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DOF: 13/09/2022
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/OAX/AC2/SM/88, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acci

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/OAX/AC2/SM/88, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO (CONAVIM), REPRESENTADA POR SU TITULAR MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, ALEJANDRO ISMAEL MURAT HINOJOSA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO FRANCISCO JAVIER GARCÍA LÓPEZ; EL SECRETARIO DE FINANZAS, JORGE ANTONIO HIDALGO TIRADO, POR LA SECRETARIA DE LAS MUJERES DE OAXACA Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, ANA ISABEL VÁSQUEZ COLMENARES GUZMÁN; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lo sucesivo (LGAMVLV) regula en su Título II, Modalidades de la Violencia, Capítulo V, de la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, cuyo objetivo fundamental es garantizar su seguridad, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades que agravian sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate con la finalidad de detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México, las entidades federativas y los municipios reconocen la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país; por ello, estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN" la CONAVIM con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, en lo sucesivo (PEF 2022), publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2021, señala que los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la AVGM, Capítulo 4000, Concepto 4300, partida 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", ascienden a $105,116,017.48 (Ciento cinco millones ciento dieciséis mil diecisiete pesos 48/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará recursos previstos en el PEF 2022, para que se otorguen y apliquen en las entidades federativas y en la Ciudad de México en las que se ha decretado la Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres, para atender las acciones descritas, conforme a los siguientes:
De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 19 de enero de 2022, suscrito por Ana Isabel Vásquez Colmenares Guzmán, en su carácter de Titular de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", lo solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/OAX/AC2/SM/88.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en estados y municipios, para el Ejercicio Fiscal 2022, en lo sucesivo (LINEAMIENTOS), el Comité de Evaluación de Proyectos, en lo sucesivo (COMITÉ) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $2,197,999.92 (Dos millones ciento noventa y siete mil novecientos noventa y nueve pesos 92/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/OAX/AC2/SM/88. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CNPEVM/CAAEVF/212/2022 de fecha 31 de enero de 2022.
La Entidad Federativa se compromete a llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, los Acuerdos que emita el COMITÉ a través de la CONAVIM.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.     "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en lo sucesivo (RISEGOB).
I.2.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.   La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4.   La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano cuenta con las facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.5.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00100.
I.6.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.     "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular
II.2.  El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 66, 79, fracciones XIX y XXVIII, 80, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2, 6, párrafo primero y quinto, 9, 10 y 15, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.3.  El Titular de la Secretaría General de Gobierno, Francisco Javier García López, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 7, 9, 15, párrafo
primero, 26, 27, fracción I y 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 8 y 9, fracciones II y XI del Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.  El Titular de la Secretaría de la Finanzas, Jorge Antonio Hidalgo Tirado, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 7, 9, 15, primer párrafo, 26, 27, fracción XII y 45, fracción LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2, 5, 6, fracción V y 7, fracciones III y IX del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado.
II.5.  La Titular de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ana Isabel Vásquez Colmenares Guzmán, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 7, 9, 15, primer párrafo, 26, 27, fracción XVII y 46-C de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 58, fracciones XV y XVIII de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género; 7 y 8, fracción V del Reglamento Interno de la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña
II.6.  Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como domicilio legal ubicado en Carretera Oaxaca-Istmo km 11.5, número exterior S/N, número interior 7, Código Postal 68270, Municipio de Tlalixtac de Cabrera, Estado de Oaxaca.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1.  Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2.  Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.  Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.  Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres la Acción coadyuvante siguiente: Prevención. Conlleva a garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de víctimas directas o indirectas.
III.5.  Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
III.6.  Se comprometen a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12 de julio de 2019.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/OAX/AC2/SM/88, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022; y que se encuadra en la siguiente Acción coadyuvante:
Acción coadyuvante
Prevención. Conlleva a garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de víctimas directas o indirectas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia se realizará, de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, mismo que se realiza de acuerdo con lo establecido en el numeral Vigésimo octavo de los LINEAMIENTOS, lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $2,197,999.92 (Dos millones ciento noventa y siete mil novecientos noventa y nueve pesos 92/100 M.N.) para el proyecto: AVGM/OAX/AC2/SM/88, aprobado por el COMITÉ en sesión permanente mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/097/31012022.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Nombre del Beneficiario:
GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA SEFIN AVGM/OAX/AC2/SM/88
Nombre de la Institución Financiera:
Banco Santander (México) SA
Clave Bancaria Estandarizada (Clabe) de 18 dígitos:
014610655091089256
Número de Cuenta Bancaria:
65509108925
Tipo de Cuenta:
Productiva
Tipo de Moneda:
Pesos Mexicanos
Número de Sucursal y Plaza:
Sucursal 5364 Principal Oaxaca/ Av. Independencia #805, Oaxaca Centro, Plaza Oaxaca.
Fecha de apertura de la Cuenta:
03 de febrero del 2022
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
Una vez que "GOBERNACIÓN" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2022, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éstas se comprometen a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el gobierno estatal.
c.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del
numeral Vigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
b.     Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d.     Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y en el Anexo Técnico.
b.     Erogar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.     Realizar por conducto de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca encargada de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a su respectivo Reglamento y la demás normatividad aplicable.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.     Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de proyecto a desarrollar.
j.      Entregar bimestralmente por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos 015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 13 de enero de 2023, un Acta de cierre del proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca y por el Titular de la Secretaría de Finanzas, en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES" que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2022 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso o) del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2022, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán:
POR "GOBERNACIÓN"
NOMBRE:
Susana Vanessa Otero González.
CARGO:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
DIRECCIÓN:
Doctor José María Vértiz número 852, Piso, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
TELÉFONO:
52098800 Extensión 30367
CORREO ELÉCTRONICO
INSTITUCIONAL:
sotero@segob.gob.mx
 
POR "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
NOMBRE:
Giovanni Israel Zúñiga Ramírez.
CARGO:           
Secretario Particular, adscrito a la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca.
DIRECCIÓN:
Heroica Escuela Naval Militar, número 221, Colonia Reforma, Código Postal 68050, Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca.
TELÉFONO:
951 1328243
CORREO ELÉCTRONICO
INSTITUCIONAL:
smo.oficialia2020@gmail.com,
asesoriasmo2020@gmail.com
 
A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas. Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento jurídico y el inciso f) del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento jurídico y en el Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2022, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones
aplicables.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2022 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen el numeral Cuadragésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA. - RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo de los LINEAMIENTOS, procederá a dar por terminado el presente Convenio de Coordinación y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento jurídico corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría y Tansparencia Gubernamental de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de éstos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2022. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hacen a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 27, fracción II, inciso a) del PEF 2022.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se
realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 23 del mes de junio de 2022.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Francisco Javier García López.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Jorge Antonio Hidalgo Tirado.- Rúbrica.- La Secretaria de las Mujeres de Oaxaca y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ana Isabel Vásquez Colmenares Guzmán.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación de fecha 23 de junio de 2022 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado de Oaxaca, de conformidad con el numeral Vigésimo octavo. de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES
Entidad federativa:
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA
 
Nombre del proyecto:
AVGM/OAX/AC2/SM/88
 
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
Prevención. Conlleva a garantizar la prestación de servicios jurídicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas e indirectas.
 
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
19 de enero 2022
 
Instancia Local Responsable:
Secretaría de las Mujeres de Oaxaca
 
Instancia Local Receptora:
Secretaría de las Mujeres de Oaxaca
 
B. MONTO APROBADO
Monto aprobado:
$2, 197,999.92 ( Dos Millones ciento noventa y siete mil novecientos noventa y nueve pesos 92/100 M.N)
 
Monto coparticipación:
No aplica
 
Fecha de inicio del Proyecto:
01 de julio de 2022
 
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2022
30 noviembre de 2022
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al Lineamiento Décimo noveno he tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
Nombre:
Giovanni Israel Zúñiga Ramírez
Cargo:
Secretario Particular
Área de adscripción:
Oficina de la Secretaria
Teléfono institucional
951 132 8243
Correo Institucional
giovanni.zuniga.smo@oaxaca.gob.mx
smo.oficialia2020@gmail.com
Domicilio
Heroica Escuela Naval Militar 221, colonia Reforma, 68050, Oaxaca de Juárez, Oaxaca
 
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
d.1 Justificación
Medida de Atención
Acción Coadyuvante
Objetivo General
A. Medida de Prevención.
III. Las acciones para asegurar recursos financieros, humanos y materiales que permitan el adecuado desempeño de las instituciones de seguridad, salud, educación, procuración, administración de justicia y atención a las mujeres.
IV. El diseño de una estrategia de prevención de violencia contra las mujeres indígenas y afromexicanas al interior de sus comunidades, que tenga por objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Deberá contener el fortalecimiento y certificación de personas que traduzcan en las lenguas representativas.
2. Prevención. Conlleva a garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas.
Desarrollo de acciones estratégicas para la identificación, atención, canalización y/o seguimiento a niñas, adolescentes, mujeres víctimas y sus familiares, en situación de violencia de género, especialmente de mujeres que se autoadscriben indígenas, afromexicanas y/o habitan en los 40 municipios con AVGM o con alta incidencia delictiva en violencia de género.
 
 
d.2 Metodología
Objetivos específicos
Actividades
Indicadores
Medios de verificación
Contratación de personal eventual con conocimientos en perspectiva de género, enfoque de derechos humanos y pertinencia cultural para la atención jurídica, psicológica, de trabajo social, tanatología, criminología y/o similares a niñas, adolescentes, mujeres víctimas y sus familiares, en situación de violencia de género, especialmente de mujeres que se autoadscriben indígenas, afromexicanas y/o habitan en los 40 municipios con AVGM o con alta incidencia delictiva en violencia de género.
Emisión de convocatoria y contratación de personal eventual jurídico, psicológico y de trabajo social
Número de contratos
suscritos
Contratos
Apoyar en el seguimiento de expedientes jurídicos, psicológicos, de trabajo social o tanatológico de niñas, adolescentes, mujeres víctimas y sus familiares, en situación de violencia de género, especialmente de mujeres que se autoadscriben indígenas, afromexicanas y/o habitan en los 40 municipios con AVGM o con alta incidencia delictiva en violencia de género, que han sido canalizadas al Centro de Atención Integral Mujeres en Situación de Violencia.
Realizar acciones jurídicas dentro de los expedientes de seguimiento del Centro de Atención Integral a Mujeres en Situación de Violencia
Número de acciones
jurídicas, realizadas.
Informe de actividades
Realizar acciones en apoyo a las áreas de trabajo social, psicología, tanatología, criminología y/o similares, que atienden a usuarias de seguimiento del Centro de Atención Integral a Mujeres en Situación de Violencia
Número de acciones de
trabajo social, psicología o
tanatología realizadas.
Informe de actividades
Apoyar en el seguimiento de expedientes jurídicos y psicológicos de mujeres víctimas de violencia de género del refugio llamado "Casa de Medio Camino" de Oaxaca de Juárez.
Realizar acciones jurídicas dentro de los expedientes de la "Casa de Medio Camino" de Oaxaca de Juárez.
Número de acciones
jurídicas, realizadas.
Informe de actividades
Realizar acciones de apoyo en el área de trabajo social, psicología, tanatología, criminología y/o similares dentro de los expedientes de la "Casa de Medio Camino" de Oaxaca de Juárez.
Número de acciones de
psicología realizadas.
Informe de actividades
Seguimiento de acciones jurídicas y de prevención a niñas, adolescentes, mujeres víctimas y sus familiares, en situación de violencia de género, especialmente de mujeres que se autoadscriben indígenas y/o afromexicanas en los municipios con AVGM.
Realizar acciones jurídicas y de prevención en los municipios con AVGM
Número de acciones
jurídicas y/o de prevención
Informe de actividades
Realizar acciones de colaboración en las acciones jurídicas y de prevención en los municipios con AVGM
Número de acciones de
colaboración en las
acciones jurídicas y/o de
prevención
Informe de actividades
Realizar acciones de coordinación, seguimiento y concentración de resultados
Número de acciones de
coordinación realizadas
Informe de actividades
 
d.2.1 Pasos a desarrollar
En el estado de Oaxaca del de enero al 10 de noviembre de 2021, ocurrieron 36 feminicidios, 48 homicidios dolosos de mujeres, 1629 delitos sexuales y 5766 delitos de violencia familiar, es importante mencionar que el municipio con mayor incidencia en el delito de feminicidios con 3 casos es la Heroica ciudad de Juchitán de Zaragoza, con 2 casos la Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo, Putla Villa de Guerrero, Salina Cruz, San Pedro Mixtepec (Distrito 22) y Salina Cruz, con 1 caso los municipios de Acatlán de Pérez Figueroa, Cuilapam de Guerrero, Barrio la Soledad, Huautla de Jiménez, Loma Bonita, Mazatlán Villa de Flores, Ocotlán de Morelos, San Antonio de la Cal, San Dionisio del Mar, San Felipe Tejalapam, San Juan Guichicovi, San Lucas Zoquiapam, San Miguel Ahuehuetitlan, San Pedro Jicayan, San Pedro y San Pablo Tequixtepec, Santa María Colotepec, Santa María Guienagati, Santa María Tlahuitoltepec, Santa María Zacatepec, Santiago Pinotepa Nacional, Santo Domingo Tehuantepec, Villa de Etla y Villa de Tututepec de Melchor Ocampo; es decir de los 40 municipios con AVGM en 14 se presentaron casos de feminicidios.
De acuerdo al Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI, habitan 1,221,555 personas que se consideran indígenas, siendo el 53 % mujeres y 47% hombres, esta población reside en 552 municipios de 570 del estado, siendo un grupo poblacional importante que se debe considerar en el desarrollo de acciones para la identificación, canalización y seguimiento a niñas, adolescentes y mujeres que sufren violencias.
En lo que respecta a la población que se considera afromexicana, el estado ocupa el segundo lugar a nivel nacional con un 4.9% del total de afrodescendientes en el país, de acuerdo a la distribución por sexo en el estado el 53% son mujeres, teniendo mayor predominancia en la región de la costa con un 42.2% del total, seguido de valles centrales con un 23.5%, Sierra Sur con 10.8 %, Mixteca con 8.3%, Istmo con 6.6%, Papaloapan 5.2% , la Cañada con 2.6% y la Sierra Norte con un 0.8 %, lo anterior con base en la información publicada por la Dirección General de Población de Oaxaca de 2020.
Como se muestra en los datos, estos grupos de población representan un sector considerable en el estado, por tal motivo es importante darle atención prioritaria, ya que en ellos convergen situaciones sociales que pudieran contribuir a la violencia de género, por tal motivo es importante reforzar las acciones que se han venido realizando para atender, prevenir y erradicar la violencia de género y con el presente proyecto se busca dar cumplimiento atendiendo a la medida 3 y 4 de prevención de la AVGM:
III. Las acciones para asegurar los recursos financieros, humanos y materiales que permitan el adecuado desempeño de las instituciones de seguridad, salud, educación, procuración, administración de justicia y atención a las mujeres.
IV. El diseño de una estrategia de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas y afromexicanas al interior de sus comunidades, que tenga por objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Deberá contener el fortalecimiento y certificación de personas que traduzcan en las lenguas representativas.
La Secretaría de las Mujeres a través del Centro de Atención a mujeres en situación de violencia brinda asesoría, acompañamiento y/o representación jurídica según sea requerido, además de acompañamiento psicoterapéutico y trabajo comunitario a favor de las comunidades con el objeto de sensibilizar y capacitar en temas de derechos humanos de las mujeres. Este Centro se integra por 4 unidades de atención: Unidad de Atención Integral en situación de violencia familiar y género, Unidad de Atención a mujeres en situación de Violencia Sexual, Unidad de Atención y Seguimiento a casos de feminicidio en el estado y el grupo focalizado para la atención y seguimiento de casos de violencia digital en razón de género contra las mujeres en el estado de Oaxaca, se destaca a nivel nacional la atención que brinda este centro por su modelo de atención.
Durante 2020 el Centro de Atención a Mujeres en situación de Violencia brindó 115,544 servicios a mujeres en situación de violencia, mientras que en el 2021 los servicios se incrementaron un 41.25%, siendo un total de 163,210 servicios brindados. Este incremento en el número de servicios brindados refuerza la
necesidad de continuar con las acciones llevadas a cabo con el proyecto AVGM/OAX/M1/SMO/29 para el ejercicio fiscal 2021, en el cual se brindaron un total de 8,816 acciones.
Como se menciona en el párrafo anterior es necesario continuar con los esfuerzos realizados durante el 2021 para brindar atención integral a mujeres en situación de violencia, esto como resultado de los factores, como la pandemia por COVID 19 que contribuyen en el aumento de los servicios solicitados, por lo cual, es necesario seguir contando con personal de apoyo para las asesoras víctimas que atienden casos de violencia y personal de apoyo en las áreas de psicológica, trabajo social e incluir los servicios de tanatología que permitan la atención oportuna e integral.
Dentro de la acción de coadyuvancia para este año se precisa necesario continuar la colaboración con la "Casa de Medio Camino" (CAMEC), ya que en el cumplimiento de su objetivo de brindar refugio seguro, temporal y gratuito, a mujeres, sus hijas e hijos, víctimas de violencia de género, que contribuya a restablecer el pleno ejercicio de sus derechos y la construcción de un nuevo plan de vida libre de violencia de género, los servicios jurídicos y psicológicos permiten brindar una atención integral, y que, con el proyecto antes mencionado se logró contribuir con el objetivo de la CAMEC brindando un total de 688 acciones jurídicas y psicológicas.
Con la finalidad de reducir la violencia contra las mujeres en los municipios con AVGM, es necesario contar con profesionistas del área jurídica que de forma estratégica y funcional cubran las 8 regiones del estado, que mediante acciones de prevención, identificación, atención, seguimiento y/o canalización a niñas, adolescentes, mujeres víctimas y sus familiares, en situación de violencia de género, especialmente de mujeres que se autoadscriben indígenas y/o afromexicanas; y que en colaboración con intérpretes de lenguas indígenas se contribuya a este objetivo.
Derivado de lo anterior, es necesario implementar acciones que permitan la prevención, pero también la atención y seguimiento a las mujeres que sufren violencias, por lo que este proyecto busca involucrar a abogadas, psicólogas, trabajadoras sociales, interpretes en lenguas indígenas, tanatólogas, criminólogas o similares para que brinden atención integral, desarrollándose en las siguientes fases:
Fase 1. Planeación.
-      Mes 1. Contratación de personal
-      Mes 1. Reunión con el personal contratado para la identificación de las actividades, presentación del plan de trabajo y establecimiento de metas.
-      Mes 1. Elaboración de formatos de informe de actividades
-      Mes 1. Elaboración del formato, seguimiento y resultados del proyecto
Fase 2. Ejecución.
-      Mes 1. Identificación y acercamiento a expedientes jurídicos, psicológicos, trabajo social y acciones de tanatología a realizar
-      Mes 1,2, 3, 4, y 5 revisión y/o seguimiento de expedientes jurídicos e implementación de acciones jurídicas, psicológicas, de trabajo social y tanatología.
-      Mes 1. Identificación y acercamiento a expedientes jurídicos, psicológicos, trabajo social y acciones de tanatología a realizar en la Casa de Medio Camino
-      Mes 1,2, 3, 4, y 5 acciones jurídicas y de prevención en los municipios con AVGM en colaboración con las intérpretes en lenguas indígenas.
-      Mes 1,2, 3, 4, y 5 supervisión y seguimiento de las acciones realizadas por parte de la coordinación.
Fase 3. Cierre.
-      Mes 5. Reunión para revisión y análisis de los resultados obtenidos
-      Mes 5. Valoración de los resultados obtenidos y de las observaciones necesarias para complementar el informe final.
Como parte del seguimiento que brindará la SMO, se realizarán acciones de promoción y vinculación a actividades económicas, así mismo se les brindará la información relativa a programas sociales que impulsa el gobierno federal, lo anterior como parte del empoderamiento de las mujeres que han sufrido violencia.
d.3 Cobertura geográfica y población beneficiaria
 
d.4 Actores estratégicos
Actor
Tipo de participación
Las Instancias Municipales.
Red de puntos de atención para el primer contacto a víctimas de violencia de género para la correcta canalización a las instituciones estatales competentes.
Casa de Medio Camino de la Ciudad de Oaxaca de
Juárez.
Será beneficiada directa del proyecto y colaborará con la comprobación y logro de los objetivos del proyecto.
Seguridad Pública del Estado.
Para salvaguardar la integridad física de las mujeres víctimas de violencia.
Fiscalía General del Estado.
Como institución encargada de iniciar la investigación, recibir denuncias, ejecutar órdenes de aprehensión y ejercer acción penal, entre otras, se estará en contacto permanente.
Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Como institución encargada de procuración de justicia, se estará en contacto permanente
Sistema Estatal de Prevención, Atención, Sanción y
Erradicación de la Violencia contra las Mujeres.
A través de la participación de las instituciones que integran el Comité de Prevención y el Subcomité de la Medida 3 y 4 con el objeto de fortalecer los trabajos llevados a cabo con esta acción de coadyuvancia.
d.5 Identificación de riegos y cómo afrontarlos
Riesgo
Medidas de afrontamiento
Pandemia por
Covid-19 y variantes
Además de brindar atención de forma presencial en los municipios, se habilitarán líneas telefónicas para la atención de las mujeres, niñas y adolescentes que sufren violencia, así mismo niñas, adolescentes y mujeres que sufren violencia y sus familiares.
Retraso en los recursos
Establecer una calendarización con tiempos aproximados a la transferencia de los recursos, tomar en cuenta el proceso administrativo que se conlleva para el ejercicio de estos y continuar trabajando con recurso estatal.
 
d.6 Cronograma de actividades y gasto
(Las actividades deben de coincidir con las asentadas en el punto d.2 Metodología). Si requiere más campos relativos al mes puede agregarlos en el orden correspondiente.
 
ACTIVIDADES
CONCEPTO DE
GASTO
MES
MONTO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
Emisión de convocatoria y contratación de personal eventual jurídico, psicológico y de trabajo social
No aplica
X
 
 
 
 
 
No aplica
Realizar acciones jurídicas dentro de los expedientes de seguimiento del Centro de Atención Integral a Mujeres en Situación de Violencia
Pago de honorarios de servicios profesionales de 10 Abogadas
 
X
X
X
X
X
$776,296.20
Realizar acciones en apoyo a las áreas de trabajo social, psicología, tanatología, criminología y/o similares, que atienden a usuarias de seguimiento del Centro de Atención Integral a Mujeres en Situación de Violencia
Pago de honorarios de servicios profesionales de 6 psicólogas, trabajadoras sociales, tanatólogas, criminólogas y/o similares.
 
X
X
X
X
X
$465,777.72
Realizar acciones jurídicas dentro de los expedientes de la "Casa de Medio Camino" de Oaxaca de Juárez.
Pago de honorarios de servicios profesionales de 1 abogada.
 
X
X
X
X
X
$77,629.62
Realizar acciones de apoyo en el área de trabajo social, psicología, tanatología, criminología y/o similares dentro de los expedientes de la "Casa de Medio Camino" de Oaxaca de Juárez.
Pago de honorarios de servicios profesionales de 1 psicóloga, trabajadora social, tanatóloga, criminóloga o similares.
 
X
X
X
X
X
$77,629.62
Realizar acciones jurídicas y de prevención en los municipios con AVGM
Pago de honorarios de 6 abogadas, psicóloga, tanatóloga, criminóloga o similares
 
X
X
X
X
X
$573,777.72
Realizar acciones de colaboración en las acciones jurídicas y de prevención en los municipios con AVGM
Pago de honorarios de servicios profesionales de 2 intérpretes de lenguas indígenas, psicóloga, trabajadora social, tanatóloga, criminóloga o similares
 
X
X
X
X
X
$131,259.24
Realizar acciones de coordinación, seguimiento y concentración de resultados
Coordinación, seguimiento y concentración de resultados
 
X
X
X
X
X
$95,629.80
(DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 92/100 M.N.)
$2,197,999.92
 
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas, así como sus antecedentes respecto a la elaboración de otros proyectos en otras entidades federativas
Tipo de perfil requerido:
Prestador de Servicios Profesionales
 
Áreas de especialización requeridas
Áreas de especialización
Años de Experiencia
Mínima Requerida
Grado o nivel de especialización
Ciencias Jurídicas
1 año
Licenciatura
Psicología o afines
1 año
Licenciatura
Trabajo social o afines
1 año
Licenciatura
Tanatología o afines
1 año
Diplomado
Criminalística o afines
1 año
Licenciatura
Intérprete o traductora en lenguas indígenas
1 año
Auto adscripción y/o comprobante del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano o certificación o constancia suscrita por una autoridad municipal indígena
Similares
1 año
Licenciatura o Ingeniería
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Vigésimo octavo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/OAX/AC2/SM/88, en la Ciudad de México a 23 de junio de 2022.
________________________
 

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