DOF: 02/05/2023
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como de las entidades federativas, el acuerdo por el que se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio nú

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como de las entidades federativas, el acuerdo por el que se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/5674/2020 de fecha dos de noviembre de dos mil veinte, en cumplimiento a la sentencia de tres de febrero de dos mil veintitrés, dictada por la Décimo Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en el juicio de nulidad número 14415/21-17-11-2, interpuesto por la representación legal de la empresa Med Prime, S.A de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- 00641/30.15/2787/2023.- Expediente: PISI-A-NC-DS-0021/2019.- No. Int: JN-10/2021.- Reg. 6633.

CIRCULAR
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas productivas del Estado, así como de las Entidades Federativas, el acuerdo por el que se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/5674/2020 de fecha dos de noviembre de dos mil veinte, en cumplimiento a la sentencia de tres de febrero de dos mil veintitrés, dictada por la Décimo Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en el juicio de nulidad número 14415/21-17-11-2, interpuesto por la representación legal de la empresa MED PRIME, S.A DE C.V.
DEPENDENCIAS, ENTIDADES, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PRESENTES.
Con fecha tres de febrero de dos mil veintitrés, la Décimo Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, emitió la sentencia definitiva dentro del juicio de nulidad 14415/21-17-11-2, promovido por la representación legal de la empresa MED PRIME, S.A. DE C.V., en contra de la resolución con número de oficio 00641/30.15/5674/2020 de fecha dos de noviembre de dos mil veinte, emitida por el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social dentro del expediente administrativo PISI-A-NC-DS-0021/2019, mediante la cual se determinó imponer a la moral en cita, una multa por la cantidad de$1´351,532.00 (Un millón trescientos cincuenta y un mil quinientos treinta y dos pesos 00/100 M.N.), así como la inhabilitación para presentar por si misma o a través de interpósita persona, propuestas o celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con las Empresas Productivas del Estado, así como con las Entidades Federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, por el plazo de tres años; en ese sentido esta autoridad emitió el acuerdo de fecha veintisiete de marzo del año en curso contenido en el oficio 00641/30.15/2786/2023 mediante el cual se deja sin efectos la resolución antes citada, en el que se determinó lo siguiente:
"...En cumplimiento a lo anterior, se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/5674/2020 de dos de noviembre de dos mil veinte, emitida por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el expediente administrativo número PISI-A-NC-DS-0021/2019, a través de la cual se le impuso a la moral MED PRIME, S.A. DE C.V., la sanción administrativa consistente en la Inhabilitación para que por sí misma o a través de interpósita persona, presente propuestas o celebre contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con las Empresas Productivas del Estado, así como con las entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, por el plazo de tres años, así como una multa por la cantidad de $1´351,532.00 (Un millón trescientos cincuenta y un mil quinientos treinta y dos pesos 00/100 M.N.)"
Lo anterior, a efecto de que las Entidades Federativas y los Municipios interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 19 de abril de 2023.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Gustavo Aguirre Lona.- Rúbrica.
 

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