DOF: 28/12/2023
ACUERDO por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada, conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles

ACUERDO por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada, conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracción XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2016 se reformó la Ley General de Sociedades Mercantiles, mediante el cual se estableció la figura de la sociedad por acciones simplificada, con el propósito de facilitar los trámites para la constitución de una empresa;
Que el artículo 260 de la propia Ley General de Sociedades Mercantiles establece el monto máximo de ingresos totales anuales de este tipo de sociedades y que dicho monto será actualizado de manera anual el primero de enero de cada año;
Que la actualización se realizará considerando el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquel por el que se efectúa la actualización, mismo que debe ser publicado por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación durante el mes de diciembre de cada año;
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación dicho factor se obtendrá dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del periodo entre el citado índice correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho periodo y que en los casos en que el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del periodo, no haya sido publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la actualización de que se trate se realizará aplicando el último índice mensual publicado;
Que el 27 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles", mediante el cual se dio a conocer que para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a partir del 1 de enero de 2023, los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada no podrán rebasar de $6,783,425.40 (Seis millones setecientos ochenta y tres mil cuatrocientos veinticinco pesos 40/100 M.N.);
Que el 09 de diciembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2022, mismo que es de 125.997 puntos;
Que el 08 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2023, mismo que corresponde a 131.445 puntos, y
Que con el propósito de actualizar el monto a que se refiere el segundo considerando y brindar certeza jurídica a los particulares respecto del límite de ingresos totales anuales que podrán tener las sociedades por acciones simplificadas, es necesario dar a conocer el factor de actualización correspondiente al periodo de 2024, por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL FACTOR DE ACTUALIZACIÓN A LOS INGRESOS
TOTALES ANUALES DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, CONFORME A LO
DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 260 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
PRIMERO. El factor de actualización a los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada, aplicable a 2024, corresponde a 1.0432.
SEGUNDO. Para efectos informativos, se da a conocer que, como resultado de la aplicación del factor de actualización señalado en el numeral anterior a la cantidad prevista en el artículo Segundo del "Acuerdo por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022, los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada no podrán rebasar de $7,076,469.38 (siete millones setenta y seis mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos 38/100 M.N.)
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Ciudad de México, a 19 de diciembre de 2023.- La Secretaria de Economía, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 20/09/2024

DOLAR
19.2773

UDIS
8.246460

TIIE 28 DIAS
10.9450%

TIIE 91 DIAS
11.1357%

TIIE 182 DIAS
11.2858%

TIIE DE FONDEO
10.75%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

113

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024