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DOF: 18/01/2023 |
AVISO por el que se publica la información contenida en la solicitud de reconocimiento de la Denominación de Origen protegida en el extranjero (Alfombras tejidas a mano Kelardasht), en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos AVISO por el que se publica la información contenida en la solicitud de reconocimiento de la Denominación de Origen protegida en el extranjero (Alfombras tejidas a mano Kelardasht), en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.- Dirección Divisional de Marcas. AVISO POR EL QUE SE PUBLICA LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA EN EL EXTRANJERO (ALFOMBRAS TEJIDAS A MANO KELARDASHT), EN EL TERRITORIO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. I.- Con fundamento en el artículo 319 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se publica la siguiente información contenida en la solicitud de reconocimiento de la Denominación de Origen protegida en el extranjero, notificada a través del Sistema de Lisboa de la Organización Mundial de la Propiedad Industrial el 23 de mayo de 2022, en los siguientes términos: Nombre, nacionalidad y domicilio del solicitante | Denominación de Origen | Zona geográfica | Producto | Traducción | Transliteración | Nombres: 1. Compañía Cooperativa de alfombras tejidas a mano del Oeste de Mazandaran, Kelardasht. 2. Unión de empresas cooperativas de alfombras tejidas a mano de la provincia de Mazandaran. 3. Ayuntamiento del condado de Kelardasht. 4. Unión de alfombras tejidas a mano de Abbas Abad. 5. Empresa cooperativa de alfombras tejidas a mano del pueblo de Noshahr. 6. Unión de alfombras tejidas a mano de Noor. 7. Unión de tejedores de alfombras a mano de Noshahr. 8. Unión de tejedores de alfombras a mano de Babolsar. 9. Unión de tejedores de alfombras a mano del Condado de Ramsar. 10. Unión de alfombras tejidas a mano del condado de Chalus. Nacionalidad: Iraní. Domicilio: Centro de Propiedad Intelectual Fayazbakhsh Street, n.°5, Khayam Street, Imam Khomeini Square Teherán República Islámica del Irán. | | Kelardasht | Alfombras tejidas a mano. | Alfombras tejidas a mano Kelardasht. | Farsh e Dastbaft e Kelardasht - Fær Dæstbft Kelrdat | II.- El expediente de la solicitud se encontrará abierto para consulta pública en el archivo de la Dirección Divisional de Marcas del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ubicado en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan, Alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, en un horario de atención al público de 09:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes. Las oposiciones, observaciones u objeciones a la solicitud podrán presentarse, de manera indistinta, directamente en las oficinas del Instituto sitas en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan, Alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, en un horario de atención al público de 09:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes, o bien, mediante correo certificado con acuse de recibo; servicios de mensajería, paquetería u otros equivalentes. III.- Esta publicación no prejuzga ni constituye un pronunciamiento del Instituto sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud y se efectúa para que cualquier tercero que justifique su interés, presente su oposición por escrito a la solicitud de reconocimiento de la denominación de origen y formule observaciones u objeciones respecto al cumplimiento de lo establecido en los artículos 271 y 316 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, acompañada de las pruebas respectivas, así como del comprobante de pago de la tarifa correspondiente, dentro de un plazo improrrogable de dos meses, contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los términos del artículo 320 de la Ley en cita. El presente se signa con fundamento en los artículos 1, 2 fracción I, 5 fracción I, 6, 8, 9, 315, 316, 319 y 320 de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 3o. fracción V, inciso b), 4o., 5o., 7o. fracción III, 11 fracción II y 13 fracciones II y III del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 5o. fracción V, inciso b), 11 fracción III, 15 fracción II y 17 fracciones II y III de su Estatuto Orgánico, y 6 fracción XXI del Acuerdo delegatorio de facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Ciudad de México, a 5 de enero de 2023.- La Directora Divisional de Marcas, Mayra Elena Ramos González.- Rúbrica. (R.- 531143)
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