ACUERDO por el que se destina al servicio de CFE Distribución, empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, la superficie de 103.41 m2 de zona federal marítimo terrestre del estero, ubicada en la avenida Caleta, Holbox, Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Quintana Roo, para colocar un registro tipo X para cables de alta tensión para la llegada de cable submarino a la isla Holbox.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6 fracción II, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción IV, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5o., 6o., 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 5, 6 fracción XXVII y 19 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 103.41 m2 de zona federal marítimo terrestre del estero, ubicada en la avenida Caleta, Holbox, Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Quintana Roo, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con clave No. PEN-BOX-TRY-04, hoja 1 de 1, elaborado a escala 1:100, el 5 de mayo de 2022, el cual se ajusta a la delimitación oficial vigente con clave 23007/2018/05, plano 3 de 6, elaborado a escala 1:2,000, en octubre de 2018, basado en un sistema de coordenadas UTM, zona 16, con un Datum de referencia WGS84, que obra en el expediente 808/QROO/2020 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.
Que CFE Distribución, empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, mediante solicitud recibida con fecha 21 de octubre de 2020, pide se destine a su servicio la superficie descrita en el considerando anterior, para colocar un registro tipo X para cables de alta tensión para la llegada de cable submarino a la isla Holbox.
Que mediante oficio No. 006, de fecha 10 de marzo de 2020, el Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Estado de Quintana Roo, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino.
Que mediante oficio No. SGPA/DGIRA/DG/02886 de fecha 10 de abril de 2019, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, emitió resolución favorable, autorizando a CFE Distribución, el proyecto denominado "Construcción de tramo submarino 1C-3F-4H-34.5 KV-10.5 KM-500 KCM, Chiquilá-Holbox", que comprende llevar a cabo obras para la instalación subterránea de una línea de transmisión eléctrica.
Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones técnicas No. DDPIF-78/22 de fecha 17 de agosto de 2022, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales y la No. SRA-DGZFMTAC-DMIAC-0307/2022 de fecha 9 de septiembre de 2022, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, por lo que determinó que la solicitud realizada por CFE Distribución, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.
Que en virtud de que CFE Distribución, conforme a los artículos 62 de la Ley General de Bienes Nacionales y 22 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar, ha integrado debidamente su solicitud de destino, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando en la medida de lo posible a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal con los inmuebles que requieran para la atención de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se destina al servicio de CFE Distribución, empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, la superficie de 103.41 m2 de zona federal marítimo terrestre del estero, ubicada en la avenida Caleta, Holbox, Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Quintana Roo, para colocar un registro tipo X para cables de alta tensión para la llegada de cable submarino a la isla Holbox, cuya descripción técnico-topográfica es la siguiente:
Cuadro de coordenadas de zona federal marítimo terrestre
V | COORDENADAS |
X | Y |
C1 | 461279.5410 | 2379817.0500 |
C2 | 461268.8460 | 2379833.9510 |
C3 | 461264.4940 | 2379831.1970 |
C4 | 461275.1890 | 2379814.2960 |
C1 | 461279.5410 | 2379817.0500 |
SUPERFICIE TOTAL: 103.41 m²
ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo únicamente confiere a CFE Distribución, el derecho de usar la superficie destinada al cumplimiento del objeto señalado en el artículo primero del presente instrumento, no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor del destinatario, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Bienes Nacionales y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
ARTÍCULO TERCERO.- CFE Distribución, al realizar las obras para el uso autorizado en el presente, deberá evitar la instalación de elementos y afectaciones que sobresalgan en la superficie de zona federal marítimo terrestre que se destina a su servicio.
ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en cualquier momento, podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre, motivo por el cual las coordenadas de los vértices, rumbos y distancias de la poligonal que integra la superficie destinada, podrán ser modificadas.
ARTÍCULO QUINTO.- En caso de que CFE Distribución, diera a la superficie de zona federal marítimo terrestre que se destina, un aprovechamiento distinto al previsto en este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, o dejara de utilizarla o necesitarla, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta última.
ARTÍCULO SEXTO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil veintidós.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.