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DOF: 26/12/2022
ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres para el ejercicio fiscal 2023

ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres para el ejercicio fiscal 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto Nacional de las Mujeres.

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL ADELANTO, BIENESTAR E IGUALDAD DE LAS MUJERES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023
NADINE FLORA GASMAN ZYLBERMANN, Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, con fundamento en los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), 11 y 22, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 21, 27, 28, 29 y Anexo 13 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2023, 16, fracción III de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres (LINM) y 24 fracciones XXI y XXII del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de las Mujeres, y
CONSIDERANDO
Primero. Que, con base en los artículos 2 y 4 de la LINM, este es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines; cuyo objeto general es promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en la vida política, cultural, económica y social del país, entre otros, bajo los criterios de transversalidad y federalismo;
Segundo. Que, de acuerdo con el artículo 2, fracción XLV de la LFPRH, las reglas de operación son las disposiciones a las cuales se sujetan determinados programas y fondos federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos;
Tercero. Que los artículos 75 y 77 de la LFPRH disponen que la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, podrá señalar los programas a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, atendiendo a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad.
Cuarto. Que, en términos de los preceptos legales en cita, las entidades no coordinadas son responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria; con las cuales cuentan estas reglas de operación;
Quinto. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2023 establece, en sus artículos 3, fracción XXI, y 28, primer párrafo, que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en su Anexo 25, entre los que se encuentra el del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (Proabim) para el ejercicio fiscal 2023;
Sexto. Que el Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género (PFTPG) cambia de nombre a Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (Proabim) a partir del presente ejercicio fiscal;
Séptimo. Que estas reglas de operación responden a lo establecido en los artículos 1, 4 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMH); la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará); así como la meta 1 del objetivo 5 de los Objetivos para el desarrollo sostenible 2030; el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024, el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024 y el Programa Especial para la Productividad y la Competitividad 2020-2024.
Octavo. Que las presentes reglas de operación cumplen con lo señalado en los Lineamientos para incorporar la perspectiva de género en las reglas de operación de los programas presupuestarios federales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2016;
Que, en cumplimiento a lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL
ADELANTO, BIENESTAR E IGUALDAD DE LAS MUJERES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023
ÚNICO. - Se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres para el ejercicio fiscal 2023.
Artículos Transitorios
Primero. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La normatividad referente al Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género será aplicable al Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres en tanto se llevan a cabo las actualizaciones correspondientes.
Ciudad de México, a 26 de diciembre de 2022.- Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, Nadine Flora Gasman Zylbermann.- Rúbrica.- Revisó: Coordinador de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de las Mujeres, Miguel Ángel González Muñoz.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL ADELANTO, BIENESTAR E IGUALDAD DE LAS
MUJERES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023
INTRODUCCIÓN
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, es el instrumento que establece los objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país. El PND tiene como objetivo superior el bienestar general de la población, se integra de los ejes generales: Política y Gobierno, Política Social y Economía, la visión hacia 2024, además se guía de acuerdo con 12 principios rectores. En particular, el principio "No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera" impulsa un modelo de desarrollo respetuoso de los habitantes y del hábitat, equitativo, orientado a subsanar y no a agudizar las desigualdades, defensor de la diversidad cultural y del ambiente natural, sensible a las modalidades y singularidades económicas regionales y locales. Además, defiende el derecho a la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres y rechaza toda forma de discriminación.
Asimismo, el principio "Economía para el bienestar" establece que, se retomará el camino del crecimiento con austeridad y sin corrupción, creación de empleos, fortalecimiento del mercado interno e impulso a la educación.
Por su parte, el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) tiene por objeto general "promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en la vida política, cultural, económica y social del país (...)", y entre sus objetivos específicos está "la ejecución de la política de coordinación permanente entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las autoridades estatales, municipales (...) con las mujeres".
Es preciso mencionar que, la pandemia por COVID-19 acrecentó las brechas socioeconómicas y puso de manifiesto tres crisis interrelacionadas que sistemáticamente repercuten en la igualdad de género y amenazan la supervivencia de las personas y el planeta: las crisis del empleo, los cuidados y el clima. (ONU MUJERES 2021)
En este sentido, la crisis del empleo tuvo mayores consecuencias entre las mujeres al precarizar las condiciones laborales, lo que representa un retroceso de más de diez años en su participación en el mercado laboral, por lo que el acceso a la protección social disminuyó. En todo el mundo, entre 2019 y 2020, las mujeres perdieron 54 millones de empleos; en lo que respecta a América Latina se estima que durante 2020 la tasa de desocupación de las mujeres alcanzaría un 22.2%; entre los sectores económicos más afectados se encuentran el turismo, manufactura, comercio al por mayor y menor, así como el trabajo doméstico remunerado, sectores altamente feminizados. (CEPAL, 2021).
Referente a los cuidados, durante la pandemia se impuso un alto costo a las mujeres y las niñas de todo el mundo, quienes, desde antes de la crisis realizaban tres veces más trabajo doméstico y de cuidados no remunerado que los hombres. De acuerdo con la Encuesta Nacional del Uso del Tiempo 2019, las mujeres dedican a la semana un promedio de 59.5 horas al trabajo doméstico y de cuidados, mientras los hombres 53.3 horas. Es decir, las mujeres trabajan 6.2 horas más que los hombres. Sin embargo, las horas de este tipo de trabajo se incrementaron para las mujeres durante el periodo de confinamiento, derivado del cierre de escuelas y servicios de cuidados.
Por otro lado, la mayor dependencia de las mujeres a los recursos naturales, la infraestructura y los servicios públicos, aunados al acceso desigual a ellos, genera que la degradación del medio ambiente y el cambio climático las afecten de manera desproporcionada. Dicha crisis se encuentra arraigada a un sistema económico que se rehúsa a valorar, proteger e invertir en aquello que abone a la supervivencia de las personas y el planeta.
Ante este contexto, uno de los elementos estratégicos que contribuyen a implementar la política de igualdad es el fortalecimiento institucional de los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres (MAM), con el propósito de que diseñen y ejecuten acciones de atención y medidas especiales de carácter temporal que contribuyan a acortar las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres. Por ello, el Inmujeres opera el Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (Proabim).
Las condiciones mínimas para impulsar el adelanto de las mujeres en el ámbito local requieren contar con los instrumentos normativos, de planeación y programáticos que incorporen la perspectiva de género, posibiliten la igualdad de oportunidades y promuevan el ejercicio de los derechos de las mujeres con el propósito de que alcancen su bienestar.
A partir de 2013, el Inmujeres impulsa la operación los Centros para el Desarrollo de las Mujeres, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo integral de las mujeres e impulsar su autonomía y empoderamiento. Desde 2019 se apoyan acciones referentes a cuidados, empoderamiento económico, medio ambiente y educación como temáticas de especial interés.
Por todo lo antes señalado, el Proabim contribuye al cumplimiento de la política nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres señalada en la LGIMH, a lo establecido en el PND, a los objetivos prioritarios 1, 2, 3 y 5 del Proigualdad y a los objetivos prioritarios 1 y 2 del Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de las Mujeres principalmente; además de contemplar el compromiso del gobierno federal de brindar beneficios directos a las mujeres con el propósito de alcanzar su bienestar.
Asimismo, el Proabim podrá contribuir al cumplimiento del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad 2020-2024, publicado el 31 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, que tiene entre sus objetivos incrementar la dotación de los recursos de la economía nacional y mejorar su asignación; y al Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024, publicado el 4 de agosto de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, que tiene como objetivo ser un elemento crucial para el desarrollo integral del Istmo de Tehuantepec, cuyo resultado se caracterizará por detonar, acelerar y multiplicar cambios sistémicos en la región, siempre con respeto a los pueblos originarios y en beneficio de la población más vulnerable.
Es importante señalar que el PFTPG cambia de nombre a Proabim a partir del presente ejercicio fiscal; en este sentido, con el apoyo a la ejecución de acciones por parte de los MAM además se continuará generando beneficios directos a las mujeres mediante la ejecución de proyectos en el ámbito estatal y municipal y se seguirán impulsando acciones referentes a los temas: fortalecimiento institucional, cuidados, empoderamiento económico, educación, medio ambiente y migración.
1.    GLOSARIO
Para los efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:
Acciones afirmativas: conjunto de medidas de carácter temporal, correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. El término "acción afirmativa" se utiliza como sinónimo de "medidas especiales de carácter temporal", término que utiliza la CEDAW. El término "medidas" abarca una amplia gama de instrumentos, políticas y prácticas de índole legislativa, ejecutiva, administrativa, y reglamentaria. El término "especiales" se refiere a las medidas destinadas a alcanzar un objetivo específico. El carácter temporal de esas medidas debe suspenderse cuando los resultados deseados se hayan alcanzado en materia de igualdad y se hayan mantenido durante un periodo de tiempo.
Acciones coordinadas: quehacer conjunto entre el gobierno federal mediante el Inmujeres con los gobiernos estatales, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México a través de los MAM para fortalecer y potenciar las acciones de igualdad en las entidades federativas y los espacios locales.
Actores estratégicos: dependencias o entidades de la administración pública local con las que la población objetivo del Proabim se coordina para el desarrollo de las acciones del proyecto.
Armonización: proceso para lograr la compatibilidad que debe prevalecer entre las normas que integran un sistema jurídico, con la finalidad de darle eficacia y evitar conflictos.
Asesoría: se refiere a uno de los componentes que otorga el Proabim a los MAM que participan con la finalidad de brindarles información técnica y operativa que contribuya al cumplimiento de los objetivos del Programa, mediante la ejecución de los proyectos beneficiados.
Bienes y servicios: se refiere a los componentes con los que opera el Proabim a los MAM, es decir recurso y asesorías para fortalecer sus capacidades institucionales; llevar a cabo acciones de atención y medidas especiales de carácter temporal para disminuir las brechas de desigualdad de género, instrumentar estrategias integrales de atención a las mujeres y modificar su marco normativo en materia de igualdad y derechos de las mujeres.
Brechas de desigualdad: desigualdades existentes entre mujeres y hombres en cuanto a oportunidades, acceso, control y uso de recursos, bienes y servicios que les permiten garantizar su bienestar y desarrollo humano y que afectan de manera desproporcional a las mujeres. Las brechas de género son construidas sobre las diferencias biológicas y son el producto histórico de actitudes y prácticas discriminatorias tanto individuales como sociales e institucionales, que obstaculizan el disfrute y ejercicio igualitario de los derechos humanos por parte de mujeres y hombres.
CAJ: Coordinación de Asuntos Jurídicos del Inmujeres
CDM: Centros para el Desarrollo de las Mujeres, estrategia instrumentada a partir del 2013 por el entonces PFTPG que contribuye a la incorporación de la perspectiva de género en las acciones de gobierno, promoviendo acciones coordinadas con actores estratégicos, mediante el fortalecimiento institucional, organizacional y operativo de los MAM.
CEDAW: Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (por sus siglas en inglés).
CLABE: clave bancaria estandarizada de 18 dígitos, que se requiere para realizar una transacción o transferencia bancaria vía internet; su uso facilita la radicación de los subsidios del Inmujeres a la población objetivo del Proabim.
Comité especial interno: conformado por personal adscrito a cada una de las áreas que intervienen en la implementación del Proabim.
Comisión interna: integrada por las personas titulares de las áreas involucradas en la operación del Proabim.
Contraloría Social: mecanismo por el cual las personas beneficiarias de manera organizada verifican el cumplimiento de las acciones y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.
Coneval: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa: instrumento jurídico que tiene el objetivo de organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados por el Inmujeres a los MAM beneficiados en el marco del Proabim.
Convenio Específico de Colaboración: instrumento jurídico que formaliza la relación entre el Inmujeres y los MAM para la ejecución del proyecto y el uso de los recursos de conformidad con la normatividad aplicable.
Coordinación Interinstitucional: relación formal que el Inmujeres y los MAM pueden establecer con otros programas del mismo Instituto o de otras dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes reglas de operación, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMH) y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV). Tienen como propósito potenciar el impacto de los resultados en favor de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, mediante el fortalecimiento de la complementariedad de acciones y recursos.
Criterios de Operación de la CVP: documento en el cual se especifica el proceso de operación de la CVP, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.2 "Validación y aprobación de proyectos" de las ROP 2023 y atendiendo a lo señalado en el artículo 134 constitucional, el cual refiere que el uso de los recursos se administrará con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Criterios para el diseño y elaboración de documentos generados en el marco del Proabim: documento que contiene los elementos básicos para el diseño y elaboración de los documentos generados en el marco del Proabim.
CVP: Comisión para la Validación de Proyectos, órgano colegiado responsable de validar los proyectos presentados por la población objetivo del Proabim durante el ejercicio fiscal. Se integrará por personal adscrito a las diferentes áreas sustantivas del Inmujeres que tengan alguna vinculación con los ejes temáticos señalados en las presentes ROP y podrán participar las integrantes de los Consejos Consultivo y Social del Inmujeres.
DGPYE: Dirección General de Planeación y Evaluación del Inmujeres.
DGPNIDM: Dirección General de la Política Nacional de Igualdad y Derechos de las Mujeres del Inmujeres, unidad administrativa encargada de coordinar la ejecución y desarrollo del Proabim.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
DPNIEFM: Dirección de la Política Nacional de Igualdad en Entidades Federativas y Municipios del Inmujeres.
Discriminación: toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud física o mental, jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, la orientación sexual, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; también se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.
Empoderamiento de las mujeres: proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estado de conciencia, autodeterminación y autonomía. Se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades.
Género: valores, atributos, roles y representaciones que la sociedad asigna a mujeres y hombres. El género es un principio de organización que afecta todo el conjunto de las relaciones sociales.
IBAM: Índice para distribuir los recursos a partir de las Condiciones de Bienestar y Adelanto de las Mujeres. Instrumento de referencia para calcular el monto máximo que pueden solicitar las Instancias de las Mujeres en las Entidades Federativas que participan en la Modalidad I.
Igualdad: derecho inherente a todos los seres humanos a ser reconocidos como iguales ante la ley, reconocido por distintos instrumentos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos. La igualdad va de la mano con el principio de la no discriminación, y en este sentido, la igualdad sólo es posible en la medida en que se erradique la discriminación contra las mujeres.
Igualdad de género: situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, saludable, cultural y familiar;
Igualdad de resultados: es la culminación lógica de la igualdad sustantiva o de facto. Estos resultados pueden ser de carácter cuantitativo o cualitativo, es decir, que pueden manifestarse en diferentes campos: las mujeres disfrutan de derechos en proporciones iguales que los hombres, tienen los mismos niveles de ingresos, hay igualdad en adopción de decisiones y la influencia política y en que las mujeres viven libres de actos de violencia.
Igualdad sustantiva: supone la modificación de las circunstancias que impiden a las personas ejercer plenamente sus derechos y tener acceso a oportunidades de desarrollo mediante medidas estructurales, legales o de política pública. Alude a la igualdad en los hechos, en los resultados, asegurando que las desventajas inherentes de determinados grupos no se mantengan. Se deben remover todos los obstáculos para que la igualdad se alcance en los hechos.
IMEF: Instancias de las Mujeres en las Entidades Federativas. Unidades de la administración pública de las entidades federativas, responsables del diseño, ejecución, vigilancia y evaluación de las políticas que favorezcan el adelanto de las mujeres.
IMM: Instancias Municipales de las Mujeres. Unidades de la administración pública municipal y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México responsables del diseño, ejecución, vigilancia y evaluación de las políticas que favorezcan el adelanto de las mujeres.
IMM centralizada: Instancia Municipal de las Mujeres que forma parte de la estructura operativa del ayuntamiento.
IMM descentralizada: Instancia Municipal de las Mujeres que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Inmujeres: Instituto Nacional de las Mujeres.
Instancia Ejecutora: los MAM, quienes son responsables de la ejecución y ejercicio de los recursos aprobados en el marco del Proabim.
Instancia normativa: el Inmujeres es la instancia facultada para interpretar las presentes reglas de operación y para los casos no previstos en las mismas, siempre y cuando dichos casos carezcan de fundamento legal o normativo.
LINM: Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.
LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
LGAMVLV: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
LGCG: Ley General de Contabilidad Gubernamental.
LGIMH: Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
MAM: Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres, que en el marco del Proabim son las IMEF, las IMM y las unidades administrativas u homólogas a las IMM en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Los MAM son los organismos que promueven y establecen relaciones de cooperación con la administración pública para fomentar la incorporación de la perspectiva de género en todas las esferas de política y en todos los órdenes de gobierno.
PEG: perspectiva de género; se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.
PFTPG: Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género.
Plataforma: Plataforma "subsidios.Inmujeres.gob.mx", herramienta informática para la captura de la información solicitada en las diferentes etapas operativas del Proabim.
Plataforma "México Rumbo a la Igualdad": herramienta que permite conocer los avances y áreas de oportunidad de las 32 entidades federativas en materia de transversalización de la perspectiva de género en sus principales instrumentos normativos, de política pública, presupuestarios y de rendición de cuentas.
PND: Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, instrumento que establece los objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país.
Población atendida: población beneficiada por un programa en un ejercicio fiscal; en el marco del Proabim se considera a los MAM que cuentan con Convenio Específico de Colaboración formalizado y se les haya radicado el recurso para la ejecución de sus proyectos.
Población objetivo: población que un programa tiene planeado o programado atender para cubrir la población potencial y que cumple con los criterios de elegibilidad establecidos en su normatividad; en el marco del Proabim se considera a los MAM que cumplan con los requisitos establecidos en las ROP.
Población potencial: población total que presenta la necesidad o problema que justifica la existencia de un programa y que, por lo tanto, pudiera ser elegible para su atención; en el marco del Proabim se considera a los MAM, así como a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales que tienen la responsabilidad de crear un MAM en sus respectivos ámbitos de competencia.
Política de bienestar: conjunto de acciones transversales que implementa el Gobierno de México orientadas hacia la inclusión social, igualdad sustantiva, pertinencia cultural, políticas universales redistributivas, acciones afirmativas, enfoques diferenciados, sustentabilidad de las políticas, entre otras medidas que permitan mejorar la situación económica, social, cultural y ambiental de las personas.
Política pública: conjunto de acciones a realizar a partir de la toma de decisiones en la esfera gubernamental. Es una práctica social propiciada por la necesidad de reconciliar demandas conflictivas o de establecer incentivos de acción colectiva entre aquellos que comparten metas afines para la solución de un problema. Constan de un conjunto de prácticas y de normas propuestas por uno o varios actores públicos y se expresan en forma de intervención, reglamentación, provisión de un servicio, para un sector de la sociedad o un espacio geográfico determinado.
Proabim: Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres
Proigualdad: Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024.
Proyecto: propuesta presentada por los MAM en el marco del Proabim, sustentada conceptual, técnica, metodológica, temporal y financieramente, que contribuye a impulsar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, mediante la transversalización de la perspectiva de género en la planeación y programación de las políticas públicas locales.
Recursos comprometidos: provisiones de recursos que constituyen las Instancias Ejecutoras con cargo a su presupuesto aprobado o modificado, autorizado para atender los compromisos derivados de las presentes reglas de operación, así como de cualquier acto jurídico u otro concepto que signifique una obligación, compromiso o potestad de realizar una erogación.
Reintegro: recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago, mismos que deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación.
Rendición de cuentas: ejercicio gubernamental y ciudadano que otorga y solicita, respectivamente, información sobre el quehacer gubernamental y la asignación y ejercicio de los recursos públicos, asumiendo la responsabilidad de desempeñar sus funciones de manera adecuada y sujetarse a la evaluación de la sociedad.
ROP: Reglas de Operación del Proabim.
Subsidio: recurso federal previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación que, mediante las dependencias y entidades, se otorga a los diferentes sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios, para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general.
Tesofe: Tesorería de la Federación.
Transparencia: apertura de la información de la gestión pública al escrutinio de la población en términos de lo que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, particularmente por lo que hace a la obligación de los sujetos obligados de poner a disposición del público y actualizar, entre otras la información de los programas de subsidios.
Transversalidad: método de gestión pública que permite aplicar recursos de distintas esferas a un mismo propósito cuando los objetivos son complejos, traslapan o sobreponen las fronteras organizacionales funcionales o sectorizadas. Es un proceso activo de cambio o transformación de un problema público y un método de gestión que requiere una planeación concertada y coordinada entre agencias, actores y otros, que comparten objetivos, metas y prioridades, lo cual permite generar sinergias para responder con eficacia a los problemas sociales.
Transversalidad de la perspectiva de género: es el proceso que permite garantizar la incorporación de la perspectiva de género con el objetivo de valorar las implicaciones que tiene para las mujeres y los hombres cualquier acción que se programe, tratándose de legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales en las instituciones públicas y privadas.
UAF: Unidad de Administración y Finanzas del Inmujeres.
2. OBJETIVOS
2.1 General
Contribuir a la igualdad de oportunidades y al ejercicio de los derechos de las mujeres, mediante la entrega de subsidios y asesorías dirigidas a los MAM para que implementen acciones de atención y medidas especiales de carácter temporal con el propósito de disminuir las brechas de desigualdad de género, impulsar el adelanto de las mujeres y alcanzar su bienestar.
2.2 Específicos
2.2.1 Impulsar acciones que promuevan la alineación y armonización de los instrumentos normativos, de planeación y programáticos con el nacional e internacional en materia de derechos humanos e igualdad de género, así como el fortalecimiento institucional para generar las condiciones mínimas que propicien el adelanto de las mujeres mediante la entrega de subsidios y asesorías dirigidas a los MAM.
2.2.2 Contribuir a la implementación de acciones de atención y medidas especiales de carácter temporal para disminuir las brechas de desigualdad de género mediante la entrega de subsidios y asesorías dirigidas a los MAM.
3. LINEAMIENTOS
3.1 Cobertura
Los MAM en las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México constituidas o que tienen la posibilidad de ser creadas.
3.2 Población objetivo
Los MAM constituidos y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes ROP.
3.3 Modalidades de participación
Los proyectos que presente la población objetivo en el marco del Proabim deberán enmarcarse en alguna de las siguientes modalidades:
I.     Implementación de acciones en materia de igualdad y derechos humanos para el adelanto y bienestar de las mujeres en el ámbito de las entidades federativas.
II.     Implementación de acciones en materia de igualdad y derechos humanos para para el adelanto y bienestar de las mujeres en el ámbito municipal y en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
De acuerdo con el ámbito de sus atribuciones, las IMEF deberán presentar los proyectos en la Modalidad I y las IMM en la Modalidad II.
3.4 Ejes temáticos
Los ejes temáticos en los que se enmarca la ejecución de las acciones de los MAM con el propósito de contribuir al adelanto y bienestar de las mujeres son los siguientes:
3.4.1 Condiciones para el adelanto de las mujeres
Impulsa acciones que posibilitan contar con las condiciones mínimas para el adelanto de las mujeres en el ámbito local. En este sentido, se requiere armonizar los instrumentos normativos, de planeación y programáticos con los nacionales y los internacionales en materia de derechos humanos e igualdad de género.
Asimismo, contribuye al fortalecimiento institucional de los MAM para que ejecuten acciones de atención y medidas especiales de carácter temporal con el propósito de disminuir las brechas de desigualdad de género.
3.4.2 Contribución para el bienestar de las mujeres
Favorece la implementación de acciones dirigidas al bienestar de las mujeres en el ámbito local para garantizar las oportunidades, fomentar su desarrollo integral, impulsar su autonomía y empoderamiento, enfatizando en los temas de cuidados, empoderamiento económico, medio ambiente y educación.
3.5 Alineación de los proyectos
Los proyectos presentados en cada modalidad de participación deberán estar alineados a los objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales establecidas en el Proigualdad 2020-2024 que se señalan en el Anexo 1.
3.6 Plataforma subsidios.inmujeres.gob.mx
 
El Inmujeres pondrá a disposición de los MAM, la Plataforma en la página electrónica http://subsidios.inmujeres.gob.mx cuyo diseño, estructura, módulos, documentos y los distintos formatos que emite forman parte de las presentes ROP y por lo tanto son vinculantes.
La Plataforma es la herramienta informática mediante la cual los MAM deben capturar la información y adjuntar la documentación solicitada en las diferentes etapas operativas del Proabim, previstas en las presentes ROP y a través de ella recibirán las notificaciones correspondientes por parte del Inmujeres. Por lo anterior, salvo solicitud expresa del Inmujeres, no serán válidos los envíos por correo electrónico o las entregas personales y/o por mensajería. Para acceder a la Plataforma, será necesario que los MAM generen una cuenta.
4. REQUISITOS
4.1 Criterios generales para la presentación de la documentación jurídica
Los MAM de acuerdo con su naturaleza jurídica y modalidad en que participen, del 2 al 13 de enero de 2023 deberán capturar y adjuntar en la Plataforma la información y documentación jurídica que se les requiere en el presente numeral. Para poder hacerlo, deberán contar con oficio de terminación o de terminación anticipada del Convenio Específico de Colaboración de la última participación en el PFTPG o no tener reintegros pendientes o en su caso, contar con el acuerdo reparatorio o bien, notificación de no ejercicio de la acción penal. Los MAM que cuenten con adeudos podrán verificar el listado publicado en la página electrónica institucional del Inmujeres.
Dentro del mismo plazo, las IMEF deberán realizar las gestiones para recabar la documentación jurídica requerida para la elaboración del Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa y adjuntarla en los módulos que correspondan de la Plataforma.
En caso de que los MAM no capturen y/o adjunten la documentación jurídica completa dentro de los plazos establecidos en el presente numeral, no se dará continuidad a su participación en el Proabim; lo cual será notificado por el Inmujeres mediante correo electrónico emitido por la Plataforma con carácter definitivo e inapelable.
4.1.1 Documentación jurídica de las IMEF
Para participar en la Modalidad I, las IMEF deben adjuntar en la Plataforma la documentación jurídica siguiente:
1.     Solicitud de Participación en el Proabim 2023 firmada por la titular de la IMEF disponible en la Plataforma (Anexo 2).
2.     Documento constitutivo de la IMEF (ley, decreto, reglamento acuerdo de creación o documento homólogo) con el texto actualizado que incluya todas sus reformas o modificaciones de ser el caso.
3.     Reglamento interno o documento homólogo de la IMEF, con el texto actualizado que incluya todas sus reformas o modificaciones de ser el caso.
4.     Acuerdo por el que se autoriza a la persona titular de la IMEF a suscribir convenios con el Gobierno Federal y sus dependencias o entidades o en específico con el Inmujeres.
5.     Nombramiento de la persona titular de la IMEF.
6.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la IMEF: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional.
7.     Constancia de Situación Fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en archivo digital PDF legible (no se podrán adjuntar archivos en formato JPG, GIF, PNG, entre otros) con una antigüedad no mayor a tres meses.
 
4.1.2 Documentación jurídica de las IMM centralizadas
Para participar en la Modalidad II, las IMM centralizadas deben adjuntar en la Plataforma la documentación jurídica siguiente:
1.     Solicitud de Participación en el Proabim 2023 firmada por la titular de la IMM disponible en la Plataforma (Anexo 2).
2.     Documento constitutivo de la IMM o certificación actualizada (ley, decreto, reglamento, acuerdo de creación o documento homólogo) con la última reforma o modificación, de ser el caso.
3.     Acuerdo o certificación mediante el cual el cabildo autoriza a la persona titular de la Presidencia Municipal en funciones a celebrar convenios con el Gobierno Federal y sus dependencias o entidades o en específico con el Inmujeres.
4.     Nombramiento de la persona titular de la IMM.
5.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la IMM: credencial para votar, pasaporte o cédula profesional.
6.     Constancia de mayoría emitida por la autoridad electoral de la persona titular de la Presidencia Municipal.
7.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la Presidencia Municipal: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional.
8.     Nombramiento de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento.
9.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional.
10.   Constancia de Situación Fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en archivo digital PDF legible (no se podrá adjuntar archivos en formato JPG, GIF, PNG, entre otros) con una antigüedad no mayor a tres meses.
 
En el caso de los municipios de los estados cuya legislación lo requiera, deberá incluirse la constancia de mayoría de la persona titular de la Sindicatura Municipal emitida por la autoridad electoral, así como su identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).
4.1.3 Documentación jurídica de las IMM descentralizadas
Para participar en la Modalidad II, las IMM descentralizadas deben adjuntar en la Plataforma la documentación jurídica siguiente:
1.     Solicitud de Participación en el Proabim 2023 firmada por la titular de la IMM disponible en la Plataforma (Anexo 2).
2.     Documento constitutivo de la IMM o certificación actualizada (ley, decreto, reglamento, acuerdo de creación o documento homólogo) con el texto actualizado que incluya todas sus reformas o modificaciones, de ser el caso.
3.     Reglamento interno o documento homólogo de la IMM, con el texto actualizado que incluya todas sus reformas o modificaciones de ser el caso.
4.     Acuerdo del órgano de gobierno, por el que se autoriza a la persona titular de la IMM a suscribir convenios con el Gobierno Federal y sus dependencias o entidades o en específico con el Inmujeres.
5.     Nombramiento de la persona titular de la IMM.
6.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la IMM: credencial para votar, pasaporte o cédula profesional.
7.     Constancia de Situación Fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en archivo digital PDF legible (no se podrá adjuntar archivos en formato JPG, GIF, PNG, entre otros) con una antigüedad no mayor a tres meses.
 
4.1.4 Documentación jurídica de las unidades administrativas u homólogas a las IMM en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México
Para participar en la Modalidad II, las unidades administrativas u homólogas a las IMM en las
demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deben adjuntar en la Plataforma la documentación jurídica siguiente:
1.     Solicitud de Participación en el Proabim 2023 firmada por la persona titular de la unidad administrativa u homóloga a las IMM en la demarcación territorial de la Ciudad de México disponible en la Plataforma (Anexo 2).
2.     Documento constitutivo vigente o certificación actualizada (ley, decreto, reglamento, acuerdo de creación o documento homólogo) de la unidad administrativa u homóloga a la IMM en la demarcación territorial de la Ciudad de México, con el texto actualizado que incluya todas sus reformas o modificaciones de ser el caso.
3.     Manual administrativo, estatuto orgánico o documento homólogo de la demarcación territorial de la Ciudad de México.
4.     Constancia de mayoría de votos emitida por la autoridad electoral de la persona titular de la demarcación territorial de la Ciudad de México.
5.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la demarcación territorial la Ciudad de México: credencial para votar, pasaporte o cédula profesional.
6.     Nombramiento de la persona titular de la unidad administrativa u homóloga a las IMM en la demarcación territorial de la Ciudad de México.
7.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la unidad administrativa u homóloga a las IMM en la demarcación territorial de la Ciudad de México credencial para votar, pasaporte, cédula profesional.
8.     Constancia de Situación Fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en archivo digital PDF legible (no se podrá adjuntar archivos en formato JPG, GIF, PNG, entre otros) con una antigüedad no mayor a tres meses.
4.1.5 Documentación jurídica para la elaboración del Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa
Las IMEF deberán recabar, capturar y adjuntar en la Plataforma la documentación jurídica que a continuación se menciona:
1.     Bando Solemne o documento homólogo de la persona titular del gobierno de la entidad federativa.
2.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular del gobierno de la entidad federativa: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional.
3.     Nombramiento de la persona titular de la Secretaría de Gobierno o dependencia homóloga (cuando la legislación aplicable lo requiera).
4.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la Secretaría de Gobierno o dependencia homóloga: credencial para votar, pasaporte cédula profesional.
5.     Nombramiento de la persona titular de la Secretaría de Finanzas o dependencia homóloga.
6.     Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona titular de la Secretaría de Finanzas o dependencia homóloga: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional.
7.     Constancia de Situación Fiscal actualizada expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en archivo digital PDF legible (no se podrá adjuntar archivos en formato JPG, GIF, PNG, entre otros) con una antigüedad no mayor a tres meses.
 
En aquellos casos en los que se incorpore al Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa a alguna persona servidora pública adicional a las ya mencionadas, se deberá presentar el instrumento normativo que justifique su participación, el documento que acredite la titularidad del cargo que corresponda, así como su identificación oficial vigente con fotografía y firma; credencial para votar, pasaporte, cédula profesional.
4.2 Criterios generales para la presentación de la documentación del proyecto
Los MAM de acuerdo con la modalidad en la que participen, del 2 al 23 de enero de 2023 deberán capturar y adjuntar en la Plataforma, la información y documentación del proyecto que se les requiere en el presente numeral. Salvo solicitud expresa del Inmujeres, no serán válidos los envíos por correo electrónico o las entregas personales y/o por mensajería.
4.2.1 Consideraciones generales para la formulación de los proyectos
Para la formulación del proyecto, los MAM recibirán asesoría por parte del Inmujeres, con el propósito de:
·  Incorporar la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos, considerar la integralidad y complementariedad de las acciones que lo componen con el propósito de contribuir a la disminución de las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en el ámbito local, impulsar el adelanto de las mujeres y alcanzar su bienestar.
·  Alinear las acciones a alguno de los objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales del Proigualdad 2020-2024 que se señalan en el Anexo 1.
·  Los montos máximos del proyecto, los cuales deben incluir los gastos para la coordinación y seguimiento señalados en el numeral 6 de las presentes ROP.
·  Las acciones que integren el proyecto deberán contemplar medidas de atención y en algunos casos acciones afirmativas (medidas especiales de carácter temporal) en favor de las mujeres, que respondan a necesidades e intereses identificados como prioritarios en el ámbito local, que permitan generar condiciones de igualdad entre mujeres y hombres, impulsar el adelanto de las mujeres y alcanzar su bienestar.
·  Tomar en cuenta los diferentes documentos para la implementación de las acciones validadas por la CVP para las modalidades de participación.
Para los proyectos de la Modalidad I, las IMEF deberán considerar lo siguiente:
o    Estar conformado por un máximo de 13 acciones, de las cuales al menos cinco deberán ser acciones previamente validadas por la CVP, las cuales cumplen con lo señalado en los numerales "3.4 Ejes temáticos" y "3.5 Alineación de los proyectos" y se vinculan a temas de especial interés para el Inmujeres. Las acciones se pueden consultar en el Anexo 1 y se establecerán en la Plataforma.
o    En caso de incluir alguna acción vinculada al eje temático Condiciones para el adelanto de las mujeres, esta deberá priorizar la contribución al avance de algunos de los temas contemplados en la Plataforma "México Rumbo a la Igualdad". En particular impulsar que la creación de las IMM se considere en la Ley Orgánica Municipal o su equivalente.
o    Una de las acciones deberá referirse al fortalecimiento de los CDM. Además, se sugiere considerar al menos, el mismo número de CDM que operaron en la entidad federativa durante el ejercicio fiscal 2022. Las IMEF podrán consultar en la página electrónica institucional del Inmujeres el listado con el número de CDM que operan en la entidad.
o    La IMEF deberá consultar el listado de IMM que aún no concluyen su participación en emisiones anteriores del PFTPG, con el propósito de verificar que los municipios en los que se pretenda instalar u operar un CDM no se encuentren en dicho listado, disponible en la página electrónica institucional del Inmujeres.
o    Para poder hacerlo, deberán contar con oficio de terminación o de terminación anticipada del Convenio Específico de Colaboración de la última participación en el PFTPG o no tener reintegros pendientes o en su caso, contar con el acuerdo reparatorio o bien, notificación de no ejercicio de la acción penal. Los MAM que cuenten con adeudos podrán verificar el listado publicado en la página electrónica institucional del Inmujeres.
o    En caso de que en el ejercicio fiscal anterior la IMEF haya generado un reintegro mayor al 5%, se aplicará un descuento proporcional al porcentaje reintegrado, dicha situación se notificará por escrito con el propósito de que se ajuste el proyecto dentro del plazo establecido en el numeral 5.1 en las presentes ROP.
o    No se beneficiarán acciones propuestas por las IMEF que hayan sido ejecutadas en ejercicios fiscales anteriores en el marco del PFTPG con excepción de aquellas que den continuidad.
En el caso de los proyectos de la Modalidad II, las IMM deberán considerar lo siguiente:
o    Atender lo señalado en los numerales "3.4 Ejes temáticos" y "3.5 Alineación de los proyectos" y seleccionar al menos uno de los ejes temáticos mencionados en las presentes ROP.
o    Consultar en la página electrónica institucional del Inmujeres el listado de IMM que aún no concluyen su participación en emisiones anteriores del PFTPG.
 
4.2.2 Documentación del proyecto
Una vez finalizada la captura de los datos generales de los MAM, así como la información que integra el proyecto, la Plataforma emitirá un formato (Anexo 3); el cual se deberá imprimir, firmar, escanear y adjuntar en formato PDF en el módulo correspondiente de la Plataforma.
En caso de que se considere en el proyecto la elaboración de estudios e investigaciones, necesariamente deberá adjuntar en la Plataforma, un documento mediante el cual se acredite que, en la entidad federativa, municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México, no existe un estudio similar. Dicho documento deberá estar firmado por la titular del MAM, previa consulta a las dependencias de la administración pública, academia, organizaciones de la sociedad civil y demás organismos que generen estudios o investigaciones sobre el tema.
5. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
5.1 Revisión de la documentación jurídica y del proyecto
Una vez concluido el plazo para adjuntar la documentación jurídica en la Plataforma requerida para cada modalidad; la CAJ contará con un plazo de 10 días hábiles para validar que tanto esta como la documentación para la elaboración del Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa cumpla con lo establecido en las presentes ROP y se encuentre completa. Al término del plazo establecido, mediante correo electrónico emitido por la Plataforma se notificará a los MAM el resultado de la revisión; en aquellos casos en que la documentación jurídica no se encuentre completa, se dará por terminada de manera definitiva e inapelable su participación.
Si la documentación presenta observaciones, en un plazo de cuatro días hábiles, contados a partir de la recepción de la notificación del resultado de la revisión los MAM deberán atender las observaciones y/o recomendaciones y en su caso, adjuntar en la Plataforma la documentación correcta.
Concluido dicho plazo, en un periodo de cinco días hábiles, la CAJ revisará que la documentación cumpla con lo establecido en las presentes ROP y sea correcta. Los resultados serán notificados a los MAM mediante correo electrónico emitido por la Plataforma.
En tanto la CAJ lleva a cabo las revisiones correspondientes, la DPNIEFM revisará y en su caso validará la información y documentación referentes al proyecto. El resultado de la revisión se notificará mediante correo electrónico emitido por la Plataforma a los MAM que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral 4 de las presentes ROP y se les asignará un número de folio de participación por modalidad conforme a la fecha y hora en que el MAM capturó y adjuntó en la Plataforma la documentación de manera correcta y completa. De lo contrario, el Inmujeres informará a los MAM que su participación en el Proabim se da por terminada y quedará fuera del proceso de selección de manera definitiva e inapelable.
5.1.1 Ajuste a los proyectos
El Inmujeres podrá solicitar a los MAM que cuenten con número de folio de participación mediante correo electrónico emitido por la Plataforma ajustar el proyecto presentado cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias al Proabim.
A partir de la recepción de la notificación, los MAM contarán con un plazo de tres días hábiles para realizar las adecuaciones al proyecto presentado, mismo que deberán imprimir, firmar, escanear y adjuntar en formato PDF en el módulo correspondiente de la Plataforma.
Con el propósito de hacer más eficaz y eficiente el ejercicio de los recursos disponibles para los proyectos y dar cumplimiento al objetivo del Proabim, en caso de aplicarse la adecuaciones presupuestarias se focalizarán las acciones de los mismos, por lo que se dejarán de apoyar las acciones referentes a diagnósticos, estudios, investigaciones, diplomados, seminarios, diseño de campañas de difusión, foros, congresos, diseño e impresión de material de difusión, así como la edición de libros y otros materiales de divulgación.
En caso de no realizar los ajustes solicitados en el plazo establecido, se notificará mediante correo electrónico emitido por la Plataforma que su participación en el Proabim se da por terminada y quedará fuera del proceso de selección de manera definitiva e inapelable.
5.1.2 Suscripción del Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa
Una vez que las IMEF reciban la notificación mediante correo electrónico emitido por la Plataforma de que la documentación jurídica para la elaboración del Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa está completa y cumple con la establecido en las presentes ROP, la DPNIEFM solicitará a la CAJ que elabore los Convenios con los Gobiernos de las Entidades Federativas conforme al Anexo 7 de las presentes ROP.
El Inmujeres enviará mediante la Plataforma los Convenios con los Gobiernos de las Entidades Federativas, a las IMEF mismas que en un plazo de diez días hábiles contados a partir de la recepción de los convenios, deberán imprimir dos ejemplares sin modificaciones, recabar las firmas de las personas participantes, escanearlos en formato PDF y adjuntarlos en el módulo correspondiente de la Plataforma.
5.1.3 Revisión del Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa
Una vez concluido el plazo para adjuntar debidamente requisitado el Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa en la Plataforma; la CAJ contará con tres días hábiles para revisar, validar y en su caso emitir observaciones, mismas que serán notificadas a las IMEF mediante correo electrónico emitido por la Plataforma.
En caso de que los convenios presenten observaciones, las IMEF, deberán atenderlas en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación. Cumplido dicho plazo, dentro de los dos días hábiles siguientes, la CAJ revisará que las IMEF hayan atendido las observaciones. Si las observaciones son atendidas, se notificará mediante correo electrónico emitido por la Plataforma si el Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa cumple con lo establecido en las presentes ROP.
Una vez realizada la notificación, las IMEF deberán remitir de manera física los ejemplares con firmas autógrafas al Inmujeres ubicado en Barranca del Muerto número 209, colonia San José Insurgentes, demarcación territorial Benito Juárez, código postal 03900, Ciudad de México, en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación.
Las IMEF deben asegurarse de que los convenios que se remitan en físico sean los mismos que se adjuntaron formalizados en la Plataforma. Si al recibir los convenios de manera física, la CAJ observara que estos no corresponden con los previamente autorizados, se notificará mediante correo electrónico emitido por la Plataforma.
5.2. Validación y aprobación de proyectos
Una vez que los proyectos presentados por los MAM cuenten con el número de folio de participación, serán turnados a la CVP, quien revisará que los proyectos cumplan con lo establecido en el numeral 4.2.1 de las presentes ROP y validará que tengan coherencia técnica y financiera, además que se vinculen con al menos uno de los objetivos específicos del Proabim.
Para la validación de los proyectos, la fecha límite será el 14 de marzo de 2023. Las decisiones de la CVP se asentarán en el acta correspondiente y serán definitivas e inapelables.
5.2.1 Notificación de resultados de la CVP
Una vez concluido el proceso de validación de los proyectos para cada modalidad, la DPNIEFM notificará el resultado de la CVP a los MAM, mediante correo electrónico emitido por la Plataforma, en un plazo de dos días hábiles, contados a partir de la conclusión de la validación de los proyectos por parte de la CVP.
Si la CVP determina necesario que los MAM realicen ajustes a sus proyectos, estas contarán con un plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir de la recepción de la notificación por parte del Inmujeres, para hacerlas. La DPNIEFM dará seguimiento y brindará asesoría a los MAM respecto a los ajustes señalados por la CVP. Concluido dicho plazo, la DPNIEFM contará con dos días hábiles para revisar que los MAM llevaron a cabo los ajustes a los proyectos. Una vez que los MAM realicen los ajustes señalados por la CVP, deberán adjuntar en la Plataforma el Anexo 3 debidamente firmado.
5.2.2 Oficio de aprobación de recursos
La asignación de recursos se hará en orden cronológico de acuerdo con el número de folio de participación y el resultado de la validación de la CVP, así como la suficiencia presupuestaria. Dicha asignación dará prioridad a los proyectos validados en la modalidad I de participación.
En este sentido, la DPNIEFM emitirá mediante correo electrónico emitido por la Plataforma el oficio de aprobación de recursos y lo enviará a los MAM que cuenten con oficio de terminación o de terminación anticipada del Convenio Específico de Colaboración de la última participación en el PFTPG derivados de su participación en el ejercicio fiscal 2022.
Los MAM que por su propio derecho declinen la ejecución de los recursos aprobados para el desarrollo del proyecto validado, tienen la obligación de notificarlo mediante oficio dirigido a la persona titular de la DGPNIDM mediante correo electrónico a la persona responsable de brindar asesoría y seguimiento a la entidad federativa. En estos casos, el Inmujeres podrá reasignar los recursos a otros MAM participantes de acuerdo con lo señalado en el presente numeral.
Cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del Proabim, el Inmujeres notificará de dicha adecuación a los MAM que cuenten con oficio de aprobación de recursos, dejando el mismo sin efecto.
5.3 Suscripción del Convenio Específico de Colaboración
La DPNIEFM solicitará a la CAJ que elabore los Convenios Específicos de Colaboración conforme a los Anexos 5 y 6 de las presentes ROP según corresponda a la modalidad del proyecto. Los Convenios Específicos de Colaboración, se suscribirán dentro del primer trimestre del año; sin embargo, en caso de existir suficiencia presupuestaria y/o por situaciones extraordinarias puestas a consideración del Inmujeres, se podrán celebrar después de este periodo.
El Inmujeres enviará mediante la Plataforma los Convenios Específicos de Colaboración correspondientes a los MAM que cuenten con oficio de aprobación de recursos.
Los MAM en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de los convenios, deberán imprimir dos ejemplares en hoja tamaño carta, sin membretes, ni modificaciones; recabar las firmas de las personas participantes, escanearlos y adjuntarlos en formato PDF en el módulo correspondiente de la Plataforma.
En aquellos casos en que se realicen adecuaciones presupuestarias posteriores a la suscripción del convenio, una vez notificados los MAM, la DPNIEFM solicitará a la CAJ que elabore los Convenios Modificatorios necesarios a los Convenios Específicos de Colaboración y los enviará a los MAM mediante la Plataforma quienes deberán imprimir dos ejemplares del convenio modificatorio en hoja tamaño carta, sin membretes, ni modificaciones, recabar la firma de las personas participantes y, hecho lo anterior, escanearlos en formato PDF y adjuntarlos en el módulo correspondiente de la Plataforma.
5.4 Documentación bancaria y fiscal
De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la LGCG, los recursos federales solo serán transferidos por las dependencias y entidades de la administración pública federal a las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas, por lo que estas deberán proporcionar una cuenta bancaria productiva específica para la radicación de los recursos del Proabim para la ejecución de los proyectos beneficiados de las dos modalidades.
Dentro del mismo plazo para la suscripción del Convenio con el Gobierno de la Entidad Federativa, las IMEF deberán realizar las gestiones necesarias para contar con la documentación bancaria y fiscal de la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa, con excepción del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o recibo provisional. Las IMEF deberán verificar que la documentación cumpla con los elementos mínimos de formalidad que a continuación se señalan:
Documentos
Elementos mínimos de formalidad
Contrato de la cuenta de la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa
Contrato de la cuenta bancaria productiva específica para la radicación de los recursos que se entreguen al amparo del Proabim el cual se deberá escanear y adjuntar en formato PDF legible, en el módulo correspondiente de la Plataforma.
Carta de confirmación de datos bancarios
Formato que genera la Plataforma, éste debe incluir:
-Nombre de la institución bancaria;
-Sucursal;
-Número de cuenta;
-Clave bancaria estandarizada (CLABE) de 18 dígitos;
-Razón social de la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa; y
-RFC de la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa.
El formato se deberá capturar, imprimir y firmar por la persona titular de la IMEF o de la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa o personal con la atribución correspondiente, escanear y adjuntar en formato PDF legible, en el módulo correspondiente de la Plataforma.
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y su archivo XML, emitidos por el programa electrónico o página web*
Se podrá presentar un Recibo provisional firmado por la Titular de la IMEF, que contenga las siguientes características:
-Fecha anterior a la de la notificación de ministración de recursos.
-Concepto "(Número nominal de la ministración) Ministración de recursos públicos federales con carácter de subsidio del Gobierno Federal, para la ejecución de los proyectos beneficiados en el marco del Proabim 2023 en las modalidades que participa".
-Monto indicado en la notificación de ministración de recursos.
-Leyenda que enuncie el compromiso de emitir el CFDI una vez que el recurso se haya transferido a la cuenta bancaria la tesorería o dependencia homóloga de las entidades federativas.
Una vez que se haya llevado a cabo la transferencia del recurso la IMEF deberá gestionar el CFDI que ampare dicha transferencia y deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Además de incluir los siguientes datos:
-Nombre de la tesorería o dependencia homóloga de las entidades federativas;
-Fecha de expedición igual o posterior a la notificación de las ministraciones.
-En el apartado de concepto, debe asentarse la siguiente leyenda:
"(Número nominal de la ministración) Ministración de recursos públicos federales con carácter de subsidio del Gobierno Federal, para la ejecución de los proyectos beneficiados en el marco del Proabim 2023 en las modalidades que participa".
-Expedirse a favor del Instituto Nacional de las Mujeres.
Constancia de Situación Fiscal de la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa
Deberá estar vigente y/o actualizada, en el formato PDF expedido por el SAT legible; no se podrán adjuntar archivos en formato JPG, GIF, PNG, entre otros.
Deberá corresponder con el RFC de la tesorería o dependencia homóloga de las entidades federativas del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
CFDI Complemento de pago, en formato PDF y su archivo XML, emitidos por el programa electrónico o página web
Posterior a la recepción de la ministración, la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa deberá emitir un CFDI Complemento de pago, siempre y cuando en el CFDI emitido para la recepción de los recursos establezca como método de pago: Pago en Parcialidades o Diferido (PPD) y deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en el artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
E incluir los siguientes datos:
-Nombre de la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa;
-Expedirse a favor del Instituto Nacional de las Mujeres
-En el apartado partes relacionadas deberá apegarse a las disposiciones señaladas anteriormente.
Este CFDI complemento de pago deberá expedirse a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al que se realizó el pago.
5.5 Revisión de los Convenios Específicos de Colaboración
Una vez concluidos los plazos para adjuntar debidamente requisitados los Convenios Específicos de Colaboración en la Plataforma; la CAJ contará con cinco días hábiles para revisar, validar y en su caso emitir observaciones, mismas que serán notificadas a los MAM mediante correo electrónico emitido por la Plataforma.
 
En caso de que los convenios presenten observaciones, los MAM deberán atenderlas en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación. Cumplido dicho plazo, la CAJ contará con tres días hábiles, para revisar si los MAM atendieron las observaciones y, en su caso, hacer las validaciones correspondientes en la Plataforma.
En los casos en que las observaciones no hayan sido atendidas, se notificará a los MAM respectivos, mediante correo electrónico emitido por la Plataforma, que su participación en el Proabim se dará por concluida de manera definitiva e inapelable.
Una vez que se notifique a los MAM que los convenios se encuentran correctos y cumplen con los requisitos establecidos en las presentes ROP, deberán remitir de manera física los ejemplares con firmas autógrafas al Inmujeres ubicado en Barranca del Muerto número 209, colonia San José Insurgentes, demarcación territorial Benito Juárez, código postal 03900, Ciudad de México, en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación.
Los MAM deben asegurarse de que los convenios que se remitan en físico sean los mismos que se adjuntaron formalizados en la Plataforma. Si al recibir los convenios de manera física, la CAJ observara que estos no corresponden con los previamente autorizados, se notificará mediante correo electrónico emitido por la Plataforma.
5.6 Revisión de documentación bancaria y fiscal
Una vez concluido el plazo para adjuntar en la Plataforma la documentación bancaria y fiscal con excepción del CFDI o recibo provisional; la UAF contará con tres días hábiles para revisar, validar y en su caso señalar observaciones, mismas que serán notificadas a las IMEF mediante correo electrónico emitido por la Plataforma.
En caso de que la documentación bancaria y fiscal presente observaciones, las IMEF, deberán complementarla y/o corregirla en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación. Cumplido dicho periodo, nuevamente la UAF en un plazo de tres días hábiles, revisará y validará la información y se notificará a las IMEF mediante correo electrónico emitido por la Plataforma si la documentación cumple y está completa.
Una vez formalizados, validados y adjuntados los convenios específicos de colaboración en la Plataforma, el Inmujeres informará a la Tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa y a la IMEF mediante oficio el listado de los proyectos validados en cada entidad en el marco del Proabim, con el propósito de que las IMEF, en un plazo de cinco días hábiles, realicen las gestiones necesarias para contar con el CFDI o recibo provisional señalado en el numeral 5.4 y atendiendo lo dispuesto en el numeral 6.4 de las presentes ROP.
Por su parte, la UAF contará con tres días hábiles para revisar, validar y en su caso emitir observaciones al CFDI o recibo provisional, mismas que serán notificadas a las IMEF mediante correo electrónico emitido por la Plataforma.
En caso de que el CFDI o recibo provisional presente observaciones, las IMEF deberán corregirlo en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación; cumplido dicho periodo, nuevamente la UAF en dos días hábiles, revisará y validará la documentación y se notificará a las IMEF mediante correo electrónico emitido por la Plataforma si la documentación cumple y está completa.
5.7 Flujograma del proceso del Proabim
El proceso del Proabim se describe en el siguiente esquema:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INMUJERES
 
 
 
 
Instancias participantes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Sin
observaciones
 
Con
observaciones
 
 
Recibir notificación con
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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recibidas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Revisar solventación de
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
No cumple
 
 
 
 
 
 
 
Cumple
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Asignar y emitir folio de
participación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Elaborar y enviar el Convenio
con
el Gobierno de la Entidad
Federativa
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Recibir, firmar y enviar el
Convenio con el Gobierno de
la
Entidad Federativa (IMEF)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Revisar y Validar el Convenio
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Validar proyectos por parte de
la CVP
Con
observaciones
 
Recibir notificación con
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sin
observaciones
 
 
 
 
 
Atender observaciones
recibidas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Revisar solventación de
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
No cumple
 
 
 
 
 
 
 
Cumple
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Emitir y enviar oficio de
aprobación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Recibir oficio de aprobación
de recursos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Elaborar y enviar convenio
específico de colaboración
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Recibir, firmar y enviar
convenio específico de
colaboración
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Revisar y validar el convenio
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Enviar observaciones a
Convenios
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Recibir notificación con
observaciones
 
 
 
 
 
Sin
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Atender observaciones
recibidas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Revisar solventación de
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
No cumple
 
 
 
 
 
 
 
Cumple
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tramitar radicación de recurso
a la tesorería o dependencia
homóloga en la entidad
federativa
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Solicitar informes de avance
físico financiero
 
 
 
 
Capturar avance físico
financiero
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Realizar seguimiento de
proyectos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Solicitar informe de cierre
 
 
 
 
Capturar informe de cierre
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Revisar informe de cierre
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Con
observaciones
 
 
Recibir y atender
observaciones recibidas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sin
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Revisar solventación de
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Con
observaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Cumple
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Emitir oficio de terminación
 
 
 
 
 
Fin
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6. CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS
Los recursos otorgados a los MAM tienen el carácter de subsidios, por lo que de conformidad con el artículo 10 de la LFPRH, mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales, razón por la que deberán ejercerse observando las leyes, reglamentos y demás normatividad federal aplicable, sujetándose a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad.
Por lo anterior, a los MAM deberán reducir al mínimo indispensable los gastos para la coordinación y seguimiento de los proyectos, en atención a lo establecido en el artículo 134 constitucional en el cual se señala que el uso de los recursos se administrará con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, así como las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Austeridad Republicana.
En caso de formalizar convenios, contratos o algún otro acto jurídico, mediante los cuales se convenga la realización de acciones del proyecto; para comprobar la ejecución del recurso, cada proveedora deberá emitir un CFDI que cumpla con lo señalado en el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
6.1 Distribución de recursos
Del monto total autorizado al PROABIM en el Presupuesto de Egresos de la Federación vigente, el Inmujeres podrá utilizar para gastos indirectos para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento, atención ciudadana y evaluación, entre otros, del citado Programa, el monto menor que resulte de comparar lo señalado en el segundo párrafo del numeral 29 del Manual de Programación y Presupuesto 2023 y el monto aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2023 identificado con el Tipo de Gasto 7 "Gasto corriente por concepto de gastos indirectos del programa de subsidios". El monto destinado a los gastos indirectos estará sujeto al dictamen favorable que, en su caso, emitan las instancias correspondientes de acuerdo con la normatividad aplicable; el recurso restante lo destinará a los proyectos beneficiados conforme a los criterios establecidos en las presentes ROP.
De acuerdo con la suficiencia presupuestaria del Proabim, para la distribución de recursos se dará prioridad a los proyectos validados en la modalidad I de participación. Asimismo, cuando por disposición de las instancias competentes se realicen reservas o adecuaciones presupuestarias se priorizará esta modalidad.
6.2 Montos de apoyo por Modalidad
El monto máximo al que podrán acceder los MAM de acuerdo con la modalidad en la que participen, se puede consultar en el Anexo 4 y en la Plataforma. Para las IMM que participen en la modalidad II, se considera un monto único de $200,000.00.
 
Modalidad
Instancia Ejecutora
Monto máximo del Proyecto
I
Implementación de acciones en materia de igualdad y derechos humanos para el adelanto y bienestar de las mujeres en el ámbito estatal.
IMEF
Calculado de acuerdo con el resultado del IBAM (especificado en el Anexo 4) que está compuesto con los valores de las variables asociadas a cada entidad federativa.
II
Implementación de acciones en materia de igualdad y derechos humanos para para el adelanto y bienestar de las mujeres en el ámbito municipal y en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
IMM
$200,000.00
(monto único, para conocer los elementos que lo integran, véase Anexo 4)
 
El IBAM considera las siguientes variables:
1.     Recurso solicitado por cada IMEF en el año previo al ejercicio fiscal de acuerdo con los Convenios Específicos de Colaboración (CEC);
2.     Porcentaje de mujeres en condiciones de pobreza por entidad federativa;
3.     Tasa de no participación económica femenina
El cálculo de los montos para cada entidad federativa se realizó de acuerdo con la siguiente fórmula:

6.3 Gastos para la coordinación y seguimiento del proyecto
Los gastos de coordinación y seguimiento a los proyectos de las dos modalidades deberán reducirse al mínimo indispensable y podrán ser de hasta el 7% del monto total autorizado a cada proyecto. Todos los gastos deberán estar plenamente identificados y debidamente justificados. Dentro de este monto, se podrán presupuestar recursos para participar en las reuniones que convoque el Inmujeres en el marco del Proabim.
6.4 Entrega de los recursos
La radicación de los recursos se podrá realizar hasta en siete ministraciones. Cada ministración se realizará dentro de los 30 días hábiles posteriores a que se haya notificado a la IMEF que la documentación bancaria y fiscal se encuentra completa y correcta, así como los respectivos CFDI o recibos provisionales están completos y cumplan con la normatividad correspondiente.
De conformidad con lo señalado en el artículo 69 de la LGCG, la entrega de los apoyos se hará mediante transferencias electrónicas de fondos, directamente de la Tesofe, a las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas. En este sentido, el recurso se radicará a la cuenta bancaria productiva específica que las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas hayan proporcionado para tal fin.
Las IMEF estarán obligadas a realizar las gestiones necesarias para que las tesorerías o dependencias homólogas lleven a cabo la dispersión del recurso, en tiempo y forma, tanto a las propias IMEF como a las IMM beneficiarias del Proabim que se encuentren dentro de la entidad federativa; en este sentido, deberán disponer de cuentas bancarias productivas específicas, en las cuales se depositarán y manejarán exclusivamente los recursos federales y sus rendimientos atendiendo lo dispuesto en el artículo 69 de la LGCG.
En caso de que la transferencia del recurso de la Tesofe a las tesorerías u homólogas en las entidades federativas sea rechazada, el Inmujeres informará dicha situación a la IMEF; quien a su vez deberá informar a la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa, para que en un plazo de cinco días hábiles lleve a cabo las acciones necesarias y se regularice la situación de la cuenta. Una vez que se encuentre activa la cuenta, la IMEF deberá informarlo al Inmujeres para que se realice la radicación del recurso.
El Inmujeres notificará a las Titulares de los MAM mediante la Plataforma cuando se haya realizado la radicación del recurso; por su parte, las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas contarán con un plazo máximo de 15 días hábiles para transferir los recursos destinados a la ejecución de los proyectos beneficiados en el marco del Proabim, de conformidad con lo establecido en el Anexo 7 iniciando por la Modalidad I.
Si por alguna circunstancia las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas no pueden llevar a cabo las transferencias de los recursos a las instancias beneficiadas dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, la IMEF podrá solicitar una prórroga mediante escrito dirigido a la persona titular de la DGPNIDM, dicha prórroga se otorgará por un plazo no mayor a 15 días hábiles. En casos extraordinarios, las IMEF podrán solicitar una nueva prórroga, cuya pertinencia y viabilidad se valorará.
En caso de que los recursos no sean transferidos a la cuenta de las instancias beneficiadas, éstos deberán ser reintegrados a la Tesofe de acuerdo con lo señalado en el numeral 7.7, así como notificarlo por escrito a la persona titular de la DGPNIDM.
Asimismo, cuando los recursos ya hayan sido transferidos a la cuenta de las instancias beneficiadas y estás por su propio derecho declinen la ejecución de los recursos aprobados para el desarrollo del proyecto validado, deberán notificarlo mediante oficio dirigido a la persona titular de la DGPNIDM y llevar a cabo el proceso de reintegro de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.7, el Inmujeres podrá emitir el documento mediante el cual se valide la no existencia de adeudos.
6.5 Asesoría, orientación y seguimiento
Como parte de los bienes y servicios en el marco del Proabim, con el propósito de generar las condiciones para el adelanto de las mujeres y contribuir en su bienestar, el Inmujeres brindará asesorías, orientación y seguimiento a los MAM durante las distintas etapas del proceso operativo.
Los tipos de asesorías podrán ser:
·  Electrónica; es decir, cuando se brinda apoyo a los MAM mediante el correo electrónico institucional de las personas responsables de brindar asesoría a los proyectos en el marco del Proabim.
·  Telefónica; cuando se brinda apoyo a los MAM de manera verbal mediante llamadas telefónicas.
·  Remota o por medios digitales las cuales se realizan mediante video llamadas, video conferencias, tutoriales o cápsulas informativas.
·  Presenciales las cuales pueden llevarse a cabo en las instalaciones del Inmujeres o en las sedes de los MAM o algún otro espacio.
Por su parte, la orientación contempla poner a disposición de los MAM materiales de apoyo, instructivos, lineamientos, materiales de difusión.
Referente al seguimiento, implica acompañar y asesorar para la presentación de los informes de avance físico financiero y de cierre, así como para el diseño y elaboración de los documentos derivados de la ejecución del proyecto, además de atender las solicitudes, dudas y consultas que presenten los MAM. En este sentido, podrán realizarse visitas o reuniones virtuales de seguimiento que permitan verificar los avances en la ejecución de los proyectos.
7. EJECUCIÓN Y CIERRE
7.1 Avance físico financiero
Los MAM deberán capturar la información y adjuntar la documentación que integra el informe de avance físico financiero en los módulos correspondientes de la Plataforma a más tardar los primeros cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2023.
Una vez finalizada la captura se deberá generar, imprimir, firmar, escanear y adjuntar en formato PDF en el módulo correspondiente de la Plataforma el formato resumen de informe. Las observaciones y/o recomendaciones derivadas de la revisión de los CFDI en sus aspectos fiscales por parte de la UAF, y de la DPNIEFM respecto de las características técnicas de los documentos, deberán atenderse en el siguiente informe de avance físico financiero o en su caso el informe de cierre.
En caso de que los MAM no presenten alguno de los informes de avance físico financiero, el Inmujeres les notificará sobre el incumplimiento y se les exhortará para que presenten el informe inmediato siguiente.
7.2 Modificaciones al proyecto
Los MAM podrán solicitar la autorización para realizar modificaciones al proyecto beneficiado, siempre y cuando las justifiquen y se precisen de manera fundada y motivada. Dicha solicitud deberá enviarse al Inmujeres mediante oficio firmado por la titular del MAM beneficiado, dirigido a la persona titular de la DGPNIDM. La fecha límite para realizar la solicitud, será el último día hábil de agosto de 2023.
 
Referente a los gastos para la coordinación y seguimiento se podrán adecuar posterior a esta fecha en caso que los MAM identifiquen la necesidad de reducir, incrementar o prescindir de alguno de los conceptos de gasto autorizados por la CVP para alcanzar los objetivos establecidos en el proyecto beneficiado, se deberá solicitar la autorización para llevar a cabo la adecuación correspondiente mediante oficio debidamente justificada, fundada y motivada, la cual deberá considerar lo señalado en el numeral 6.3 de las presentes ROP.
En caso de solicitar modificaciones a los proyectos beneficiados en la modalidad I preferentemente se deberá considerar ampliar o incluir aquellas acciones validadas por la CVP, las cuales son de especial interés para el Inmujeres.
No se autorizarán modificaciones al proyecto en el último trimestre del año fiscal de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la LFPRH, con el propósito de evitar que se realicen reintegros al finalizar el ejercicio.
7.3 Acciones complementarias
En caso de haber disponibilidad presupuestaria, el Inmujeres emitirá una convocatoria para que implementen acciones complementarias que contribuyan a potenciar los proyectos ya beneficiados, en estos casos se dará prioridad a los proyectos validados de la Modalidad I.
En este sentido preferentemente se deberán seleccionar las acciones y actividades validadas por la CVP; es importante resaltar que las acciones complementarias y las acciones que integran el proyecto beneficiado no podrán exceder de las 13 establecidas en el numeral 4.2.1 de las presentes ROP. En este sentido, el recurso se destinará exclusivamente a las acciones y actividades; es decir, no se podrá modificar el monto aprobado en los gastos para la coordinación y seguimiento.
Una vez emitida la convocatoria, se deberá atender el proceso de selección establecido y realizar las modificaciones en los módulos correspondientes de la Plataforma, las acciones y/o actividades, así como los montos se incorporarán al proyecto beneficiado.
El Inmujeres validará que las acciones complementarias cumplan con los criterios de selección mencionados en las presentes ROP y notificará los resultados en un plazo de 15 días hábiles posteriores a su recepción, para continuar con las etapas de suscripción del convenio modificatorio que corresponda y radicación de recursos.
Además, las IMEF podrán solicitar, en casos extraordinarios y/o por causas de fuerza mayor, hasta el equivalente al 8% del monto máximo al que pueden acceder establecido en el anexo 4 de las ROP para llevar a cabo acciones que fortalezcan las metas y actividades validadas por la CVP que permitan atender y mitigar dichas situaciones. Para ello deberán presentar un escrito dirigido a la presidenta del Inmujeres, debidamente justificado, quien convocará al Comité especial interno para valorar la viabilidad de la solicitud y en su caso aprobarla, en cuyo caso se realizarán las modificaciones correspondientes.
7.4 Cierre de ejercicio
A más tardar el 30 de noviembre de 2023, los MAM deberán capturar y adjuntar en los módulos de la Plataforma la información y documentación que integra el informe de cierre, así como los documentos derivados de la ejecución del proyecto. Una vez finalizada la captura se deberá generar, imprimir, firmar, escanear y adjuntar en formato PDF en el módulo correspondiente de la Plataforma el formato resumen de informe.
Se deberán adjuntar en la Plataforma en formato PDF en los módulos correspondientes los documentos generados durante la ejecución del proyecto, así como el oficio de entera satisfacción firmado por la titular del MAM, mediante el cual se hace manifiesto que los documentos cumplen con lo establecido en el Convenio Específico de Colaboración y se consideró lo señalado en los "Criterios para la ejecución de acciones tipo" y en los "Criterios para el diseño y elaboración de documentos generados en el marco del Proabim ".
Una vez concluido el plazo, la UAF y la DPNIEFM contarán con 15 días hábiles para revisar los CFDI en sus aspectos fiscales, y las características técnicas de los documentos, respectivamente. Los resultados serán notificados a los MAM mediante correo electrónico emitido por la Plataforma. En aquellos casos en que presenten observaciones, los MAM contarán con un plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha en la que fueron notificados para atender las observaciones y/o recomendaciones mediante la Plataforma.
En caso de que aún presenten observaciones y/o recomendaciones pendientes de atender, el proceso de revisión, notificación y atención se podrá repetir hasta en dos ocasiones, con el propósito de que la información y documentación que integra el informe de cierre se encuentre completa y cumpla con lo establecido en las presentes ROP.
Una vez que se notifique que la información y documentación que integra el informe de cierre se encuentra completa y cumple con lo establecido en las presentes ROP y que no se cuente con reintegros por realizar a la Tesofe, se podrá emitir el oficio de terminación señalado en el numeral 7.6.
Si se incumple en la presentación de la información y documentación que integra el informe de cierre o no se atienden las observaciones y/o recomendaciones emitidas como resultado de la segunda revisión, se notificará a la CAJ del Inmujeres para que proceda de conformidad con los aspectos legales a los que haya lugar, en estos casos no se podrá emitir el oficio de terminación.
Asimismo, se considerará incumplimiento por parte de los MAM la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del proyecto, o bien, cuando no se adjunten en la Plataforma alguno de los documentos derivados de la ejecución; en este sentido, se deberá realizar la devolución del importe de los recursos correspondientes a la parte no comprobada más las cargas financieras indicadas en el numeral 7.7. Una vez que se acredite el reintegro de recursos se podrá emitir el oficio de terminación.
7.5 Terminación anticipada
El Convenio Específico de Colaboración suscrito entre el Inmujeres y los MAM, podrá darse por terminado de manera anticipada de común acuerdo entre las partes; para ello, la persona titular del MAM deberá notificar y explicar mediante escrito firmado, el motivo que origina dicha terminación. Por su parte, los MAM deberán presentar en el plazo establecido en la respuesta a la solicitud de terminación anticipada, el informe de avance físico financiero o de cierre anticipado en los módulos que corresponda de la Plataforma y si corresponde, los documentos derivados de la ejecución del proyecto de conformidad con lo señalado en el numeral 7.4 de las presentes ROP en los plazos que se establezcan.
Asimismo, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 69 de la LGCG y en los artículos 54 de la LFPRH y el 176 de su Reglamento, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la presentación del informe de cierre anticipado o la autorización de la terminación anticipada, la Instancia Ejecutora deberá reintegrar a la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa los recursos que no hayan sido devengados mediante el procedimiento que éstas determinen. Por su parte, las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas deberán realizar el reintegro a la Tesofe de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.7 de las presentes ROP.
En aquellos casos que los MAM declinen por su propio derecho una vez que haya sido formalizado el Convenio Específico de Colaboración, tienen la obligación de notificarlo mediante oficio dirigido a la persona titular de la DGPNIDM. Por su parte, el Inmujeres emitirá el oficio de terminación anticipada del Convenio una vez que haya verificado el estatus del recurso aprobado.
Aunado a lo anterior, el Inmujeres podrá dar por terminado de manera anticipada el Convenio Específico de Colaboración por caso fortuito o fuerza mayor, así como por adecuaciones presupuestarias determinadas por parte de las instancias competentes que afecten la ejecución del Proabim, imposibilitando al Inmujeres cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado a los MAM. En dicho caso, el Inmujeres notificará tal circunstancia a los MAM que cuenten con oficio de aprobación de recursos, dejando el mismo sin efecto y notificando la terminación anticipada del Convenio mediante oficio.
7.6 Oficio de terminación del proyecto
Una vez que los MAM hayan concluido la ejecución del proyecto de acuerdo con lo estipulado en los numerales 7.4 y en su caso 7.5 de las presentes ROP, que no se cuente con reintegros por realizar a la Tesofe conforme a lo señalado en el numeral 7.7, el Inmujeres les notificará la conclusión del proyecto mediante el oficio de terminación o de terminación anticipada del Convenio Específico de Colaboración mediante el cual se da por concluida su participación y se valida la no existencia de adeudos. Dicho documento es requisito para poder registrar proyecto y avanzar en las diferentes etapas del proceso del Programa, en los próximos ejercicios fiscales
Una vez que se emita el oficio concluirá la responsabilidad de los MAM con el Inmujeres; sin embargo, éste no las exime de las responsabilidades que puedan derivarse de intervenciones, auditorías, investigaciones de gabinete o de campo al proyecto autorizado, por parte de los órganos de auditoría y control competentes. En caso de que se detecten inconsistencias y/o anomalías derivadas del ejercicio y comprobación del recurso, estas deberán ser atendidas ante las autoridades competentes.
 
En caso de que los MAM no cumplan con lo señalado en el numeral 7.4 de las presentes ROP, no se podrá emitir el oficio de terminación y la CAJ del Inmujeres procederá de conformidad con los aspectos legales a los que haya lugar.
7.7 Recursos no devengados
Los MAM, a más tardar el 31 de diciembre de 2023, deberán reintegrar a la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa los recursos que no hayan sido devengados al cierre del proyecto, incluyendo los rendimientos obtenidos. Asimismo, deberán capturar el formato de Reintegro y adjuntarlo en el módulo correspondiente de la Plataforma junto con el comprobante que ampare el depósito del reintegro, e informarlo a la IMEF de su entidad federativa.
Por su parte, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 54, fracción XXXVI de la LFPRH y 85 176 de su Reglamento, las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas, dentro de los ocho días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberán realizar el reintegro a la Tesofe la totalidad de los reintegros recibidos por parte de los MAM por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos.
Para efectos de lo anterior, la IMEF deberá llenar el formato de "Reintegro de Recursos Acumulado" con el desglose de los reintegros realizados por los MAM y enviarlo por correo electrónico a la UAF solicitando la línea de captura que utilizará la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa para realizar el reintegro de los recursos no devengados. Respecto de los rendimientos obtenidos, la tesorería o dependencia homóloga de la entidad federativa los enterará a la Tesofe a través del mecanismo que se tenga establecido.
Posteriormente, la IMEF deberá adjuntar en el módulo correspondiente de la Plataforma en un sólo archivo PDF, el formato de "Reintegro de Recursos Acumulado", copia legible de los comprobantes de los reintegros de recursos no devengados y de los rendimientos obtenidos y enviarlos mediante correo electrónico a la UAF.
Una vez que el Inmujeres haya verificado que no se tienen reintegros pendientes de realizar a la Tesofe y que el MAM cumpla con lo señalado en el numeral 7.4, se podrá emitir el oficio de terminación conforme a lo dispuesto en el numeral 7.6.
En caso de que los recursos radicados en la cuenta bancaria de la tesorería o entidad homóloga no sean transferidos a la cuenta de las instancias beneficiadas como lo establece el numeral 6.4, deberán ser reintegrados a la Tesofe conforme al procedimiento indicado.
Las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas deberán mantener activas las cuentas bancarias específicas para el manejo de los recursos del Programa, hasta que los MAM beneficiados reciban el oficio de terminación o documento homólogo.
Las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas podrán cerrar las cuentas bancarias específicas para el manejo de los recursos del Programa una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente.
En caso de que las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas no puedan realizar el reintegro a la Tesorería de la Federación, derivado de los proyectos beneficiados en el marco del Proabim, por haber cerrado la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del programa, los MAM podrán efectuar los reintegros de manera directa a la Tesorería de la Federación.
Para llevar a cabo lo anterior, los MAM deberán capturar la información solicitada en el formato de "Reintegro de Recursos" y, posteriormente, imprimirlo, firmarlo, escanearlo y adjuntarlo en el módulo correspondiente de la Plataforma y enviarlo por correo electrónico a la UAF, a fin de solicitar la línea de captura que utilizará para depositar el reintegro a la Tesorería de la Federación; además, deberán adjuntar en la Plataforma copia legible del comprobante que ampare el depósito. Asimismo, las IMM deberán informar a la IMEF de su entidad federativa sobre los reintegros realizados.
Cuando derivado de auditorías, revisiones o mecanismos de control las instancias fiscalizadoras determinen que se debe reintegrar en fechas posteriores a la emisión del oficio de terminación, los reintegros se podrán realizar directamente a la Tesofe de acuerdo con el proceso descrito previamente.
Para aquellos casos que, por el monto del reintegro de los recursos no devengados, no sea posible emitir una línea de captura, la UAF proporcionará la cuenta bancaria institucional del Inmujeres que deberá utilizarse para el depósito del reintegro. Una vez realizado, se deberá adjuntar en la Plataforma copia legible del comprobante que lo ampare, así como el formato de "Reintegro de Recursos".
En caso de no realizar el reintegro de los recursos dentro del plazo establecido, se deberán cubrir cargas financieras conforme a las disposiciones aplicables en la materia.
7.8 Auditoría, control y seguimiento
Los recursos asignados para la operación del Proabim no pierden su carácter federal, por lo que, en el caso de detectar manejos inadecuados de los mismos o incumplimiento del marco normativo aplicable, las Instancias de auditoría y control, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán promover la aplicación de las sanciones correspondientes con fundamento en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Es responsabilidad de los MAM el ejercicio y comprobación de los recursos aprobados y transferidos, así como resguardar los documentos generados durante la ejecución de sus proyectos conforme a lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la LGCG y el Código Fiscal de la Federación. Dicha información deberá estar a disposición del Inmujeres, así como de los órganos de auditoría y control federales, estatales, municipales y de la Ciudad de México, cuando así la requieran.
El Inmujeres dará seguimiento a los proyectos autorizados a los MAM mediante los informes parciales (en su caso) de avance físico financiero y de cierre que presenten de acuerdo con lo establecido en las presentes ROP. Con este mismo propósito, el Inmujeres podrá realizar, si considera conveniente, visitas de seguimiento a las Instancias ejecutoras y/o reuniones virtuales.
Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan.
Las IMEF y el Inmujeres promoverán la integración y operación de contralorías sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones y actividades comprometidas en el proyecto, tal como lo establecen los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
8. PARTICIPANTES
8.1 Instancia normativa
El Inmujeres es la Instancia facultada para interpretar las presentes ROP y para resolver los casos no previstos en las mismas, siempre y cuando dichos casos carezcan de fundamento legal o normativo; para ello, se podrá constituir un Comité especial interno en cada una de las áreas que intervienen en la implementación del Proabim para aquellos casos en los que se requiera analizar y establecer criterios relativos a los distintos procesos operativos.
Asimismo, se podrá convocar a una Comisión interna integrada por las personas titulares de las áreas involucradas en la operación del Proabim, así como las autoridades competentes, en aquellos casos que la situación exceda el ámbito de competencia de las áreas que intervienen.
8.2 Instancias ejecutoras
Las IMEF y las IMM serán responsables de la ejecución y del ejercicio de los recursos aprobados a sus respectivos proyectos.
8.2.1 Derechos de las Instancias
a)    Participar en el Proabim.
b)    Contar con asesoría, orientación y seguimiento por parte del Inmujeres durante las diferentes etapas operativas del Programa o en su caso solicitarla a la persona responsable de la entidad federativa en el marco del Proabim.
c)     Disponer de materiales de apoyo por parte del Inmujeres para la formulación, presentación y ajuste de su proyecto, así como para la elaboración y entrega de los informes de avance físico financiero, de cierre y para diseñar y elaborar los documentos derivados de la ejecución del proyecto.
d)    Obtener información sobre los avances y resultados del proceso de aprobación del proyecto presentado.
e)    Presentar por escrito los casos en que existan discrepancias derivadas de la revisión de los informes de avance físico financiero y de cierre.
f)     Solicitar asesoría y orientación referente al proceso de cierre de proyectos beneficiados en el marco
del PFTPG.
8.2.2Obligaciones de las Instancias
a)    El proyecto que propongan llevar a cabo debe ser resultado de un proceso de planeación, por lo que deberá considerar la complementariedad de las acciones que lo componen, así como su pertinencia y viabilidad técnica y financiera, además de tomar en cuenta los periodos para los procesos de contratación y, en especial, la investigación de mercado.
b)    Establecer acuerdos con las dependencias y entidades con las que se vinculen para la implementación de las acciones que integran el proyecto y si es el caso, ante sus respectivos Sistemas Estatales y/o Municipales de Igualdad, Unidades de Igualdad de Género y/o el instrumento homólogo en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
c)     Se deberá considerar el contexto local, así como las experiencias recabadas de la ejecución de las acciones en modalidad virtual, presencial o mixta.
d)    El usuario y contraseña de acceso a la Plataforma debe ser confidencial, por lo que la persona titular de la IMEF o IMM será responsable de hacer buen uso de ella. En caso de que exista mal uso de la cuenta o transferencia de los datos de acceso, será responsabilidad de las Instancias las implicaciones que deriven de lo dispuesto en lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como por los órganos de auditoría y control federales, estatales, municipales y de la Ciudad de México.
e)    Atender y ajustar el proyecto, en caso de ser necesario:
·  De conformidad con las recomendaciones y observaciones realizadas por la CVP, si la instancia considera que las recomendaciones no son procedentes deberá justificar de manera fundada y motivada mediante escrito dirigido a la persona titular de la DGPNIDM del Inmujeres; y
·  En caso de existir adecuaciones presupuestales.
f)     Ejercer los recursos radicados del proyecto beneficiado exclusivamente para la ejecución de las acciones, actividades y conceptos de gasto autorizados, con apego estricto a lo establecido en las presentes ROP, en el Convenio Específico de Colaboración y en la normativa aplicable. En ningún caso se autorizará:
·  Compra y renta de vehículos
·  Financiamiento de deudas
·  Renta o compra de inmuebles
·  Pago de gasto corriente y servicios generales (renta de bienes muebles, agua, luz, impuesto predial, etc.)
·  Proyectos ya realizados, es decir que se pretenda cubrir su presupuesto de manera retroactiva o resarcir créditos puente
·  Pago de actividades programadas por la Instancia ejecutora en su Programa Operativo Anual o equivalente
·  Pago de la seguridad o asistencia social
·  Pago de plantilla de personal de estructura, ni compensaciones de ninguna especie
·  La elaboración de documentos que, por su contenido, hayan sido realizados con anterioridad por la Instancia, así como por otras entidades federativas, programas federales o estatales, municipales y personas físicas o morales
·  La transferencia de recursos del Proabim a las dependencias o entidades de la administración pública federal, estatal o municipal u organismos internacionales con las que se vinculen y coordinen.
·  Pago de comisiones por manejo de las cuentas bancarias a las cuales se transfirieron los recursos para la ejecución de los proyectos.
g)    Comprobar los recursos aprobados y transferidos de acuerdo con la normativa aplicable, así como resguardar la documentación y documentos generados en el proceso de ejecución de sus proyectos. Resguardar cada uno de los CFDI que se emitan en las actividades, acciones y gastos para la coordinación y seguimiento que integran el proyecto y verificar que se encuentren vigentes.
Cuando los MAM determinen potenciar los proyectos beneficiados con recursos propios y excedan el monto aprobado, deberán informarlo por escrito al Inmujeres, remitiendo la justificación además de presentar los archivos en formato PDF y XML de los CFDI, así como la verificación del CFDI en el SAT con estatus vigente.
En caso de cancelación o sustitución de un CFDI previamente registrado en alguno de los Informes de avance físico financiero o de cierre, deberá informar por escrito, indicando la justificación y solicitando su sustitución en el módulo correspondiente de la Plataforma.
h)    Presentar los informes de avance físico financiero y de cierre y atender las observaciones y/o recomendaciones derivadas de su revisión. En caso de que existan discrepancias, se deberá notificar el motivo y fundamento de estas, mediante escrito dirigido a la persona titular de la DGPNIDM con la finalidad de que se determine si procede, así como la pertinencia de presentar la inconformidad ante el Comité especial interno o en su caso la Comisión interna.
i)     Cuando en los gobiernos locales exista cambio de administración durante el ejercicio fiscal 2023, se deberán entregar a la administración entrante todos los documentos y evidencias generadas durante la ejecución del proyecto, con el fin de dar seguimiento a las acciones planteadas.
j)     Adjuntar en los módulos que corresponda de la Plataforma las versiones finales de los documentos generados durante la ejecución proyecto, los cuales deberán incluir las leyendas establecidas en el Convenio Específico de Colaboración. Para su elaboración, es importante considerar lo señalado en el documento "Criterios para el diseño y elaboración de documentos generados en el marco del Proabim".
k)     Difundir y presentar el proyecto, los resultados y documentos derivados de la ejecución de éstos, entre los actores estratégicos que participaron en su desarrollo y si es el caso, ante sus respectivos Sistemas Estatales y/o Municipales de Igualdad, Unidades de Igualdad de Género y/o el instrumento homólogo en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, con el propósito de que la información, los datos, las recomendaciones y propuestas para la toma de decisiones sean consideradas para favorecer el adelanto y bienestar de las mujeres.
l)     Ejercer la totalidad de los recursos aprobados para la ejecución de las actividades, acciones y gastos para la coordinación y seguimiento que integran el proyecto con el propósito de no generar reintegros derivados de la no ejecución de los recursos otorgados. Los reintegros mayores al 5% de los recursos aprobados en el marco del Proabim, se considerarán como subejercicio conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Austeridad Republicana y en la LFPRH por lo que se tomará como referencia para la distribución del recurso del siguiente ejercicio fiscal, así como para calcular el monto máximo al que podrán acceder los MAM. En el caso de las IMEF, se aplicará un descuento proporcional al porcentaje que reintegren.
m)    Notificar al Inmujeres, en caso de que durante el ejercicio fiscal cambie la persona titular del MAM autoridades municipales o las personas responsables de la coordinación del proyecto de la Modalidad I. Para el caso de la persona titular del MAM beneficiado y de las autoridades municipales, deberá remitir al Inmujeres, el nombramiento, identificación oficial vigente con fotografía de la persona designada, así como los datos para enviar y recibir notificaciones oficiales.
n)    Participar en las diferentes reuniones que convoque el Inmujeres en el marco del Proabim.
o)    Facilitar al personal del Inmujeres las condiciones necesarias en caso de la realización de visitas de seguimiento.
p)    Proporcionar la información que les requiera el Inmujeres, los órganos de auditoría y control federales, estatales y municipales, así como terceros autorizados por el Inmujeres, con el propósito de dar seguimiento a los resultados y efectos del Proabim, en términos de las disposiciones aplicables.
q)    Difundir en las páginas electrónicas institucionales la ubicación, objetivos y principales funciones de los CDM, así como las actividades de promoción y difusión en materia de Contraloría Social.
r)     Por lo que hace a la Contraloría Social, las instancias beneficiadas en la Modalidad I deberán dar cumplimiento a las actividades comprometidas en el Programa Estatal de Trabajo de Contraloría
Social (PETCS), referentes a la planeación, promoción y seguimiento; así como dar respuesta a las solicitudes realizadas por la Secretaría de la Función Pública, el Inmujeres u órganos de auditoría y control.
9. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
La coordinación interinstitucional y vinculación de acciones tiene como propósito potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones y reducir gastos administrativos. En este sentido, el Inmujeres fomentará la coordinación con otros programas del mismo Instituto o de otras dependencias y entidades de la administración pública federal, para asegurar la complementariedad de acciones y evitar la duplicidad de los apoyos.
Con este mismo propósito, las Instancias ejecutoras podrán establecer acciones de coordinación con otras dependencias o entidades de la administración pública federal, estatal, municipal, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México u organismos internacionales; sin embargo, no podrán transferir recursos del Proabim con aquellas con las que se vinculen y coordinen.
10. EVALUACIÓN
10.1 Evaluación interna
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación y con la finalidad de garantizar los resultados del Proabim para el ejercicio fiscal 2023, el Inmujeres definió los indicadores a nivel de Fin, Propósito, Componentes y Actividades los cuales se pueden consultar en la página electrónica del Inmujeres.
A continuación, se presentan los indicadores a nivel de propósito y componentes por considerarse los más relevantes ya que miden los resultados referentes al objetivo general, así como los bienes y servicios con los que opera el Proabim.
Indicador:
Porcentaje de Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en el ámbito estatal que cumplen con el .80 o más del Índice Estatal para el Adelanto y Bienestar de las Mujeres.
Descripción general:
Mide el porcentaje de Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en el ámbito estatal que logran un valor igual o superior a .80 del Índice Estatal para el Adelanto y Bienestar de las Mujeres.
El índice está compuesto por cinco grupos de variables, organizadas en dos ejes temáticos en cada grupo pueden obtener un valor máximo de .20 puntos. Grupos de Variables: 1. Fortalecimiento técnico 2. Fortalecimiento para la negociación y cabildeo, 3. Instrumentos para contribuir al adelanto de las mujeres, 4. Implementación de acciones para contribuir al bienestar de las mujeres, y 5. Coordinación interinstitucional
Observaciones:
 
Periodicidad:
Anual
Fuente:
Dirección de la Política Nacional de Igualdad en Entidades Federativas y Municipios.
 
Indicador:
Porcentaje de Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en el ámbito municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que cumplen con el .67 o más del índice Municipal para el Adelanto y Bienestar de las Mujeres.
Descripción general:
Mide el porcentaje de Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en el ámbito municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que logran un valor igual o superior a .67 del Índice Municipal para el Adelanto y Bienestar de las mujeres.
El índice está compuesto por tres grupos de variables, organizadas en dos ejes temáticos en cada grupo pueden obtener un valor máximo de .34 puntos. Grupos de Variables: 1. Fortalecimiento técnico 2. Fortalecimiento para la negociación y cabildeo y 3. Implementación de acciones para contribuir al bienestar de las mujeres.
Observaciones:
 
Periodicidad:
Anual
Fuente:
Dirección de la Política Nacional de Igualdad en Entidades Federativas y Municipios.
 
Indicador:
Porcentaje de cobertura del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres.
Descripción general:
Mide el porcentaje de Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres (MAM) en el ámbito estatal, municipal y en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México formalmente constituidos, más los MAM que se coordinan para la operación de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres (CDM) y que son beneficiados por el Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres en relación con la totalidad de los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres que se tiene registrados como existentes en el ámbito estatal, municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Observaciones:
 
Periodicidad:
Anual
Fuente:
Dirección de la Política Nacional de Igualdad en Entidades Federativas y Municipios.
 
Indicador:
Porcentaje del recurso transferido a los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres
Descripción general:
Mide la cantidad de recurso transferido a los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres para que ejecuten acciones vinculadas a generar condiciones para el adelanto de las mujeres y que contribuyan a su bienestar, respecto al presupuesto modificado del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres.
Observaciones:
 
Periodicidad:
Semestral
Fuente:
Dirección de la Política Nacional de Igualdad en Entidades Federativas y Municipios.
 
 
Indicador:
Porcentaje de Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres asesorados hasta concluir sus proyectos vinculados a generar las condiciones para el adelanto de las mujeres y que contribuyan a su bienestar.
Descripción general:
Mide el número de Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres que son asesorados hasta concluir sus proyectos que incluyen acciones vinculadas a generar las condiciones para el adelanto de las mujeres y que contribuyan a su bienestar en relación con los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres con proyectos beneficiados.
Observaciones:
 
Periodicidad:
Semestral
Fuente:
Dirección de la Política Nacional de Igualdad en Entidades Federativas y Municipios.
 
Las metas de los indicadores de la Matriz de Indicadores para Resultados del Proabim podrán sufrir cambios de acuerdo con el presupuesto asignado.
10.2 Evaluación externa
De conformidad con lo señalado en el artículo 78 de la LFPRH y demás normatividad aplicable, el Proabim podrá llevar a cabo evaluaciones externas las cuales serán coordinadas por la DGPE del Inmujeres, de acuerdo con el Programa Anual de Evaluación que emita el Coneval y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El costo de las evaluaciones externas podrá cubrirse con cargo al presupuesto del Proabim y se podrán realizar contrataciones para que las evaluaciones abarquen varios ejercicios fiscales en los términos de la LFPRH. La DGPE del Inmujeres, difundirá los resultados de la evaluación mediante la página electrónica del Instituto.
11. TRANSPARENCIA
11.1 Difusión
Para garantizar la transparencia de la información de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las presentes ROP, los objetivos, características, funcionamiento y beneficios del Proabim, serán publicados en el Diario Oficial de la Federación. La relación completa de los proyectos analizados por la CVP y los resultados, así como el padrón de la población beneficiaria, estarán disponibles y se difundirán en los siguientes medios:
·  Página web del Inmujeres: http://www.gob.mx/Inmujeres/
·  Sistema de Portales de Obligaciones de transparencia, formato XV.
·  Cualquier otro medio que implemente el Inmujeres.
La publicidad para la difusión del Proabim, convocatorias de participación, promoción de las actividades que integran los proyectos por cualquier medio deberá incluir claramente, visible y/o audible, las siguientes leyendas: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa", y "Este producto es generado con recursos del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres. Empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por quienes produjeron el presente trabajo", de acuerdo con lo establecido en la cláusula referida a Crédito y Reconocimiento del Convenio Específico de Colaboración. Asimismo, todos los documentos generados deberán incluir, entre otros aspectos, el logotipo del Inmujeres y la estrategia de imagen institucional definida por el Gobierno Federal, misma que será difundida por el Inmujeres.
Los documentos podrán ser publicados en la página oficial del Inmujeres para consulta del público en general, por lo que las Instancias ejecutoras deberán revisarlos, de manera detallada, en relación con su contenido, ortografía y redacción.
Es responsabilidad de los MAM dar a conocer, mediante sus respectivos órganos oficiales de difusión, los proyectos beneficiados por el Inmujeres, impulsando en su caso, la difusión en lenguas indígenas, con el propósito de transparentar el ejercicio y aplicación de los recursos.
En caso de que, en las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México se desarrolle algún proceso electoral, los MAM deberán observar la normatividad definida por las autoridades competentes durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de las respectivas jornadas comiciales.
12. CONTRALORÍA SOCIAL
Se reconoce a la Contraloría Social como el mecanismo de las personas beneficiarias, de manera organizada, independiente, voluntaria y honorífica, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas federales, de conformidad con los artículos 69, 70 y 71 de la Ley General de Desarrollo Social; 67, 68, 69 y 70 de su Reglamento.
En materia de Contraloría Social, este programa federal se encuentra sujeto a los lineamientos y Estrategia Marco vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública, así como a los documentos normativos (Esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social) validados por dicha dependencia, mismos que integran la Estrategia de Contraloría Social.
Para el registro de los Comités de Contraloría Social, deberá presentarse un escrito libre ante la Unidad Responsable o Entidad de la Administración Pública Federal a cargo del programa, en el que se especifique, como mínimo, el nombre del programa, el ejercicio fiscal de que se trate, su representación y domicilio legal, así como los mecanismos e instrumentos que se utilizarán para el ejercicio de sus funciones.
La Unidad Responsable del programa federal establecerá a través de sus Oficinas de Representación Federal y/o Instancias Ejecutoras, el mecanismo mediante el cual reconocerá la constitución de los Comités de Contraloría Social y hará el correspondiente registro en el Sistema Informático de Contraloría Social en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su conformación. Asimismo, brindará a éstos la información pública necesaria para llevar a cabo sus actividades, así como asesoría, capacitación, y orientación sobre los medios para presentar quejas y denuncias.
La Secretaría de la Función Pública, brindará orientación en la materia a través del correo electrónico: contraloriasocial@funcionpublica.gob.mx.
La Unidad Responsable del programa federal podrá promover e implementar los mecanismos de participación ciudadana en la prevención y el combate a la corrupción impulsados por la Secretaría de la Función Pública, por medio del uso de herramientas digitales, que faciliten a las personas beneficiarias y la ciudadanía en general, la posibilidad de incidir en dicha materia.
13. QUEJAS Y DENUNCIAS
Las quejas y denuncias pueden ser sobre cualquier hecho, acto u omisión atribuible a una persona servidora pública, que implique una falta administrativa que produzca o pueda producir daños a la implementación del proyecto o alteraciones en el correcto ejercicio de los recursos autorizados por el Proabim y cuando se contravengan las presentes ROP u otra normatividad federal aplicable; y pueden ser presentadas en las siguientes Instancias:
 
Instancia
Teléfono/Lada sin costo
Correo electrónico y página web
Domicilio
Órgano Interno de Control del Inmujeres
(55) 5322 6050
(01 800) 0911 466
oicbuzon@Inmujeres.gob.mx http://www.gob.mx/Inmujeres/
Barranca del Muerto No. 209, Colonia San José Insurgentes, Demarcación territorial Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Secretaría de la Función Pública
(55) 2000 3000
extensión 2164
(01 800) 1120 584
http://www.gob.mx/sfp
https://sidec.funcionpublica.gob.mx
Avenida Insurgentes Sur Núm. 1735, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación territorial Álvaro Obregón, Código Postal 01020, México, Ciudad de México.
Anexo 1
Consideraciones para el diseño y ejecución de los proyectos
Alineación al Proigualdad 2020-2024 y ejes temáticos para las Modalidades
A continuación, se enlistan los objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales del Proigualdad de especial interés en el marco del Proabim, las cuales son enunciativas más no limitativas. En este sentido, las Instancias podrán integrar en sus proyectos otras acciones puntuales, de acuerdo con las acciones que propongan desarrollar.
Objetivos prioritarios
Estrategias prioritarias
Acciones
puntuales
Eje temático
Modalidad
1. Potenciar la autonomía económica de las mujeres para cerrar brechas históricas de desigualdad.
1.3 Favorecer la inserción laboral de las mujeres en un marco de igualdad, no discriminación y trabajo digno y decente.
1.3.3
Contribución para el bienestar de las mujeres
I
2. Generar las condiciones para reconocer, reducir y redistribuir los trabajos domésticos y de cuidados de las personas entre las familias, el Estado, la comunidad y el sector privado.
2.3 Impulsar el incremento de la participación del Estado y el sector privado en el cuidado de las personas para organizarlos de manera corresponsable y equitativa.
2.3.1
I
3. Mejorar las condiciones para que las mujeres, niñas y adolescentes accedan al bienestar y la salud sin discriminación desde una perspectiva de derechos.
3.1 Fortalecer el marco institucional de las instancias de bienestar y salud que brindan atención directa a la población a fin de garantizar que sus servicios sean accesibles, de calidad, con pertinencia cultural, respeto a la diversidad y a los derechos de las mujeres.
3.1.2
I
3.2 Ofrecer bienes y servicios que contribuyan a mejorar la calidad de vida y bienestar de las mujeres, niñas y adolescentes.
3.2.3
 
3.3 Impulsar cambios culturales favorables a la autonomía, autocuidado y bienestar de las mujeres, adolescentes y niñas.
3.3.1
I
3.4 Fortalecer la accesibilidad, calidad y suficiencia de los servicios de salud a mujeres con mayores desventajas.
3.4.7
I
5. Posicionar la participación igualitaria de las mujeres en la toma de decisiones en los ámbitos político, social, comunitario y privado.
5.1 Fortalecer el marco institucional y de política pública para favorecer la participación sustantiva e igualitaria de las mujeres.
5.1.8
5.1.9
Condiciones para el adelanto de las mujeres
I y II
A continuación, se presentan las acciones que se presentarán ante la CVP para su validación. Las cuales podrán formar parte del proyecto para la Modalidad I:
 
Eje temático
Nombre de la acción
Contribución para el bienestar de las mujeres
·  Contribuir al bienestar y movilidad de las mujeres en el territorio en condiciones de igualdad.
·  Incentivar que los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres impulsen la formación, profesionalización y certificación de personas cuidadoras, preferentemente mujeres.
·  Impulsar que los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres favorezcan el empoderamiento de las adolescentes y jóvenes.
·  Potenciar la participación de las mujeres mediante un proyecto dirigido al autocuidado en el ámbito comunitario.
·  Potenciar la participación de las mujeres mediante un proyecto dirigido al empoderamiento económico en el ámbito comunitario.
·  Promover los derechos agrarios de las mujeres ejidatarias y comuneras.
·  Coadyuvar al fortalecimiento operativo de las casas y albergues para Mujeres Migrantes sus hijas e hijos.
·  Impulsar la participación de las mujeres para fomentar una cultura ambiental sustentable.
Estrategia para impulsar el acceso de las mujeres a la educación básica y media superior.
Condiciones para el adelanto de las mujeres
·  Promover la modificación del marco normativo y/o programático en materia de igualdad 2023.
·  Fortalecer los Centros para el Desarrollo de las Mujeres en el ejercicio fiscal 2023.
·  Fortalecer las capacidades técnicas del funcionariado público en el ámbito local.
·  Fortalecer la política de igualdad en la entidad federativa.
·  Reforzar las capacidades organizacionales, operativas y técnicas de la IMEF.
Reforzar las capacidades materiales de la IMEF.
 
Para la Modalidad II:
Eje temático
Nombre de la acción
Condiciones para el adelanto de las mujeres
Reforzar las capacidades organizacionales y operativas de las IMM.
 
Estrategia para impulsar el acceso de las mujeres a la educación básica y media superior y, el empoderamiento económico.
 
Se deberá dar prioridad a los CDM que se instalen, así como el reequipamiento de los CDM que lleven más de cuatro años en operación, para ello la IMEF deberá llevar a cabo el trámite de baja del mobiliario y/o del equipo de acuerdo con la normatividad que corresponda y conservar el documento para su resguardo.
Ejecución del proyecto
Para la contratación de servicios profesionales vinculados a las acciones de Fortalecimiento a los MAM y para la operación de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres se debe considerar:
·  Procurar que la formación académica de las personas se encuentre entre las ciencias sociales, humanidades y psicología u otras afines; se deberá dar prioridad a la contratación de mujeres como una acción afirmativa, impulsando la inclusión de personas con discapacidad, para que apoyen en la ejecución del proyecto y dar preferencia a la contratación de mujeres habitantes de las localidades.
·  Los términos y condiciones de la contratación se ajustarán a la normativa vigente aplicable, por lo que:
o    No podrán ser contratadas servidoras/es públicos, así como personas que presten sus servicios profesionales a consultorías o asociaciones civiles.
o    Las personas que presten sus servicios profesionales en las acciones de Fortalecimiento a los MAM y para la operación de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres, no podrán ser contratadas para implementar alguna otra acción.
o    No podrán ser contratadas en más de un municipio las profesionistas vinculadas a las acciones relacionadas al fortalecimiento institucional, así como aquellas referidas a la operación de los CDM.
·  La (s) persona (s) deberá estar registrada en el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y tendrá que emitir CFDI.
·  El porcentaje destinado a gastos para la coordinación y seguimiento del proyecto, deberán reducirse al mínimo indispensable y podrán ser hasta el 7% del monto total autorizado a cada proyecto. Además, todos los gastos deberán estar plenamente identificados y debidamente justificados; a continuación, se presenta el listado de conceptos de gasto autorizados, así como los insumos que se podrán adquirir en cada uno de ellos:
 
Concepto de Gasto
Insumos que se pueden adquirir
Artículos de protección sanitaria
Recursos destinados a la adquisición de cubrebocas, gel antibacterial, caretas, guantes, lentes, sanitizante, cloro y otros materiales con el propósito de implementar medidas de prevención en el marco del COVID-19.
Materiales y útiles de oficina
Recurso asignado a la compra de insumos necesarios para el desarrollo de las actividades que integran el proyecto beneficiado en el marco del Proabim.
Se podrán adquirir:
·  Libretas
·  Carpetas
·  Hojas de papel
·  Protectores de hojas
·  Folders
·  Engrapadoras
·  Foliadoras
·  Perforadoras
·  Sacapuntas
·  Lápices
·  Plumas
·  Gomas
·  Pegamentos
·  Marcadores
·  Tijeras
·  Cintas adhesivas
·  Notas adhesivas
·  Charolas para escritorio
·  Separadores
·  Cojín para sellos
·  Sobres de papel
·  Rotafolios
·  Entre otros
Materiales y útiles de impresión y reproducción
Recurso asignado a la compra de insumos necesarios para el desarrollo de las actividades que integran el proyecto beneficiado en el marco del Proabim.
Se podrán adquirir:
·  Consumibles para impresión
·  Consumibles de reproducción y almacenamiento: DVD, CD, USB.
Pago de combustible
Recursos destinados a cubrir los gastos para el pago del combustible de vehículos terrestres destinado a la ejecución del proyecto beneficiado en el marco del Proabim para las personas servidoras públicas de los MAM y personas prestadoras de servicios con el propósito de realizar las actividades que integran las acciones, el seguimiento y supervisión en las áreas geográficas donde se ejecute el proyecto. En el caso de la Modalidad I se consideran las actividades vinculadas a la operación de los CDM. Además, dentro de este concepto se podrá presupuestar recurso para facilitar al personal del Inmujeres las condiciones necesarias en caso de la realización de visitas de seguimiento y para asistir a las reuniones a las que convoque el Inmujeres.
Pago de pasajes
Recurso asignado a la compra de boletos facturables correspondientes a pasajes aéreos nacionales, terrestres (autobuses, servicio de taxis y de aplicación) destinado a la ejecución del proyecto beneficiado en el marco del Proabim para las personas servidoras públicas de los MAM y personas prestadoras de servicios con el propósito de realizar las actividades que integran las acciones, el seguimiento y supervisión en las áreas geográficas donde se ejecute el proyecto.
Pago de peajes
Recursos destinados a cubrir los gastos para el pago de casetas de carreteras y autopistas destinado a la ejecución del proyecto beneficiado en el marco del Proabim para las personas servidoras públicas de los MAM y personas prestadoras de servicios con el propósito de realizar las actividades que integran las acciones, el seguimiento y supervisión en las áreas geográficas donde se ejecute el proyecto.
Además, dentro de este concepto se podrá presupuestar recurso para facilitar al personal del Inmujeres las condiciones necesarias en caso de la realización de visitas de seguimiento y para asistir a las reuniones a las que convoque el Inmujeres.
Pago de servicios de comunicación
Recursos destinados a la adquisición de servicios de comunicaciones de voz, datos fijos o móviles como bandas anchas y tiempo aire para el desarrollo de las actividades que integran el proyecto.
En el caso de la Modalidad I se consideran las actividades vinculadas a la operación de los CDM.
Mediante este concepto no se permite el pago de: telefonía fija, contratación de planes de telefonía celular, adquisición de equipos celulares.
Pago de servicio postal
Recurso destinado para el pago de servicios de paquetería para el envío de los diversos documentos solicitados en las diferentes etapas operativas del Proabim.
Pago de transporte público local (no facturable)
Recursos destinados a cubrir los gastos para el pago de transporte público local destinado a la ejecución del proyecto beneficiado en el marco del Proabim para las personas servidoras públicas de los MAM y personas prestadoras de servicios con el propósito de realizar las actividades que integran las acciones, el seguimiento y supervisión en las áreas geográficas donde se ejecute el proyecto.
Para la comprobación del recurso se debe elaborar un oficio por parte del área de finanzas u homóloga del MAM dirigido a la persona titular de la DPNIEFM, en el cual se especifique el monto, el tipo de transporte al que fue destinado, el motivo de la actividad y fecha; dicho documento deberá adjuntarse en el módulo correspondiente de la Plataforma.
Pago de viáticos
Alimentación: Recursos destinados a cubrir los gastos alimenticios y de bebidas no alcohólicas de las personas servidoras públicas de los MAM y personas prestadoras de servicios para la realización de las actividades que integran las acciones, el seguimiento y supervisión en las áreas geográficas donde se ejecute el proyecto.
En el caso de la Modalidad I se consideran las actividades vinculadas a la operación de los CDM.
Hospedaje: Recursos destinados a cubrir los gastos de las personas servidoras públicas de los MAM y personas prestadoras de servicios para la realización de las actividades que integran las acciones, el seguimiento y supervisión en las áreas geográficas donde se ejecute el proyecto.
En este concepto de gasto se podrá presupuestar recurso para asistir a las reuniones a las que convoque el Inmujeres.
Refacciones y accesorios para equipo de cómputo y telecomunicación
Cables HDMI, bocinas, pantallas, ratón, teclados, cámaras web para PC, materiales para la limpieza y protección de los equipos electrónicos.
 
En aquellos casos en que los MAM requieran adquirir insumos distintos a los indicados en este listado o determinen potenciar los proyectos beneficiados con recursos propios, deberán exponer las razones por las que se considera necesaria dicha adquisición y remitir la justificación mediante oficio dirigido a la persona titular de la DPNIEFM, en ambos estará sujeto a valoración y aprobación.
En este sentido, cuando se exceda el monto aprobado los MAM deberán presentar en formato PDF los CFDI, la verificación del CFDI con estatus vigente, así como el archivo XML.
Los recursos aprobados y transferidos se deberán comprobar de acuerdo con la normativa aplicable, así como resguardar cada uno de los CFDI que se emitan referente a los gastos para la coordinación y seguimiento del proyecto, verificando que se encuentren vigentes en todo momento. En este sentido las proveedoras y establecimientos dedicados a la venta del insumo, bienes o servicios del que se trate deberá emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que cumpla con lo señalado en el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Seguimiento del proyecto
El Inmujeres dará seguimiento a los proyectos autorizados a los MAM mediante los informes de avance físico financiero y de cierre que presenten de acuerdo con lo establecido en las presentes ROP, la presentación de los informes considera:
·  Asignar el estatus de la acción
 
·  Registrar los datos de las personas contratadas bajo la figura de servicios profesionales vinculados a las acciones de Condiciones para el adelanto de las mujeres y para la operación de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres
·  Adjuntar la documentación que compruebe el ejercicio de los recursos (CFDI en formato PDF, verificación ante el SAT con estatus de vigente, así como el archivo XML)
·  Incorporar los medios de verificación, documentos vinculados a la acción y en su caso anexos
·  Capturar las personas atendidas durante la ejecución de las acciones
·  Generar los formatos que contengan el registro de CFDI y personas atendidas, imprimir, firmar, escanear y adjuntar en el módulo que corresponda.
·  Generar el formato resumen de informe del proyecto, imprimirlo, firmarlo, escanearlo y adjuntarlo
·  En caso de contar con recursos no devengados, una vez realizado el proceso establecido en el numeral 7.7 de las ROP, presentar los documentos que amparan el reintegro (cierre de proyecto)
·  Añadir el oficio de entera satisfacción debidamente firmado (cierre de proyecto)
Anexo 2
Solicitud de Participación en el
Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres, 2023
XX de enero de 2023
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
PRESENTE
La que suscribe (Nombre completo de la Titular de la IMEF/IMM) en mi carácter de titular de la (Nombre de la IMEF o IMM) (del/la Estado/Ciudad de México), (del/la Municipio, demarcación territorial), expreso el interés de participar en el Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (Proabim) para el ejercicio fiscal 2023.
He leído las reglas de operación del Proabim publicadas en el Diario Oficial de la Federación el XX de xxxxxx de xxxxx, por lo que manifiesto que la Instancia que encabezo cuenta con la documentación requerida para la participación en este programa, de la cual proporcionaré copia fiel de los documentos originales, en apego a los requerimientos según se soliciten, para dar cumplimiento con lo señalado en las reglas de operación.
Asimismo, informo que la dirección de correo electrónico que será empleada para acceder a la Plataforma y como vía de comunicación entre el/la (Nombre de la IMEF/IMM) y el Instituto Nacional de las Mujeres, para efectos de notificaciones oficiales en referencia al Proabim emisión 2023, es la siguiente:
Correo electrónico 1:
Por otro lado, protesto decir verdad que daré buen uso de la cuenta de acceso a la Plataforma, misma que utilizaré para capturar la información y adjuntar la documentación solicitada en las diferentes etapas del proceso. Me comprometo a evitar la transferencia de estos datos y conozco las acciones que pueden derivar del mal uso de la cuenta.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad de expresarle un cordial saludo.
ATENTAMENTE
_______________________
Nombre y firma de la Titular la Instancia
Anexo 3
Formato de presentación de proyecto de los MAM
Las Instancias tendrán que registrar la información mínima necesaria que a continuación se señala y en caso de ser necesario, completar la totalidad de los datos requeridos en los módulos correspondientes de la Plataforma.
Datos de la Instancia u homóloga
 
Nombre de la Instancia u homóloga
 
Fecha de creación
 
Naturaleza Jurídica
 
Domicilio (calle, número, colonia o localidad y C.P.):
 
Teléfono (lada y en su caso extensión)
 
Correo electrónico
 
Datos de la Titular de la Instancia u homóloga
 
Tratamiento
 
Nombre completo
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre (s):
Nombre del cargo
 
Fecha en que asumió el cargo
Periodo de gestión administrativa
CURP
 
Correo electrónico
 
Teléfono
Celular
 
Datos del Proyecto
Nombre del proyecto
Periodo de ejecución
Objetivos
Justificación
Datos por cada acción solicitada:
Eje temático
Alineación al Proigualdad
Nombre de la acción
Medios de verificación
Monto total de la acción
Actores estratégicos
Área geográfica
Actividades
Gastos para la coordinación y seguimiento del proyecto (hasta el 7% del monto total autorizado)
Conceptos de Gasto
Unidad de Medida
Cantidad
Monto total de los gastos para la coordinación y seguimiento del proyecto
Monto total del proyecto
Documento generado durante la ejecución del proyecto
 
Datos de la Titular de la IMM
 
Nombre completo
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre(s)
Correo electrónico
 
 
Teléfono
Celular
 
 
 
 
Para el caso de las Instancias Municipales de las Mujeres centralizadas, tendrá que registrar la información que a continuación se señala por cada autoridad municipal:
Datos de la persona titular de la Presidencia Municipal o Demarcación territorial, de la Secretaría y de la Sindicatura del ayuntamiento o Secretaría de Administración u homólogo
Tratamiento:
Nombre completo
Primer apellido:
Segundo apellido
Nombre(s):
CURP:
Teléfono(s):
Celular:
Correo electrónico:
Domicilio (calle, número, colonia o localidad y C.P.):
Periodo de gestión administrativa:
Fecha de la constancia mayoría, nombramiento (día, mes, año) según corresponda:
 
Anexo 4
Índice para distribuir los recursos a partir de las Condiciones de Bienestar y Adelanto de las Mujeres
(IBAM) Modalidad I
El IBAM considera las siguientes variables:
1.     Recurso solicitado por cada IMEF en el año previo al ejercicio fiscal de acuerdo con los Convenios Específicos de Colaboración (CEC);
2.     Porcentaje de mujeres en condiciones de pobreza por entidad federativa;
3.     Tasa de no participación económica femenina.
El cálculo de los montos para cada entidad federativa se realizó de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde:
IBAM (i) = Índice para distribuir los recursos a partir de las Condiciones de Bienestar y Adelanto de las Mujeres Presupuesto estimado para la entidad Federativa (i).
RS(i)N-1 = Recurso solicitado por la IMEF (i) en el año previo (N-1) de acuerdo con los CEC.
RM= Recurso remanente =
PMIN = PEFN *(1-0.0118)-Presupuesto asignado a la Modalidad II.
PEFN = Presupuesto de Egresos de la Federación para Proabim
PMP(i) = Porcentaje de mujeres en condición de pobreza de la entidad federativa(i) respecto al total nacional (Ver ficha en Anexo 6)
IPTP(i) = Proporción de la tasa de no participación económica femenina respecto al total de las tasas de no participación económica del país =
TNPEF(i) = Tasa de no participación económica femenina de la entidad federativa (i) de las mujeres de 15 años y más (Ver ficha en Anexo 7)
i = Ags, BC, BCS, ... Zac.
En términos gráficos se expresa de la siguiente manera:

Cálculo del Índice para distribuir los recursos a partir de las Condiciones de Bienestar y Adelanto de
las Mujeres entre las IMEF que participan en la modalidad I, ejercicio fiscal 2023
CVE.
EF
Entidad
Federativa
Recurso solicitado
por IMEF en el año
previo de acuerdo
con (CEC)
Porcentaje de mujeres en
condiciones de pobreza por
entidad federativa 2020
Proporción de la tasa de no
participación económica
femenina respecto al total
de las tasas de no
participación económica del
país 2022
2023
 
Total
$263,626,337.80
100.00
$15,962,708.11
100.00
$15,962,708.11
$295,551,754.01
01
Aguascalientes
$ 6,335,310.00
0.7
$115,443.83
3.2
$509,897.86
$6,960,651.69
02
Baja California
$ 6,940,800.00
1.5
$247,237.12
3.0
$480,810.87
$7,668,847.99
03
Baja California Sur
$ 7,510,050.00
0.4
$60,235.32
2.5
$397,026.10
$7,967,311.41
04
Campeche
$ 7,404,330.36
0.8
$132,348.71
3.1
$498,718.07
$8,035,397.14
05
Coahuila
$ 7,235,019.00
1.4
$230,767.90
3.1
$492,594.55
$7,958,381.45
06
Colima
$ 7,735,860.00
0.4
$56,420.44
2.6
$422,332.41
$8,214,612.86
07
Chiapas
$ 16,846,400.00
7.6
$1,216,943.14
3.9
$618,951.62
$18,682,294.76
08
Chihuahua
$ 4,666,572.57
1.7
$265,705.52
3.1
$496,850.09
$5,429,128.18
09
Ciudad de México
$ 4,511,558.01
5.4
$869,332.13
2.8
$452,927.94
$5,833,818.08
10
Durango
$ 7,641,184.00
1.3
$202,110.76
3.1
$497,582.87
$8,340,877.63
11
Guanajuato
$ 8,398,600.00
4.8
$766,475.07
3.2
$509,778.75
$9,674,853.82
12
Guerrero
$ 11,562,950.00
4.3
$682,352.85
3.5
$554,081.06
$12,799,383.91
13
Hidalgo
$ 9,485,640.00
2.9
$462,167.59
3.3
$520,140.34
$10,467,947.93
14
Jalisco
$ 6,897,266.33
4.8
$762,223.44
3.0
$477,629.09