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DOF: 12/06/2023 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el cumplimiento dado a la eje CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el cumplimiento dado a la ejecutoria dictada por el Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el recurso de revisión R.A. 498/2022, en la cual en su parte correspondiente determinó conceder el amparo y protección de la justicia de la unión a la moral Corporativo Promedica de México, S.A. de C.V., para el efecto de que se dejará insubsistente todo lo actuado hasta la Notificación del Emplazamiento al procedimiento administrativo sancionador, así como las actuaciones posteriores que se llevaron a cabo en autos del expediente administrativo de sanción a licitantes, proveedores y contratistas SAN-018/2021, por lo que ha quedado sin efectos la sanción de inhabilitación por 45 (cuarenta y cinco) meses, para que por sí misma o a través de interpósita persona, pudiera presentar propuestas, celebrar contrato alguno de los regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que le fue impuesta a dicha empresa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Área de Responsabilidades.- Unidad de Asuntos Jurídicos.- Expediente: SAN-018/2021. OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS P R E S E N T E S CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL CUMPLIMIENTO DADO A LA EJECUTORIA DE CUATRO DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRÉS, DICTADA POR EL VIGÉSIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, EN EL RECURSO DE REVISIÓN R.A. 498/2022, EN LA CUAL EN SU PARTE CORRESPONDIENTE DETERMINÓ CONCEDER EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN A LA MORAL CORPORATIVO PROMEDICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V., PARA EL EFECTO DE QUE SE DEJARÁ INSUBSISTENTE TODO LO ACTUADO HASTA LA NOTIFICICACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, ASÍ COMO LAS ACTUACIONES POSTERIORES QUE SE LLEVARON A CABO EN AUTOS DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A LICITANTES, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS SAN-018/2021, POR LO QUE HA QUEDADO SIN EFECTOS LA SANCIÓN DE INHABILITACIÓN POR 45 (CUARENTA Y CINCO) MESES, PARA QUE POR SÍ MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, PUDIERA PRESENTAR PROPUESTAS, CELEBRAR CONTRATO ALGUNO DE LOS REGULADOS POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, QUE LE FUE IMPUESTA A DICHA EMPRESA. Atentamente Ciudad de México, a 05 de junio de 2023.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Lic. Raúl Armando Morales Flores.- Rúbrica.
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