DOF: 14/10/2022
ACUERDO mediante el cual se da a conocer que queda sin efectos el similar por el que sin desincorporar del régimen del dominio público de la federación, se autorizó la aportación al patrimonio del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, del inmu

ACUERDO mediante el cual se da a conocer que queda sin efectos el similar por el que sin desincorporar del régimen del dominio público de la federación, se autorizó la aportación al patrimonio del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, del inmueble denominado Zona Económica Especial (ZEE) en Salina Cruz, Oaxaca, con superficie de 5 333,325.326 metros cuadrados, ubicado en el Parque Industrial complementario del Parque Industrial de Salina Cruz, Estado de Oaxaca, con Registro Federal Inmobiliario número 20-26380-4.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- AD-015-2022.

ACUERDO mediante el cual se da a conocer que queda sin efectos el similar por el que sin desincorporar del régimen del dominio público de la federación, se autorizó la aportación al patrimonio del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, del inmueble denominado Zona Económica Especial (ZEE) en Salina Cruz, Oaxaca, con superficie de 5'333,325.326 metros cuadrados, ubicado en el Parque Industrial complementario del Parque Industrial de Salina Cruz, Estado de Oaxaca, con Registro Federal Inmobiliario número 20-26380-4.
VÍCTOR JULIÁN MARTÍNEZ BOLAÑOS, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 17, 26 y 31 fracciones XXIX y XXX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracción XXII, 11 fracción I y 28 fracción I de la Ley General de Bienes Nacionales; 2 Apartado D, fracción VI, 98-B y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y 1, 2, 3 fracciones VIII, X, XXVI y XXXI, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracción XXXIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales;
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Que con fecha 5 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Administrativo por el cual, sin desincorporar del régimen de dominio público de la Federación, se autorizó la Aportación al patrimonio del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, del inmueble denominado "Zona Económica Especial (ZEE) en Salina Cruz, Oaxaca", con superficie de 5'333,325.326 metros cuadrados, ubicado en el Parque Industrial complementario del Parque Industrial de Salina Cruz, Estado de Oaxaca, con Registro Federal Inmobiliario número 20-26380-4, estableciendo en su resolutivo Sexto:
SEXTO.- Si dentro del año siguiente a la entrada en vigor de este Acuerdo, no se hubiere celebrado el contrato correspondiente a la operación que se autoriza, por causas imputables el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, determinada por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo este Instituto publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que se dé a conocer esta circunstancia, así como notificarlo a dicho organismo.
SEGUNDO. Que mediante oficio número CIIT/DG/0217/2021 de fecha 10 de septiembre de 2021, el Director General del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, hizo del conocimiento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales el desistimiento de ese organismo público descentralizado de su solicitud de aportación a su patrimonio del inmueble federal indicado en el Considerando primero del presente, solicitando se deje sin efectos el Acuerdo publicado el 5 de enero de 2021 citado en el mismo considerando.
TERCERO.- Que ha transcurrido en exceso el plazo de un año establecido en el resolutivo sexto del Acuerdo Administrativo descrito en el Considerando Primero del presente instrumento, sin que se haya celebrado el contrato para formalizar la operación inmobiliaria autorizada por dicho Acuerdo, motivo por el cual se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Queda sin efectos el Acuerdo Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2021, por el que sin desincorporar del régimen del dominio público de la federación, se autorizó la aportación al patrimonio del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, del inmueble denominado Zona Económica Especial (ZEE) en Salina Cruz, Oaxaca, con superficie de 5'333,325.326 metros cuadrados, ubicado en el Parque Industrial complementario del Parque Industrial de Salina Cruz, Estado de Oaxaca, con Registro Federal Inmobiliario número 20-26380-4.
SEGUNDO. - Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y considérese como aviso en atención a lo dispuesto en el resolutivo Sexto del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2021, e inscríbase en el Registro Público de la Propiedad Federal.
TERCERO. - Notifíquese por oficio al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec el contenido del presente instrumento.
CUARTO. - Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 5 de octubre de 2022.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Víctor Julián Martínez Bolaños.- Rúbrica.

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