ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la integración y presidencias de las Comisiones Permanentes y otros órganos del Instituto Nacional Electoral ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la integración y presidencias de las Comisiones Permanentes y otros órganos del Instituto Nacional Electoral.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG257/2023.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA LA INTEGRACIÓN Y PRESIDENCIAS DE LAS COMISIONES PERMANENTES Y OTROS ÓRGANOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
GLOSARIO
Consejo General | Consejo General del Instituto Nacional Electoral |
Constitución | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos |
INE | Instituto Nacional Electoral |
LGIPE | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales |
Reglamento Interior | Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral |
Reglamento de Comisiones | Reglamento de Comisiones del Instituto Nacional Electoral |
ANTECEDENTES
I. El 3 de abril de 2014, el pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión designó al Consejero Presidente y a diez Consejeros y Consejeras Electorales del Consejo General. El respectivo decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación del día siguiente.
En dicho documento se estableció que el encargo del Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, de la Consejera Adriana Margarita Favela Herrera y de los Consejeros Ciro Murayama Rendón y José Roberto Ruiz Saldaña, duraría nueve años a partir de la mencionada fecha de designación.
II. El 7 de septiembre de 2016 se aprobó el Acuerdo INE/CG665/2016, por el que se ratificó la rotación de las presidencias de las comisiones permanentes y se crearon las Comisiones Temporales del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero y la de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2016-2017.
III. El 18 de abril de 2017 se aprobó el Acuerdo INE/CG109/2017, por el que se incorporaron en las posiciones vacantes de las comisiones permanentes y temporales, así como en los comités del Consejo General del INE, al Consejero y a las Consejeras Electorales que fueron designados para el período del 5 de abril de 2017 al 4 de abril de 2026, es decir, la Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas, el Mtro. Jaime Rivera Velázquez y la Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez.
IV. El 8 de septiembre de 2017 se aprobó el Acuerdo INE/CG408/2017, por el que se estableció la integración de las comisiones permanentes, temporales y otros órganos del Consejo General del INE, así como la creación de las Comisiones Temporales de Debates y para el Fortalecimiento de la Igualdad de Género y No Discriminación en la Participación Política en el Marco del Proceso Electoral 2017-2018.
V. El 12 de septiembre de 2018 se aprobó el Acuerdo INE/CG1305/2018, por el que se modificó la integración de diversas comisiones, se ratificó la rotación de las presidencias de las comisiones permanentes y otros órganos, y se crearon las Comisiones Temporales de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2018-2019 y de Vinculación con Mexicanos Residentes en el Extranjero y Análisis de las Modalidades de su Voto.
VI. El 4 de septiembre de 2019 se aprobó por mayoría de votos el Acuerdo INE/CG407/2019, por el cual se aprobó la integración de comisiones permanentes y otros órganos, se prorrogó la vigencia e integración de la Comisión Temporal de Vinculación con Mexicanos Residentes en el Extranjero y Análisis de las Modalidades de su Voto, así como la creación de las Comisiones Temporales de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2019-2020 y para el Fortalecimiento de la Igualdad de Género y No Discriminación en la Participación Política, en cuyo punto de Acuerdo segundo se estableció que se prorrogaría el periodo de las Presidencias de las Comisiones Permanentes del Consejo General aprobadas en el Acuerdo INE/CG1305/2018 hasta el 3 de abril de 2020.
VII. El 17 de abril de 2020 se emitió el Acuerdo INE/CG87/2020, por el cual se aprobó, de manera temporal y extraordinaria, la presidencia e integración de comisiones permanentes, temporales y otros órganos, así como la creación de la Comisión Temporal de Presupuesto, en virtud de que ya había concluido el período de nombramiento de cuatro integrantes del Consejo General y, debido al contexto de contingencia sanitaria derivado de la pandemia de COVID-19, se encontraba suspendido el proceso de designación de Consejeras y Consejeros que habrían de integrar al órgano máximo de dirección del INE.
VIII. El 30 de julio de 2020 se emitió el Acuerdo INE/CG172/2020, por el cual se aprobó la integración y presidencias de las comisiones permanentes, temporales y otros órganos del INE. Esto, con base en la incorporación de las ciudadanas y ciudadanos Norma Irene De la Cruz Magaña, Carla Astrid Humphrey Jordan, José Martín Fernando Faz Mora y Uuc-Kib Espadas Ancona, como nuevas Consejeras y nuevos Consejeros Electorales del INE.
IX. El 1 de septiembre de 2021 se aprobó el Acuerdo INE/CG1494/2021, sobre la integración y presidencias de las comisiones permanentes y otros órganos del INE, así como la creación de la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2021-2022.
X. El 7 de septiembre de 2022 se aprobó, por mayoría de votos, el Acuerdo INE/CG619/2022, por el que se aprueba la integración y presidencias de las Comisiones Permanentes y otros órganos del INE, así como la creación de la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales.
En el punto segundo de dicho acuerdo se estableció que la duración de la integración y presidencias de las Comisiones Permanentes sería hasta el 3 de abril de 2023; lo anterior toda vez que hasta esa fecha el Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, la consejera y consejeros electorales Adriana Margarita Favela Herrera, Ciro Murayama Rendón y José Roberto Ruiz Saldaña concluirían sus respectivos encargos en la fecha antes aludida.
Por tanto, ante la situación extraordinaria generada por la imposibilidad de cumplir con la anualidad prevista en el artículo 42, numeral 2, parte final de la LGIPE, este Consejo General determinó que las integraciones y presidencias de las comisiones permanentes y otros órganos auxiliares se prorrogaran hasta el 3 de abril de 2023, a efecto de garantizar la continuidad en los trabajos de las mismas, pues hasta esa fecha las comisiones dejarán de integrarse con la Consejera y los Consejeros salientes.
Conforme a dicho acuerdo, la integración y presidencias de las Comisiones Permanentes y otros órganos del INE fueron aprobadas en los términos siguientes:
I. COMISIONES PERMANENTES
a. Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica
Nombre | Cargo |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Presidente |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas | Integrante |
Dr. José Roberto Ruiz Saldaña | Integrante |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Integrante |
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Titular de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica | Secretaría Técnica |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
b. Comisión de Organización Electoral
Nombre | Cargo |
Carla Astrid Humphrey Jordán | Presidenta |
Mtra. Norma Irene De La Cruz Magaña | Integrante |
Mtro. Jaime Rivera Velázquez | Integrante |
Titular de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral | Secretaría Técnica |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
c. Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, y Comité de Radio y Televisión
Nombre | Cargo |
Dr. Uuc-kib Espadas Ancona | Presidente |
Dra. Adriana Margarita Favela Herrera | Integrante |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Integrante |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas | Integrante |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Integrante |
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Titular de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos | Secretaría Técnica |
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Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
d. Comisión del Servicio Profesional Electoral Nacional
Nombre | Cargo |
Dr. Ciro Murayama Rendón | Presidente |
Mtra. Norma Irene De La Cruz Magaña | Integrante |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Integrante |
Titular de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional | Secretaría Técnica |
e. Comisión del Registro Federal de Electores
Nombre | Cargo |
Dr. Ciro Murayama Rendón | Presidente |
Dr. Uuc-kib Espadas Ancona | Integrante |
Carla Astrid Humphrey Jordán | Integrante |
Mtro. Jaime Rivera Velázquez | Integrante |
Dr. José Roberto Ruiz Saldaña | Integrante |
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Titular de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores | Secretaría Técnica |
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Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
f. Comisión de Quejas y Denuncias
Nombre | Cargo |
Dra. Adriana Margarita Favela Herrera | Presidenta |
Dr. Ciro Murayama Rendón | Integrante |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Integrante |
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Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral | Secretaría Técnica |
Orden de prelación suplentes Mtra. Norma Irene De La Cruz Magaña Dr. Uuc-kib Espadas Ancona Mtro. José Martín Fernando Faz Mora Carla Astrid Humphrey Jordán Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Jaime Rivera Velázquez Dr. José Roberto Ruiz Saldaña | |
g. Comisión de Fiscalización
Nombre | Cargo |
Mtro. Jaime Rivera Velázquez | Presidente |
Dr. Uuc-kib Espadas Ancona | Integrante |
Dra. Adriana Margarita Favela Herrera | Integrante |
Carla Astrid Humphrey Jordán | Integrante |
Dr. Ciro Murayama Rendón | Integrante |
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Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización | Secretaría Técnica |
h. Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales
Nombre | Cargo |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas | Presidenta |
Mtra. Norma Irene De La Cruz Magaña | Integrante |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Integrante |
Mtro. Jaime Rivera Velázquez | Integrante |
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Titular de la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales | Secretaría Técnica |
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Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
i. Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación
Nombre | Cargo |
Mtra. Norma Irene De La Cruz Magaña | Presidenta |
Dra. Adriana Margarita Favela Herrera | Integrante |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Integrante |
Carla Astrid Humphrey Jordán | Integrante |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas | Integrante |
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Titular de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación | Secretaría Técnica |
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Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
II. GRUPO DE TRABAJO EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
Nombre | Cargo |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas | Presidenta |
Dra. Adriana Margarita Favela Herrera | Integrante |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Integrante |
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Titular de la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales | Secretaría Técnica |
III. COMITÉ EDITORIAL
Nombre | Cargo |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Presidente |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas | Integrante |
Asimismo, como se precisó, a través del referido acuerdo se creó la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2023, con la siguiente integración:
Nombre | Cargo |
Dr. José Martín Fernando Faz Mora | Presidente |
Mtra. Norma Irene De La Cruz Magaña | Integrante |
Carla Astrid Humphrey Jordán | Integrante |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Jaime Rivera Velázquez | Integrante Integrante |
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Titular de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral | Secretaría Técnica |
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Titular de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica | Secretaría Técnica |
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Titular de la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales | Invitado permanente |
Titular de la Unidad Técnica de Servicios de Informática | Invitado permanente |
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Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
En el punto quinto del mismo acuerdo se determinó que la mencionada comisión temporal concluiría sus actividades al término de dichos procesos electorales locales y mecanismos de participación que en su caso se llegaran a efectuar, previo informe rendido al Consejo General.
XI. En la parte considerativa del referido Acuerdo se estableció: "...se considera razonable mantener de manera extraordinaria las actuales integraciones y presidencias de las comisiones permanentes del Consejo General del INE para que, una vez que se incorporen los nuevos Consejeros y Consejeras Electorales, se proceda a revisar y en su caso modificar las mismas, generándose así, ya con las nuevas personas integrantes del Consejo General del INE, la oportunidad de llevar a cabo la renovación integral de las comisiones y otros órganos internos del INE y, de esta manera, realinear la organización de sus trabajos internos."
XII. Por tal motivo, la integración y determinación de la persona consejera electoral que ocupe la presidencia de una comisión adoptada a través del presente Acuerdo es la continuación de una decisión extraordinaria y, por lo tanto, tiene la misma naturaleza, en ese sentido, la continuidad en la presidencia de una consejería electoral hasta el mes de septiembre de 2023 no será impedimento para que pueda ser designada presidente en la renovación de comisiones que se haga en la referida fecha.
XIII. El 2 de marzo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
XIV. El 3 de marzo de 2023, el Consejo General aprobó mediante acuerdo INE/CG135/2023, dar inicio formal a la organización y aprobación de los trabajos de modificación de los instrumentos normativos y administrativos del Instituto y se creó el Comité Técnico para la Implementación de la Reforma Electoral 2023,
XV. El 9 de marzo de 2023, el INE presentó, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Controversia Constitucional en la que se solicitó se otorgara una suspensión y, en tanto se pronunciara sobre el fondo de la controversia, se interrumpa la aplicación de la reforma y, por lo tanto, sus efectos, de manera particular por lo que hace a la afectación a los derechos fundamentales de quienes integran el Instituto y a los derechos políticos de la ciudadanía.
Cabe señalar que la Controversia Constitucional que presentó el INE está articulada en cuatro ejes fundamentales, la violación al debido proceso legislativo por parte del Congreso de la Unión, la vulneración a la autonomía e independencia del Instituto por parte de los poderes Legislativo y Ejecutivo, la vulneración a las condiciones de equidad y de otros principios que deben regir las contiendas electorales, y la afectación inconstitucional de los derechos laborales del personal del INE que provoca dicha reforma, por el desmantelamiento de la estructura orgánica y la afectación a los derechos laborales de todo el personal del Instituto, así como la eliminación de aproximadamente el 85% de las plazas del Servicio Profesional Electoral.
XVI. El 16 de marzo de 2023, el Consejo General aprobó mediante acuerdo INE/CG136/2023, el Plan de Trabajo y Cronograma para la realización de las actividades necesarias para el cumplimiento de la reforma electoral 2023.
XVII. El 23 de marzo de 2023, en su segunda sesión extraordinaria, el Comité Técnico para la implementación de la Reforma Electoral 2023 aprobó poner a consideración del Consejo General los Lineamientos para la revisión, redimensionamiento y compactación de la estructura orgánica de las unidades administrativas del Instituto.
XVIII. Mediante proveído de 24 de marzo de 2023, el Ministro Instructor Javier Laynez Potisek, admitió a trámite la controversia constitucional que interpuso el INE a fin de controvertir el Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral
XIX. El 24 de marzo de 2023 se recibió en la Dirección Jurídica la notificación del acuerdo dictado en el incidente de suspensión derivado de la controversia constitucional 261/2023 en el cual el Ministro Ponente Javier Laynez Potisek concedió la suspensión solicitada respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.
XX. El 27 de marzo de 2023, el Consejo General aprobó el INE/CG179/2023, en cumplimiento al acuerdo emitido en el incidente de suspensión derivado de la controversia constitucional 261/2023, se suspenden los trabajos de modificación de los instrumentos normativos y administrativos del instituto para la implementación de la reforma electoral 2023, así como el plan de trabajo y cronograma, aprobados mediante acuerdos INE/CG135/2023 e INE/CG136/2023; sin embargo, de conformidad con el punto de acuerdo QUINTO, se instruyó al referido Comité de implementación, para continuar con el análisis del impacto normativo de la reforma a la Ley General de Comunicación Social.
XXI. El 31 de marzo de 2023 la Cámara de diputados realizó el procedimiento de insaculación para la elección de consejeras y consejeros electorales del Consejo General, que ejercerán el encargo del 4 de abril de 2023 al 3 de abril de 2032, por el cual declaró electos como Consejera Presidenta a Guadalupe Taddei Zavala, como consejera electoral a Rita Bell López Vences y como consejeros electorales a Jorge Montaño Ventura y Arturo Castillo Loza.
XXII. El 3 de abril de 2023 concluyeron sus respectivos encargos como consejera y consejeros electorales la Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, el Doctor Ciro Murayama Rendón, el Doctor José Roberto Ruíz Saldaña y el Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello.
XXIII. El 3 de abril de 2023 tuvo lugar la sesión extraordinaria del Consejo General, en la que rindieron protesta del Cargo de Consejera Presidenta, Consejera y consejeros del Consejo General del INE, las ciudadanas y los ciudadanos Guadalupe Taddei Zavala, Rita Bell López Vences, Jorge Montaño Ventura y Arturo Castillo Loza para el periodo constitucional anteriormente mencionado.
CONSIDERANDOS
Marco Normativo
1. En el artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafos primero, segundo y tercero de la Constitución, se establece que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, que es autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño, contando en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. En el ejercicio de estas funciones, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.
2. En el mismo artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafo quinto, de la Constitución, así como 36, numerales 5 y 6, de la LGIPE, se establece, en lo conducente, que las Consejeras y los Consejeros Electorales durarán en su cargo nueve años, serán renovados en forma escalonada y serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 35, numeral 1, de la LGIPE, el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género guíen todas las actividades del Instituto. En su desempeño aplicará la perspectiva de género.
4. En el artículo 36, numerales 1 y 7, de la LGIPE, se prevé que el Consejo General se integra por un Consejero o Consejera Presidente, diez Consejeros o Consejeras Electorales, Consejeros o Consejeras del Poder Legislativo, representantes de los partidos políticos y el Secretario Ejecutivo; asimismo, que el Consejero o Consejera Presidente y los Consejeros o Consejeras Electorales rendirán la protesta de ley en sesión que celebre el Consejo General dentro de las veinticuatro horas siguientes a la elección, el primero o primera lo hará por sí mismo y después tomará la protesta a los Consejeros o Consejeras electos.
5. En el artículo 42, numerales 1 y 2, de la LGIPE, se establece que el Consejo General integrará las comisiones temporales que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, las que siempre serán presididas por una Consejera o Consejero Electoral. Con independencia de lo anterior, las comisiones de Capacitación Electoral y Educación Cívica; Organización Electoral; Prerrogativas y Partidos Políticos; Servicio Profesional Electoral Nacional; Registro Federal de Electores; Quejas y Denuncias; Fiscalización; Vinculación con los Organismos Públicos Locales, e Igualdad de Género y no Discriminación, funcionarán permanentemente y se integrarán exclusivamente por Consejeras o Consejeros Electorales designados por el Consejo General. Las Consejeras y los Consejeros Electorales podrán participar hasta en cuatro de las comisiones antes mencionadas, por un periodo de tres años; asimismo, la presidencia de tales comisiones será rotativa en forma anual entre sus integrantes.
De igual manera, en los numerales 4 y 5 de dicho precepto legal se establece, respectivamente, que todas las comisiones se integrarán con un mínimo de tres y un máximo de cinco Consejeras y Consejeros Electorales bajo el principio de paridad de género; podrán participar en ellas, con voz pero sin voto, las Consejeras y los Consejeros del Poder Legislativo, así como las personas representantes de los partidos políticos, salvo las del Servicio Profesional Electoral Nacional, Quejas y Denuncias, y Fiscalización.
También se prevé que el Consejo General integrará la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, que funcionará permanentemente y se conformará por cuatro Consejeras y Consejeros Electorales designados por mayoría de cuando menos ocho votos del Consejo General, bajo el principio de paridad de género, por un periodo de tres años y la presidencia será rotatoria en forma anual entre sus integrantes.
6. En el artículo 44, numeral 1, incisos a) y jj), de la LGIPE, se establece como atribuciones del Consejo General, aprobar y expedir los reglamentos interiores para el debido ejercicio de las facultades y atribuciones del Instituto, así como dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las atribuciones señaladas en la ley.
7. En los artículos 4, numeral 1, fracción VII, y 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento Interior se prevé, respectivamente, que el INE ejercerá sus atribuciones a través de diversos órganos, entre ellos, de índole colegiada, la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica; la Comisión de Organización Electoral; la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos; la Comisión del Servicio Profesional Electoral Nacional; la Comisión del Registro Federal de Electores; la Comisión de Quejas y Denuncias; la Comisión de Fiscalización; la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales; la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, y el Comité de Radio y Televisión; asimismo se establece que, para el desempeño de sus atribuciones y con fundamento en el artículo 42, numerales 1 y 2 de la LGIPE, el Consejo General contará con dichas Comisiones Permanentes.
8. En el artículo 9, numeral 1, del mismo Reglamento Interior se ordena que las Comisiones de Prerrogativas y Partidos Políticos; Organización Electoral; Servicio Profesional Electoral Nacional; Capacitación Electoral y Educación Cívica; Registro Federal de Electores; Quejas y Denuncias; Fiscalización; Vinculación con los Organismos Públicos Locales; e Igualdad de Género y No Discriminación se integrarán exclusivamente por Consejeras y Consejeros Electorales, que en atención al principio de paridad de género designe el Consejo, con el número de Consejeras y Consejeros que en cada caso establece la Ley Electoral, quienes podrán participar hasta en cuatro de ellas por un periodo de tres años, y una o uno de los cuales fungirá como Presidenta o Presidente, funcionando de manera permanente. La Presidencia será rotativa en forma anual entre sus integrantes. El procedimiento de rotación se determinará en el Reglamento de Comisiones del Consejo.
9. En el artículo 10, numeral 1, del Reglamento Interior se dispone que el Consejo General integrará las Comisiones Temporales que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, con tres o cinco Consejeras y Consejeros, atendiendo el principio de paridad de género y presididas por una de ellas o uno de ellos.
10. En el artículo 13, numeral 1, incisos j) y k), del Reglamento Interior, se establecen como atribuciones de las Consejeras y los Consejeros Electorales del Consejo General, presidir e integrar las comisiones que determine el Consejo y participar con derecho a voz y voto en sus sesiones.
11. Por su parte, en el artículo 11, numerales 1, 2 y 3 del Reglamento de Comisiones se determina que en todas las comisiones permanentes el periodo de la Presidencia durará un año contado a partir del día de la designación, y que, a la conclusión de dicho periodo, los integrantes de la Comisión correspondiente en la siguiente sesión que celebren designarán de común acuerdo a la Consejera o al Consejero que asumirá las funciones de la Presidencia, respetando las reglas de rotación entre todas y todos sus integrantes.
Dicha designación deberá ser ratificada por el Consejo General. Asimismo, se establece que la elección de integrantes y la rotación de presidencias se deberán llevar a cabo en la primera semana del mes de septiembre.
12. En los artículos 4, numeral 1, inciso b) y 6, numerales 1 y 2, del Reglamento de Comisiones se señala que las Comisiones Temporales serán aquellas creadas por Acuerdo del Consejo para la atención de un asunto preciso y específico, por lo cual, una vez desahogado, habrá lugar a su disolución. Dichas comisiones serán presididas por una Consejera o un Consejero Electoral.
El Acuerdo de creación de las Comisiones Temporales deberá contener la motivación y fundamentación de la creación de la Comisión, su integración, su objeto específico y en su caso las actividades a realizar; así como los plazos o condiciones para dar por terminado el asunto y, en consecuencia, para extinguir la Comisión, así como la obligación de quien ocupe su Presidencia de informar al Consejo General cuando se actualice tal supuesto.
A partir de dichos informes, el Consejo podrá prorrogar su vigencia para que se cumpla con los objetivos para los que fue creada.
13. En atención a lo establecido en el artículo 10, numeral 5, del Reglamento de Comisiones, en las comisiones podrán participar, con voz pero sin voto, los consejeros o consejeras del Poder Legislativo, así como los o las representantes de los partidos políticos, salvo en las comisiones del Servicio Profesional Electoral Nacional, de Quejas y Denuncias, y de Fiscalización.
14. De conformidad con el artículo 184, numerales 2, inciso b) y 3, de la LGIPE, el Comité de Radio y Televisión del INE será presidido por el Consejero o la Consejera Electoral que ejerza la misma función en la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos.
15. En el artículo 5 de los Lineamientos para regular el proceso de producción editorial del INE y el funcionamiento del propio órgano, se establece que la presidencia del Comité recaerá en la Consejera o el Consejero Electoral que presida la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
16. Asimismo, por lo que hace al Grupo de Trabajo en Materia de Transparencia, si bien es cierto que los Lineamientos de operación del Grupo de Trabajo en materia de transparencia no establecen la periodicidad en la rotación de su presidencia, también lo es que para garantizar certeza en su funcionamiento deben aplicar las mismas razones que rigen a las Comisiones Permanentes del Consejo General.
Interpretación y armonización del marco normativo
17. El Consejo General ha realizado diversas interpretaciones sobre puntos específicos atinentes a la integración de comisiones y la rotación de sus presidencias, contenidas en distintos acuerdos que han sido emitidos en su oportunidad como, entre otros, INE/CG392/2015, INE/CG479/2016, INE/CG665/2016, INE/CG408/2017 e INE/CG1305/2018, cuyos razonamientos fueron confirmados -según el caso- por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en sentencias SUP-RAP-298/2016 y SUP-RAP-616/2017 y acumulados.
Entre otros criterios, dicho órgano jurisdiccional estableció que la integración de las comisiones del INE es una función operativa del propio Instituto, cuya regulación le corresponde determinar al mismo. Ello, porque los lineamientos que dispuso el legislador para su funcionamiento resultan mínimos.
Por tanto, no existe prohibición para que las Consejeras y los Consejeros Electorales puedan integrar en más de una ocasión determinada comisión o para que la integración de la comisión se deba renovar totalmente transcurrido el periodo de tres años. En esa tesitura, el plazo previsto en los artículos 42, numeral 2, de la LGIPE y 9, numeral 1, del Reglamento Interior, deviene en la obligación legal para que el Consejo General realice cambios en la integración, pudiendo arribar a la conclusión de realizar una renovación parcial o total, dado que el INE tiene amplia libertad para integrar las comisiones, siempre y cuando respete el número de integrantes y de comisiones en las cuales pueden participar, es decir, de tres a cinco integrantes y hasta cuatro comisiones por Consejera o Consejero Electoral.
Igualmente se ha concluido que el artículo 42 de la referida LGIPE únicamente refiere que se designarán las comisiones por tres años y las presidencias se rotarán anualmente entre sus integrantes, sin que se haga mención a una fecha en específico ni se prohíba que uno o dos de los integrantes de las Comisiones Permanentes del Consejo General puedan volver a conformar tales comisiones al concluir los 3 años para los que fueron designados inicialmente.
De esta forma, lo relevante de los criterios sustentados por esta autoridad electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se han centrado en las cuestiones siguientes:
a) Las Comisiones Permanentes son órganos auxiliares del Consejo General en el ejercicio de sus atribuciones.
b) La conformación de comisiones obedece al consenso y la facultad operativa del órgano máximo de dirección del INE.
c) Los principios que avalan la integración de las Comisiones Permanentes son la división del trabajo, la organización interna, la continuidad y funcionalidad de las actividades institucionales para el cumplimiento de las atribuciones del INE.
Ello se explica porque las comisiones, como auxiliares del propio Consejo, deben ser instancias que faciliten el análisis y discusión de las decisiones que deben llegar ante aquél, de tal forma que las Consejeras y los Consejeros Electorales tienen la facultad de organizar su trabajo interno, acorde a las situaciones y problemáticas que atienden en su labor cotidiana.
En otras palabras, la tarea de las comisiones y sus actividades se rigen dentro de un esquema de organización interna y de la dinámica de planeación del propio INE.
18. Cabe reiterar que, como se indicó en el punto I de Antecedentes, el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión designó el 3 de abril de 2014 al Consejero Presidente y a diez Consejeros y Consejeras Electorales del Consejo General del INE, previendo, en lo conducente, que el encargo del Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, de la Consejera Adriana Margarita Favela Herrera y de los Consejeros Ciro Murayama Rendón y José Roberto Ruiz Saldaña, duraría nueve años a partir de la mencionada fecha de designación.
Este hecho generó que en su oportunidad- el Consejo General previera de manera excepcional que las Presidencias de todas las comisiones, aprobadas mediante el acuerdo INE/CG1494/2021, se prorrogaran hasta el 3 de abril de 2023, lo cual obedeció a la necesidad de otorgar continuidad a los trabajos de las mismas, pues fue hasta esa fecha que las comisiones dejarían de integrarse con las y los consejeros salientes.
En esa ocasión, en septiembre de 2022 se argumentó que la propuesta de prórroga en las integraciones y presidencias de las comisiones permanentes y otros órganos auxiliares tenía como finalidad dar continuidad a los trabajos que se habían venido desarrollando por parte de las diferentes presidencias de los órganos auxiliares del Consejo General, de tal manera que en los próximos siete meses pudieran verse cumplidos los proyectos planeados hasta que el Consejero Presidente, Consejera y Consejeros Electorales terminaran su encargo, es decir hasta el 3 de abril de 2023.
Dicha determinación de prórroga obedeció a una situación extraordinaria y se extendió hasta la multireferida fecha, lo que en modo alguno implicó perpetuar en las respectivas integraciones y presidencias de comisiones permanentes y otros órganos auxiliares a determinadas personas, Consejeras o Consejeros.
En ese sentido se destaca que la actividad de las comisiones permanentes del INE corresponde a una medida interna de organización de los trabajos del propio Instituto, a través de la cual se procesan las múltiples tareas que son necesarias para finalmente llevar los asuntos al conocimiento y decisión del Consejo General como máximo órgano de dirección. En consecuencia, la función de las presidencias de las propias comisiones solo tiende a facilitar y coordinar los trabajos entre los integrantes de las respectivas comisiones.
Al respecto, cabe citar en lo conducente lo expuesto por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el recurso de apelación identificado con la clave SUP-RAP-396/2021, donde se reiteran los criterios sentados por dicho órgano jurisdiccional en el sentido de que la integración de las comisiones del INE es una función operativa del propio Instituto, cuya regulación le corresponde determinar al mismo.
En la citada ejecutoria, a través de la cual se confirmó el Acuerdo INE/CG1494/2021 sobre la integración y presidencias de las comisiones permanentes y otros órganos del Instituto Nacional Electoral, así como la creación de la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2021-2022 (precisado en el punto IX del apartado de Antecedentes), la Sala Superior consideró que:
...
En ese sentido, esta Sala Superior reitera lo razonado en el recurso de apelación SUP-RAP-387/2018, relacionado, precisamente, con una impugnación referente a la integración de comisiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
En dicho precedente, esta Sala Superior precisó que, es necesario tomar en consideración la deferencia que este órgano jurisdiccional debe tener hacia las decisiones del Consejo General del Instituto, siempre que se mantenga en el marco de la Constitución General y la ley.
Lo cual, implica que este Tribunal Electoral, como máxima autoridad jurisdiccional en la materia, debe ejercer sus atribuciones con moderación y prudencia, respetando ciertos márgenes de arbitrio de la autoridad administrativa electoral.
Esto es, en dicho precedente se estableció que, la potestad con que cuenta esta Sala Superior, para revisar la constitucionalidad y la legalidad de los actos emitidos por el Instituto Nacional Electoral, debe ejercerse tras realizar un análisis del acto impugnado en su contexto, evitando incidir innecesariamente en la autoorganización del órgano administrativo electoral, pues en casos como el que nos ocupa, están vinculadas a las decisiones de la administración interna que se despliegan con sus propios recursos humanos, financieros y materiales. (Énfasis de la sentencia)
Por lo tanto, se consideró que, en asuntos como éste, debe concederse cierto margen de arbitrio y libertad de decisión a la autoridad administrativa electoral, matizando la rigurosidad del análisis judicial que se efectúe.
...
En consecuencia, con la prórroga otorgada por este Consejo General se cumplió la finalidad de la ley, privilegiando la organización interna en los trabajos de las comisiones al otorgar continuidad en la atención de los asuntos que se estaban conociendo en las mismas, de tal manera que aun cuando las personas indicadas concluyeran sus cargos, se habrían generado los avances necesarios en los temas propios de cada comisión.
En caso de que se hubieran rotado las integraciones y presidencias de las comisiones permanentes y órganos auxiliares del Consejo General en el mes de septiembre de 2022, tomando en consideración la continuidad de sus trabajos, se hubiera excluido de las mismas a la Consejera y los Consejeros Electorales que concluyeron su encargo el 3 de abril de 2023, lo cual hubiera dejado implícito -a su vez- que las nuevas personas Consejeras o Consejeros estuvieran impedidas para ser nombradas en la presidencia de comisiones permanentes cuando se integraran a los trabajos de dichos órganos colegiados, generando así una doble exclusión por parte del Consejo General, tanto a las personas Consejeras Electorales salientes como a las personas Consejeras que se integran en abril de 2023.
De esta forma, las nuevas personas Consejeras Electorales, podrán formar parte del consenso del colegiado para decidir sobre la organización interna que permita a este Consejo General dar funcionalidad al INE con el auxilio de las comisiones, cuyo funcionamiento no se interrumpirá, pues se integrarán a los trabajos que se han venido desarrollando y se fortalecerá la deliberación de los asuntos de estas instancias colegiadas.
De no haberse acordado la prórroga se hubiera tenido que realizar en menos de un año, dos nuevas conformaciones (integraciones y presidencias) de todas las comisiones. A) Con la emisión del acuerdo INE/CG619/2022 y b) En el mes de abril de 2023 al haberse designado las nuevas personas Consejeras Electorales. Con lo cual se evitó distraer y obstaculizar en forma importante las decisiones y el avance de los trabajos de las comisiones y del mismo INE en general.
Cabe mencionar que la prórroga decretada en el acuerdo INE/CG619/2022 no es novedosa, ya que en el diverso acuerdo INE/CG407/2019 de 4 de septiembre de 2019, este Consejo General previó la prórroga de integraciones y presidencias de comisiones permanentes y otros órganos ante la futura conclusión del encargo de una Consejera y tres Consejeros Electorales.
Nueva integración y presidencias de Comisiones Permanentes y otros órganos del INE
19. Como se expuso en el apartado de antecedentes, en el diverso acuerdo INE/CG619/2022 se aprobó entre otros, la integración y Presidencias de las Comisiones Permanentes y otros órganos del INE, las que tendrían vigencia hasta el 3 de abril de 2023 en que concluyeran sus encargos el Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, la Consejera Adriana Margarita Favela Herrera y los Consejeros Ciro Murayama Rendón y José Roberto Ruiz Saldaña.
Bajo el referido contexto, dado que en su momento concluyó el periodo de nombramiento de los mencionados cuatro integrantes del Consejo General y toda vez que, como se precisó en los antecedentes y considerandos del presente acuerdo las ciudadanas Guadalupe Taddei Zavala y Rita Bell López Vences y los ciudadanos Jorge Montaño Ventura y Arturo Castillo Loza, fueron electos por la Cámara de Diputados por el procedimiento de insaculación para la elección de Consejera Presidenta, Consejera y Consejeros electorales, respectivamente, del Consejo General, para el período comprendido del 4 de abril de 2023 al 3 de abril de 2032, este órgano superior de dirección del Instituto se encuentra debidamente integrado.
En consecuencia, procede emitir el presente Acuerdo del Consejo General del INE, para determinar la integración y presidencias de las Comisiones Permanentes y diversos órganos del Instituto en los términos siguientes:
I. COMISIONES PERMANENTES
a. Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica
Nombre | Cargo |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas | Presidenta |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Integrante |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Integrante |
Mtro. Jorge Montaño Ventura | Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
b. Comisión de Organización Electoral
Nombre | Cargo |
Mtro. Jaime Rivera Velázquez | Presidente |
Carla Astrid Humphrey Jordán | Integrante |
Norma Irene de la Cruz Magaña | Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
c. Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, y Comité de Radio y Televisión
Nombre | Cargo |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora Dr. Uuc-Kib Espadas Ancona Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Arturo Castillo Loza | Presidente Integrante Integrante Integrante Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
d. Comisión del Servicio Profesional Electoral Nacional
Nombre | Cargo |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Presidenta |
Norma Irene de la Cruz Magaña | Integrante |
Mtra. Rita Bell López Vences | Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional | Secretaría Técnica |
e. Comisión del Registro Federal de Electores
Nombre | Cargo |
Carla Astrid Humphrey Jordán | Presidenta |
Dr. Uuc-Kib Espadas Ancona Mtro. Jaime Rivera Velázquez Mtro. Jorge Montaño Ventura Mtro. Arturo Castillo Loza | Integrante Integrante Integrante Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
f. Comisión de Quejas y Denuncias
Nombre | Cargo |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Presidenta |
Mtra. Rita Bell López Vences | Integrante |
Mtro. Jorge Montaño Ventura | Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral | Secretaría Técnica |
Orden de prelación suplentes
Mtro. Arturo Castillo Loza
Norma Irene De la Cruz Magaña
Dr. Uuc-kib Espadas Ancona
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora
Carla Astrid Humphrey Jordán
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas
Mtro. Jaime Rivera Velázquez
g. Comisión de Fiscalización
Nombre | Cargo |
Dr. Uuc-Kib Espadas Ancona Mtro. Jaime Rivera Velázquez Carla Astrid Humphrey Jordán | Presidente Integrante Integrante |
Mtro. Arturo Castillo Loza | Integrante |
Mtra. Rita Bell López Vences | Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización | Secretaría Técnica |
h. Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales
Nombre | Cargo |
Norma Irene de la Cruz Magaña Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Jaime Rivera Velázquez Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Presidenta Integrante Integrante Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
i. Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación
Nombre | Cargo |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Carla Astrid Humphrey Jordán | Presidenta Integrante |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora Mtra. Rita Bell López Vences | Integrante Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
II. GRUPO DE TRABAJO EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
Nombre | Cargo |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Presidenta |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Arturo Castillo Loza | Integrante Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales | Secretaría Técnica |
III. COMITÉ EDITORIAL
Nombre Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Cargo Presidenta Integrante |
20. Respecto a las Comisiones Temporales del Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero, así como la de Seguimiento de Procesos Electorales Locales, creadas mediante los acuerdos INE/CG1434/2021 e INE/CG619/2022 quedan integradas de la forma siguiente:
IV. COMISIÓN TEMPORAL DEL VOTO DE LAS MEXICANAS Y LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO
Nombre Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez Carla Astrid Humphrey Jordán Mtro. Jorge Montaño Ventura Mtro. Arturo Castillo Loza | Cargo Presidenta Integrante Integrante Integrante |
| |
Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores | Secretario Técnico |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
V. COMISIÓN TEMPORAL DE SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES
Nombre Mtro. José Martín Fernando Faz Mora Carla Astrid Humphrey Jordán Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Jaime Rivera Velázquez Norma Irene de la Cruz Magaña Titular de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral Titular de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica Titular de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Titular de la Unidad Técnica de Servicios de Informática Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | Cargo Presidente Integrante Integrante Integrante Integrante Secretaría Técnica Secretaría Técnica Invitado Permanente Invitado Permanente |
En virtud de los antecedentes y consideraciones señalados, el Consejo General emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba el presente Acuerdo sobre Comisiones Permanentes, y otros órganos del INE, con la integración y presidencias siguientes:
I. COMISIONES PERMANENTES
a. Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica
Nombre | Cargo |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas | Presidenta |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Integrante |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Integrante |
Mtro. Jorge Montaño Ventura | Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
b. Comisión de Organización Electoral
Nombre | Cargo |
Mtro. Jaime Rivera Velázquez Carla Astrid Humphrey Jordán | Presidente Integrante |
Norma Irene de la Cruz Magaña | Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
c. Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, y Comité de Radio y Televisión
Nombre | Cargo |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora Dr. Uuc-Kib Espadas Ancona Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Arturo Castillo Loza | Presidente Integrante Integrante Integrante Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
d. Comisión del Servicio Profesional Electoral Nacional
Nombre | Cargo |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Presidenta |
Norma Irene de la Cruz Magaña Mtra. Rita Bell López Vences | Integrante Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional | Secretaría Técnica |
e. Comisión del Registro Federal de Electores
Nombre | Cargo |
Carla Astrid Humphrey Jordán | Presidenta |
Dr. Uuc-Kib Espadas Ancona Mtro. Jaime Rivera Velázquez Mtro. Jorge Montaño Ventura | Integrante Integrante Integrante |
Mtro. Arturo Castillo Loza | Integrante |
| |
Titular de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
f. Comisión de Quejas y Denuncias
Nombre | Cargo |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Presidenta |
Mtra. Rita Bell López Vences | Integrante |
Mtro. Jorge Montaño Ventura | Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral | Secretaría Técnica |
Orden de prelación suplentes
Mtro. Arturo Castillo Loza
Norma Irene De la Cruz Magaña
Dr. Uuc-kib Espadas Ancona
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora
Carla Astrid Humphrey Jordán
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas
Mtro. Jaime Rivera Velázquez
g. Comisión de Fiscalización
Nombre | Cargo |
Dr. Uuc-Kib Espadas Ancona Mtro. Jaime Rivera Velázquez Carla Astrid Humphrey Jordán | Presidente Integrante Integrante |
Mtro. Arturo Castillo Loza | Integrante |
Mtra. Rita Bell López Vences | Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización | Secretaría Técnica |
h. Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales
Nombre | Cargo |
Norma Irene de la Cruz Magaña Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Jaime Rivera Velázquez Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Presidenta Integrante Integrante Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
i. Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación
Nombre | Cargo |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Carla Astrid Humphrey Jordán | Presidenta Integrante |
Mtro. José Martín Fernando Faz Mora Mtra. Rita Bell López Vences | Integrante Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación | Secretaría Técnica |
| |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
II. GRUPO DE TRABAJO EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
Nombre | Cargo |
Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez | Presidenta |
Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Arturo Castillo Loza | Integrante Integrante |
| |
Titular de la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales | Secretaría Técnica |
III. COMITÉ EDITORIAL
Nombre Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. José Martín Fernando Faz Mora | Cargo Presidenta Integrante |
SEGUNDO. La duración de la integración y presidencia de las Comisiones Permanentes será hasta la primera semana del mes de septiembre.
TERCERO. Por lo que hace a la Comisiones Temporales quedan conformadas de la siguiente forma:
I. COMISIÓN TEMPORAL DEL VOTO DE LAS MEXICANAS Y LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO
Nombre Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez Carla Astrid Humphrey Jordán Mtro. Jorge Montaño Ventura Mtro. Arturo Castillo Loza | Cargo Presidenta Integrante Integrante Integrante |
| |
Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores | Secretario Técnico |
Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | |
II. COMISIÓN TEMPORAL DE SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES
Nombre Mtro. José Martín Fernando Faz Mora Carla Astrid Humphrey Jordán Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Jaime Rivera Velázquez Norma Irene de la Cruz Magaña Titular de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral Titular de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica Titular de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Titular de la Unidad Técnica de Servicios de Informática Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo Representantes de los Partidos Políticos | Cargo Presidente Integrante Integrante Integrante Integrante Secretaría Técnica Secretaría Técnica Invitado Permanente Invitado Permanente |
CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación por este Consejo General.
QUINTO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en la Gaceta Electoral del Instituto.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 10 de abril de 2023, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Maestro Arturo Castillo Loza, Norma Irene De La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid Humphrey Jordán, Maestra Rita Bell López Vences, Maestro Jorge Montaño Ventura, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y de la Consejera Presidenta, Licenciada Guadalupe Taddei Zavala.
La Consejera Presidenta del Consejo General, Lic. Guadalupe Taddei Zavala.- Rúbrica.- El Encargado del Despacho de la Secretaría del Consejo General, Mtro. Miguel Ángel Patiño Arroyo.- Rúbrica.
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