DOF: 04/03/2024
ACUERDO mediante el cual el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, aprueba el Sistema de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional Anticorrupción

ACUERDO mediante el cual el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, aprueba el Sistema de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional Anticorrupción.

Al margen un logotipo, que dice: Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.

El Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, con fundamento en los artículos 113, fracciones I y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8 y 9, fracciones III y IV, de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, y
CONSIDERANDO
Que mediante el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015, se reformó, entre otros, el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el que se crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), como la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos;
Que el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula, en su fracción I, que para el cumplimiento de su objeto, el SNA contará con un Comité Coordinador integrado por los titulares de la Auditoría Superior de la Federación; de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; de la secretaría del Ejecutivo Federal responsable del control interno; por el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; el presidente del organismo garante que establece el artículo 6o. de esta Constitución; así como por un representante del Consejo de la Judicatura Federal y otro del Comité de Participación Ciudadana;
Que la fracción III, del artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que corresponde al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (Comité Coordinador) el diseño y promoción de políticas integrales en materia de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción;
Que el artículo 8 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA), establece que el Comité Coordinador tiene bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción;
Que las fracciones III y IV del artículo 9 de la LGSNA, facultan al Comité Coordinador para aprobar, diseñar y promocionar la política nacional en la materia; así como para su evaluación periódica, ajuste y modificación, con base en la metodología de los indicadores aprobados para tal efecto;
Que el 29 de enero de 2020, en la Primera Sesión Ordinaria del Comité Coordinador, se aprobó la Política Nacional Anticorrupción, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 25 de febrero de 2020;
Que el artículo Cuarto de los Transitorios del "Acuerdo mediante el cual el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción aprueba la Política Nacional Anticorrupción" instruye a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA) elaborar el anteproyecto de metodología de seguimiento y evaluación de la Política Nacional Anticorrupción, para ser sometida a consideración del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, una vez aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (Comisión Ejecutiva);
Que el 13 de marzo de 2020, durante la Primera Sesión Ordinaria 2020 de la Comisión Ejecutiva, se emitió el ACUERDO SO-CE-SESNA/13/03/2020.05, mediante el cual se aprobó el documento denominado: "Proceso de Integración del Modelo de Seguimiento y Evaluación de la Corrupción";
Que el 9 de junio de 2020, en la Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva, se emitió el ACUERDO SO-CE-SESNA/09/06/2020.04, mediante el cual se aprobó el replanteamiento de actividades, espacios de diálogo y procesos para elaborar la propuesta del Modelo de Evaluación y Seguimiento de la Corrupción, bajo una lógica de espacios de diálogo virtuales, como consecuencia de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a causa de la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19);
Que durante la Tercera Sesión Ordinaria 2020 de la Comisión Ejecutiva, celebrada el 8 de septiembre de 2020, se presentó la propuesta de reformulación del documento: "Proceso de Integración del Modelo de Seguimiento y Evaluación de la Corrupción";
Que el 19 de noviembre de 2021, en el marco de la Primera Sesión Extraordinaria de la Comisión Ejecutiva, se determinó evolucionar el "Modelo de Evaluación y Seguimiento de la Corrupción" a "Modelo de Evaluación y Seguimiento de la Anticorrupción y la Integridad", para poner énfasis en la integridad pública y la anticorrupción;
Que después de tres años de trabajo realizado de manera coordinada entre la SESNA, la Comisión Ejecutiva y los Enlaces de las diversas instituciones que conforman el Comité Coordinador, el 16 de marzo de 2023, en la Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, se presentó el documento denominado: "Marco conceptual de Evaluación y Seguimiento del Sistema Nacional Anticorrupción";
Que, previa retroalimentación del documento referido en el Considerando anterior, el 6 de junio de 2023, en la Tercera Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, se aprobó el "Marco Conceptual del Sistema de Seguimiento y Evaluación", mismo que establece los criterios que regirán la naturaleza de este sistema y define los objetivos estratégicos a los cuales dará seguimiento y evaluará; y
Que el 4 de julio de 2023, durante la Primera Sesión Extraordinaria 2023 del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, la SESNA presentó el "Marco Conceptual del Sistema de Seguimiento y Evaluación" para análisis y eventual aprobación del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, y
Que en la Tercera Sesión Ordinaria 2023, celebrada el día 7 de diciembre de 2023, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, ha tenido a bien aprobar, (por unanimidad o por mayoría), el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL
ANTICORRUPCIÓN, APRUEBA EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA
NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
PRIMERO. Se aprueba el Sistema de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional Anticorrupción, consultable en: https://www.sesna.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/Sistema-de-Seguimiento-y-Evaluacion-SiSE-SNA_CC-SNA.pdf y/o https://www.dof.gob.mx/2024/SESNA/SiSE-SNA.pdf
SEGUNDO. Se instruye a la SESNA reportar anualmente el avance de los indicadores nacionales, a través de la elaboración de un informe para tal efecto, el cual deberá ser presentado al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción durante el primer semestre de cada año.
TERCERO. Se solicita a la SESNA elaborar el Informe Anual de Ejecución, de conformidad con los Criterios para la ejecución y seguimiento del Programa de Implementación de la Política Nacional Anticorrupción.
CUARTO. Se requiere a la SESNA gestionar las evaluaciones que deriven de la Política Nacional Anticorrupción y el Programa de Implementación de la Política Nacional Anticorrupción.
QUINTO. Los entes públicos que colaboren en el Programa de Implementación de la Política Nacional Anticorrupción deberán proveer la información requerida por parte de la SESNA, para la ejecución y seguimiento del Programa de Implementación de la Política Nacional Anticorrupción, así como brindar información para el reporte de avance de los indicadores asociados a las Estrategias.
SEXTO. Las menciones realizadas al Modelo de Seguimiento y Evaluación de la Corrupción (MOSEC) y al Modelo de Evaluación de la Anticorrupción y la Integridad (MESAI) en los instrumentos normativos y de política pública, previamente aprobados por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, se refieren al Sistema de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional Anticorrupción.
SÉPTIMO. Las modificaciones e interpretación del Sistema de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional Anticorrupción serán aprobadas por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, a propuesta de la SESNA.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con fundamento en los artículos 35, fracciones I, II y III de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como 18, fracciones XI, XII y XIII del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, certifico que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, en su Primera Sesión Extraordinaria de 2024, celebrada el día 12 de enero del mismo año, aprobó, por unanimidad, el "Acuerdo mediante el cual el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, aprueba el Sistema de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional Anticorrupción".
Ciudad de México, a 15 de enero de 2024.- Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Mtro. Roberto Moreno Herrera.- Rúbrica.
(R.- 548911)
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 15/09/2024

UDIS
8.248178

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

111

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024