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DOF: 03/04/2023
NOTA Aclaratoria al Acuerdo por el que se señalan los días inhábiles y la suspensión de labores del año 2023, en El Colegio de la Frontera Sur

NOTA Aclaratoria al Acuerdo por el que se señalan los días inhábiles y la suspensión de labores del año 2023, en El Colegio de la Frontera Sur.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.- Dirección General.

NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALAN LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL AÑO 2023, EN EL COLEGIO DE LA FRONTERA SUR
ANTONIO SALDÍVAR MORENO, Director General Interino de El Colegio de la Frontera Sur, entidad paraestatal de la Administración Pública Federal y Centro Público de Investigación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con fundamento en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 1o., 3o., 12, 37 y 59, fracción V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales: 3o. De su Reglamento; 1o. Fracción VII, 3o., fracción V y 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología, los artículos 27 y 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado b del artículo 123 Constitucional, así como el artículo 18 y 20 fracción XXXVI del DECRETO por el cual se reestructura el Colegio de la Frontera Sur (ECOSUR), así como el numeral 76 ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera.
NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALAN LOS DÍAS INHÁBILES Y LA
SUSPENSIÓN DE LABORES DEL AÑO 2023, EN EL COLEGIO DE LA FRONTERA SUR
En el numeral Primero del Acuerdo, dice:
Primero. Se suspenden las labores de El Colegio de la Frontera Sur los días que se precisan a continuación:
DÍAS DE ASUETO, NO LABORABLES:
01 de enero
06 de febrero
20 de marzo
06 y 07 de abril
01 de mayo
05 de mayo
16 de septiembre
02 de noviembre
20 de noviembre
25 de diciembre
Domingo, Año nuevo.
Lunes, en conmemoración del 05 de febrero.
Lunes, en conmemoración del 21 de marzo.
Jueves y viernes Santo.
Lunes, Día del trabajo.
Viernes, en conmemoración de la batalla de Puebla.
Sábado, en conmemoración de la Independencia de México.
Jueves, Día de muertos.
Lunes, en conmemoración de la Revolución Mexicana.
Lunes, Día de Navidad.
 
PERIODOS VACACIONALES
Verano: del 24 de julio al 04 de agosto.
Invierno: del 18 de diciembre de 2023 al 02 de enero de 2024.
Debe decir.
Primero. Se suspenden las labores de El Colegio de la Frontera Sur los días que se precisan a continuación:
DÍAS DE ASUETO, NO LABORABLES:
01 de enero
Domingo, Año nuevo.
06 de febrero
Lunes, en conmemoración del 05 de febrero.
20 de marzo
Lunes, en conmemoración del 21 de marzo.
03, 04 y 05 de abril
Lunes, martes y miércoles, días de semana santa en concordancia con el calendario de la SEP. Previa asignación de guardias.
06 y 07 de abril
Jueves y viernes Santo.
01 de mayo
Lunes, Día del trabajo.
05 de mayo
Viernes, en conmemoración de la batalla de Puebla.
10 de mayo
Miércoles, día completo a madres trabajadoras y medio día para los demás trabajadores, días de usos y costumbres.
16 de septiembre
Sábado, en conmemoración de la Independencia de México.
01 de noviembre
Miércoles, Día de todos los Santos, niñas y niños difuntos. Días de usos y costumbres. Previa asignación de guardias.
02 de noviembre
Jueves, Día de muertos.
20 de noviembre
Lunes, en conmemoración de la Revolución Mexicana.
25 de diciembre
Lunes, Día de Navidad.
PERIODOS VACACIONALES
Verano: del 24 de julio al 04 de agosto.
Invierno: del 18 de diciembre de 2023 al 02 de enero de 2024.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, a 24 de marzo de 2023.- El Director General Interino, Dr. Antonio Saldívar Moreno.- Rúbrica.
 

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