉXICO, S.A.P.I. DE C.V. | 500-05-2020-7809 de fecha 30 de marzo de 2020 | 01 de abril de 2020 | 02 de abril de 2020 | | | | | 2 | CCP141209PG9 | CONSTRUCCIONES Y CARRETERAS DEL PACIFICO, S.A. DE C.V. | 500-54-00-02-01- 2019-2315 de fecha 11 de septiembre de 2019 | | | | | 19 de septiembre de 2019 | 20 de septiembre de 2019 | 3 | CNM1505135NA | CORPORACION NAVIO DE LOS MARES, S.A. DE C.V. | 500-27-00-08-02- 2019-05525 de fecha 28 de mayo de 2019 | 04 de junio de 2019 | 05 de junio de 2019 | | | | | 4 | CSM1403253K7 | CONSTRUINGENIERIA STRUCTURE MEXICANA, S.A. DE | 500-63-00-04-02- 2019-5616 de fecha 14 de agosto de 2019 | | | 06 de septiembre de 2019 | 02 de octubre de 2019 | | | | | C.V. | | | | | | | | 5 | DBP170126BY6 | DESARROLLADORA BRISAS DEL PACIFICO, S. DE R.L. DE C.V. | 500-51-00-05-03- 2019-20611 de fecha 10 de junio de 2019 | 17 de junio de 2019 | 18 de junio de 2019 | | | | | 6 | DGA040402Q17 | DESARROLLOS GAMENO, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-23497 de fecha 14 de octubre de 2020 | 14 de octubre de 2020 | 15 de octubre de 2020 | | | | | 7 | EVA1206085R0 | ESTRATEGICOS VALTER, S.A. DE C.V. | 500-41-00-03-02- 2019-5800 de fecha 19 de diciembre de 2019 | 10 de enero de 2020 | 13 de enero de 2020 | | | | | 8 | GBS150701610 | GRUPO BACAOL SERVICIOS, S.A. DE C.V. | 500-43-03-05-03- 2020-3960 de fecha 21 de agosto de 2020 | 24 de agosto de 2020 | 25 de agosto de 2020 | | | | | 9 | GCR140310ET3 | GAUDIUM CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-3594 de fecha 15 de enero de 2020 | 21 de enero de 2020 | 22 de enero de 2020 | | | | | 10 | IBC071220E88 | INDUSTRIA BICENTENARIO DE CORDOBA, S.A. DE C.V. | 500-65-00-02-01- 2021-9606 de fecha 21 de junio de 2021 | | | 23 de junio de 2021 | 05 de julio de 2021 | | | 11 | LCO1611035C7 | LEYN COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-13702 de fecha 30 de junio de 2020 | 06 de julio de 2020 | 07 de julio de 2020 | | | | | 12 | MGR1509175B1 | MAXIMO GRADO, S.A. DE C.V. | 500-32-00-04-03- 2019-2938 de fecha 09 de mayo de 2019 | | | 14 de junio de 2019 | 09 de julio de 2019 | | | 13 | SSP090910S37 | SPI SERVICIOS DE PLANEACIÓN INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. | 500-36-04-02-01- 2019-24514 de fecha 09 de agosto de 2019 | 27 de agosto de 2019 | 28 de agosto de 2019 | | | | | Datos adicionales de los contribuyentes. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Domicilio Fiscal | Actividad Preponderante | Motivo del Procedimiento | 1 | BME1805148U5 | BULKTEC DE MÉXICO, S.A.P.I. DE C.V. | HERMOSILLO, SONORA | OTRO AUTOTRANSPORTE FORÁNEO DE CARGA GENERAL. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. | 2 | CCP141209PG9 | CONSTRUCCIONES Y CARRETERAS DEL PACIFICO, S.A. DE C.V. | HERMOSILLO, SONORA | CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA. | Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material. | 3 | CNM1505135NA | CORPORACION NAVIO DE LOS MARES, S.A. DE C.V. | ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO | SERVICIO DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. | 4 | CSM1403253K7 | CONSTRUINGENIERIA STRUCTURE MEXICANA, S.A. DE C.V. | MONCLOVA, COAHUILA DE ZARAGOZA | SIN INFORMACIÓN | Ausencia de personal. Ausencia de activos. Sin capacidad material. | 5 | DBP170126BY6 | DESARROLLADORA BRISAS DEL PACIFICO, S DE R.L. DE C.V. | GUADALAJARA, JALISCO | OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS; SUMINISTRO DE PERSONAL PERMANENTE. | Ausencia de personal. Ausencia de activos. Sin capacidad material. Falta de infraestructura. | 6 | DGA040402Q17 | DESARROLLOS GAMENO, S.A. DE C.V. | MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO | COMERCIO AL POR MAYOR DE OTRAS MATERIAS PRIMAS PARA OTRAS INDUSTRIAS. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. | 7 | EVA1206085R0 | ESTRATEGICOS VALTER, S.A. DE C.V. | MONTERREY, NUEVO LEÓN | SERVICIOS DE LIMPIEZA DE INMUEBLES | Ausencia de personal. Ausencia de activos. Falta de infraestructura. | 8 | GBS150701610 | GRUPO BACAOL SERVICIOS, S.A. DE C.V. | SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN | SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN Y OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS | Ausencia de personal. Ausencia de activos. Falta de infraestructura. | 9 | GCR140310ET3 | GAUDIUM CRECIMIENTO, S.A. DE | NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO | FABRICACIÓN DE MATERIAL DE CURACIÓN; | Ausencia de activos. | | | C.V. | DE MÉXICO | REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO COMERCIAL Y DE SERVICIOS; COMERCIO AL POR MAYOR DE CALZADO; COMERCIO AL POR MAYOR DE ROPA; COMERCIO AL POR MAYOR DE OTROS MATERIALES PARA LACONSTRUCCIÓN, EXCEPTO DE MADERA; COMERCIO AL POR MAYOR DE ARTÍCULOS DE PAPELERIA PARA USO ESCOLAR Y DE OFICINA; FRABRICACIÓN DE PREPARACIÓN DE FARMACÉUTICAS; FABRICACIÓN DE EQUIPO Y APARATOS PARA USO MÉDICO, DENTAL, PARA LABORATORIO Y DE MÁXIMA SEGURIDAD; FABRICACIÓN DE MATERIAS PRIMAS PARA LA INDUSTRIA FARMACÉUTICA; COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS SERVICIOS INMOBILIARIOS; LAVANDERIAS Y TINTORERIAS; CONSTRUCCIÓN DE INMUEBLES COMERCIALES, INSTITUCIONALES Y DE SERVICIOS; CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR; CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR Y CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN. | Ausencia de personal. | 10 | IBC071220E88 | INDUSTRIA BICENTENARIO DE CORDOBA, S.A. DE C.V. | CÓRDOBA, VERACRUZ | COMERCIO AL POR MAYOR DE ABARROTES; COMERCIO AL POR MAYOR DE SEMILLAS Y GRANOS ALIMENTICIOS, FRUTAS SECAS, CHILES SECOS Y ESPECIAS (CLAVOS, PIMIENTA, AZAFRÁN, COMINO, NUEZ MOSCADA, CANELA); COMERCIO AL POR MAYOR DE CIGARROS, PUROS Y TABACO; COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES Y COMERCIO AL POR MAYOR DE CONSERVAS ALIMENTICIAS ENLATADAS, EN SALMUERA, ENCURTIDOS, PRODUCTOS ALIMENTICIOS CONGELADOS, EN ALMÍBAR, EN ACEITE, PURÉS. | Ausencia de activos. Sin capacidad material. Falta de infraestructura. | 11 | LCO1611035C7 | LEYN COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. | HERMOSILLO, SONORA | OTROS INTERMEDIARIOS DEL COMERCIO AL POR MENOR. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. | 12 | MGR1509175B1 | MAXIMO GRADO, S.A. DE C.V. | ZAPOPAN, JALISCO | AGENCIAS DE PUBLICIDAD | Ausencia de personal. Ausencia de activos. Sin capacidad material. Falta de infraestructura. | 13 | SSP090910S37 | SPI SERVICIOS DE PLANEACIÓN INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. | IZTAPALAPA, CIUDAD DE MÉXICO | INMOBILIARIAS Y CORREDORES DE BIENES RAÍCES | Ausencia de personal. Ausencia de activos. | Por lo anterior, el nombre o razón social de los contribuyentes a los que se les notificó las citadas resoluciones fueron agregados al listado a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, como a continuación se indica: | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Número y fecha de oficio que contiene en Listado Global Definitivo | Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación | 1 | BME1805148U5 | BULKTEC DE MÉXICO, S.A.P.I. DE C.V. | 500-05-2020-13612 de fecha 28 de mayo de 2020 | 25 de junio de 2020 | 2 | CCP141209PG9 | CONSTRUCCIONES Y CARRETERAS DEL PACIFICO, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-7673 de fecha 14 de febrero de 2020 | 06 de marzo de 2020 | 3 | CNM1505135NA | CORPORACION NAVIO DE LOS MARES, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-13709 de fecha 25 de junio de 2020 | 08 de julio de 2020 | 4 | CSM1403253K7 | CONSTRUINGENIERIA STRUCTURE MEXICANA, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-7897 de fecha 18 de marzo de 2020 | 16 de abril de 2020 | 5 | DBP170126BY6 | DESARROLLADORA BRISAS DEL PACIFICO, S DE R.L. DE C.V. | 500-05-2019-27927 de fecha 25 de septiembre de 2019 | 25 de octubre de 2019 | 6 | DGA040402Q17 | DESARROLLOS GAMENO, S.A. DE C.V. | 500-05-2021-5061 de fecha 09 de febrero de 2021 | 24 de febrero de 2021 | 7 | EVA1206085R0 | ESTRATEGICOS VALTER, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-7902 de fecha 23 de marzo de 2020 | 17 de abril de 2020 | 8 | GBS150701610 | GRUPO BACAOL SERVICIOS, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-23677 de fecha 15 de octubre de 2020 | 29 de octubre de 2020 | 9 | GCR140310ET3 | GAUDIUM CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-7902 de fecha 23 de marzo de 2020 | 17 de abril de 2020 | 10 | IBC071220E88 | INDUSTRIA BICENTENARIO DE CORDOBA, S.A. DE C.V. | Este contribuyente no fue publicado en Listados Definitivos | 11 | LCO1611035C7 | LEYN COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-23449 de fecha 25 de septiembre de 2020 | 12 de octubre de 2020 | 12 | MGR1509175B1 | MAXIMO GRADO, S.A. DE C.V. | 500-05-2019-27836 de fecha 17 de septiembre de 2019 | 08 de octubre de 2019 | 13 | SSP090910S37 | SPI SERVICIOS DE PLANEACIÓN INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. | 500-05-2019-35911 de fecha 25 de octubre de 2019 | 20 de noviembre de 2019 | Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpusieron medios de defensa de los cuales se concluyeron con la siguiente resolución o sentencia: | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Medio de defensa | Fecha de la Resolución o sentencia firme | Autoridad que resolvió | Sentido y/ o efecto de la resolución o sentencia firme | 1 | BME1805148U5 | BULKTEC DE MÉXICO, S.A.P.I. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1194/20-02-01-3 | 01 de diciembre de 2021 | Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución contenida en el oficio número 500-05- 2020-7809 de fecha 30 de marzo de 2020, emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | 2 | CCP141209PG9 | CONSTRUCCIONES Y CARRETERAS DEL PACIFICO, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 2617/19-02-01-2 | 01 de diciembre de 2021 | Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-54- 00-02-01-2019-2315 de fecha 11 de septiembre de 2019, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Sonora "I". | 3 | CNM1505135NA | CORPORACION NAVIO DE LOS MARES, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 5393/19-06-02-1-OT | 03 de noviembre del 2021 | Segunda Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución contenida en el oficio número 500-27- 00-08-02-2019-05525 de fecha 28 de mayo de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Guerrero "1". | 4 | CSM1403253K7 | CONSTRUINGENIERIA STRUCTURE MEXICANA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 6815/20-06-03-2-OT | 30 de noviembre de 2021 | Tercera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución contenida en el oficio número 500-63- 00-04-02-2019-5616 de fecha 14 de agosto de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Tlaxcala "1". | 5 | DBP170126BY6 | DESARROLLADORA BRISAS DEL PACIFICO, S DE R.L. DE C.V. | Juicio de Nulidad 123/20-11-02-8-OT | 13 de enero de 2021 | Segunda Sala Regional Norte-Este del Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-51- 2019-06970 de fecha 11 de noviembre de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Sinaloa "1", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2019006834, promovido en contra de la diversa 500- 51-00-05-03-2019-20611 de fecha 10 de junio de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa "1". | 6 | DGA040402Q17 | DESARROLLOS GAMENO, S.A. DE C.V. | Recurso de Revocación RRL2020010468 | 16 de julio de 2021 | Administración Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal "1" | Se deja insubsistente la resolución contenida en el oficio número 500-05- 2020-23497 de fecha 14 de octubre de 2020, emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | 7 | EVA1206085R0 | ESTRATEGICOS VALTER, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 387/21-EC2-01-3 | 04 de octubre de | Segunda Sala Especializada en | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-41- | | | | | 2021 | Comercio Exterior y Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | 2020-2899 de fecha 26 de mayo de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Nuevo León "1", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2020001737 y Acumulado. RRL2020002977, promovido en contra de la diversa 500-41-00-03-02-2019- 5800 de fecha 19 de diciembre de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "1". | 8 | GBS150701610 | GRUPO BACAOL SERVICIOS, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 559/21-EC2-01-9 | 18 de octubre de 2021 | Segunda Sala Especializada en Comercio Exterior y Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-43- 03-05-03-2020-3960 de fecha 21 de agosto de 2020, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Nuevo León "3". | 9 | GCR140310ET3 | GAUDIUM CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 630/20-11-01-1 | 02 de agosto de 2021 | Primera Sala Regional Norte-Este del Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-05- 2020-3594 de fecha 15 de enero de 2020, emitido por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | 10 | IBC071220E88 | INDUSTRIA BICENTENARIO DE CORDOBA, S.A. DE C.V. | 05 de noviembre de 2021 | Juicio de Nulidad 2175/21-13- 01-9 | Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-65- 00-02-01-2021-9606 de fecha 21 de junio de 2021, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Veracruz "2". | 11 | LCO1611035C7 | LEYN COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1300/20-02-01-3 | 01 de diciembre de 2021 | Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución contenida en el oficio número 500-05- 2020-13702 de fecha 30 de junio de 2020, emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | 12 | MGR1509175B1 | MAXIMO GRADO, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 8073/19-07-02-9 | 06 de enero de 2022 | Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-32- 00-04-03-2019-2938 de fecha 09 de mayo de 2019, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Jalisco "3". | 13 | SSP090910S37 | SPI SERVICIOS DE PLANEACIÓN INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 14085/20-17-12-4 | 03 de noviembre de 2021 | Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-36- 9-(57)-2020-03635 de fecha 21 de abril de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de México "2", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2020010607, promovido en contra de la diversa 500- 36-04-01-02-2019-24514 de fecha 09 de agosto de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de México "1". | En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia de los medios de defensa señalados en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, seguido a esos contribuyentes también, ha quedado sin efectos. Finalmente se informa que el hecho de que los contribuyentes antes señalados hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal. Atentamente. Ciudad de México, a 09 de mayo de 2022.- Administrador Central de Fiscalización Estratégica, C.P. José Alfredo Pérez Astorga.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|

|
|
|
|
| |
|