DECRETO por el que se reforma el artículo 7 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES.
Artículo Único.- Se adiciona una fracción VII al artículo 7 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, para quedar como sigue:
Artículo 7.- La política cultural del Estado mexicano, a través de sus órdenes de gobierno, atenderá los siguientes principios:
I. a IV. ...
V. Libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades;
VI. Igualdad de género, y
VII. El goce efectivo de los derechos culturales de la persona adulta mayor.
Transitorios
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Las Legislaturas de las Entidades Federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las armonizaciones normativas, conforme a lo dispuesto en el presente Decreto, dentro de los 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor.
Ciudad de México, a 17 de octubre de 2023.- Dip. Marcela Guerra Castillo, Presidenta.- Sen. Ana Lilia Rivera Rivera, Presidenta.- Dip. Olga Luz Espinosa Morales, Secretaria.- Sen. Claudia Esther Balderas Espinoza, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 22 de noviembre de 2023.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.