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DOF: 20/10/2023 |
CIRCULAR OIC/CAPUFE/TAR/10/2023, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar co CIRCULAR OIC/CAPUFE/TAR/10/2023, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Siivous Palvelu, S. de R.L. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.- Área de Responsabilidades.- Expediente de Origen: PSP.5/2023.- Expediente Nuevo SANCPC: PA-018/2023. CIRCULAR OIC/CAPUFE/TAR/10/2023 CIRCULAR OIC/CAPUFE/TAR/10/2023, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Productivas del Estado, así como a las Entidades Federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa SIIVOUS PALVELU, S. de R.L. de C.V. DEPENDENCIAS, ENTIDADES EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS. PRESENTES. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 y 60 fracción IV, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 1, 2, 3, 57 fracción I, y 73 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 1, 18, 26, 37 fracciones XII y XXIX, 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 4, 6 fracción III, letra B, numeral 3, 8 fracción VI, y X, y 38 fracción III, numeral 12, y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, difundido el 16 de abril de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, en relación con los Transitorios Primero, Segundo, y Décimo, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el medio oficial aludido el 4 de septiembre de 2023, y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo Tercero de la Resolución de cinco de octubre de dos mil veintitrés, que se dictó en el expediente número PSP.5/2023 del índice de esta Área de Responsabilidades, y PA-18/2023 del nuevo sistema SANCPC, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la persona moral SIIVOUS PALVELU, S. de R.L. de C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, con dicha persona moral de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de TRES MESES. En caso de que el día que se cumpla el plazo de la inhabilitación, la persona moral SIIVOUS PALVELU, S. de R.L. de C.V., no haya pagado la multa impuesta a través de la resolución antes citada, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado, lo anterior, con fundamento en lo previsto en el artículo 60 antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Lo anterior, en el entendido que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la moral SIIVOUS PALVELU, S. de R.L. de C.V., no quedaran comprendidos en la aplicación de la presente Circular, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Las Entidades Federativas y los Municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten, se realice con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Atentamente Cuernavaca, Morelos a 16 de octubre de 2023.- La Titular del Área, Lcda. Fabiola Bello Durán.- Rúbrica.
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