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DOF: 06/07/2022
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chihuahua, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/CHIH/AC2/ICHM/01, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a la

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chihuahua, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/CHIH/AC2/ICHM/01, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO (CONAVIM), REPRESENTADA POR SU TITULAR MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA DEL ESTADO, MARÍA EUGENIA CAMPOS GALVÁN, ASISTIDA POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; CÉSAR GUSTAVO JÁUREGUI MORENO; EL SECRETARIO DE HACIENDA, JOSÉ DE JESÚS GRANILLO VÁZQUEZ, Y LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO CHIHUAHUENSE DE LAS MUJERES Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, ANA MARGARITA BLACKALLER PRIETO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lo sucesivo (LGAMVLV) regula en su Título II, Modalidades de la Violencia, Capítulo V, de la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, cuyo objetivo fundamental es garantizar su seguridad, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades que agravian sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate con la finalidad de detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México, las entidades federativas y los municipios reconocen la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país; por ello, estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Chihuahua.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN" la CONAVIM con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, en lo sucesivo (PEF 2022), publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2021, señala que los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la AVGM, Capítulo 4000, Concepto 4300, partida 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", ascienden a $105,116,017.48 (Ciento cinco millones ciento dieciséis mil diecisiete pesos 48/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
 
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará recursos previstos en el PEF 2022, para que se otorguen y apliquen en las entidades federativas y en la Ciudad de México en las que se ha decretado la Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres, para atender las acciones descritas, conforme a los siguientes:
De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 19 de enero de 2022, suscrito por Ana Margarita Blackaller Prieto en su carácter de Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", lo solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/CHIH/AC2/ICHM/01.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en estados y municipios, para el Ejercicio Fiscal 2022, en lo sucesivo (LINEAMIENTOS), el Comité de Evaluación de Proyectos, en lo sucesivo (COMITÉ) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $3,324,800.00 (Tres millones trescientos veinticuatro mil ochocientos pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/CHIH/AC2/ICHM/01. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CNPEVM/CAAEVF/126/2022 de fecha 31 de enero de 2022.
La Entidad Federativa se compromete a llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, los Acuerdos que emita el COMITÉ a través de la CONAVIM.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.      "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en lo sucesivo (RISEGOB).
I.2.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.   La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4.   La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano cuenta con las facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.5.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00081.
I.6.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.     "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1   Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, y 30 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2   La Gobernadora del Estado, María Eugenia Campos Galván, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 31, fracción II y 93, fracción XLI de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, fracción III y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.
II.3.  El Titular de la Secretaría General de Gobierno, César Gustavo Jáuregui Moreno, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 94
de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 2, fracción I, 9, 24, fracción 1, 25, fracción XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; 1, 2, 6, fracción XXI y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.  El Titular de la Secretaría de Hacienda, José de Jesús Granillo Vázquez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 94 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 24, fracción II, 26, fracción LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; 4, 8, fracción LI y 9, fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5.  La Titular del Instituto Chihuahuense de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ana Margarita Blackaller Prieto, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, fracciones VIII y XV, 4, fracción I, 5, 6, fracción II y 15, fracción XI de la Ley del Instituto Chihuahuense de las Mujeres.
II.6.  Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como domicilio legal ubicado en Avenida Venustiano Carranza número 601, Colonia Obrera, Código Postal 31350, Municipio de Chihuahua, Estado de Chihuahua.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1.  Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2.  Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.  Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.  Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres la Acción coadyuvante siguiente: 2. Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas.
III.5.  Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
III.6.  Se comprometen a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12 de julio de 2019.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/CHIH/AC2/ICHM/01, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022; y que se encuadra en la siguiente Acción coadyuvante:
Acción coadyuvante
2. Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia se realizará, de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, mismo que se realiza de acuerdo con lo establecido en el numeral Vigésimo octavo de los LINEAMIENTOS, lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $3,324,800.00 (Tres millones trescientos veinticuatro mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/CHIH/AC2/ICHM/01, aprobado por el COMITÉ en sesión permanente mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/011/31012022.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de
Hacienda en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Nombre del Beneficiario:
Gobierno del Estado de Chihuahua, Secretaría de Hacienda AVGM (Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres) AVGM/CHIH/AC2/ICHM/01
Nombre de la Institución Financiera:
Banco Mercantil del Norte S.A. (072)
Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte
Clave Bancaria Estandarizada (Clabe) de 18 dígitos:
072 150 01178527685 1
Número de Cuenta Bancaria:
1178527685
Tipo de Cuenta:
Cuenta Productiva Especial
Tipo de Moneda:
01 Moneda Nacional
Número de Sucursal y Plaza:
Chihuahua Aldama CR. (7002), Plaza Chihuahua (150)
Fecha de apertura de la Cuenta:
08 de febrero de 2022
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
Una vez que "GOBERNACIÓN" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Hacienda la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2022, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éstas se comprometen a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
b.     Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el gobierno estatal.
c.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Vigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
 
b.     Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d.     Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Hacienda, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y en el Anexo Técnico.
b.     Erogar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.     Realizar por conducto del Instituto Chihuahuense de las Mujeres encargado de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a su respectivo Reglamento y la demás normatividad aplicable.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.     Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.     Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de proyecto a desarrollar.
j.      Entregar bimestralmente por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos 015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 13 de enero de 2023, un Acta de cierre del proyecto, firmada por la Titular del Instituto Chihuahuense de las Mujeres y por el Titular de la Secretaría de Hacienda, en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES" que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2022 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso o) del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
 
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2022, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán:
POR "GOBERNACIÓN"
NOMBRE:
Susana Vanessa Otero González.
CARGO:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
DIRECCIÓN:
Doctor José María Vértiz Número 852, Piso, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
TELÉFONO:
52098800 extensión 30367
CORREO ELÉCTRONICO INSTITUCIONAL:
sotero@segob.gob.mx
 
POR "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
NOMBRE:
Alejandra María Yu Castillo.
CARGO:
Jefa del Departamento de Gestión y Control de Recursos Federales.
DIRECCIÓN:
Calle 1 de mayo número 1802, Colonia Pacífico, Código Postal 31020, Municipio de Chihuahua, Estado de Chihuahua.
TELÉFONO:
614-429-35-05 extensión 15332
CORREO ELÉCTRONICO INSTITUCIONAL:
alejandra.yu@chihuahua.gob.mx
 
A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas. Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto del Instituto Chihuahuense de las Mujeres informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento jurídico y el inciso f) del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento jurídico y en el Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2022, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través del Instituto Chihuahuense de las Mujeres.
 
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2022 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen el numeral Cuadragésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA. - RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo de los LINEAMIENTOS, procederá a dar por terminado el presente Convenio de Coordinación y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento jurídico corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Función Pública de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de éstos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
 
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2022. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hacen a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 27, fracción II, inciso a) del PEF 2022.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 31 del mes de marzo de 2022.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora del Estado, María Eugenia Campos Galván.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, César Gustavo Jáuregui Moreno.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda,
José de Jesús Granillo Vázquez.- Rúbrica.- La Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ana Margarita Blackaller Prieto.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación de fecha 31 de marzo 2022 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado Chihuahua, de conformidad con el numeral Vigésimo octavo. de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES
Entidad federativa:
Chihuahua
 
Nombre del proyecto:
AVGM/CHIH/AC2/ICHM/01
 
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
2. Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas
 
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
19 de enero de 2022
 
Instancia Local Responsable:
Instituto Chihuahuense de las Mujeres
 
Instancia Local Receptora:
Instituto Chihuahuense de las Mujeres
 
B. MONTO APROBADO
Monto aprobado:
$3,324,800.00 (tres millones trescientos veinticuatro mil ochocientos pesos 00/100 M.N.)
 
Monto coparticipación: (En caso de aplicar)
No Aplica
 
Fecha de inicio del Proyecto:
01 de junio de 2022
 
 
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2022
31 de diciembre de 2022)
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al Lineamiento Décimo noveno he tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
Nombre:
Alejandra María Yu Castillo
Cargo:
Jefa del Departamento de Gestión y Control de Recursos Federales
Área de adscripción:
Departamento de Gestión y Control de Recursos Federales
Teléfono institucional:
614-429-35-05 extensión 15332
Correo Institucional:
Domicilio:
alejandra.yu@chihuahua.gob.mx
Calle 1 de mayo, número 1802, Colonia Pacífico, Código Postal 31020, Chihuahua, Estado de Chihuahua.
 
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
d.1 Justificación
Con el presente proyecto se atenderán algunas de las recomendaciones emitidas en el informe del grupo de trabajo conformado para atender las solicitudes de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, dando prioridad a la contratación eventual de personal especializado en perspectiva de género, con enfoque de derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad y con el perfil requerido para cada una de las actividades especificadas más adelante.
Las recomendaciones que se abarcaran son:
"Fortalecer las capacidades del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, para facilitar su función de atención y seguimiento a la Política Estatal en materia de violencia contra las mujeres, con personal especializado y con experiencia que ha consolidado el Instituto, brindándoles permanencia y las condiciones laborales para su permanencia..."
"Garantizar un pronto acceso a medidas especiales de protección de la integridad física y psicológica de las mujeres objeto de amenazas de violencia; y garantizar la eficacia de tales medidas. Así como garantizar los derechos de las víctimas, a modo de promover la protección y las garantías judiciales, principalmente mejorando los mecanismos que garanticen que las partes afectadas tengan acceso a información sobre la evolución de la investigación y sobre sus derechos en los procesos administrativos y/o judiciales, así como desarrollar las posibilidades de obtener asistencia jurídica cuando sea necesario para llevar adelante tales procedimientos"
"Garantizar los recursos necesarios para el completo funcionamiento de los Módulos de Atención Inmediata y las Instancias Municipales de las Mujeres en los municipios con solicitud de declaratoria de Alerta."
"Gestionar el incremento de los recursos necesarios para garantizar el fortalecimiento de todas las instancias encargadas de garantizar a las mujeres y las niñas el acceso a la justicia. "
Lo anterior, se llevará a cabo a través de la contratación de servicios profesionales de nuevo ingreso en trabajo social, psicología y jurídicos para fortalecer al Centro de Atención a la Violencia contra las Mujeres (CAVIM) del Municipio de Juárez, quienes brindaran atención de primer contacto a mujeres en situación de violencia y en su caso, a sus hijas e hijos, garantizando a las mujeres una atención con enfoque de género, además, a pesar de contar con la sensibilización y capacitación adecuada, se impulsará la constante actualización y profesionalización a través de los programas federales a los que accede año con año el ICHMUJERES.
Respecto al Municipio de Guadalupe y Calvo, se hará una coordinación entre presidencia municipal y el ICHMUJERES, con la finalidad de establecer en dicho municipio una unidad fija de atención, esto a través de la contratación de una trabajadora social y una psicóloga quienes brindaran sus servicios especializados para llevar a cabo las atenciones requeridas por mujeres y en su caso a sus hijas e hijos.
Por otro lado, y en atención a las recomendaciones: "Establecer una Red estatal con los organismos empresariales para promover acciones integrales de detección y atención oportuna de violencia contra las mujeres en los centros de trabajo; y fortalecer el área especializada para detectar, atender y denunciar maltrato, hostigamiento y acoso sexual en los centros de trabajo. Y "Asesorar y apoyar las tareas de prevención y atención de la violencia en el ámbito laboral."
Chihuahua se destaca por ser el estado que más empleos genera a través de la industria manufacturera en el país y es el tercer estado con mayor número de empresas de manufactura en el país.
En México tres de cada diez colaboradores (personas empleadas) en el país son mujeres. En Ciudad Juárez, la ciudad con mayor población del estado de Chihuahua y la octava en el país de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), hay 320 maquiladoras que emplean a aproximadamente 400,000 personas.
En Ciudad Juárez, la presencia de las mujeres en la industria manufacturera se reflejó en una encuesta realizada a una muestra de 88,100 empleados encuestados, el 48% (42,288) son mujeres. De 10,520 colaboradores administrativos, el 32% (3,366) también son mujeres. Solo existen 13 mujeres en puestos directivos de 190 en total encuestado. En el caso de la ciudad de Chihuahua y Cuauhtémoc existen 81 empresas manufactureras, generando un aproximado de 79,373 empleos, de los cuales el 52% son mujeres (41,274) y solo dos mujeres ocupan puestos directivos.
La presencia de las mujeres en la industria manufacturera en el estado está concentrada en los puestos operativos, realizando jornadas laborales generalmente de 3 turnos entre semana, y turno de fin de semana.
El perfil de las mujeres que colaboran en la industria manufacturera en su generalidad es de mujeres jóvenes entre de 18 años y menores de 40 años, con ingresos de salario mínimo, en edad reproductiva que habitan en colonias de altos índices delictivos e infraestructura deficiente en cuanto a servicios públicos, en su mayoría utilizan el trasporte público y el trasporte privado que ofrecen sus empleadores.
La rutina de las mujeres que colaboran en la industria no es fácil, cuando se trata de cubrir el primer turno las operadoras tiene que trasportarse de madrugada para estar a tiempo en la parada de camión, donde las recoge el trasporte de personal de la empresa, esperando a las 4:30 A.M. ya que en la mayoría de las empresas el inicio de la jornada diurna es a las 6:00 o 6:30 A.M., terminando la jornada a las 3:30 P.M., sin embargo cuando se requiere trabajar tiempo extra la salida se puede retrasar hasta las 6:00 P.M. Los puntos de espera del camión son muchas veces lotes baldíos, escenarios indignos para la espera, enfrentando el sinuoso clima de la ciudad, con deficiente alumbrado público, muchas veces sin presencia de los cuerpos policiacos, en colonias periféricas generalmente con altos índices delictivos, vulnerando la seguridad de las mujeres trabajadoras.
Las colaboradoras de la industria consideran una buena prestación el trasporte y la comida que se les brinda diariamente por parte de la empresa, ya que el promedio actual en relación al pago semanal oscila entre los $1,160.00 pesos más bonos de despensa, promediando $1,300 aproximadamente semanal en Ciudad Juárez, ya que en Chihuahua y la parte Sur del estado tiene a bajar hasta un 15% menos el ingreso.
Si bien la empresa se encarga de cubrir algunos de los gastos, la gran mayoría de las madres de familia tienen que pagar por el cuidado de sus hijas e hijos en guarderías privadas o con particulares, ya que las guarderías establecidas en muchos casos no se ajustan a los horarios laborales o limitan las edades de los infantes. Esta problemática genera que las madres de familia, en un alto porcentaje madres solteras por generaciones, se vean obligadas a dejar solos a sus menores o bien, a cargo de familiares o vecinos para asistir a trabajar, situación que vulnera la seguridad de las familias de las mujeres trabajadoras de la industria. Con la llegada del COVID 19 y el cierre de las escuelas, la problemática se agravó generando alzas significativas en los índices de abuso sexual infantil, embarazo en adolescentes y accidentes ocasionados por la falta de adecuada supervisión.
En Chihuahua, 7 de cada 10 mujeres y niñas han sido víctimas de algún tipo de violencia, ya sea física, sexual, económica, patrimonial y/o psicológica principalmente al interior de su hogar, pero también en trabajos, escuelas, calles o transporte público.
Según datos del INEGI presentadas en el marco del Día Mundial para la Prevención del Suicidio, se reveló que Chihuahua es uno de los estados con mayor índice de suicidio en México, por lo cual a través de este programa se abona a la prevención de la doble presencia, fenómeno psicosocial que genera ansiedad, estrés, depresión y un incremento en los accidentes laborales, baja en la productividad, ausentismo y rotación.
Ante estos panoramas, las mujeres trabajadoras no tiene la disponibilidad de tiempo ni de recursos para acudir a organismos gubernamentales, cuyos horarios son limitados, en busca de servicios que atiendan su problemática o la de su familia, así mismo, su acceso a la justicia es limitado ya que se ve obligada a ausentarse de su jornada laboral descontando el día de trabajo, para ir en búsqueda de información o servicios jurídicos afectando su economía familiar, razón por la cual la mayoría desiste de llevar a cabo trámites o procesos jurídicos.
Al llevar a los centros de trabajo los servicios de atención psicológica para mujeres víctimas de violencia brindamos la posibilidad de ser atendida sin salir de su centro de trabajo, evitando costos y tiempos de traslado.
De acuerdo con los datos dados a conocer por el Secretariado Ejecutivo de Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los últimos siete años 5,440 mujeres fueron víctimas de feminicidio (diciembre 2021).
Durante los últimos 10 años en los municipios de Ciudad Juárez, Chihuahua, Cuauhtémoc, Hidalgo del Parral y Guadalupe y Calvo fueron asesinadas más de 2,400 mujeres, es decir, una mujer cada dos días.
El municipio en que más feminicidios se cometieron en 2021 fue Ciudad Juárez, Chihuahua, el punto del país que puso en la mira internacional los asesinatos por razón de género que se comenten en México.
En el primer semestre del 2021, Chihuahua fue el estado del cual se recibieron más llamadas de emergencia al 911 en todo el país, por violencia contra mujeres. Chihuahua se colocó como la tercera entidad con más homicidios dolosos de mujeres y como la segunda con la tasa más alta por el delito de violación. Información sobre violencia contra las mujeres; Secretariado Ejecutivo del sistema nacional de seguridad pública; https://drive.google.com/file/d/1AqE7zgLlRJH2q0FzvP5Q8q7ZJlYoRtj/view); (noviembre 2021).
Los diferentes temas de capacitación en educación en género que se ofertan a las empresas abonan a generar un cambio positivo en las conductas y en la normalización de las violencias, condición que vulnera la seguridad de las mujeres trabajadoras generando la expresión más extrema de la violencia de género, el feminicidio. Con esta intervención se pretende coadyuvar a incidir en la baja de los índices de feminicidio generando a su vez la cultura de la prevención y atención a las violencias, además de poner a disposición a discreción los servicios de los refugios confidenciales para mujeres en situación de violencia que califiquen para su resguardo, salvaguardando así la integridad y la vida de las mujeres y sus familias. Con la implementación del programa, las mujeres de la industria tienen la oportunidad de ser atendidas, ya que se les proporcionara el servicio de asesoría jurídica en los centros de trabajo, si tienen que acudir a los juzgados familiares, el programa proporciona un avance en el proceso jurídico de la usuaria, además de darle la asesoría adecuada para hacer valer sus derechos.
Se presenta una acción "juntas en tu empresa" donde el Instituto Chihuahuense de las Mujeres acercará a los centros de trabajo los servicios de capacitación, trabajo social, psicología y jurídicos. Chihuahua, al tener gran inversión de la industria maquiladora, resulta de vital importancia brindar atención a las trabajadoras de dicha industria, toda vez que representan una población en situación de vulnerabilidad, más aún con los horarios que las maquiladoras implementan, ya que dichos horarios impiden a las mujeres contar con tiempo suficiente que les permita salir y acudir a los centros de atención para una intervención adecuada de cada caso, por lo tanto, se ve frustrado el acceso a sus derechos.
Para llevar los servicios de atención a las mujeres trabajadoras en las maquilas, se llevará a cabo la celebración de convenios de colaboración entre el Instituto Chihuahuense de las Mujeres con Index Chihuahua e Index Juárez; Index es una asociación civil que agremia la industria manufacturera. El objeto de dichos convenios contempla la colaboración de la Secretaria General de Gobierno a través del Registro Civil, la Secretaria de Seguridad Publica en el Estado, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social, así como instancias municipales como Instituto Municipal de las Mujeres de Cd. Juárez, El Instituto Municipal de las mujeres de Cd. Chihuahua y la dirección de seguridad pública municipal de ambos municipios en el programa dentro de la esfera de sus atribuciones y capacidad técnica y administrativa, para promover acciones y programas en materia de prevención, atención y erradicación de violencia contra las mujeres y sus familias, especialmente las de mayor vulnerabilidad, que forman parte del sector de la industria manufacturera de exportación. Y en coordinación y colaboración mutua, llevar los servicios y programas correspondientes a las dependencias participantes, a cada una de las empresas asociadas o afiliadas a Index Juárez, e Index Chihuahua a través de los departamentos de recursos humanos y de conformidad a la agenda establecida por el Instituto Chihuahuense de las Mujeres previo acuerdo de las dependencias participantes.
Chihuahua, Cuauhtémoc y Juárez serán los 3 municipios a donde el ICHMUJERES llevará los servicios, a continuación, se presentan los totales de empresas que están asociadas o afiliadas a Index, con la finalidad de dar una visión amplia de las posibles empresas participantes, como proyecto piloto se pretende abarcar una muestra del total de empresas, toda vez que el tiempo de ejecución resulta insuficiente para abarcar el universo completo.
Existen más de 70 empresas manufactureras agremiadas a Index en los municipios de Chihuahua y Cuauhtémoc.
Empresas en el municipio de Chihuahua 74: 24,000 MUJERES (ACCUDYN, ALBAUGH DE MEXICO, ALT TECHNOLOGIES, AMERICAN INDUSTRIES, AUMA-GRUPO BOCAR, BATESVILLE, BEECHCRAFT, BELL BOMBARDIER, BORGWARNER, BOURNS DE MÉXICO, BUEHLER MOTOR, BWI GROUP, CFS BRANDS, CENTURY MOLD SERVICES, CESSNA, CHANDLER INDUSTRIES, CIRPRO
COEUR, CONMEDCONTINENTAL, DANA, DANIEL, DART, DIGITAL APPLIANCE, DSV SOLUTIONS, DURABOX, ECI, EZ AIR, FACTORIA, FIH, FORD MOTOR COMPANY, FR TECNOLOGIAS DE FLUJO, GKN AEROSPACE, HONEYWELL AEROESPACE, INTERMEX, JABIL, KAMAN AEROSPACE, LEAR, LUTRON, MANESA, MADISA, MASISA, MAXION WHELLS, METAL FINISHING Co., MGS PLASTICS CHIHUAHUA, MSSL ALPHABET DE MEXICO, NOVARES,PACE INDUSTRIES, PACTIV, PRECISIÓN OMEGA, RESIDEO, SAFE-DEMO, SAFRAN ELECTRICAL & POWER, SAFRAN AEROSYSTEMS, SEALED AIR, SMTC, SMURFIT KAPPA, SOFI DE CHIHUAHUA, SOISA, SOUTHCO, SUPERIOR INDUSTRIES, TELEFLEX, TERMOTEC, TEXTRON AVIATION, VICTAULIC, VICTORY PACKAGING, VISTEON, VTC WEST, XOMOX, XYLEM, YAZAKI, ZF IRS, ZF SWS)
Empresas en Cuahutemoc: 7 (1000 mujeres aprox.) (ELEKTRISOLA, ILAS MEXICO, INTERMETRO, LEONICABLE, PJ TRAILERS, QUIROPRODUCTOS, SAFE METAL)
Empresas en Cd. Juárez: (194 empresas, 26,218 mujeres aprox.) (ACCEL COMERCIAL SA DE CV, ADAC STRATTEC DE MÉXICO S. DE R.L. DE C.V, ADC DE JUAREZ S DE RL CV / COMMSCOPE2, ADEMCO DE JUAREZ, S. DE R.L. DE C.V, AEES MANUFACTURERA S DE RL DE CV / ARNESES DE JUÁREZ, AKWEL JUAREZ MEXICO S.A. DE C.V., ALIGNTECH DE MEXICO S. DE R.L. DE C.V., AMESBURY ,MEXICO S DE RL DE CV, APLICADORES MEXICANOS S A P I DE CV, APPLIANCE ELECTROLUX DE JUÁREZ, S.A. DE C.V., APTIV / DELPHI CONNECTION SYSTEMS MEXICO SA DE CV, APTIV CONTRACT SERVICES S. DE R.L. DE C.V / DELPHI AUTOMOTIVE SYSTEMS. S. DE R.L. DE C.V., ASO AMÉRICAS S DE RL DE CV, AUTO KABEL DE MEXICO SA DE CV, AVERY DE MEXICO S DE RL DE CV, AVIO EXCELENTE S DE RL DE CV, AVJ ELECTRONICS, S. DE R.L. DE C.V., BEL MANUFACTURERA S. DE R.L DE C.V. / HUBBELL, BILCOMEX, S. DE R.L. DE C.V., BI-LINK MEXICO S DE RL DE CV, BMP TECHNOLOGIES MEXICO, BOARDMAN MOLDING, BPI BRAKE MANUFACTURING JUAREZ, BRP MÉXICO SA DE CV - PLANTA 1, BRP MÉXICO SA DE CV - PLANTA 2, BUSSMAN, S. DE R.L. DE C.V. (EATON), CARDINAL HEALTH MEXICO 244, S DE RL DE CV, CC ELELCTONICS RESEARCH & DEVELOPMENT COMPANY S DE RL DE CV, CHIHUAHUA ELECTRICAL WIRING SYSTEMS S DE RL DE CV, CLASSIC & MX S. DE R.L. DE C.V., COCLISA SA DE CV, COFICAB LEON S DE RL DE CV, COLUMBUS INDUSTRIES SERVICIOS, S DE RL DE CV, COMMSCOPE TECHNOLOGIES DE JUAREZ S DE R.L. DE C.V., COMPANIA ARMADORA, S. DE R.L. DE C.V., COMPONENTES DE ILUMINACION, S. DE R.L. DE C.V., CONDUCTORES TECNOLOGICOS DE JUAREZ SA DE CV, CONDUENT DE MEXICO, S.A. DE C.V., CONFECCIONES DE JUAREZ S.A. DE C.V., CONTROLES DE TEMPERATURA S.A. DE C.V, CONVERTORS DE MEXICO, COPLASCORP SA DE CV, CORDIS DE MEXICO S.A. DE C.V., CORRUGADOS DE BAJA CALIFORNIA S DE RL DE CV / SMURFITKAPPA / GE HEALTHCARE, CRITIKON DE MEXICO S. DE R.L. DE C.V., CRONI S.A. DE C.V., CTS ELECTRO DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V., CUMMINS GRUPO INDUSTRIAL S.DE R.L. DE C.V., DANHIL DE MEXICO S.A. DE C.V., DATAMARK, DAVOL SURGICAL INNOVATIONS S.A. DE C.V., DELMEX DE JUAREZ S DE RL DE CV, DELPHI DIESEL SYSTEMS S. DE R.L. DE C.V. (ANTES SISTEMAS ELECTRICOS Y CONMUTADORES S. DE R.L. DE C.V.), EATON INDUSTRIES S DE RL DE CV, ECMMS SA DE CV, EDM S. DE R.L DE C.V, EDUMEX, S.A. DE C.V., EES, S.A. DE C.V., ELECTROCOMPONENTES DE MEXICO, S.A. DE C.V., ELECTROCOMPONENTES DE MEXICO, S.A. DE C.V. PLANTA 3,5,6,7, ELECTRÓNICA BRK DE MÉXICO, S.A. DE C.V., ELECTRONICA DALE DE MEXICO, S.A. DE C.V., EMD SA DE CV / JBTC AEROTECH, ENSAMBLE DE INTERIORES AUTOMOTRICES S DE RL DE CV / ADIENT, EPI DE MEXICO S DE RL DE CV, ESPIROMEX, S. DE R.L. DE C.V., EVCO PLASTICS DE MEXICO S DE RL DE CV, EXPORTACIONES DÍAZ, S.A., FAGERDALA MEXICO SA DE CV, FEDERAL MOGUL LIGHTING S.A. DE C.V., FEDERAL MOGUL MATAMOROS S.A. DE C.V., FILTERTEK DE MEXICO SA DE CV, FLEXTRONICS AUTOMOTIVE DE JUAREZ S.A. DE C.V., FLEXTRONICS AUTOMOTIVE DE JUAREZ S.A. DE C.V. OMEGA, FORTUNE PLASTIC AND METAL DE CHIHUAHUA S.A. DE C.V., FURUKAWA WIRING SYSTEMS MEXICO S.A. DE C.V., FXI DE JUAREZ S.A. DE C.V., GENASCO S.A DE C.V, GREAT AMERICAN PAPER DE MEXICO S DE RL DE CV, GRUPO AMERICAN INDUSTRIES S.A. DE .C.V., GRUPO DEKKO MEXICO S.A. DE C.V., GRUPO YAZAKI, S.A. DE C.V., HANSUH AUTOMOTIVE MEXICO SA DE CV, HARMAN DE MEXICO, S DE RL. DE CV., HERITAGE INTERACTIVE OF MEXICO S DE RL DE CV, HISCOMEX, S.A. DE C.V., HOLM INDUSTRIES SA, HONEYWELL OPTOLECTRONICA DE JUAREZ S DE RL DE CV, HOPKINS MANUFACTURING DE MÉXICO S. DE R.L. DE C.V.,"IEC TECHNOLOGIES S. DE R.L. DE C.V. / INVENTEC, "IGMEX S DE RL CV / REGAL BELOIT, INDUSTRIA DE TRABAJOS ELECTRICOS S. A. DE C. V., INDUSTRIAS BM DE MEXICO, S.A. DE C.V., INDUSTRIAS GRAYLING DE MÉXICO, S.A. DE C.V., INSTRUMENTOS STEWART WARNER DE MEXICO SA DE CV, INTERMATIC JUÁREZ, INTERMEX MANUFACTURA,S.A. DE C.V., INTERNATIONAL CARDBORD SERVICES, S. DE RL. DE C.V., INTERNATIONAL MANUFACTURING SOLUTIONS OPERACIONES S. DE R.L. DE C.V. (TECMA GROUP), INTERNATIONAL PAPER MEXICO COMPANY SRL DE CV, INTEVA MEXICO, S. DE R.L. DE C.V., ITW APPLIANCE COMPONENTS, SA DE CV / ARKLES COMPONENTS, SA DE CV, JABIL TORRES, JOHNSON CONTROLS BE OPERATIONS MEXICO S DE RL DE CV / JOHNSON CONTROLS, JONES PLASTIC & ENGINEERING, KEYTRONIC JUAREZ, S.A. DE C.V., KNW MEXICO S. DE R.L. DE C.V., LAU INDUSTRIES DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V. / RUSKIN DE MEXICO / JOHNSON CONTROLS, LEAR MEXICAN TRIM OPERATIONS, LEDVANCE MANUFACTURING SA DE CV / LEDVANCE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS S.A DE C.V., LEGGETT & PLATT AUTOMOTIVE GROUP DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V., LEXMARK INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., LIKOM DE MEXICO SA DE CV, MACK TECHNOLOGIES MEXICO, SA DE CV,MAHLE BEHR RIO BRAVO S DE RL DE CV,MANUFACTURERA EL JARUDO S DE RL DE CV, MAQUILADOS TECNICOS, SA DE CV, MAQUINAS DIESEL SA DE CV / MAQUINARIA, SA DE CV / MAQSA, MARELLI AUTOMOTIVE LIGHTING JUAREZ MEXICO S.A. DE C.V., MATRIX WIRE DE MEXICO SDE R.L DE C.V., MENTOR MEDIA JUAREZ S.A DE C.V, MERSEN DE MEXICO JUAREZ S.A DE CV, MGS PLASTICS CHIHUAHUA, MICROCAST TECHNOLOGIES MEXICANA S DE RL DE CV, MMJ S.A DE C.V / MEDTRONIC / COVIDIENT, MODINE JUAREZ S. DE R.L. DE C.V. / LUVATA, MONARCH LITHO DE MEXICO SA DE CV, MOTORES ELECTRICOS DE JUAREZ S. DE R.L. DE C.V., NAPS JUAREZ S.A DE C.V, NCH PROMOTIONAL SERVICES DE MEXICO, NEW MILLENNIUM JOIST & DECK DE MEXICO S DE RL DE CV, NIDEC AUTOMOTIVE MOTOR MEXICANA, S. DE R.L. DE C.V., NOVAMEX MEXICO SA DE CV, NYPRO DE LA FRONTERA S. DE R.L. DE C.V., OPTRON DE MEXICO SA DE CV, PCE TECHNOLOGY DE JUAREZ, S.A. DE C.V., PEARL LEATHER MEXICO S.A. DE C.V., PEGATRON MEXICO S.A. DE C.V., PEIKER ACUSTIC DE MEXICO, PETROPAC, S. DE R.L. DE C.V., PGSTECH DE MEXICO S. DE R.L. DE C.V., PLASTICOS AMC DE MEXICO SA DE CV / POWER SONIC, POLYGROUP INDUSTRIAS MEXICO SA DE CV, POWER SONIC (PLASTICOS AMC DE MEXICO SA DE CV.), PRECISION METAL COMPONENTS MEXICO S DE RL DE CV, PRODUCTOS DE AGUA S DE RL DE CV, PRODUCTOS EXCEL DE MEXICO S DE RL DE CV, PRODUCTOS MARINE DE MÉXICO SA DE CV, PUERTAS DEL NORTE, S.A. DE C.V., RESIDEO MANUFACTURAS DE CHIHUAHUA S DE RL DE CV . / HONEYWELL / ADEMCO DE JUAREZ, S. DE R.L. DE C.V., RIO BRAVO ELECTRICOS S DE RL DE CV, ROBERT BOSCH MEXICO SISTEMAS DE FRENOS S DE RL DE CV, ROBERT BOSH SISTEMAS AUTOMOTRICES S.A. DE C.V., RR DONNELLEY GLOBAL TURNKEY SOLUTIONS MEXICO, S. DE R.L. DE C.V., SALTER LABS DE MEXICO S.A., SANMINA-SCI SYSTEMS DE MEXICO SA DE CV, SCIENTIFIC ATLANTA DE MEXICO, S. DE R. L. DE C. V., SERVICIOS ACME DE MEXICO S DE RL DE CV, SHURE ELECTRONICA S.A DE C.V., SIGNIFY ELECTROMAGNETICS MEXICO S.A. DE C.V. / PHILIPS LIGHTING ELECTROMAGNETICS S.A. DE C.V, SMALL PARTS DE MEXICO S DE R.L DE C.V, SOUTH SHORE JUAREZ S DE RL DE CV, SPECIALIZED HARNESS PRODUCTS S.RL DE C.V., SPECTRUM CONTROL DE MEXICO SA DE CV., STEERINGMEX S. DE R.L DE C.V, STRATTEC DE MEXICO S. A DE C. V, STRATTEC POWER ACCESS DE MEXICO S DE RL DE CV, SUBENSAMBLES INTERNACIONALES, S.A. DE C.V. / FEDERAL MOGUL, SUPPLY SOLUTIONS DE MEXICO SA DE CV, SYNCREON BORDERLAND S DE RL DE CV, SYSTEM SENSOR DE MEXICO S DE RL DE CV, TANI KASEI, SA DE CV, TATUNG MEXICO, S.A. DE C.V., TED DE MEXICO ( STONERIDGE), TEGRANT DE MEXICO SA DE CV (SONOCO), TERMOCONTROLES DE JUAREZ S.A DE C. V., THE FRAME COMPANY OF MEXICO TFM, S.A DE C.V., THERMOPAC INDUSTRIES SA DE CV, THERMOTECH S.A. DE C.V., TIANHAI ELECTRIC DE MEXICO S DE RL DE CV, TIMS MEXICO S DE RL DE CV, TORO COMPANY DE MEXICO S. DE R.L. DE C.V. PLANTA 1, TPI COMPOSITES, S. DE R.L. DE C.V., VALUTECH OUT SOURCING S.A. DE C.V., VENUSA DE MEXICO S.A. DE C.V., VERITIV, S.A. DE C.V. / XPEDX SA DE CV, VISTECO TECHNOLOGIES MAQUILA MEXICO S. DE R.L. DE C.V. / CONTINENTAL POWERTRAIN MAQUILA MEXICO S DE RL DE CV / CONTINENTAL AUTOMOTIVE MAQUILA MEXICO S. A. DE C. V., WERNER LADDER DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V., WINSTON JUAREZ, S. A. DE C. V., WISTRON MÉXICO S.A. DE C.V., WOODHEAD DE MEXICO S.A. DE C.V. / MOLEX, YFY JUPITER MEXICO S DE RL DE CV, YONKE FÉNIX, S.A. DE C.V. / ALIUM MERCAPRO, S.A. DE C.V., ZF ELECTRONIC SYSTEMS JUAREZ SA DE CV)
 
Medida de Atención
Acción Coadyuvante
Objetivo General
Medida de prevención:
XI. Garantizar el desarrollo de las capacidades institucionales de cada una de las instancias estatales, políticas públicas, instancias de atención y procuración de justicia y mecanismos de coordinación, así como de todo personal que deba de operar las obligaciones del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, como es el personal de seguridad pública, con el objetivo de que: b) cada instancia cuente con los recursos presupuestales sostenidos y la infraestructura necesaria para operar sistemática y adecuadamente a lo largo del tiempo
 
2. Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas
 
 
Llevar a cabo acciones que atienden recomendaciones del Informe del Grupo de trabajo conformado para atender las solicitudes de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres a través de la contratación de profesionistas que brinden servicios de atención
 
 
d.2 Metodología
Objetivos específicos
Actividades
Indicadores
Medios de verificación
1. Ofrecer atención psicológica, asesoría jurídica y trabajo social en los centros de trabajo a las mujeres colaboradoras de la industria manufacturera bajo los enfoques de derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad de los municipios de Chihuahua, Cd. Juárez, y Cuauhtémoc para atender, acompañar y canalizar a las mujeres trabajadoras víctimas de violencia.
"Juntas en tu empresa" a través de la contratación de personal especializado que lleve los servicios hasta las maquiladoras donde laboran Mujeres en los Municipios de Chihuahua, Cuauhtémoc y Juárez
Fórmula: (TNMTM / TNMAS)*100
Numerador: TNMTM =Total del Número de Mujeres Trabajadoras en las Maquilas
Denominador: TNMAS = Total del número de Mujeres que Accedieron a los Servicios prestados
TOTAL: Porcentaje de Mujeres Beneficiadas en la Industria Maquiladora
- Informe mensual cualitativo y cuantitativo por profesionista
- Informe final con los resultados obtenidos por Centro
- Formato de listas de asistencia
- Formato de plan de trabajo para centros de trabajo
- Lista de atención de asesoría jurídica
- Cuestionarios de trabajo social
- Bitácora de atención psicológica
- Informe mensual por profesionista
- Informe final con los resultados obtenidos por municipio
2. Brindar revisión y seguimiento a los informes de las y los profesionistas contratadas para el proyecto y presentar los informes bimensuales y final ante el CONAVIM
Contratación de física para coordinar al personal contratado y dar seguimiento a la ejecución del proyecto a través de la concentración de la información que se va a presentar al CONAVIM
Concentrar los informes mensuales y finales de las y los profesionistas contratados en todas las actividades
-Acumulado de atenciones desagregado por sexo
- Expedientes digitales de cada profesionista
-Expedientes digitales de los procesos de adquisición del recurso material
3.Fortalecer al CAVIM Juárez a través de la contratación de profesionistas que brinden servicios de atención especializada para garantizar una adecuada atención a las Mujeres, en su caso, a sus hijas e hijos que viven situación de violencia
 
Fortalecer la capacidad de atención a las Mujeres en el CAVIM de Juárez
Fórmula: (TMMAVGM / TMAMAVG)*100
Numerador: TMMAVGM =Total del Número de Mujeres en el Municipio con Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres
Denominador: TMAMAVG = Total del Número de Mujeres Atendidas en el Municipio con Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres
TOTAL: Porcentaje de Mujeres atendidas por los servicios especializados
- Informe mensual cualitativo y cuantitativo por profesionista
- Informe final con los resultados obtenidos por Centro
 
 
 
4. Crear una unidad fija para brindar servicios de primer contacto para mujeres en situación de violencia en el Municipio de Guadalupe y Calvo
Crear Unidad Fija de Atención de primer contacto a Mujeres en el Municipio de Guadalupe y Calvo
(TMMAVGM / TMAMAVG)*100
Numerador: TMMAVGM =Total del Número de Mujeres en el Municipio con Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres
Denominador: TMAMAVG = Total del Número de Mujeres Atendidas en el Municipio con Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres
TOTAL: Porcentaje de Mujeres atendidas por los servicios especializados
 
- Informe mensual cualitativo y cuantitativo por profesionista
- Informe final con los resultados obtenidos por Centro
5. fortalecer la capacidad operativa de las y los profesionistas que brindan atención a través de adquisición de recurso material para la ejecución del proyecto en municipios
Recurso Material para la Ejecución del Proyecto en los Municipios.
 
Expediente en compra net
-Estudio de Mercado
-Comprobantes fiscales
 
d.2.1 Pasos a desarrollar
Meta 1 CAVIM JUÁREZ:
1.     Reclutamiento de personal de nuevo ingreso al CAVIM del Municipio de Juárez
2.     Sensibilización y capacitación de nuevo ingreso
3.     Celebración de contrato con el personal del CAVIM
4.     Brindar atención y seguimiento de los casos
5.     Presentación de informes mensuales cualitativos y cuantitativos
6.     Presentación de informes finales cualitativos y cuantitativos
Meta 2 INSTALACIÓN UNIDAD FIJA GUADALUPE Y CALVO:
1.     Firmar convenio de colaboración con el Municipio de Guadalupe y Calvo
2.     Instalar unidad fija
3.     Reclutamiento de personal de nuevo ingreso del Municipio de Guadalupe y Calvo
4.     Sensibilización y capacitación de nuevo ingreso
5.     Celebración de contrato con el personal
6.     Brindar atención y seguimiento de los casos
7.     Presentación de informes mensuales cualitativos y cuantitativos
8.     Presentación de informes finales cualitativos y cuantitativos
Meta 3 JUNTAS EN TU EMPRESA:
1.     Celebración de convenios de colaboración con Índex (Juárez y Chihuahua)
2.     Reclutamiento de equipo multidisciplinario
3.     Agenda de visitas a plantas en los municipios participantes
4.     Revisión de plan de trabajo por empresa
 
5.     Visita a las plantas productivas
6.     Seguimiento