DOF: 23/11/2022
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las empresas productivas del Estado, Fiscalía General de la República y entidades federativas, que en cumplimiento a la sentencia de nulidad d

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las empresas productivas del Estado, Fiscalía General de la República y entidades federativas, que en cumplimiento a la sentencia de nulidad dictada por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio contencioso 14780/18-17-05-4/799-20-PL-10-04, se emitió el acuerdo que dejó sin efectos la resolución administrativa de fecha 30 de abril de 2018 y la consecuente inhabilitación temporal de seis meses impuesta a la persona moral Tormag, S.A. de C.V. en el expediente administrativo CI-S-PEP-011/2015, por lo que igualmente quedó sin efectos la Circular UR-DPEP-S-011/2018, publicada el 31 de mayo de 2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos, Empresa Productiva del Estado.- Delegación de la Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos, Empresa Productiva del Estado, en Pemex Exploración y Producción, Empresa Productiva del Estado, Subsidiaria de Petróleos Mexicanos.- Área de Responsabilidades.- Expediente: CI-S-PEP-011/2015.

CIRCULAR No. UR-DPEP-S-02/2022
Por la que se comunica a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como a las Empresas Productivas del Estado, Fiscalía General de la República y Entidades Federativas, que en cumplimiento a la sentencia de nulidad de fecha 6 de julio de 2022 dictada por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio contencioso 14780/18-17-05-4/799-20-PL-10-04; se emitió el acuerdo de 15 de noviembre de 2022 que dejó sin efectos la resolución administrativa de fecha 30 de abril de 2018 y la consecuente inhabilitación temporal de seis meses impuesta a la persona moral TORMAG, S.A. DE C.V. en el expediente administrativo CI-S-PEP-011/2015, por lo que igualmente quedó sin efectos la Circular UR-DPEP-S-011/2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2018, por la que se informó de dicha sanción.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, segundo párrafo, 16, primer párrafo y 109, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción III inciso C y 8, fracción XIV y 38, fracción III, numerales 1 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 185 del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos; 133 del Estatuto Orgánico de Pemex Exploración y Producción; 90 de la Ley de Petróleos Mexicanos; y 48 del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos.
Lo anterior, para su difusión y observancia.
Atentamente
Ciudad de México, a 15 de noviembre de 2022.- El Titular del Área, Víctor Octavio Gómez Cerecedo.- Rúbrica.

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