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DOF: 31/07/2023 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el cumplimiento dado a la sen CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el cumplimiento dado a la sentencia definitiva dictada por la Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en autos del juicio contencioso administrativo 22605/21-17-01-2, en la cual en su parte correspondiente determinó declarar la nulidad lisa y llana de la resolución emitida dentro del procedimiento de sanción a licitantes, proveedores y contratistas SAN-009/2021, por lo que ha quedado sin efectos la sanción de inhabilitación impuesta a Techtex, S. de R.L. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Área de Responsabilidades.- Unidad de Asuntos Jurídicos.- Expediente: SAN-009/2021. OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS P R E S E N T E S CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL CUMPLIMIENTO DADO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DE VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDÓS, DICTADA POR LA PRIMERA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, EN AUTOS DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 22605/21-17-01-2, EN LA CUAL EN SU PARTE CORRESPONDIENTE DETERMINÓ DECLARAR LA NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN DE SIETE DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO, EMITIDA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE SANCIÓN A LICITANTES, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS SAN-009/2021, RESPECTO DE LA MORAL TECHTEX, S. DE R.L. DE C.V., POR LO QUE HA QUEDADO SIN EFECTOS LA SANCIÓN DE INHABILITACIÓN POR 30 (TREINTA) MESES, PARA QUE POR SÍ MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, PUDIERA PRESENTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATO ALGUNO DE LOS REGULADOS POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, QUE LE FUE IMPUESTA A DICHA EMPRESA. Atentamente Ciudad de México, a 03 de julio de 2023.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Lic. Raúl Armando Morales Flores.- Rúbrica.
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