ACUERDO por el que se otorga el Premio Nacional de Ciencias 2020.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 2, 3, 5 y 6, fracción II Bis, 33 y 44 al 51 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, el Premio Nacional de Ciencias se otorga a quienes, por sus producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación, hayan contribuido al progreso de la ciencia, de la tecnología y de la innovación;
Que, el 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró que el brote del virus SARS-CoV-2, constituía una emergencia de salud pública de importancia internacional y, el 11 de marzo del mismo año, determinó que dicho brote era considerado una pandemia, en razón a la capacidad de contagio del virus entre la población en general, y derivado del incremento exponencial en el número de casos existentes en ese momento en diversos países;
Que, el 23 de marzo de 2020, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Consejo de Salubridad General reconoció a la enfermedad originada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, y se constituyó en sesión permanente;
Que la Secretaría de Educación Pública publicó en el DOF, el 20 de marzo de 2020, el "Acuerdo número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública", modificado mediante los diversos 07/04/20, 10/05/20, 11/06/20 y 13/06/21, publicados en el DOF el 17 de abril, 18 de mayo y 9 de junio, de 2020 y 14 de junio de 2021, respectivamente, lo anterior con la finalidad de adoptar medidas preventivas a fin de salvaguardar la seguridad jurídica de los procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante dicha secretaría, así como de sus servidores públicos;
Que, el 24 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el DOF, el acuerdo por el que se establecieron las medidas preventivas para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), en el que se señala como medida preventiva de suspensión temporal de las actividades del sector público que involucraran la concentración física. Mismo que fue sancionado mediante decreto publicado en esa misma fecha, de conformidad con el artículo 73, fracción XVI, Base 2a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que, el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el DOF, el acuerdo por el que se declaró como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), en el que señaló que la Secretaría de Salud determinaría todas las acciones que resultaran necesarias para atenderla;
Que, debido a que la contingencia sanitaria continuó en 2020, el H. Consejo de Premiación del Premio Nacional de Ciencias correspondiente a la edición 2020, con fundamento en el artículo 19 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, determinó en su Primera Sesión Extraordinaria, de 4 de agosto de 2020, modificar el Calendario de Actividades 2020 del proceso del Premio Nacional de Ciencias 2020, por lo que amplió el plazo para el registro y recepción de candidaturas así como para su entrega;
Que los galardonados del Premio Nacional de Ciencias 2020, han realizado contribuciones notables en los diversos campos Ciencias Físico-Matemáticas y Naturales, y Tecnología, Innovación y Diseño, al impulsar la investigación y la difusión de la ciencia;
Que, mediante Acta de Dictamen del Jurado del Campo I. Ciencias Físico-Matemáticas y Naturales de 11 de febrero de 2021, y Acta de Dictamen del Jurado del Campo II. Tecnología, Innovación y Diseño del 10 de febrero de 2021, los jurados correspondientes dictaminaron los expedientes de las candidaturas para premiación y formularon las proposiciones correspondientes, sin embargo, debido a que la contingencia sanitaria continuó en 2021 no se contó con las condiciones para llevar a cabo la ceremonia de entrega de dicho premio, y
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, los jurados del Premio Nacional de Ciencias 2020 formularon, mediante dictámenes, las proposiciones que el Consejo de Premiación sometió a la consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se otorga el Premio Nacional de Ciencias 2020, en los campos establecidos por la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, a los mexicanos que a continuación se mencionan:
Campo I. Ciencias Físico-Matemáticas y Naturales, a:
· Juan Ángel Rivera Dommarco
Campo II. Tecnología, Innovación y Diseño, a:
· Guillermina Ferro Flores
· Jorge Ancheyta Juárez
SEGUNDO. La ceremonia de entrega del Premio Nacional de Ciencias 2020 tendrá verificativo en Ciudad de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Las erogaciones que se lleven a cabo para el cumplimiento del presente acuerdo se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado de la Secretaría de Educación Pública del ejercicio fiscal 2023, en los términos de las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México a 5 de diciembre de 2023.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Educación Pública, Leticia Ramírez Amaya.- Rúbrica.