|
DOF: 23/11/2022 |
ACUERDO por el que se modifica por tercera ocasión el similar por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Precios de Garantía a Productos Alimentarios Básicos, a cargo de Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX, sectorizada en la ACUERDO por el que se modifica por tercera ocasión el similar por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Precios de Garantía a Productos Alimentarios Básicos, a cargo de Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX, sectorizada en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio fiscal 2022, publicado el 31 de diciembre de 2021. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 23, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9, 12, 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183, 190 fracciones I y II, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 5, 6, 21 y 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana; 3, fracción XII, 26, 27, 28 y 30, los Anexos 10, 11, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021; y los Artículos 1, 3 y 5, fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y CONSIDERANDOS Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), estable en el Artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Que el 31 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Precios de Garantía a Productos Alimentarios Básicos, a cargo de Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX, sectorizada en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio fiscal 2022, mismo que entró en vigor el mismo día de su publicación, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA POR TERCERA OCASIÓN EL SIMILAR POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE PRECIOS DE GARANTÍA A PRODUCTOS ALIMENTARIOS BÁSICOS, A CARGO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA MEXICANA, SEGALMEX, SECTORIZADA EN LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021 ARTÍCULO ÚNICO. - Se MODIFICAN el cuadro de la fracción I, del artículo 3 y el cuadro del artículo 4, todos del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Precios de Garantía a Productos Alimentarios Básicos, a cargo de Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX, sectorizada en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio fiscal 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2021, para quedar de la siguiente manera: ARTÍCULOS 1 al 2 [...] Artículo 3. Precios de Garantía a Productos Alimentarios Básicos cuyo acopio está a cargo SEGALMEX o LICONSA. I. [...] PRODUCTO | CICLO PRODUCTIVO | SUPERFICIE (ha) | PRECIO DE GARANTÍA (Pesos / Tonelada o Litro) | VOLUMEN MÁXIMO POR PRODUCTOR | Maíz de pequeños productores | P.V. 2022 | [...] | $6,805 | [...] | Frijol | P.V. 2022 | [...] | $17,344 | [...] | Leche | [...] | [...] | $10.60 | [...] | II. a IV. [...] Artículo 4. [...] [...] [...] [...] PRODUCTO | CICLO PRODUCTIVO | SUPERFICIE (ha) | PRECIO DE GARANTÍA O INCENTIVO (Pesos / Tonelada) | VOLUMEN MÁXIMO POR PRODUCTOR | Maíz de medianos productores | [...] | [...] | [...] | [...] | Trigo panificable | O.I.2021-2022 | [...] | $6,938 | [...] | Trigo panificable Pequeños productores | O.I.2021-2022 | [...] | $7,480 | [...] | Trigo cristalino | [...] | [...] | [...] | [...] | Arroz | O.I.2021-2022 | [...] | $7,328 | [...] | Arroz Pequeños productores | O.I.2021-2022 | [...] | $7,913 | [...] | [...] Artículo 5 al 43 [...] TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2022.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|

|
|
|
|
| |
|