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DOF: 27/04/2023 |
AVISO mediante el cual la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones informa sobre el inicio de la investigación por denuncia, por la probable comisión de prácticas monopólicas relativas en los mercados de tiendas de aplicaciones AVISO mediante el cual la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones informa sobre el inicio de la investigación por denuncia, por la probable comisión de prácticas monopólicas relativas en los mercados de tiendas de aplicaciones de los sistemas operativos móviles y sus mercados relacionados, así como de distribución de contenidos audiovisuales a través de plataformas de Internet, en territorio nacional, radicada bajo el número de expediente AI/DE-004-2022. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.- Autoridad Investigadora. AVISO MEDIANTE EL CUAL LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES INFORMA SOBRE EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN POR DENUNCIA, POR LA PROBABLE COMISIÓN DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS RELATIVAS EN LOS MERCADOS DE TIENDAS DE APLICACIONES DE LOS SISTEMAS OPERATIVOS MÓVILES Y SUS MERCADOS RELACIONADOS, ASÍ COMO DE DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES A TRAVÉS DE PLATAFORMAS DE INTERNET, EN TERRITORIO NACIONAL, RADICADA BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE AI/DE-004-2022. Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto y décimo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, párrafos primero y tercero, 15, fracciones XVIII y LXIII, 26 y 28, fracción V, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 5, párrafo primero, 12, fracciones I y XXX, 28, fracciones I y XI, 54, 56, fracciones III, IV, X y XI, 66, 67, 69, fracción I, 71 y 117 de la Ley Federal de Competencia Económica; 35, 58 y 60 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, así como 1, párrafos primero y tercero, 4, fracción VI, 62, fracciones VII, XXIX, XLVIII y L, 63, fracción I, y 64, fracciones I y IX, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo emitido por la suscrita Titular de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones el seis de enero de dos mil veintitrés, se inició la investigación por denuncia, por la probable comisión de las prácticas monopólicas relativas previstas en los artículos 54 y 56, fracciones III, IV, X y XI, de la Ley Federal de Competencia Económica, consistentes en la venta o transacción condicionada a comprar, adquirir, vender o proporcionar otro bien o servicio, normalmente distinto o distinguible o sobre bases de reciprocidad; la venta, compra o transacción sujeta a la condición de no usar, adquirir, vender, comercializar o proporcionar los bienes o servicios producidos, procesados, distribuidos o comercializados por un tercero; el establecimiento de distintos precios o condiciones de venta o compra para diferentes compradores o vendedores situados en condiciones equivalentes, así como la acción de uno o varios agentes económicos cuyo objeto o efecto, directo o indirecto, sea incrementar los costos u obstaculizar el proceso productivo o reducir la demanda que enfrentan otro u otros agentes económicos, en los mercados de tiendas de aplicaciones de los sistemas operativos móviles y sus mercados relacionados, así como de distribución de contenidos audiovisuales a través de plataformas de internet, en territorio nacional; y se radicó bajo el número de expediente AI/DE-004-2022. La investigación tiene como finalidad indagar la probable comisión de prácticas monopólicas relativas y no prejuzga sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que constituye una actuación de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones, tendiente a verificar la observancia de la Ley Federal de Competencia Económica, por lo que sólo en caso de existir elementos suficientes para sustentar la actualización de contravenciones a la ley, se procederá en términos del artículo 78, fracción I, de la Ley Federal de Competencia Económica. El periodo de investigación no podrá ser inferior a treinta ni exceder de ciento veinte días hábiles; comenzó a contar a partir de la emisión del mencionado acuerdo de fecha seis de enero de dos mil veintitrés, y podrá ser ampliado hasta en cuatro ocasiones por periodos de hasta ciento veinte días hábiles cuando existan causas debidamente justificadas para ello, a juicio de la Autoridad Investigadora. La Dirección General de Prácticas Monopólicas y Concentraciones Ilícitas, adscrita a la Autoridad Investigadora, está sustanciando la investigación. El presente aviso se publica con el objeto de que cualquier persona pueda coadyuvar o aportar elementos durante la investigación. En la Ciudad de México, a doce de abril de dos mil veintitrés.- Así lo proveyó y firma la Titular de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones, Paulina Martínez Youn.- Rúbrica.- Conste. (R.- 535362)
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