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DOF: 06/03/2023 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el cumplimiento a la suspensi CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el cumplimiento a la suspensión definitiva concedida mediante sentencia interlocutoria dictada en el juicio de amparo indirecto 1415/2022. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Área de Responsabilidades.- Unidad de Asuntos Jurídicos.- Expediente: PAR-3612/2021. OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS P R E S E N T E S CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL CUMPLIMIENTO A LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA CONCEDIDA MEDIANTE SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE VEINTICINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÍOS, DICTADA EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 1415/2022, EN LA CUAL EL C. JUEZ DÉCIMO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN LA CIUDAD DE MÉXICO, SEÑALÓ DE MANERA TEXTUAL LO SIGUIENTE: "6. Concesión de la suspensión y efectos de la medida cautelar. En consecuencia, con fundamento en los artículos 128 y 139 de la Ley de Amparo, SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA, solicitada por Centrum Promotora Internacional, sociedad anónima de capital variable, por conducto de su apoderado legal César Rocha García, para los efectos siguientes: Se suspendan los efectos y consecuencias de la Circular de veinticinco de agosto de dos mil veintidós; de ahí que la parte quejosa, podrá participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación, celebrar contratos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y en general, con cualquiera de las instituciones públicas contratantes; y tal circunstancia la publicite, aclarando que es en cumplimiento a la suspensión concedida en este juicio de amparo." Atentamente Ciudad de México, a 27 de febrero de 2023.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Lic. Raúl Armando Morales Flores.- Rúbrica.
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