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DOF: 08/03/2023 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, así como a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que el Juzga CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, así como a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, el 22 de febrero de 2023 en autos del incidente de suspensión 118/2023, le concedió la suspensión definitiva a Corporativo Giomar de México, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional.- Área de Responsabilidades.- Expediente 036/PAS/2021. CIRCULAR No. AR07-05/2023. Oficiales Mayores y equivalentes de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República, Gobiernos de las Entidades Federativas, Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México. Presentes. Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 29, 37, 45 penúltimo párrafo, 46, 59 y 60 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 111, 112, 113, 114 fracción II, 115 y 118 de su Reglamento; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria y; 1, 2, 3, 6 fracción III inciso "B" numeral 3, 8 fracción X, 12 fracción XII, 38 fracción III numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 19, 40 párrafo primero y 92 fracción II inciso f y último párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública vigente a la fecha de inicio del procedimiento respectivo; 77 fracción I de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política Federal; y en cumplimiento a la sentencia interlocutoria de 22 de febrero de 2023, dictada dentro del incidente de suspensión No. 118/2023, por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, mediante la cual, le concedió la suspensión definitiva a "Corporativo Giomar de México, S.A. de C.V.", para los efectos de que se retire la publicación de la inhabilitación que le fue impuesta y no se haga efectiva la multa. Al respecto el suscrito, dejó suspendidas las sanciones que le fueron impuestas en el Procedimiento Administrativo de Sanción a Licitantes y Proveedores No. 036/PAS/2021 y los efectos que se derivan de las mismas, únicamente por lo que hace a "Corporativo Giomar de México, S.A. de C.V.", subsistiendo las sanciones aplicadas al Ciudadano Agustín Pérez Sánchez, consistentes en UNA MULTA, por la cantidad de $242,307.00 (doscientos cuarenta y dos mil trescientos siete pesos 00/100 M.N.), equivalente a 57 veces el salario mínimo general vigente en la Ciudad de México), así como, UNA INHABILITACIÓN, por el término de TRES MESES, para presentar por sí o por interpósita persona, propuestas o celebrar contrato alguno con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, la Fiscalía General de la República, así como con los Gobiernos de las Entidades Federativas, sus Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México, cuando utilicen total o parcialmente recursos públicos en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios de cualquier naturaleza relacionados con las actividades sustantivas de carácter público. Lo anterior pone de manifiesto que, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, "Corporativo Giomar de México, S.A. de C.V.", podrá presentar por sí o por interpósita persona, propuestas o celebrar contratos con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, la Fiscalía General de la República, así como con los Gobiernos de las Entidades Federativas, sus Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México, en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios de cualquier naturaleza relacionados con las actividades sustantivas de carácter público. Lo anterior en cumplimiento y para su debida observancia. Atentamente. Ciudad de México, a 8 de marzo de 2023.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional, Licenciado César Alejandro Rivera Castillo.- Rúbrica.
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