ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Calendario Anual de Labores para el año 2023 y principios de 2024.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES APRUEBA SU CALENDARIO ANUAL DE SESIONES ORDINARIAS Y EL CALENDARIO ANUAL DE LABORES PARA EL AÑO 2023 Y PRINCIPIOS DE 2024.
Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 28, 29 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 114, 115 y 116 de la Ley Federal de Competencia Económica; 3 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Estatuto Orgánico), y 69 de las Disposiciones por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional del Instituto Federal de Telecomunicaciones, se expide el siguiente:
Acuerdo
Primero.- El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones celebrará sesiones ordinarias durante el año 2023, al menos los siguientes días:
11 de enero | 21 de junio |
25 de enero | 5 de julio |
1 de febrero | 2 de agosto |
15 de febrero | 16 de agosto |
1 de marzo | 30 de agosto |
15 de marzo | 13 de septiembre |
29 de marzo | 27 de septiembre |
12 de abril 26 de abril | 11 de octubre 25 de octubre |
10 de mayo 24 de mayo 7 de junio | 8 de noviembre 22 de noviembre 6 de diciembre 13 de diciembre |
Lo anterior, sin perjuicio de las demás sesiones ordinarias o extraordinarias que se convoquen en términos de lo dispuesto en el Estatuto Orgánico.
Segundo.- Las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles. Para tal efecto, se consideran hábiles todos los días del año, con excepción de los sábados, domingos y aquéllos en los que se suspendan labores en el Instituto.
Son horas hábiles las comprendidas entre las 9:00 y 18:30 horas de lunes a jueves, y entre las 9:00 y 15:00 horas los viernes, siempre que se trate de días hábiles.
La recepción de documentos en la Oficialía de Partes del Instituto se realizará únicamente en días y horas hábiles, en el domicilio ubicado en Insurgentes Sur, número 1143, colonia Nochebuena, demarcación territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México. El día de vencimiento de los plazos serán admitidas las promociones por transmisión electrónica después de concluido el horario de la Oficialía de Partes, conforme al mecanismo publicado en el portal de internet del Instituto.
Tercero.- Se suspenderán labores en el Instituto los siguientes días del año 2023 y principios de 2024:
6 de febrero | 17 al 21 y 24 al 28 de julio |
20 de marzo | 20 de noviembre |
3 al 7 de abril 1 de mayo | 21, 22 y 25 al 29 de diciembre 1 al 5 de enero de 2024 |
Cuarto.- El Pleno, los Titulares de Unidad, el Titular de la Autoridad Investigadora, así como los Directores Generales, podrán habilitar días y horas inhábiles conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Ley Federal de Competencia Económica y el Estatuto Orgánico, según corresponda, cuando así lo requiera el asunto.
Quinto.- Para las actuaciones y diligencias relativas al presupuesto para el ejercicio fiscal 2023, se considerarán como hábiles: del año 2022, los días 21 al 23 y 26 al 30 de diciembre; del año 2023, los días 2 y 3 de enero, 21, 22 y 26 al 29 de diciembre, y del año 2024 los días 2 al 5 de enero.
Transitorios
Primero.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción IV y 46 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 28, segundo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Comisionado Presidente(1) Javier Juárez Mojica.- Firmado electrónicamente.- Comisionados: Arturo Robles Rovalo, Sóstenes Díaz González, Ramiro Camacho Castillo.- Firmado electrónicamente.
Acuerdo P/IFT/231122/676, aprobado por unanimidad en la XXVI Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, celebrada el 23 de noviembre de 2022.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto, décimo sexto y vigésimo, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 16, 23, fracción I y 45 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 1, 7, 8 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
DAVID GORRA FLOTA, SECRETARIO TÉCNICO DEL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, con fundamento en los artículos 25 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 16, primer párrafo, fracción XIX del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, así como numerales Primero, inciso a) y Cuarto del "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones establece el uso de la Firma Electrónica Avanzada para los actos que emitan los servidores públicos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de noviembre de 2020, CERTIFICA: Que el presente documento, constante de tres fojas útiles, es una representación impresa que corresponde fielmente con el electrónico original suscrito con Firma Electrónica Avanzada emitida por el Servicio de Administración Tributaria, del "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Calendario Anual de Labores para el año 2023 y principios de 2024.", aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones en su XXVI Sesión Ordinaria, celebrada el 23 de noviembre de dos mil veintidós, identificado con el número P/IFT/231122/676.
Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 24 de noviembre de dos mil veintidós.- Rúbrica.
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1 En suplencia por ausencia del Comisionado Presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones, suscribe el
Comisionado Javier Juárez Mojica, con fundamento en el artículo 19 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.