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DOF: 29/09/2023 |
NOTA Aclaratoria a la Circular número OIC/CAPUFE/TAR/8/2023, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de acep NOTA Aclaratoria a la Circular número OIC/CAPUFE/TAR/8/2023, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Constructora Mayran de San Pedro, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.- Área de Responsabilidades.- Expediente de Origen: PSP.2/2023.- Expediente Nuevo SANCPC: PA-015/2023. Nota Aclaratoria a la CIRCULAR número OIC/CAPUFE/TAR/8/2023, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Constructora Mayran de San Pedro, S.A. de C.V. DEPENDENCIAS, ENTIDADES, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS. PRESENTES. Antecedente. Con fecha 19 de septiembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la CIRCULAR número OIC/CAPUFE/TAR/8/2023, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Constructora Mayran de San Pedro, S.A. de C.V. Nota Aclaratoria. Después del rubro DEPENDENCIAS, ENTIDADES EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS. PRESENTES. Donde dice: 77 y 78 fracción I, de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas. Debe decir: 77 y 78 fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Donde dice: CONSTRUCTORA MORAL DE SAN PEDRO, S.A DE C.V. Debe decir: CONSTRUCTORA MAYRAN DE SAN PEDRO, S.A DE C.V. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto en los artículos 77 y 78 fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 2 y 3 fracciones III y IX, de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 37 fracciones XII y XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracción III, inciso B, numeral 3, y 38 fracción III, numeral 12, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, difundido en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de abril de dos mil veinte, en relación con los Transitorios Primero, Segundo, y Décimo, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el medio oficial aludido el cuatro de septiembre de dos mil veintitrés; y 70 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. Atentamente Cuernavaca, Morelos a 20 de septiembre de 2023.- La Titular del Área, Lcda. Fabiola Bello Durán.- Rúbrica.
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