CONVOCATORIA para seleccionar a una representación de las organizaciones de la sociedad civil y una persona experta académica con conocimiento y trabajo relevante en materia de trata de personas, con la finalidad de integrarse, por el periodo de dos años, como participantes a la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
CONVOCATORIA PARA SELECCIONAR A UNA REPRESENTACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y UNA PERSONA EXPERTA ACADÉMICA CON CONOCIMIENTO Y TRABAJO RELEVANTE EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS, CON LA FINALIDAD DE INTEGRARSE, POR EL PERIODO DE DOS AÑOS, COMO PARTICIPANTES A LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS
FÉLIX SANTANA ÁNGELES, Secretario Técnico de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 84, 86 y 87 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 40, fracción VII del Reglamento de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; 13, 15, 16, 17 y 18 del Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, así como en términos del acuerdo CISE04/2022/05 aprobado en la Cuarta Sesión Extraordinaria de dicha Comisión celebrada el 21 de julio 2022, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 84 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, establece que uno de los objetos de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, es definir y coordinar la implementación de una Política de Estado en materia de trata de personas; impulsar y coordinar en toda la República la vinculación interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos objeto de dicha Ley; así como la inspección y vigilancia de los programas, acciones y tareas en la materia, y la evaluación, rendición de cuentas y transparencia, sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias;
Que el artículo 86 de la Ley en comento, establece en sus fracciones X y XI que podrán participar en las reuniones de la Comisión con derecho a voz, pero sin voto, entre otros, tres participantes de organizaciones de la sociedad civil y tres expertos académicos con conocimiento y trabajo relevante sobre el tema de trata de personas;
Que el artículo 15 del Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, establece que la selección de las tres organizaciones de la sociedad civil y las tres personas expertas académicas se tomará por acuerdo del Pleno de la Comisión. Para tales efectos, la Subcomisión Consultiva presentará la propuesta justificada, como resultado de las actividades de un Grupo de Trabajo específico para este proceso de selección, el cual analizará y entrevistará las candidaturas correspondientes garantizando que sea legal y transparente. La Secretaría de Gobernación publicará la convocatoria aprobada por la Comisión en el Diario Oficial de la Federación, las y los conformantes coadyuvarán a su máxima difusión;
Que el artículo 18, párrafo primero del Reglamento Interno antes referido establece que la participación de las organizaciones de la sociedad civil y las personas expertas académicas en la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos tendrá una duración de dos años con posibilidad de ser reelegidas por un periodo igual por una sola ocasión, lo cual será determinado mediante votación de las dependencias y entidades integrantes en las sesiones de la Comisión. En caso de no ser reelegidas, tendrán que esperar un periodo de dos años, para volver a postularse. En el supuesto de que alguna de las organizaciones de la sociedad civil o persona experta académica decida retirarse, o cause baja definitiva por no asistir a las sesiones de la Comisión o Subcomisión por más de dos veces consecutivas indistintamente, se abrirá una nueva convocatoria para la ocupación de la vacante, en términos de dicho Reglamento Interno;
Que el 21 de julio del 2022 el Pleno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en su Cuarta Sesión Extraordinaria, aprobó por unanimidad la publicación de la Convocatoria para seleccionar una persona experta académica con conocimiento y trabajo relevante en materia de trata de personas y una representación de las organizaciones de la sociedad civil, mediante acuerdo número CISE04/2022/05 con la finalidad de integrarse, por el periodo de dos años, como participantes en dicha Comisión, por lo que he tenido a bien emitir la siguiente
CONVOCATORIA PARA SELECCIONAR A UNA REPRESENTACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL Y UNA PERSONA EXPERTA ACADÉMICA CON CONOCIMIENTO Y TRABAJO
RELEVANTE EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS, CON LA FINALIDAD DE INTEGRARSE, POR EL
PERIODO DE DOS AÑOS, COMO PARTICIPANTES A LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA
PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y
PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS
BASES
PRIMERA. DEL OBJETO
Seleccionar una representación de las organizaciones de la sociedad civil y una persona experta académica con conocimiento y trabajo relevante en materia de trata de personas, con la finalidad de integrarse por un periodo de dos años como participantes de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Comisión).
SEGUNDA. DE LA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN
De conformidad con los artículos 85 y 86 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Ley), la Comisión se encontrará conformada por miembros integrantes, quienes podrán participar en las reuniones de la Comisión, con derecho a voz y voto, y participantes con voz, pero sin voto, entre los que se encuentran tres representantes de organizaciones de la sociedad civil y tres personas expertas académicas con conocimiento y trabajo relevante sobre el tema de trata de personas.
TERCERA. DE LOS PARTICIPANTES
La presente Convocatoria está dirigida a las y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, así como a las personas expertas académicas con conocimiento y trabajo relevante en materia de trata de personas, las cuales deberán acreditar con evidencia documental los requisitos establecidos en los artículos 16 y 17 del Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Reglamento Interno de la Comisión).
CUARTA. DE LOS CARGOS
1. El encargo tiene un carácter honorífico, por lo que no recibirán retribución, emolumento ni compensación alguna, además cuentan con derecho a voz, pero sin voto.
2. La duración del encargo para la representación de la organización de la sociedad civil será de dos años, con posibilidad de reelección por un periodo igual por una sola ocasión, lo cual será determinado mediante votación en sesión del Pleno de la Comisión.
3. La duración del encargo para la persona experta académica será de dos años, con posibilidad de reelección por un periodo igual por una sola ocasión, lo cual será determinado mediante votación en sesión del Pleno de la Comisión.
4. La reelección que se da únicamente por un segundo periodo será por votación de las dependencias y entidades integrantes de la Comisión, en las sesiones de ésta, la cual deberá ser previamente solicitada y justificada por escrito a la Secretaría Técnica.
5. De retirarse del encargo, o cause baja definitiva alguno de las o los representantes de las organizaciones de la sociedad civil o personas expertas académicas, por no asistir a las sesiones de la Comisión o Subcomisión por más de dos veces consecutivas indistintamente, se abrirá una nueva convocatoria para la ocupación de la vacante, en términos del Reglamento Interno y de la última convocatoria aprobada en el Pleno de la Comisión de conformidad al acuerdo CISE04/2002/05 de la Cuarta Sesión Extraordinaria de la Comisión. Aquella organización de la sociedad civil o persona experta académica que cause baja definitiva tendrá que esperar un periodo de dos años para postularse nuevamente.
Las representaciones de las organizaciones de la sociedad civil y las personas expertas académicas tendrán las funciones previstas en la Ley, su Reglamento y el Reglamento Interno de la Comisión.
QUINTA. DE LOS CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LAS CANDIDATURAS
Los criterios de selección de las y los representantes de organizaciones de la sociedad civil y de las personas expertas académicas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Reglamento Interno de la Comisión, son los siguientes:
1. ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL:
a. Contar con experiencia, en el ámbito nacional o internacional, en trabajos de protección y asistencia de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos en materia de trata de personas, así como en los ámbitos de prevención, persecución, sanción o erradicación de estos delitos;
b. Acreditar que, a la presentación de su candidatura, se encuentran realizando actividades relativas a las señaladas en la fracción anterior, y
c. Contar con programas o proyectos en el tema de trata de personas.
2. PERSONAS EXPERTAS ACADÉMICAS:
a. Contar con experiencia, en el ámbito nacional o internacional, en actividades docentes e investigación en cualquiera de los temas de prevención, persecución, sanción o erradicación de los delitos en materia de trata de personas, así como en la protección y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos de estos delitos;
b. Acreditar que, a la presentación de su candidatura, se encuentran realizando actividades relativas a las señaladas en la fracción anterior, y
c. Haber realizado estudios o publicaciones sobre temas de derechos humanos y trata de personas.
SEXTA. DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
El presente proceso de selección de una representación de las organizaciones de la sociedad civil, así como de una persona experta académica, se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en el artículo 15 del Reglamento Interno de la Comisión.
Para tal efecto, la Subcomisión Consultiva tomará en consideración para la selección de una representación de las organizaciones de la sociedad civil y de una persona experta académica, además de los requisitos previstos en la normativa vigente aplicable, aquellos que representen un posible conflicto de interés o de cualquier otro que vaya en contra de los objetivos de la Comisión.
Por lo que, la Comisión elegirá una representación de las organizaciones de la sociedad civil y una persona experta académica para que se desempeñen por un período de dos años, a partir del acuerdo que determinen los miembros de dicha Comisión, el cual se dará a conocer conforme a lo previsto en la presente Convocatoria.
SÉPTIMA. DE LA DOCUMENTACIÓN
1. Las postulaciones de las y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, deberán presentar los siguientes requisitos:
a. Carta de representación otorgada por la organización de la sociedad civil;
b. Copia simple del acta constitutiva debidamente registrada ante el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, de la organización de la sociedad civil que va a representar;
c. Carta de exposición de motivos y propuestas para actuar como participante para efectos consultivos en la Comisión;
d. Documentación que acredite la experiencia curricular de la Organización de la Sociedad Civil que va a representar;
e. Documentación que acredite la experiencia nacional o internacional en actividades de protección y asistencia de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos en materia de trata de personas;
f. Documentación que acredite la existencia de programas o proyectos que presta la organización de la sociedad civil en el tema de trata de personas;
g. Escrito bajo protesta de decir verdad por el que manifiesten la no existencia de un posible conflicto de interés o de cualquier otro que vaya en contra de los objetivos de la Comisión, y
h. Escrito bajo protesta de decir verdad por el que manifiesten el compromiso de acudir y participar de manera frecuente en las reuniones de trabajo convocadas por la Comisión.
2. Las postulaciones de las personas expertas académicas, deberán contener los siguientes requisitos:
a. Carta de exposición de motivos y propuestas para actuar como participante para efectos consultivos en la Comisión;
b. Currículum vitae de la persona experta acompañado de todas las constancias y evidencias documentales que soporten la información referida en materia de trata de personas;
c. Acreditar a la presentación de su candidatura, que se encuentran realizando actividades docentes e investigación en cualquiera de los temas de prevención, persecución, sanción o erradicación de los delitos en materia de trata de personas, así como en la protección y asistencia de las víctimas, ofendidos y testigos de estos delitos;
d. Acreditar haber realizado estudios o publicaciones sobre temas de derechos humanos y trata de personas;
e. Escrito bajo protesta de decir verdad por el que manifiesten la no existencia de un posible conflicto de interés o de cualquier otro que vaya en contra de los objetivos de la Comisión, y
f. Escrito bajo protesta de decir verdad por el que manifiesten el compromiso de acudir y participar de manera frecuente en las reuniones de trabajo convocadas por la Comisión.
OCTAVA. DE LA ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN
Las postulaciones se recibirán de manera electrónica, con base en lo siguiente:
1. De manera electrónica:
A través del portal único del gobierno federal, en la liga siguiente: https://focacv.segob.gob.mx a partir de las 00:01 horas del 20 de enero de 2023 y cerrará el 24 de febrero de 2023, dicho portal a partir del horario previsto estará funcionando las 24 horas.
La fecha límite para la recepción de documentación de manera electrónica, es el 24 de febrero de 2023 a las 23:59 horas. En ningún caso se otorgarán prórrogas.
NOVENA. DE LA ELECCIÓN DE POSTULACIONES
Las postulaciones de las y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil y las personas expertas académicas que cumplan con todos los requisitos, serán evaluadas y entrevistadas por un Grupo de Trabajo de Selección de las Personas Expertas Académicas y de Organizaciones de la Sociedad Civil que se creó para tal efecto, siendo aprobado en el Pleno de la Comisión en su Décima Quinta Sesión Ordinaria, a fin de presentarlas a la Subcomisión Consultiva, la cual someterá una propuesta justificada y fundamentada para consideración de la Comisión.
Posteriormente en sesión, la Comisión analizará y elegirá a las o los candidatos ganadores.
DÉCIMA. DE LA TRANSPARENCIA
En el tratamiento de los datos personales de las y los candidatos, se observará la legislación en materia de transparencia, acceso a la información pública, y protección de datos personales, así como la demás normativa aplicable.
DÉCIMA PRIMERA. DE LOS RESULTADOS
La Comisión dará a conocer los resultados a través del portal único del Gobierno Federal http://www.comisioncontralatrata.segob.gob.mx/, el 31 de marzo de 2023 a las 12:00 horas.
La decisión de la Comisión será definitiva e inapelable.
DÉCIMA SEGUNDA. DE LA INTERPRETACIÓN
Todos los supuestos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por la Comisión.
Para mayores informes sobre la presente Convocatoria, favor de comunicarse a la Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, en un horario de atención de las 10:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes, a los siguientes correos electrónicos:
Secretaría Técnica de la Comisión Intersecretarial
Correo electrónico: stcomisiontrata@segob.gob.mx