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DOF: 07/07/2023 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, así como a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que la Jueza CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, así como a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que la Jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos con residencia en Cuernavaca en los autos del juicio de amparo número 591/2022, concedió el amparo y protección de la Justicia Federal al C. Rene Barranco Román representante legal de la empresa Químicos y Solventes de Morelos, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional.- Área de Responsabilidades.- Expediente 039/PAS/2021. CIRCULAR No. AR07-18/2023. Oficiales Mayores y equivalentes de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República, Gobiernos de las Entidades Federativas, Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México. Presentes. Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 29, 37, 45 penúltimo párrafo, 46, 59 y 60 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 111, 112, 113, 114 fracción II, 115 y 118 de su Reglamento; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria y; 1, 2, 3, 6 fracción III inciso "B" numeral 3, 8 fracción X, 12 fracción XII, 38 fracción III numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 19, 40 párrafo primero y 92 fracción II inciso f y último párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública vigente a la fecha de inicio del procedimiento respectivo; 77 fracción I de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política Federal; y en cumplimiento a lo ordenado en sentencia de 23 de febrero de 2023, dictada por la Jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos con residencia en Cuernavaca en los autos del juicio de amparo número 591/2022, promovido por la empresa "Químicos y Solventes de Morelos, S.A. de C.V.", mediante la cual, concedió el amparo y protección de la Justicia Federal al C. Rene Barranco Román representante legal de la empresa "Químicos y Solventes de Morelos, S.A. de C.V.", para los efectos de que se deje insubsistente la sanción que le fue impuesta, consistente en una inhabilitación. Al respecto el suscrito, dejó insubsistente la sanción que le fue impuesta en el Procedimiento Administrativo de Sanción a Licitantes y Proveedores No. 039/PAS/2021 y los efectos que se derivan de las mismas, consistente en la INHABILITACIÓN, por el término de TRES MESES, para presentar por sí o por interpósita persona, propuestas o celebrar contrato alguno con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, la Fiscalía General de la República, así como con los Gobiernos de las Entidades Federativas, sus Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México, cuando utilicen total o parcialmente recursos públicos en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios de cualquier naturaleza relacionados con las actividades sustantivas de carácter público. Lo anterior pone de manifiesto que, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, el C. Rene Barranco Román representante legal de la empresa "Químicos y Solventes de Morelos, S.A. de C.V.", podrá presentar por sí o por interpósita persona, propuestas o celebrar contratos con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, la Fiscalía General de la República, así como con los Gobiernos de las Entidades Federativas, sus Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México, en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios de cualquier naturaleza relacionados con las actividades sustantivas de carácter público. Lo anterior en cumplimiento y para su debida observancia. Atentamente. Ciudad de México, a 7 de julio de 2023.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional, Licenciado César Alejandro Rivera Castillo.- Rúbrica.
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