EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia del Nazareno Segunda Villaflores, para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia del Nazareno en México, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA DEL NAZARENO EN MÉXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA DEL NAZARENO SEGUNDA VILLAFLORES.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8º y 10° de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA DEL NAZARENO SEGUNDA VILLAFLORES, para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA DEL NAZARENO EN MÉXICO, A.R. solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: 1ª Sur entre 8ª y 9ª Pte. Número 109, Villaflores, Chiapas. C.P. 30470.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en: 1ª Sur entre 8ª y 9ª Pte. Número 109, Villaflores, Chiapas. C.P. 30470, manifestado de manera unilateral como propiedad de la Nación.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Ocuparse, preponderantemente, de la observancia, práctica, propagación o instrucción de una doctrina religiosa o de un cuerpo de creencias religiosas".
IV.- Representante: Miguel Ángel Ceballos Hernández.
V.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8º del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo Directivo", integrado por las personas y cargos siguientes: Miguel Ángel Ceballos Hernández, Presidente; Guillermo Corzo Pérez, Vicepresidente; Castely Ruiz Camas, Secretaria; José Alonso Córdova Juárez, Tesorero; y Alejandrina Ruiz Martínez, Vocal.
VIII.- Ministro de Culto: Pedro Santos Chávez.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil veintitrés.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.