ACUERDO por el que se adiciona un conjunto de indicadores clave en materia de trabajo y previsión social al Catálogo Nacional de Indicadores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21, 22 fracción III, 24, 25 fracción II, 33 fracción II, 56 y 77 fracción VII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; 5 fracción VII del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y 18 de las Reglas para la integración, difusión y administración del Catálogo Nacional de Indicadores, y
CONSIDERANDO
Que la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Ley del Sistema o LSNIEG) establece que la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI o Instituto), debe aprobar los indicadores generados por los Subsistemas Nacionales de Información (SNI).
Que los SNI deberán generar un conjunto de Indicadores Clave que atenderán como mínimo los temas siguientes: población y dinámica demográfica, salud, educación, empleo, distribución del ingreso y pobreza, seguridad pública e impartición de justicia, gobierno, vivienda, sistema de cuentas nacionales, ciencia y tecnología, información financiera, precios, trabajo, atmósfera, agua, suelo, flora, fauna, residuos peligrosos y residuos sólidos.
Que el Instituto establecerá en coordinación con las Unidades del Estado, un Catálogo Nacional de Indicadores, a partir de la información básica que se obtenga de:
1. El Censo Nacional de Población y Vivienda, o de los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlo total o parcialmente;
2. Los censos nacionales económicos y agropecuarios, o los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlo total o parcialmente;
3. Los censos nacionales de gobierno o de los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlos total o parcialmente;
4. El Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales;
5. Un sistema integrado de encuestas nacionales de los hogares;
6. Un sistema integrado de encuestas en unidades económicas;
7. Un sistema integrado de inventarios y encuestas sobre recursos naturales y medio ambiente;
8. Un sistema integrado de encuestas nacionales relacionadas con los temas de gobierno, seguridad pública y justicia;
9. Los registros administrativos que permitan obtener Información de Interés Nacional en la materia, y
10. Un registro de Unidades del Estado.
Que el INEGI, como organismo público responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG), tiene como uno de sus objetivos realizar las acciones tendientes a lograr que la Información de Interés Nacional se sujete a los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley del Sistema, la Información de Interés Nacional, producida y difundida por las Unidades del Estado que conforman el SNIEG, será oficial y de uso obligatorio para la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Que el 23 de mayo de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se aprobó la inclusión de 16 Indicadores Clave en materia de trabajo y previsión social al Catálogo Nacional de Indicadores, además se hace mención que el indicador "Tasa neta de ocupación (relación entre ocupación y población en edad de trabajar)" fue incorporado mediante el Acuerdo por el que se aprueba la inclusión de un grupo de indicadores seleccionados de los Objetivos de Desarrollo del Milenio al Catálogo Nacional de Indicadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2011.
Que el 30 de enero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se adicionaron dos Indicadores Clave en materia de trabajo y previsión social al Catálogo Nacional de Indicadores.
Que el 10 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se adicionaron dos Indicadores Clave en materia de trabajo y previsión social al Catálogo Nacional de Indicadores.
Que el 20 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se adicionaron dos Indicadores Clave en materia de trabajo y previsión social al Catálogo Nacional de Indicadores.
Que el 20 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determina Información de Interés Nacional a la Encuesta Mensual sobre Empresas Comerciales y a la Encuesta Mensual de Servicios.
Que el 21 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se adicionó y eliminó un Indicador Clave respectivamente, en materia de trabajo y previsión social al Catálogo Nacional de Indicadores.
Que el 25 de noviembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determinó Información de Interés Nacional la Información Estadística de los Puestos de trabajo registrados por los patrones en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Que el 10 de febrero de 2021, el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social, en la Primera sesión Ordinaria 2021, acordó modificar nueve indicadores en materia de trabajo para incluir su cobertura por sexo y ciudad autorrepresentada.
Que el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social, en la Segunda sesión Ordinaria 2022, celebrada el 09 de noviembre de 2022, con base en el análisis del dictamen elaborado por el Comité Técnico Especializado de Estadísticas del Trabajo y Previsión Social, mediante acuerdo CESNIDS/2.4/2022 ratificó la pertinencia de incluir el conjunto de Indicadores propuesto en el Catálogo Nacional de Indicadores y acordó su presentación a la Junta de Gobierno del INEGI para su determinación como Indicadores Clave.
Que el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Económica, en la Segunda sesión Ordinaria 2022, realizada el 08 de diciembre de 2022, en atención al oficio número 100.SIDS/CESNIDS/093/2022 y con fundamento en lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 18 de las Reglas para la integración, difusión y administración del Catálogo Nacional de Indicadores, mediante acuerdo CESNIE/2.2/2022, aprobó la propuesta de adición del conjunto de Indicadores Clave referido en el Catálogo Nacional de Indicadores, para que el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social continúe con el proceso hasta su conclusión.
Por lo anterior, la Junta de Gobierno ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADICIONA UN CONJUNTO DE INDICADORES CLAVE EN MATERIA DE
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL AL CATÁLOGO NACIONAL DE INDICADORES
Primero.- Se aprueba la adición al Catálogo Nacional de Indicadores en el marco del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social, del siguiente conjunto de Indicadores Clave en materia de Trabajo y Previsión social, en los términos planteados y conforme a la normatividad aplicable: