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DOF: 27/12/2023 |
RESOLUCIÓN Modificatoria de la Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, publicada el 27 de s RESOLUCIÓN Modificatoria de la Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, publicada el 27 de septiembre de 2023. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, párrafo primero; 87-D, párrafos primero, fracción I, incisos e), l), m), y r) segundo, tercero y décimo de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 96 Bis, párrafo primero; 97, párrafo primero; 98 Bis y 99, párrafo primero de la Ley de Instituciones de Crédito, así como 4, fracciones II, III, V, XXXVI y XXXVIII; 6 y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y CONSIDERANDO Que, el artículo 87-D, párrafos primero, fracción I, incisos e), l), m) y r), segundo, tercero y décimo de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito establece que las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con una institución de crédito, se sujetarán a lo previsto en la Ley de Instituciones de Crédito en determinadas materias, debiendo observar para ello, las disposiciones de carácter general que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores aplicables a las instituciones de crédito; Que en relación con lo anterior, es una labor permanente de esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores homologar la normativa aplicable a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con una institución de crédito, con las emitidas por esta autoridad aplicables a las instituciones de crédito en materia de diversificación de riesgos, riesgo operacional y requerimientos de información, para incorporar los reportes regulatorios específicos que permitan dar un tratamiento homogéneo a las entidades financieras señaladas; Que el 27 de septiembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la "Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas", mediante la cual esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores da un tratamiento homogéneo a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas vinculadas patrimonialmente con una institución de crédito, y las propias instituciones de crédito en la determinación del importe de los conceptos de pagos anticipados y cargos diferidos que se exceptúa de la deducción en el capital fundamental, y Que esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en su permanente labor para simplificar las cargas administrativas que deben cumplir las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas y las instituciones de crédito, determinó que resulta conveniente disminuir la carga regulatoria y rediseñar la "Serie R36 Pagos anticipados" y el reporte "A-3601 Detalle de las erogaciones o gastos cuyo reconocimiento se difiera en el tiempo" pertenecientes al Anexo 18 establecido en la resolución señalada en el párrafo anterior, para lo cual es necesario dejar dicha serie y reporte sin efectos, hasta que se cuente con una versión simplificada que permita a esta Comisión allegarse de la mejor información disponible, al más bajo costo posible para los particulares, ha resuelto expedir la siguiente: RESOLUCIÓN MODIFICATORIA DE LA "RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DE CRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS" PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023 ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 76, párrafo primero, fracción I, inciso b); 76 Bis 1 y 76 Bis 2; se DEROGAN los artículos 75, la referencia a la "Serie R36 Pagos anticipados" y la referencia al reporte "A-3601 Detalle de las erogaciones o gastos cuyo reconocimiento se difiera en el tiempo" y el TRANSITORIO QUINTO, y se SUSTITUYE el índice del Anexo 18 "Reportes regulatorios de sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas" para eliminar del apartado denominado "Cartera a la vivienda" la "Serie R36 Pagos Anticipados" y la referencia al reporte "A-3601 Detalle de las erogaciones o gastos cuyo reconocimiento se difiera en el tiempo" de periodicidad mensual de la "Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2023, para quedar como sigue: "Artículo 75.- . . . Serie R01 a Serie R35 . . . Serie R36 Derogada. A-3601 Derogado." Artículo 76.- . . . I. . . . a) . . . b) La información relativa a las series R01, R04, exclusivamente por lo que se refiere a los reportes A-0411, A-0417, A-0419, A-0420, A-0424, C-0433, C-0434, C-0435, C-0436, C-0437, C-0438, C-0439, C-0440, R10, R12 y R13, exclusivamente por lo que se refiere a los reportes B-1321 y B-1322. Dicha información deberá proporcionarse dentro de los veinte días del mes inmediato siguiente al de su fecha. c) a e) . . . II. y III. . . . . . ." "Artículo 76 Bis 1.- Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas que emitan valores de deuda a su cargo, inscritos en el Registro Nacional de Valores conforme a la Ley del Mercado de Valores, o bien tratándose de títulos fiduciarios igualmente inscritos en el citado Registro, cuando el cumplimiento de las obligaciones en relación con los títulos que se emitan al amparo del fideicomiso dependan total o parcialmente de dicha sociedad, actuando como fideicomitente, cedente o administrador del patrimonio fideicomitido, o como garante o avalista de los referidos títulos, no estarán obligadas a proporcionar la información que se señala en las series R15, R26, R27, R28 y R35 que se señalan en el artículo 75 de las presentes disposiciones. Artículo 76 Bis 2.- Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas que obtengan la aprobación de la Comisión en términos de lo previsto por el artículo 87-C Bis 1 de la LGOAAC, no estarán obligadas a proporcionar la información que se señala en las series R15, R26, R27, R28 y R35 que se señalan en el artículo 75 de las presentes disposiciones." "TRANSITORIOS PRIMERO a CUARTO. . . . QUINTO. Derogado" "Anexo 18 Reportes regulatorios de sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas Índice Serie R01 Catálogo mínimo | Periodicidad | | | | A-0111 | Catálogo mínimo1, 2 y 3 | Mensual | | | | | | | Serie R04 Cartera de crédito | Periodicidad | | Situación financiera | | | | A-0411 | Cartera por tipo de crédito, saldo promedio, intereses y comisiones1, 2 y 3 | Mensual | | | | A-0417 | Calificación de la cartera de crédito y estimación preventiva para riesgos crediticios1, 2 y 3 | Mensual | | | | A-0419 | Movimientos en la estimación preventiva para riesgos crediticios1, 2 y 3 | Mensual | | | | A-0420 | Movimientos en la cartera de crédito con riesgo de crédito etapa 3 y valuada a valor razonable1, 2 y 3 | Mensual | | | | A-0424 | Movimientos en la cartera de crédito con riesgo de crédito etapas 1 y 21, 2 y 3 | Mensual | | Cartera Comercial | | | Información detallada (Metodología de calificación de cartera Anexos 18 a 22) | | | | C-0430 | Alta de créditos comerciales a cargo de entidades federativas y municipios, entidades financieras, personas morales y físicas con actividad empresarial, gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales, empresas productivas del estado y créditos otorgados a proyectos de inversión con fuente de pago propia1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0431 | Seguimiento de créditos comerciales a cargo de entidades federativas y municipios, entidades financieras, personas morales y físicas con actividad empresarial, gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales, empresas productivas del estado y créditos otorgados a proyectos de inversión con fuente de pago propia1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0432 | Baja de créditos comerciales a cargo de entidades federativas y municipios, entidades financieras, personas morales y físicas con actividad empresarial, gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales, empresas productivas del estado y créditos otorgados a proyectos de inversión con fuente de pago propia1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0433 | Reservas de créditos comerciales a cargo de entidades federativas y municipios, entidades financieras, personas morales y físicas con actividad empresarial, gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del estado1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0434 | Severidad de la Pérdida de créditos comerciales a cargo de entidades federativas y municipios, entidades financieras, personas morales y físicas con actividad empresarial, gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del estado1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0435 | Probabilidad de Incumplimiento de créditos comerciales a cargo de entidades federativas y municipios1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0436 | Probabilidad de Incumplimiento de créditos comerciales a cargo de entidades financieras1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0437 | Probabilidad de Incumplimiento de créditos comerciales a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del estado con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0438 | Probabilidad de Incumplimiento de créditos comerciales a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del estado con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0439 | Método de calificación y provisionamiento aplicable a los créditos comerciales para proyectos de inversión con fuente de pago propia (Anexo 19)1, 2 y 3 | Mensual | | | | C-0440 | Garantías de créditos comerciales1, 2 y 3 | Mensual | | Cartera a la vivienda | | | | | H-0491 | Altas de créditos a la vivienda1, 2 y 3 | Mensual | | | | H-0492 | Seguimiento de créditos a la vivienda1, 2 y 3 | Mensual | | | | H-0493 | Baja de créditos a la vivienda1, 2 y 3 | Mensual | | | | H-0494 | Reservas de créditos a la vivienda1, 2 y 3 | Mensual | Serie R10 Reclasificaciones | | | | | A-1011 | Reclasificaciones en el estado de situación financiera1, 2 y 3 | Mensual | | | | A-1012 | Reclasificaciones en el estado de resultado integral1, 2 y 3 | Mensual | Serie R12 Consolidación | | | | | A-1219 | Consolidación del estado de situación financiera de la sociedad financiera de objeto múltiple regulada con sus subsidiarias1, 2 y 3 | Mensual | | | | A-1220 | Consolidación del estado de resultado integral de la sociedad financiera de objeto múltiple regulada con sus subsidiarias1, 2 y 3 | Mensual | Serie R13 Estados financieros | | | | | A-1311 | Estado de cambios en el capital contable1, 2 y 3 | Trimestral | | | | A-1316 | Estado de flujos de efectivo1, 2 y 3 | Trimestral | | | | B-1321 | Estado de situación financiera1, 2 y 3 | Mensual | | | | B-1322 | Estado de resultado integral1, 2 y 3 | Mensual | Serie R14 Integración accionaria | | | | | A-1411 | Integración accionaria1, 2 y 3 | Trimestral | Serie R15 Operaciones por servicio | Periodicidad | | B-1522 | Usuarios no clientes de los medios electrónicos de la sociedad financiera de objeto múltiple regulada1 | Trimestral | | B-1523 | Operaciones de clientes por servicios de banca electrónica1 | Trimestral | | B-1524 | Clientes por servicio de banca electrónica1 | Trimestral | Serie R26 Información por comisionistas | Periodicidad | | A-2610 | Altas y bajas de administradores de comisionistas1 | Mensual | | A-2611 | Altas y bajas de comisionistas1 | Mensual | | B-2612 | Altas y bajas de módulos o establecimientos de comisionistas1 | Mensual | | C-2613 | Seguimiento de operaciones de comisionistas1 | Mensual | Serie R27 Reclamaciones | Periodicidad | | A-2701 | Reclamaciones1 | Trimestral | Serie R28 Información de riesgo operacional | Periodicidad | | A-2811 | Eventos de pérdida por riesgo operacional1 | Trimestral | | A-2812 | Estimación de niveles de riesgo operacional1 | Anual | | A-2813 | Actualización de eventos de pérdida por riesgo operacional1 | Trimestral | | A-2815 | Asignación del método del indicador de negocio para riesgo operacional1 | Mensual | Serie R35 Grandes Exposiciones | Periodicidad | | A-3511 | Operaciones de grandes exposiciones1 | Mensual | 1 Aplica a Sociedades Financieras de Objeto Múltiple vinculadas con instituciones de crédito (Artículo 87-C, fracción I, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC)). 2 Aplica a emisoras (Artículo 87-B, quinto párrafo, LGOAAC). 3 Aplica a voluntarias (Artículo 87-C BIS 1) SERIE R01 CATÁLOGO MÍNIMO a SERIE R35 GRANDES EXPOSICIONES . . . SERIE R36 PAGOS ANTICIPADOS Derogada." TRANSITORIO ÚNICO. - La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Atentamente Ciudad de México, a 21 de diciembre de 2023.- Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Dr. Jesús de la Fuente Rodríguez.- Rúbrica.
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