DOF: 25/10/2022
ACUERDO por el que se emite la Convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables 2020, 2021 y 2022

ACUERDO por el que se emite la Convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables 2020, 2021 y 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 17, 26 y 35, fracciones XXI y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 3o., 4o., 8o., fracciones I, II, XV, XLI y XLII, 29, 151 y 152 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 4o., de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o., apartado B, fracción II, 5o., fracción XXV, 19, fracciones XVI y XXVI, 52, 53 y octavo transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en correlación con el artículo 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de julio de 2001, y 1o., 2o., fracciones I y XXXIV y 7o., fracción XXXI del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), publicado en el DOF el 5 de junio de 2001, y
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, organizar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, por conducto de la CONAPESCA, en coordinación y colaboración con el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura, con las comisiones de Pesca de las Cámaras de Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión y demás instancias públicas y privadas que estime pertinente, con el objeto de reconocer y premiar anualmente a personas físicas y morales, cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentales de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables.
Que el 2 de noviembre de 2020, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se establece el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, con el objeto de establecer el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables a personas físicas y morales mexicanas cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de la diversidad de los ecosistemas acuáticos, pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y comercialización de productos sustentables; que en su ARTÍCULO SEGUNDO dispone que la convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables será publicada anualmente en el DOF.
Que el 16 de diciembre de 2020, se publicó en el DOF el ACUERDO por el que se modifica por primera ocasión el similar por el que se establece el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, publicado en el DOF el 2 de noviembre de 2020; en el que se adiciona un artículo SEXTO que establece que la convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables que corresponde al año 2020, será publicada en el DOF en el año 2021 y la premiación respectiva se efectuará de forma conjunta con la del año 2021.
Que el 8 de febrero de 2022, se publicó en el DOF el ACUERDO por el que se modifica por segunda ocasión el diverso por el que se establece el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, en el que se modifica el artículo SEXTO, estableciendo que la convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables que corresponde a los años 2020 y 2021, será publicada en el DOF en el año 2022 y la premiación de los tres años se efectuará de forma conjunta; en consecuencia, para que se otorgue el premio, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA PARA OTORGAR EL PREMIO A LA PESCA Y
ACUACULTURA SUSTENTABLES 2020, 2021 y 2022
A las personas físicas y morales mexicanas, cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas para la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de los ecosistemas acuáticos pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y la comercialización de productos sustentables, conforme a las siguientes:
BASES
1. Las categorías de participación para el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables:
1.1.  Acuacultura rural. Personas físicas, sociedades cooperativas y pequeñas empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable de pequeña escala, que aseguran la sanidad de la especie, minimicen el impacto a las poblaciones y ecosistemas y/o aseguran la responsabilidad social, generando beneficios a nivel comunitario, regional y nacional.
1.2.  Acuacultura comercial. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable a gran escala, que aseguran la sanidad de la especie, minimizan el impacto a las poblaciones y ecosistemas, aseguran la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
1.3.  Pesca comercial de pequeña escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y pequeñas empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de pesca sustentable de pequeña escala, que aseguran la sanidad de las especies objetivo, minimicen el impacto al ecosistema, garanticen un sistema de manejo funcional y transparente, aseguren la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
1.4.  Pesca comercial de gran escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción y comercialización pesquera a gran escala que realizan programas y proyectos de manejo sustentable de los recursos y ecosistemas, incluyendo prácticas que aseguran la sanidad de las especies objetivo, el menor impacto al ecosistema, un sistema de manejo funcional y transparente, aseguran la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando impactos y beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
1.5.  Investigación pesquera o acuícola. Personas físicas, centros de investigación y organizaciones de la sociedad civil, cuyas contribuciones a la ciencia hayan impulsado prácticas de pesca y acuacultura sustentables, incluyendo investigación básica o aplicada, que contribuyan a la recuperación de las especies objetivo y ecosistemas, sistemas de manejo funcional y transparente, responsabilidad social, comercialización e innovación tecnológica. Se reconocerán esfuerzos sobresalientes a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
2. Criterios de participación:
2.1.  Las personas candidatas deberán ser postulados por una organización pública, privada o social relacionada con el sector pesquero y acuícola. No se aceptarán auto propuestas;
2.2.  No podrán ser postulados como candidatos las personas servidores públicos del Congreso de la Unión, de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a la propia Secretaría;
2.3.  No procederán las postulaciones de quienes estén sujetos a procedimientos de responsabilidad administrativa y/o penal o con procedimientos ante la CONAPESCA, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente u otras instancias gubernamentales federales o locales;
2.4.  No podrán participar quienes hayan recibido algún otro premio con el mismo trabajo otorgado por el Congreso de la Unión, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a la propia Secretaría;
2.5.  No podrán participar más de dos veces consecutivas las personas físicas y/o morales que hayan sido galardonadas en el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables en ediciones anteriores.
3. Requisitos de participación:
3.1.  Carta de postulación. Presentar Carta de postulación que deberá incluir los datos de la persona candidata, señalando el nombre, dirección, teléfono y correo electrónico; la categoría en la que participará; así como el programa o proyecto que reflejen la innovación, impacto y trascendencia de sus esfuerzos en la sustentabilidad pesquera y/o acuícola. Además el nombre, firma, teléfono y correo electrónico de la persona postulante; solamente podrá nominar a un candidato.
3.2.  Ficha técnica. Documento no mayor a cinco cuartillas tamaño carta, el cual contendrá la información del programa o proyecto conforme la categoría en la que participará.
3.3.  Evidencias. Todas aquellas pruebas que avalen cada una de las acciones destacadas en la Ficha Técnica (fotografías, materiales didácticos, videos, reconocimientos, cartas de apoyo, entre otros); para la categoría de Investigación Pesquera y Acuícola, es requisito incluir el listado de publicaciones (liga electrónica) para comprobar trayectoria académica.
       El nombre de los archivos a enviar no deberá contener caracteres especiales (letras acentuadas, espacios en blanco, comas, guiones, medio y bajo, letra ñ, diagonales, símbolos matemáticos, asteriscos y signos de puntuación barras, paréntesis, corchetes, comillas, puntos) y deben ser compactados como carpeta zip. Los formatos de archivos permitidos son: fotografía: .jpeg, .png; documentos: .xls, .doc, .pdf, .ppt.
       Las evidencias en video deberán ser indicadas en la Ficha Técnica únicamente con la liga de Youtube o de la plataforma en la que se encuentren hospedados.
       En caso de requerirse, las personas que sean candidatas podrán enviar una o varias cartas de apoyo para avalar su trabajo y experiencia, las cuales deben de venir debidamente firmadas. Todas las cartas deben estar integradas en un mismo archivo.
       No se recibirán evidencias que no sean remitidas de acuerdo con las indicaciones anteriores.
       Toda la documentación (Carta de postulación, Ficha Técnica y Evidencias) debe de ser enviadas en un solo correo, de otra manera no serán tomadas en cuenta.
Los formatos de los apartados 3.1 y 3.2 del presente capítulo, están a disposición en la liga electrónica https://www.conapesca.gob.mx/wb/cona/premio_pesca_2022 y se deberán llenar todos los campos con la información requerida.
4. Registro y envío y/o entrega de documentos:
       Se podrán enviar los requisitos de participación establecidos en el numeral 3 de la presente convocatoria, para postular a las personas que sean candidatas, a través de los medios siguientes:
4.1.  Vía correo electrónico. Al correo electrónico institucional pesca.acua@conapesca.gob.mx.
4.2.  Vía correo certificado. En las instalaciones de la CONAPESCA, ubicadas en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa, en Avenida Camarón Sábalo No. 1210, Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100.
       En este caso, se aceptarán aquellas postulaciones que, pese a su recepción extemporánea, la fecha del sello en el documento físico coincida con el límite de la presente convocatoria.
4.3.  Entrega física de documentos. En Oficialía de Partes, en las instalaciones de la CONAPESCA, ubicadas en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa, en Avenida Camarón Sábalo No. 1210, Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100.
El registro de candidaturas deberá realizarse dentro de los 15 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo. En caso de cumplir con los requisitos establecidos, se enviará el número de folio de participación, al correo electrónico que se proporcionó en la información de contacto del candidato que se incluye en la Carta de Postulación.
Cuando la información y documentación se presente incompleta, se notificará por una sola vez a la persona postulante, especificándole el requisito o información faltante, para que lo subsane dentro de los 15 días hábiles que dura el periodo de recepción de candidaturas.
5. Confidencialidad de la información
La información que presenten las personas postulantes y la que se genere durante el proceso de evaluación, será considerada como reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus correlativos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y será utilizada, únicamente, para fines del proceso de evaluación y selección.
6. Jurado Calificador
El Jurado Calificador del premio es independiente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y a las instancias o instituciones organizadoras. Estará integrado por al menos 3 y máximo 5 personas expertas en la materia correspondiente a cada una de las categorías siguientes: I) Acuacultura rural y comercial; II) Pesca comercial de pequeña y gran escala y III) Investigación pesquera o acuícola, y sus nombres serán dados a conocer al momento de la premiación.
En caso de empate en la selección del ganador, el Jurado Calificador de las categorías correspondientes, decidirá al ganador del premio por mayoría de votos.
7. Evaluación
El Jurado Calificador evaluará las candidaturas considerando la documentación remitida y bajo un sistema de puntaje de uno a cinco con base en los criterios siguientes:
7.1. Contribución al estado de sanidad de la especie objetivo;
7.2. Contribución a minimizar el impacto en el ecosistema y especies asociadas;
7.3. Contribución a mejorar el sistema de manejo;
7.4. Contribución a la responsabilidad social;
7.5. Beneficios a niveles local, regional o nacional;
7.6. Originalidad y creatividad del proyecto, e
7.7. Integración de los diferentes sectores de la cadena de valor.
En caso de que se detecte información y/o documentación falsa se procederá a la descalificación.
El fallo del Jurado Calificador será de carácter inapelable e irrevocable, se notificará al premiado y el resultado se hará del conocimiento público, a través de la página electrónica de la CONAPESCA https://www.gob.mx/conapesca, a través de redes sociales de la misma y de las instituciones integrantes del comité organizador, que así considere hacerlo.
El Jurado Calificador otorgará un primer, un segundo y un tercer lugar a cada una de las categorías. Si fuera el caso, el Jurado Calificador podrá declarar desierto el Premio, si la personas candidatas no reúnen los méritos suficientes o no haya participación en ninguna de las categorías o así lo determine el propio Jurado Calificador. Cualquier caso no previsto referente a la evaluación será resuelto por el Jurado Calificador.
8. Premios
Las personas ganadoras del primero, segundo y tercer lugar en cada categoría, se les otorgará un diploma de reconocimiento.
9. Ceremonia de premiación
El acto de premiación 2020, 2021 y 2022 tendrá verificativo en la fecha y lugar que determine la CONAPESCA, lo cual se hará de conocimiento público, con al menos 5 días hábiles previo al evento, a través de las páginas https://www.gob.mx/conapesca y https://www.gob.mx/inapesca/ y www.cobi.org.mx.
10. Informes
Para aclaración de dudas, así como para obtener más información puede contactar en el correo electrónico: pesca.acua@conapesca.gob.mx y/o en los teléfonos de la CONAPESCA (669) 915 6900, extensiones 58604, 58618, 58612 y 58620 de lunes a viernes con un horario de 9:00 a 15:00 horas.
"Esta convocatoria es pública, ajena a cualquier partido político y no persigue lucro alguno. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el presente Acuerdo".
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Ciudad de México, a 13 de octubre de 2022.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.

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