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DOF: 24/08/2023 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con las emp CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con las empresas Corpomex MC, S.C., con R.F.C. MCO950523-JD3; Asesoría y Servicios IRA, S.A. de C.V., con R.F.C. ASI050718-576; Arkadiarium S.A. de C.V., con R.F.C. ARK190701-3D5; Visión y Estrategia de Negocios S.A. de C.V., con R.F.C. VEN140610-9H5; JOBBE SAPI de C.V., con R.F.C. JJO161220-FG0 y Giddora, S.A. de C.V., con R.F.C. GID190809-AT9. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Área de Responsabilidades. Circular OIC/AR/0001/23 CIRCULAR por la que se comunica a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las Entidades Federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con las empresas Corpomex MC, S.C., con R.F.C. MCO950523-JD3; Asesoría y Servicios IRA, S.A. de C.V., con R.F.C. ASI050718-576; Arkadiarium S.A. de C.V., con R.F.C. ARK190701-3D5; Visión y Estrategia de Negocios S.A. de C.V., con R.F.C. VEN140610-9H5; JOBBE SAPI de C.V., con R.F.C. JJO161220-FG0 y Giddora, S.A. de C.V., con R.F.C. GID190809-AT9. OFICIALES MAYORES Y EQUIVALENTES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS. PRESENTES. Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 59 y 60 fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 6 fracción III, letra B, numeral 3; 38 fracción III, numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 10 fracción IV de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y 57 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y en cumplimiento a lo ordenado en los Resolutivos Quinto y Sexto de la Resolución Administrativa de dos de agosto de dos mil veintitrés, que se dictó en el expediente número AR/SP-01/23, mediante el cual se resolvió el Procedimiento Administrativo de Sanción incoado a las empresas Corpomex MC, S.C. en participación conjunta con Asesoría y Servicios IRA, S.A. de C.V., y Arkadiarium S.A. de C.V., en participación conjunta con Visión y Estrategia de Negocios, S.A. de C.V., JOBBE, SAPI de C.V., Giddora, S.A. de C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno con dichas personas morales, de manera directa o por interpósita persona, sobre la materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, por un plazo de treinta y nueve meses para Corpomex MC, S.C. y Asesoría y Servicios IRA, S.A. de C.V., y de treinta meses para Arkadiarium S.A. de C.V., Visión y Estrategia de Negocios, S.A. de C.V., JOBBE, SAPI de C.V., y Giddora, S.A. de C.V., contados a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación. En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el mencionado infractor, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular. Las Entidades Federativas y los Municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando realicen procedimientos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Una vez transcurrido el plazo señalado concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado. Atentamente Ciudad de México, a 21 de agosto de 2023.- Titular del Área de Responsabilidades, Lic. Edgar Román González.- Rúbrica.
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