CONVOCATORIA Pública para participar en el procedimiento para obtener la acreditación de perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y en su caso, la revalidación correspondiente CONVOCATORIA Pública para participar en el procedimiento para obtener la acreditación de perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y en su caso, la revalidación correspondiente.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA
ACREDITACIÓN DE PERITO EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y/O RADIODIFUSIÓN Y EN SU
CASO, LA REVALIDACIÓN CORRESPONDIENTE
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el "Instituto") a través de la Unidad de Concesiones y Servicios (en lo sucesivo, "UCS") con fundamento en lo dispuesto en el Lineamiento DÉCIMO SEGUNDO de los "Lineamientos para la Acreditación de Peritos en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión" (en lo sucesivo, los "Lineamientos"); numeral TERCERO Transitorio del ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica los propios Lineamientos publicado el 22 de marzo de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo "DOF"); así como en los artículos 32 y 35 fracción IX del Estatuto Orgánico del Instituto:
CONVOCA
A los ciudadanos que reúnan los requisitos en los términos que establece esta Convocatoria, a participar en el procedimiento para obtener la acreditación de perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y, en su caso, su revalidación, conforme las siguientes:
BASES
1. Objetivo.
Establecer los requisitos, calendario y método de evaluación de solicitudes para el procedimiento correspondiente al año 2024, que permitan determinar la competencia técnica de quienes soliciten la acreditación como perito y, en su caso, la revalidación.
2. Tipos de Acreditación.
· Acreditación por primera vez.
· Revalidación de la acreditación.
· Acreditación en una segunda especialidad.
3. Registro de Aspirantes.
El registro de aspirantes se llevará a cabo por parte del interesado (en lo sucesivo, el "Solicitante"), a través del Micrositio para la acreditación o revalidación de perito en telecomunicaciones y radiodifusión (en lo sucesivo, "Micrositio"), mismo que estará disponible en el siguiente enlace:
https://www.ift.org.mx/industria/micrositio-para-la-acreditacion-de-peritos-en-materia-de-Telecomunicaciones-y-Radiodifusion
Al finalizar su registro, el Solicitante recibirá por un mensaje de correo electrónico con la asignación de un número de folio de participación que será enviado desde la cuenta peritos@ift.org.mx, a la dirección de correo electrónico proporcionada en su registro. Dicho número de folio le permitirá al Solicitante conocer el estado de su solicitud.
El periodo de registro de aspirantes será de 15 (quince) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Convocatoria en el DOF.
4. Requisitos para los Solicitantes.
El Solicitante deberá realizar su registro a través del Micrositio conforme al Anexo C de los Lineamientos y adjuntar copia digitalizada de la documentación que se requiera, de acuerdo con el formato de archivo, número de archivos que se pueden subir al sistema y tamaño del archivo que se indique en el Micrositio, de conformidad con lo siguiente:
I. Identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar, cédula profesional o pasaporte, por el anverso y reverso, tipo de archivo PDF) y comprobante de domicilio con antigüedad máxima de 3 meses contados a partir de la publicación de la presente Convocatoria (recibo de suministro de energía eléctrica, agua, gas, servicios de telecomunicaciones, o boleta predial, tipo de archivo PDF);
II. Cédula profesional de la licenciatura en ingeniería en comunicaciones, electrónica o afín a ellas, expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública (tipo de archivo PDF)
III. En su caso, cédula de estudios de posgrado expedida por la Secretaría de Educación Pública o cualquier otro documento que permita acreditar la especialidad y/o posgrado en comunicaciones, electrónica o afín a ellas (tipo de archivo PDF);
IV. En su caso, constancia de ser miembro regular de algún Colegio de Ingenieros en Telecomunicaciones y Radiodifusión o en materias equivalentes o afines (tipo de archivo PDF);
V. Currículum Vítae conforme al "Anexo D" de los Lineamientos, debidamente llenado y firmado, y en su caso, si el Solicitante lo considera conveniente, la versión pública del Currículum Vítae (Anexo E) el cual será publicado en el portal de Internet del Instituto, de conformidad con lo establecido en el lineamiento TRIGÉSIMO SEGUNDO; (tipos de archivo PDF) ambos anexos disponible en los siguientes enlaces:
Acreditación por primera vez: http://inventariotramites.ift.org.mx/mitweb/#!/tramite/UCS-04-069
Revalidación de acreditación: http://inventariotramites.ift.org.mx/mitweb/#!/tramite/UCS-04-070
Acreditación de segunda especialidad: http://inventariotramites.ift.org.mx/mitweb/#!/tramite/UCS-04-071.
VI. Documentación que permita acreditar la experiencia o competencia profesional, por ejemplo: constancias de servicio o laborales, emitidas por entidades públicas o privadas, señalando el periodo laborado o algún comprobante de registro de patentes o certificados de homologación (tipo de archivo PDF);
VII. Cualquier información o constancia que el Solicitante considere puede aportar al Comité Consultivo a determinar su aptitud para ser acreditado como perito en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, y;
VIII. "Anexo F" Manifestación bajo protesta de decir verdad, debidamente firmada, de no encontrarse en algún supuesto de los señalados en el Lineamiento Vigésimo Noveno de los Lineamientos, (tipo de archivo PDF), anexo disponible en los siguientes enlaces:
Acreditación por primera vez: http://inventariotramites.ift.org.mx/mitweb/#!/tramite/UCS-04-069
Revalidación de acreditación: http://inventariotramites.ift.org.mx/mitweb/#!/tramite/UCS-04-070
Acreditación de segunda especialidad: http://inventariotramites.ift.org.mx/mitweb/#!/tramite/UCS-04-071.
IX. Comprobante de pago de derechos por el estudio de la solicitud y, en su caso, la Acreditación de Perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión, de conformidad con el Articulo 174-L-3 de la Ley Federal de Derechos, según corresponda a la Acreditación de Peritos por primera vez, la revalidación de la acreditación y/o ampliación de una segunda especialidad.
X. Fotografía a color, tamaño pasaporte (tipo de archivo PNG).
Para el caso de la Revalidación de la acreditación de perito no será necesario presentar la documentación a que se refieren las fracciones II y III. Mientras que los documentos a que se refiere el punto VI comprenderá la experiencia o competencia profesional de los últimos 2 años, conforme a la vigencia de su acreditación, para determinar la revalidación como perito acreditado.
Aunado a lo anterior, el Solicitante deberá presentar las constancias que acrediten el cumplimiento de las 40 horas anuales de Acciones de Capacitación, indicadas en el Programa de Capacitación definido en los Lineamientos, con una calificación igual o mayor a 75/100; dichas constancias deberán contar con fecha y lugar de expedición, duración, firma autógrafa y, en su caso, sello de la institución académica o centro de especialización/capacitación; en caso de no resultar favorable la valoración de las constancias antes referidas, el Instituto podrá invitar a los Solicitantes a participar en el examen de conocimientos a que se refiere el numeral 7.1 de esta Convocatoria, en el que deberá obtener una calificación igual o mayor a 75/100.
Para la solicitud de acreditación de perito en segunda especialidad será necesario presentar la documentación a que se refiere la fracción VI de conformidad con la especialidad solicitada y los documentos que aporten elementos para la toma de decisión del Instituto para determinar la acreditación como perito en una especialidad adicional. El Solicitante que sea invitado a sustentar el examen de conocimientos a que se refiere el numeral 7.1 de esta Convocatoria, deberá obtener una calificación igual o mayor a 75/100.
Para el caso en que el Solicitante no se registre correctamente dentro del Micrositio o no adjunte la documentación completa, o si por algún error o causa tecnológica los archivos no puedan abrirse o leerse, el Instituto notificará y requerirá al Solicitante, a través del correo electrónico por medio por del cual fue ingresada la Solicitud, para que dentro de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de que haya sido notificado, subsane la omisión de que se trate. Transcurrido el plazo correspondiente sin que haya sido desahogada la prevención respectiva, el trámite será desechado.
El Instituto podrá requerir en cualquier momento la exhibición física de los documentos originales que hayan sido adjuntados en copia digitalizada para su cotejo y revisión de su autenticidad.
Por motivos de seguridad al interior del Instituto, no se aceptarán correos o archivos electrónicos que contengan enlaces a sitios "web" externos para la descarga de documentos.
5. Calendario.
En las siguientes tablas se identifican las fechas y plazos que regirán el proceso para la acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión o, en su caso, su revalidación.
Tabla 1: Proceso para la acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
Proceso para la acreditación | Responsable | Actividad | Medio | Plazo/Fecha |
Registro | Instituto | Publica la Convocatoria. | Portal de Internet del Instituto y en el Diario Oficial de la Federación. | Durante el mes de abril de 2024. |
Solicitante | Registra su solicitud y adjunta información y documentación requerida | Micrositio. | Durante los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el DOF. |
Instituto | Genera folio de participación y lo notifica. | Micrositio y correo electrónico. | A más tardar 4 días hábiles posteriores al registro de su solicitud. |
Comité Consultivo | Valora la solicitud, información y documentación entregada y la experiencia profesional. Emite su recomendación no vinculante al Instituto. | Correo electrónico. | Durante los 15 días hábiles siguientes a la sesión respectiva del Comité Consultivo. |
Examen de conocimientos, evaluación de habilidades de redacción y entrevista | Instituto | Notifica el resultado de la evaluación de la experiencia profesional. Selecciona e invita a los Solicitantes que podrán participar en las evaluaciones relativas a la acreditación. | Micrositio y correo electrónico. | Durante los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la recomendación del Comité Consultivo. |
Aplica el examen de conocimientos y evaluación de habilidades de redacción. | El que disponga el Instituto, mismo que será notificado a través de la invitación que se envíe al Solicitante por correo electrónico. | Durante los 5 días hábiles siguientes a la notificación para realizar las evaluaciones. |
| El Instituto y el Comité Consultivo | Realizan la entrevista. | El que disponga el Instituto, mismo que será notificado a través de la invitación que se envíe al Solicitante por correo electrónico. | |
Instituto | Notifica el resultado del examen de conocimientos, evaluación de habilidades de redacción y entrevista. El Instituto publica los resultados obtenidos durante las evaluaciones. | Micrositio y correo electrónico. | Durante los 10 días hábiles siguientes a la presentación de los exámenes. |
Publicación de resultados | Instituto | a) Asigna el número de registro de acreditación; b) Expide la constancia de inscripción por 3 años. c) Inscribe en el Registro Nacional de Peritos Acreditados en materia de telecomunicaciones y radiodifusión. | Para los incisos a) y b), la acreditación y constancia de inscripción será notificada mediante oficio. Entrega, previa cita, dentro de las instalaciones del Instituto. Para el inciso c), la inscripción en el Registro Nacional de Peritos Acreditados en materia de telecomunicacion es y radiodifusión dentro del portal de Internet del Instituto. | Durante los 20 días hábiles siguientes a la notificación del resultado de la entrevista. |
Tabla 2: Proceso para la Revalidación de la acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones
y radiodifusión
Proceso para la revalidación de Acreditación | Responsable | Actividad | Medio | Plazo/Fecha |
Registro | Instituto | El Instituto publica la Convocatoria. | Portal de Internet del Instituto y en el Diario Oficial de la Federación. | Durante el mes de abril de 2024. |
Solicitante | Registra su solicitud y adjunta información y documentación requerida | Micrositio. | Durante los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el DOF. |
| Instituto | Genera folio de participación y lo notifica. | Micrositio y correo electrónico. | A más tardar 4 días hábiles posteriores al registro de su solicitud. |
Comité Consultivo | Valora la información y la documentación entregada. Emite su recomendación al Instituto. | Correo electrónico. | Durante los 15 días hábiles siguientes a la sesión respectiva del Comité Consultivo. |
Programa de capacitación (Opción 1) | Instituto | Valora las constancias de Acciones de Capacitación relativas al Programa de Capacitación presentadas por el Solicitante, y le notifica el resultado. | Micrositio y correo electrónico. | Durante los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la recomendación respectiva del Comité Consultivo. |
Examen de conocimientos (Opción 2) | Instituto | Recibe las recomendaciones del Comité Consultivo, respecto a la idoneidad de los Solicitantes. En su caso, selecciona e invita a los Solicitantes que podrán participar en el examen de conocimientos. | Micrositio y correo electrónico. | Durante los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la recomendación respectiva del Comité Consultivo. |
En su caso, aplicación del examen de conocimientos al Solicitante. | El que disponga el Instituto, mismo que será notificado a través de la invitación que se envíe al Solicitante por correo electrónico. | Durante los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la invitación para realizar el examen de conocimiento. |
En su caso, revisar, calificar y notificar al Solicitante el resultado del examen de conocimientos. | Micrositio y correo electrónico. | Durante los 10 días hábiles siguientes a la presentación del examen de conocimiento. |
Publicación de resultados | Instituto | Registra los resultados obtenidos durante el Proceso para la Revalidación de acreditación de peritos y notifica dichos resultados al Solicitante | Micrositio y correo electrónico. | Opción 1 (Programa de Capacitación): durante los 35 días hábiles siguientes a la notificación de los resultados de la valoración de las constancias de Acciones de Capacitación relativas al Programa de Capacitación presentadas por el Solicitante. Opción 2 (Examen de conocimientos): durante los 20 días hábiles siguientes a la notificación de los resultados del examen al Solicitante. |
Constata el número de registro de acreditación para la revalidación. | Registro Nacional de Peritos y Micrositio. |
Expide la Revalidación de la Acreditación y constancia de ampliación de inscripción por 3 años más. | Mediante oficio dirigido al Solicitante. Entrega, previa cita, dentro de las instalaciones del Instituto. |
Los Solicitantes se sujetan a lo establecido en los Lineamientos vigentes y a lo dispuesto en esta Convocatoria.
6. Sistema de Puntaje.
Para la acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, el Instituto a través de la UCS, coordinará la aplicación del examen y las evaluaciones correspondientes para cada especialidad, aplicando las ponderaciones de los Lineamientos.
7. Del Examen de Conocimientos y Evaluación de Habilidades.
El Solicitante deberá asistir puntualmente al lugar que disponga el Instituto de conformidad con lo establecido en el Calendario, en la fecha y hora indicadas, para tener derecho a la aplicación del examen y evaluaciones correspondientes. Los aspirantes deberán:
a) Exhibir copia simple del correo electrónico mediante el cual le fue notificado su número de folio de participación;
b) Acreditar su identidad, mediante la presentación del original de alguna de las siguientes identificaciones:
1. Credencial para votar con fotografía vigente;
2. Cédula profesional, o
3. Pasaporte vigente.
c) Ejecutar las tareas e instrucciones del personal encargado de aplicar el examen y las evaluaciones correspondientes y dar inicio y término a las mismas en los horarios establecidos, y
d) Observar buena conducta y conducirse con respeto durante la aplicación del examen y las evaluaciones correspondientes.
El examen y las evaluaciones correspondientes serán aplicadas exclusivamente en las fechas programadas y deberán concluir dentro del tiempo establecido para tal efecto.
No se aceptarán solicitudes de prórrogas y/o recalendarizaciones para la aplicación del examen y las evaluaciones correspondientes, ni se aceptarán justificantes de inasistencia de cualquier índole.
No obstante, por caso fortuito o de fuerza mayor, el Instituto podrá reprogramar las fechas para la aplicación del examen y las evaluaciones correspondientes, situación que, de verificarse, se hará del conocimiento de los Solicitantes a través del correo electrónico peritos@ift.org.mx y el Micrositio, con al menos 48 horas de anticipación a la fecha original de realización de los mismos, o con la oportunidad que el caso amerite, tratándose de caso fortuito.
7.1. Sobre el examen de conocimientos.
Los reactivos que conformarán el examen de conocimientos versarán sobre los temas y bibliografía establecidos en la presente Convocatoria.
La calificación del examen de conocimientos debe ser considerada sobre un total de 100 puntos porcentuales y el resultado de éste representará 40 puntos como máximo del total de puntos a obtener por Solicitante; los puntos obtenidos por el Solicitante serán proporcionales a la calificación de dicho examen.
Para el caso de la Revalidación de la acreditación de perito, y/o la obtención de una acreditación de perito en segunda especialidad se deberá obtener una calificación igual o mayor a 75/100.
La notificación del resultado del examen de conocimientos se realizará conforme a lo establecido en el numeral 5 de la presente Convocatoria.
7.2. Sobre la evaluación de habilidades de redacción.
La Evaluación de habilidades de redacción será acreditada mediante una prueba diseñada y aplicada por el Instituto como un ejercicio práctico de elaboración de documentación relacionada con la especialidad a acreditarse; por ejemplo, la elaboración de un Dictamen Técnico (memoria o estudio técnico).
La calificación de la evaluación de habilidades de redacción debe ser considerada sobre un total de 100 puntos porcentuales. El resultado de esta evaluación representará 10 puntos como máximo del total de puntos a obtener por Solicitante.
La notificación del resultado de la evaluación de habilidades de redacción se realizará conforme a lo descrito en el Calendario contenido en el numeral 5 de esta Convocatoria.
7.3. Sobre la experiencia profesional.
Para la valoración de la experiencia profesional, el Comité Consultivo considerará la documentación presentada para tal efecto por el Solicitante, y otorgará los puntajes proporcionales de conformidad con los años de experiencia documentados, conforme a la siguiente Tabla:
Años de experiencia documentados | Puntos |
Más de 15 años | 30 |
8 años y un día a 15 años | 25 |
4 años y un día a 8 años | 20 |
1 año y un día a 4 años | 15 |
Hasta el primer año | 10 |
Para acreditar la experiencia profesional servirá todo documento, público o privado, que haga constar las actividades laborales realizadas y que cuente con fecha y lugar de expedición, así como firma autógrafa y, en su caso, sello de la institución o empresa que lo emita.
El resultado de la valoración representará 30 puntos como máximo del total de puntos a obtener por el Solicitante. La notificación del resultado obtenido de la experiencia profesional se realizará conforme a lo descrito en el Calendario contenido en el numeral 5 de la presente Convocatoria.
7.4. Sobre la entrevista.
La entrevista con el Solicitante tendrá una duración máxima de 15 (quince) minutos efectivos. Los cuestionamientos que realizarán el Instituto y los Integrantes del Comité Consultivo serán considerados de la siguiente manera:
Temas | No. de preguntas |
Conocimientos de las especialidades de telecomunicaciones y radiodifusión y, en su caso, de las Disposiciones Técnicas. | 2 preguntas, lo que equivale a un 80% de la calificación. |
Ética profesional. | 1 pregunta, lo que equivale a un 20% de la calificación. |
La notificación del resultado de la entrevista se realizará conforme a lo descrito en el Calendario contenido en el numeral 5 de esta Convocatoria.
8. Temario y Bibliografía.
Temario
Telecomunicaciones | Radiodifusión |
1. Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión 2. Lineamientos para la homologación de productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones o radiodifusión 3. Procedimiento de evaluación de la conformidad en materia de telecomunicaciones y radiodifusión 4. Código de Ética de Peritos. 5. Ondas Electromagnéticas. a. Espectro radioeléctrico. i. Definiciones. ii. Clasificación. iii. Atribución. |
6. Antenas. a. Diagramas de radiación b. Impedancia. |
7. Interferencia y compatibilidad electromagnética. |
8. Cálculo de los límites de exposición para seres humanos a radiaciones electromagnéticas no ionizantes. |
9. Enlaces de microondas. a. Equipos de microondas para sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto. | 9. Servicios auxiliares a la radiodifusión y sus frecuencias. |
10. Redes de telecomunicaciones. a. Alámbricas: i. LAN. ii. Telefonía. iii. Redes ópticas. b. Inalámbricas. i. WLAN y WPAN. ii. WMAN (GSM, 3GPP, LTE). iii. Radiocomunicación especializada en flotillas. | 10. Servicios de Televisión Digital Radiodifundida. a. Televisión Digital Terrestre. |
11. Sistemas de comunicaciones satelitales. a. Tipos de órbitas y su uso. b. Segmento espacial y terrestre. c. Servicios (Fijo, Móvil, Exploración, etc.). | 11. Transmisión en AM - FM. |
12. Telefonía celular. | 12. Radio Digital Terrestre. |
13. Cálculo de Área de cobertura. | 13. Radiodifusión por satélite. |
14. Dispositivos de radiocomunicaciones de Corto Alcance. | 14. Potencia y patrones de radiación de una estación radiodifusora y cálculo de áreas de servicio. |
15. Requerimientos técnicos mínimos de equipo terminal móvil a homologarse en México. | 15. Estudio de productos de intermodulación, pruebas de comportamiento y estudio de campo de convivencia entre servicios que utilizan la misma estructura. |
Bibliografía.
1) Unión Internacional de Telecomunicaciones, ITU Handbook on satellite communications, Tercera ed., John Wiley & Sons, 2002.
2) J. L. SALINA y P. SALINA, Next Generation Networks: Perspectives and Potentials, West Sussex: John Wiley & Sons, 2007.
3) A. F. MOLISCH, Wireless Communications, Segunda ed., John Wiley & Sons, 2011.
4) T. JYRKI y J. PENTTINEN, The Telecommunications Handbook: Engineering guidelines for fixed, mobile and satellite systems, Primera ed., John Wiley & Sons, 2015.
5) W. TOMASI, Sistemas de Comunicaciones Electrónicas, Cuarta ed., G. Trujano Mendoza, Ed., México: Pearson Educación, 2003.
6) H. LEHPAMER, Microwave transmission Networks, Segunda ed., McGraw-Hill, 2010.
7) C. Pérez Vega, J. M. Zamanillo Sáinz de la Maza y L. A. Casanueva, Sistemas de Telecomunicación, Santander, 2007.
8) Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014.
9) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «Términos y definiciones aplicables al Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias,» [En línea]:
https://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/docreferencia230915407acc.pdf
10) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias,» 3 de marzo de 2017. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/espectro-radioelectrico/
cuadronacionaldeatribuciondefrecuenciasa.pdf
11) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «Inventario de bandas de frecuencias de uso libre» [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/espectro-radioelectrico/espectro-de-uso-libre-vf-accesible.docx
12) Unión Internacional de Telecomunicaciones, «Informe UIT-R SM.2153-5; Parámetros técnicos y de funcionamiento de los dispositivos de radiocomunicaciones de corto alcance y utilización del espectro por los mismos,» junio 2015. [En línea].
https://www.itu.int/dms_pub/itu-r/opb/rep/R-REP-SM.2153-5-2015-PDF-S.pdf
13) Comisión Federal de Telecomunicaciones, «Regulación Satelital en México,» [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/espectro-radioelectrico/regulacionsatelitalenmexicoestudioyacciones19-06-2013-final.pdf
14) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO por el cual se expide la Disposición Técnica IFT-001-2015: Especificaciones y requerimientos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en amplitud modulada en la banda de 535 kHz a 1705 kHz,» 31 de agosto de 2015. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/2015_08_31_ift-001-2015_dof.pdf
15) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-002-2016, Especificaciones y requerimientos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada...,» 5 de abril de 2016. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/dofpift170316102_1.pdf
16) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-013-2016: Especificaciones y requerimientos mínimos para la instalación y operación de estaciones de televisión, equipos auxiliares y ...,» 30 de diciembre de 2016. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/2016-12-30dof-diariooficialdelafederacion.pdf
17) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica el diverso por el que se atribuyen frecuencias del espectro radioeléctrico para prestar servicios auxiliares a la radiodifusión, y se establece el procedimiento para...,» 19 de noviembre de 2015. [En línea].
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5416009&fecha=19/11/2015
18) Unión Internacional de Telecomunicaciones, «Recommendation ITU-T K.52: Guidance on complying with limits for human exposure to electromagnetic fields», 27 de febrero de 2017. [En línea].
https://www.itu.int/rec/T-REC-K.52-202106-I
19) Institute of Electrical and Electronics Engineers, «IEEE standards for safety levels with respect to human exposure to radio frequency electromagnetic fields, 3kHz to 300 GHz», IEEE Std C95.1, 2005 Edition, 19 de abril de 2006. [En línea].
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20) Unión Internacional de Telecomunicaciones, «ITU-T Recommendation K.70: Mitigation techniques to limit human exposure to EMFs in the vicinity of radiocommunication stations», 4 de noviembre de 2008. [En línea].
https://www.itu.int/rec/T-REC-K.70/es
21) Unión Internacional de Telecomunicaciones, «Recommendation ITU-T K.61: Guidance on measurement and numerical prediction of electromagnetic fields for compliance with human exposure limits for telecommunication installations», 20 de noviembre de 2008. [En línea].
http://emfguide.itu.int/pdfs/T-REC-K.61-200802.pdf
22) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-004-2016, Interfaz a redes públicas para equipos terminales.» 21 de enero de 2016. [En línea].
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23) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-005-2016: Interfaz digital a redes públicas (interfaz digital a 2 048 kbit/s y a 34 368 kbit/s).» 21 de enero de 2016. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpift1301165.pdf
24) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-007-2019: Límites de exposición máxima para seres humanos a radiaciones electromagnéticas de radiofrecuencia no ionizantes en el intervalo de 100 kHz a 300 GHz en el entorno de estaciones de radiocomunicación o fuentes emisoras.» 25 de febrero de 2020. [En línea].
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5587372&fecha=25/02/2020
25) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO por el que el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-008-2015: Sistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso-Equipos de radiocomunicación por salto de frecuencia y por modulación digital a operar en las bandas 902-928 MHz, 2400-2483.5 MHz y 5725-5850 MHz-Especificaciones, límites y métodos de prueba.» 19 de octubre de 2015. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpiftext051015116.pdf
26) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-010-2016: especificaciones y requerimientos de los equipos de bloqueo de señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen dentro de centros de readaptación social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, federales o de las entidades federativas.» 1 de agosto de 2016. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpift010716348.pdf
27) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-011-2017: Especificaciones de los Equipos Terminales Móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 1. Código de Identidad de Fabricación del Equipo (IMEI) y funcionalidad de receptor de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM).» 27 de abril de 2017. [En línea].
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28) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica la Disposición Técnica IFT-011-2017: Especificaciones de los Equipos Terminales Móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 1. Código de Identidad de Fabricación del Equipo (IMEI) y funcionalidad de receptor de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM).» 21 de septiembre de 2017. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpiftext150917172.pdf
29) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-011-2017: Especificaciones técnicas de los equipos terminales móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 2. Equipos terminales móviles que operan en las bandas de 700 MHz, 800 MHz, 850 MHz, 1900 MHz, 1700 MHz/2100 MHz y/o 2500 MHz.» 3 de enero de 2018. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpift161117714_1.pdf
30) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica la Disposición Técnica IFT-011-2017: Especificaciones técnicas de los equipos terminales móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 2. Equipos terminales móviles que operan en las bandas de 700 MHz, 800 MHz, 850 MHz, 1900 MHz, 1700 MHz/2100 MHz y/o 2500 MHz.» 30 de julio de 2018. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpift040718468.pdf
31) Instituto Federal de Telecomunicaciones, Instituto Federal de Telecomunicaciones, <<ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica la Disposición Técnica IFT-011-2017: Especificaciones Técnicas de los Equipos Terminales Móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 2. Equipos Terminales Móviles que operan en las bandas de 700 MHz, 800 MHz, 850 MHz, 1900 MHz, 1700 MHz/2100 MHz y/o 2500 MHz.>> 12 de febrero de 2021. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/temasrelevantes/16700/documentos/21-02-12-dof-disposicion-tecnica-ift-011-2017_0.pdf
32) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-011-2022: Especificaciones Técnicas de los Equipos Terminales Móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 3. Servicio de Radiodifusión Celular para la notificación por
Riesgo o situaciones de Emergencia.» 13 de septiembre de 2022. [En línea].
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5664227&fecha=13/09/2022#gsc.tab=0
33) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica la Disposición Técnica IFT-011-2022: Especificaciones Técnicas de los Equipos Terminales Móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 3. Servicio de Radiodifusión Celular para la notificación por Riesgo o situaciones de Emergencia» 20 de septiembre de 2023. [En línea].
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5664227&fecha=13/09/2022#gsc.tab=0
34) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-012-2019: Especificaciones técnicas para el cumplimiento de los límites máximos de emisiones radioeléctricas no ionizantes de los productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones que pueden ser conectados a una red de telecomunicaciones y/o hacer uso del espectro radioeléctrico. Índice de Absorción Específica (SAR).» 26 de febrero de 2020. [En línea].
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5587617&fecha=26/02/2020
35) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-014-2018. Equipos de microondas para sistemas fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto. Parte 1: radio acceso múltiple.,» 26 de noviembre de 2018. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpift221018642.pdf
36) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-014-2018. Equipos de microondas para sistemas fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto. Parte 2: transporte.,» 26 de noviembre de 2018. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpift221018643.pdf
37) Instituto Federal de Telecomunicaciones, «ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-015-2018: Especificaciones técnicas de los equipos transmisores destinados al servicio móvil de radiocomunicación especializada de flotillas.» 26 de noviembre de 2018. [En línea].
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/dofpift221018644.pdf
38) Secretaría de Economía, «NORMA Oficial Mexicana NOM-196-SCFI-2016, Productos. Equipos terminales que se conecten o interconecten a través de un acceso alámbrico a una red pública de telecomunicaciones.» 7 de noviembre de 2016. [En línea].
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5459929&fecha=07/11/2016
39) Secretaría de Economía, «NORMA Oficial Mexicana NOM-208-SCFI-2016, Productos. Sistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso-Equipos de radiocomunicación por salto de frecuencia y por modulación digital a operar en las bandas 902 MHz-928 MHz, 2400 MHz-2483.5 MHz y 5725 MHz-5850 MHz-Especificaciones y métodos de prueba.» 7 de febrero de 2017. [En línea]
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5471010&fecha=07/02/2017
40) Secretaría de Economía, «NORMA Oficial Mexicana NOM-218-SCFI-2017, Interfaz digital a redes públicas (Interfaz digital a 2 048 KBIT/S y a 34 368 KBIT/S).» 15 de febrero de 2018. [En línea].
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5513312&fecha=15/02/2018
41) Secretaría de Economía, «NORMA Oficial Mexicana NOM-220-SCFI-2017, Especificaciones y requerimientos de los equipos de bloqueo de señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen dentro de centros de readaptación social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, federales o de las entidades federativas.>> 31 de julio de 2018. [En línea]
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5533422&fecha=31/07/2018
42) Secretaría de Economía, «NORMA Oficial Mexicana NOM-221-SCFI-2017, Especificaciones de los equipos terminales móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 1. Código de identidad de fabricación del equipo (IMEI) y funcionalidad de receptor de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM).» 16 de agosto de 2018. [En línea].
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5535027&fecha=16/08/2018
43) Secretaría de Economía, «NORMA Oficial Mexicana NOM-221/2-SCFI-2018, Especificaciones técnicas de los equipos terminales móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 2. Equipos terminales móviles que operan en las bandas de 700 MHz, 800 MHz, 850 MHz, 1900 MHz, 1700 MHz/2100 MHz y/o 2500 MHz» 12 de diciembre de 2019. [En línea].
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5581692&fecha=12/12/2019
44) ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos para la homologación de productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones o radiodifusión. DOF 29-12-2021.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639645&fecha=29/12/2021#gsc.tab=0
9. Pago de Derechos por el Estudio de la Solicitud y, en su caso, la Acreditación de Peritos en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión.
A efecto de que los interesados puedan realizar el pago del aprovechamiento correspondiente y obtener el comprobante que deberán adjuntar a la solicitud para su registro como aspirantes para obtener la acreditación de perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y, en su caso, la revalidación o segunda especialidad, deberán:
a) Obtener y llenar la "Solicitar Hoja de Ayuda", el cual se podrá descargar en el siguiente enlace: https://contraprestaciones.ift.org.mx/siiftweb/#/solicitar_formulario
b) Proporcionar su correo electrónico y nombre; en el campo "categorías" elegir la opción "SELECCIONAR ARTÍCULO", en el campo "Artículo" seleccionar la opción "174-L3" y en el campo "fracción" deberá seleccionar el trámite que desea realizar, así como asegurarse que aparezca la cantidad exacta que deberá de pagar. El sistema emitirá una respuesta a través del correo electrónico proporcionado, el cual incluirá la liga "Solicitar Hoja de Ayuda" en la cual podrá capturar sus datos generales para continuar con su solicitud. El manual para la solicitud de hoja de ayuda se puede consultar en el siguiente enlace: https://inventariotramites.ift.org.mx/mitweb/#!/pagos
c) Una vez efectuado el pago y a efecto de obtener el comprobante correspondiente, deberá ingresar al siguiente enlace e introducir la información solicitada: https://contraprestaciones.ift.org.mx/siiftweb/#/verificacion
Si tiene alguna duda para la obtención del comprobante de pago, en el siguiente enlace podrá consultar la "Guía rápida para Verificación y Facturación": https://contraprestaciones.ift.org.mx/contenidos/documentos/documentos/facturacion/Gu%C3%ADa%20r%C3%A1pida%20Verificaci%C3%B3n%20y%20Facturaci%C3%B3n.pdf
Los montos de los pagos de derechos correspondientes serán los contenidos en el Artículo 174-L-3 de la Ley Federal de Derechos vigente. Actualizados en la RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19, 26 y 27. Publicados en el DOF el 29 de diciembre de 2023. (Específicamente el Anexo 19)
Cuota con ajuste señalado en el Anexo 19 de la RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024:
Artículo 174-L-3. Por el estudio de la solicitud y, en su caso, la Acreditación de Peritos en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión, se pagarán los derechos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por la Acreditación de Perito por primera vez .................................................. $8,311
II. Por la revalidación de la Acreditación ............................................................. $3,541
III. Por la Acreditación de Perito en una segunda especialidad .......................... $3,207
10. Condiciones Generales.
Primera. - El Instituto garantizará la protección de los datos personales de los participantes de esta Convocatoria, así como del Registro Nacional de Peritos Acreditados en materia de telecomunicaciones y radiodifusión en los términos señalados por la legislación en materia de transparencia, acceso a la información pública y de protección de datos personales, así como demás disposiciones jurídicas aplicables. Para estos efectos, únicamente será publicada en el portal de Internet del Instituto la siguiente información del Registro Nacional de Peritos: a) el número de registro de la Acreditación, b) nombre completo del Perito, c) correo electrónico, d) la especialidad o especialidades acreditadas y, en su caso, e) la versión pública del Currículum Vítae que el Perito proporcione para estos efectos, de conformidad con el lineamiento TRIGÉSIMO SEGUNDO de los Lineamientos.
Segunda. - Los Peritos en telecomunicaciones y radiodifusión podrán acreditarse simultáneamente en las dos especialidades: telecomunicaciones y radiodifusión. Para llevarlo a cabo, el Solicitante deberá requerir la Acreditación correspondiente para cada especialidad y cumplir satisfactoriamente con el Proceso para la acreditación de peritos aplicable a cada materia.
Tercera. - Una vez concluido el Registro de los aspirantes, el Instituto utilizará como único medio de comunicación con los Solicitantes el correo electrónico señalado en su solicitud.
Cuarta. - Los plazos establecidos en la presente Convocatoria se contarán en días y horas hábiles, de conformidad con el calendario anual de labores aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones publicado en el DOF el 22 de noviembre de 2023.
Quinta. - En caso de modificación a las fechas, horas o lugares establecidos en la presente Convocatoria, el Instituto notificará a los solicitantes a través del correo electrónico señalado en su solicitud con al menos 48
horas de anticipación a la fecha original de realización de estos.
Sexta. - El Instituto se reserva el derecho de requerir en cualquier momento, a los Solicitantes, la documentación original para el cotejo correspondiente.
Séptima. - Publíquese en el Diario Oficial de la Federación para los efectos legales conducentes.
Atentamente
Ciudad de México, a 5 de abril de 2024.- Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios, Álvaro Guzmán Gutiérrez.- Rúbrica.
(R.- 550715)
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