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DOF: 17/11/2023 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el cumplimiento dado a la sen CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el cumplimiento dado a la sentencia definitiva dictada en el Juicio de Nulidad 22522/22-17-02-3, en la cual la Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de la Resolución dictada en autos del expediente administrativo de sanción a licitantes, proveedores y contratistas SAN-004/2022, por lo que ha quedado sin efectos la sanción que le fue impuesta a la empresa Grupo Promédica de Morelos, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Área de Responsabilidades.- Unidad de Asuntos Jurídicos.- Expediente: SAN-004/2022. OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS P R E S E N T E S CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL CUMPLIMIENTO DADO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DE VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, DICTADA EN EL JUICIO DE NULIDAD 22522/22-17-02-3, EN LA CUAL LA SEGUNDA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DECLARÓ LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN DE VEINTISÉIS DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDÓS, DICTADA POR EL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, EN AUTOS DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A LICITANTES, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS SAN-004/2022, POR LO QUE HA QUEDADO SIN EFECTOS LA SANCIÓN DE INHABILITACIÓN POR 45 (CUARENTA Y CINCO) MESES, PARA QUE POR SÍ MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, PUDIERA PARTICIPAR EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, NI PRESENTAR PROPUESTAS, NI CELEBRAR CONTRATO ALGUNO DE LOS REGULADOS POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO; QUE LE FUE IMPUESTA A LA EMPRESA GRUPO PROMÉDICA DE MORELOS, S.A. DE C.V., EN EL REFERIDO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO. Atentamente Ciudad de México, a 30 de octubre de 2023.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Lic. Raúl Armando Morales Flores.- Rúbrica.
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