AVISO mediante el cual se da a conocer la dirección electrónica para la consulta de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
AVISO mediante el cual se da a conocer la dirección electrónica para la consulta de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, penúltimo párrafo, 9, segundo párrafo, y 22, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;3 y 21 fracción V del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público 17 y 31, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 10, fracción III y 16 primer párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;1, 3 fracción IV, y 4 fracción I, apartado A y fracción II, apartado A, inciso 10, 14 y 15 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2022; así como en el artículo 1, fracción I del ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de abril de 2022 y artículo 9, fracción III del ACUERDO por el que el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los Vicepresidentes, Directores Generales y Directores Generales Adjuntos de la propia Comisión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2015 y actualizado con las reformas publicadas en el propio Diario el 14 de diciembre de 2016, suscribió las Políticas Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
CONSIDERANDO
Que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con autonomía técnica y facultades ejecutivas en términos de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la cual tiene por objeto supervisar y regular en el ámbito de su competencia a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano, señalas por dicha Ley, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público.
Que el penúltimo párrafo del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público señala que los titulares de las dependencias y los órganos de gobierno de las entidades emitirán, bajo su responsabilidad, las Políticas, Bases y Lineamientos para las materias a que se refiere dicho artículo, y que el segundo párrafo del artículo 9 de dicha Ley prevé que las facultades conferidas por la misma a los titulares de las dependencias podrán ser ejercidas por los titulares de sus órganos desconcentrados, previo acuerdo delegatorio.
Que el 30 de noviembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que el cual el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los Vicepresidentes, Directores Generales y Directores Adjuntos de la propia Comisión, actualizado el 14 de diciembre de 2016, mediante el cual delega en el Vicepresidente de Administración y Planeación Estratégica, las atribuciones que le otorgan al Presidente de la Comisión, las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; de Obras Públicas y Servicios, contenidas en el artículo 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entre otras, la facultad de emitir las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
Que en la Octava Sesión Ordinaria de 2022 del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional de Bancaria y de Valores, celebrada el 31 de agosto de 2022, se dictaminó la procedencia de modificación a las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las cuales prevén a las Unidades Administrativas y servidores públicos responsables de llevar a cabo las diversas actividades que implican los procedimientos de contratación en dicha institución, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA PARA LA CONSULTA
DE LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS
Y SERVICIOS DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES
PRIMERO. A todos los servidores públicos y público en general, se hace de su conocimiento que las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores modificadas, se encuentran disponibles para su consulta en las siguientes direcciones electrónicas:
https://www.cnbv.gob.mx/TRANSPARENCIA/Transparencia-Focalizada/Paginas/Adquisiciones.aspx
www.dof.gob.mx/2023/SHCP/Pobalines-CNBV.pdf
SEGUNDO. Las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores son de observancia obligatoria para todos los servidores públicos referidos en las mismas.
TERCERO. Los procedimientos de contratación que se hayan iniciado antes de la publicación de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, continuarán bajo las reglas establecidas en las vigentes al iniciarse el procedimiento respectivo.
CUARTO. Lo anterior se hace de su conocimiento para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Con el presente Aviso entrarán en vigor, al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
SEGUNDO.- Con la entrada en vigor de las presentes Políticas, quedarán sin efecto las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, emitidas por su Titular en junio de 2016.
Atentamente
Ciudad de México a 27 de junio de 2023.- El Vicepresidente de Administración y Planeación Estratégica de la Comisión Nacional de Bancaria y de Valores, Francisco Joaquín Moreno y Rojas.- Rúbrica.
(R.- 538071)