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DOF: 09/08/2024 |
CONVENIO Específico de Coordinación para la transferencia de los bienes inmuebles relacionados con los establecimientos de salud a que se refiere la cláusula segunda y Anexo 1 del Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia CONVENIO Específico de Coordinación para la transferencia de los bienes inmuebles relacionados con los establecimientos de salud a que se refiere la cláusula segunda y Anexo 1 del Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social, que celebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Puebla. Al margen un logotipo, que dice: Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR. CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS BIENES INMUEBLES RELACIONADOS CON LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA SEGUNDA Y ANEXO 1 DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE ESTABLECE LA FORMA DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PERSONAL, INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO, MEDICAMENTOS Y DEMÁS INSUMOS ASOCIADOS PARA LA PRESTACIÓN GRATUITA DE SERVICIOS DE SALUD, PARA LAS PERSONAS SIN SEGURIDAD SOCIAL, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE SALUD (SSA); EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS); SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) Y EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DE PUEBLA DE FECHA 11 DE AGOSTO DE 2023 Y SU MODIFICATORIO DE FECHA 18 DE ENERO DE 2024, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "IMSS-BIENESTAR", REPRESENTADO POR EL DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERÓN ALIPI, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, ASISTIDO POR EL DR. VÍCTOR HUGO BORJA ABURTO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A LA SALUD, EL ARQ. CARLOS SÁNCHEZ MENESES, TITULAR DE LA UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA Y POR EL LIC. AUNARD AGUSTÍN DE LA ROCHA WAITE, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, ADEMÁS DE FUNGIR EN SU CARÁCTER DE RESPONSABLE INMOBILIARIO, Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA, GOBERNADOR SUBSTITUTO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, ASISTIDO POR EL MTRO. JAVIER AQUINO LIMÓN, SECRETARIO DE GOBERNACIÓN; LA DRA. ARACELÍ SORIA CORDOBA, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA; LA LIC. JOSEFINA MORALES GUERRERO, SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS Y EL LIC. JESÚS RAMÍREZ DÍAZ, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES 1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) reconoce en su artículo 4o., párrafo cuarto, el derecho humano que toda persona tiene en nuestro país a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá (i) las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como (ii) un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social. 2. En términos de lo señalado en las fracciones I, II y III del artículo 2o. de la Ley General de Salud (LGS), ordenamiento reglamentario del referido derecho humano, forman parte de las finalidades del derecho a la protección de la salud, (i) el bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; (ii) la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana, y (iii) el disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población. 3. El artículo 3o., fracciones II y II bis, de la "LGS" prevé que son materia de salubridad general la atención médica y la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para personas sin seguridad social. 4. El artículo 77 bis 1 de la "LGS" establece que todas las personas que se encuentren en el país que no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, al momento de requerir la atención, sin discriminación alguna y sin importar su condición social, de conformidad con los artículos 1o y 4o de la "CPEUM". 5. El artículo 77 bis 5, apartado A, fracción I de la "LGS" determina la competencia entre la Federación y las entidades federativas en la ejecución de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, para las personas sin seguridad social, por lo que corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, establecer y conducir la política nacional en materia de salud para el bienestar bajo los principios de universalidad, progresividad y calidad en la cobertura, para garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, para las personas sin seguridad social, para lo cual formulará por sí o por conducto de "IMSS-BIENESTAR", un programa estratégico en el que se defina la progresividad y la cobertura de servicios, así como el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar, de conformidad con las disposiciones reglamentarias. 6. El artículo 77 bis 6 de la "LGS" establece que el "IMSS-BIENESTAR" y las entidades federativas podrán celebrar convenios de coordinación para la ejecución de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social, en los cuales se considerará, entre otros aspectos, los derechos, bienes y obligaciones que se transferirán a "IMSS-BIENESTAR" así como las gestiones que se deberán llevar a cabo para la transferencia del personal así como su respectiva fuente de financiamiento. 7. El artículo 77 bis 11 de la "LGS" precisa que la prestación gratuita de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados para la atención integral de las personas que no cuenten con afiliación a las instituciones de seguridad social, será financiada de manera solidaria por la Federación y por las entidades federativas en términos de las disposiciones aplicables. 8. El artículo 77 bis 13 de la "LGS" establece que, para sustentar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, los gobiernos de las entidades federativas aportarán recursos sobre la base de lo que se establezca en los instrumentos o acuerdos de coordinación que se celebren, los cuales deberán prever las sanciones que aplicarán en caso de incumplimiento. 9. El artículo 77 bis 16 A de la "LGS" señala que en el caso de que las entidades federativas podrán concurrir con "IMSS-BIENESTAR" para garantizar la prestación de los servicios de salud a que se refiere el Título Tercero Bis de la "LGS", mediante la celebración de convenios de coordinación en los que se acordará la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados, en los que deberán contemplarse, entre otros aspectos, los criterios relativos a los recursos humanos, materiales y financieros objeto de los referidos convenios de coordinación y el régimen inmobiliario. 10. Con base en las disposiciones antes señaladas, con fecha 11 de agosto de 2023, "LAS PARTES", con la participación de la Secretaría de Salud, celebraron el "Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social en el Estado de Puebla" (CONVENIO DE COORDINACIÓN), y su modificatorio de fecha 18 de enero de 2024, en los que "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" se comprometió, en la Cláusula Segunda, a suscribir el convenio correspondiente y a realizar los trámites necesarios a efecto de que los diversos bienes inmuebles objeto de transferencia a "IMSS-BIENESTAR", sean transmitidos en posesión y/o propiedad a este último, a fin de que dicho organismo sea el que opere las unidades señaladas en el Anexo 1 del referido Convenio de Coordinación. Cabe señalar que la relación de unidades médicas que se contiene en el Anexo 1 del "CONVENIO DE COORDINACIÓN" incluye (i) inmuebles cuya legítima propiedad se encuentra inscrita en favor de "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" y (ii) inmuebles sobre los que se cuenta con la posesión. DECLARACIONES I. El "IMSS-BIENESTAR" declara que: I.1. Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio y autonomía técnica, operativa y de gestión, de conformidad con los artículos 1o, párrafo tercero, 3o, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1 del "Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR)", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de agosto de 2022, en adelante "DECRETO DE CREACIÓN". I.2. De conformidad con el artículo 2 del "DECRETO DE CREACIÓN", tiene por objeto brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios de universalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación alguna en aquellas entidades federativas con las que celebre convenios de coordinación para la transferencia de dichos servicios. I.3. El Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en el artículo 15, fracciones I, IV y XVIII del "DECRETO DE CREACIÓN", personalidad que acredita en términos del nombramiento de 28 de julio de 2023, suscrito por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el C. Andrés Manuel López Obrador. I.4. El Dr. Víctor Hugo Borja Aburto, en su carácter de Titular de la Unidad de Atención a la Salud, cargo que acredita con copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General, considerando las atribuciones que se le confieren en el artículo 25 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR). I.5. El Arq. Carlos Sánchez Meneses, en su carácter de Titular de la Unidad de Infraestructura, cargo que acredita con copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General, considerando las atribuciones que se le confieren en el artículo 44 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR). I.6. El Lic. Aunard Agustín de la Rocha Waite, en su carácter de Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y responsable inmobiliario, cargos que acredita con copia de su nombramiento, cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, en asistencia del Director General, en términos de lo establecido en el artículo 35 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), y de conformidad con el testimonio de la Escritura Pública número 81,802, de 28 de marzo de 2023, otorgada ante la fe del Lic. Ignacio Soto Sobreyra y Silva, titular de la Notaría Pública número 13 de la Ciudad de México, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados, bajo el folio número 121-7-19042023-180136, del 19 de abril de 2023, en cumplimiento a lo ordenado en la fracción IV del artículo 25 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; en relación a los artículos 32 y 42 de la Ley General de Bienes Nacionales y los numerales 2, 108 y demás relativos al Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales. I.7. Para los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Coordinación, señala como domicilio el ubicado en Calle Gustavo E. Campa No. 54, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, Código Postal 01020, en la Ciudad de México. II. "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" declara que: II.1. El Estado de Puebla es una entidad libre y soberana, que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1, 2 y 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. II.2. El Lic. Sergio Salomón Céspedes Peregrina, Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla, acredita su personalidad de conformidad con el Decreto del Honorable Congreso del Estado, emitido por la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Puebla y publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el quince de diciembre de dos mil veintidós, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Específico de Coordinación, de conformidad con los artículos 70, 79 fracciones II, XVI, XXXIII y XXXVI, 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 2, 3, 9 primer párrafo y 10 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla. II.3. El Mtro. Javier Aquino Limón, en su carácter de Secretario de Gobernación, tiene facultades para suscribir Este Convenio Específico de Coordinación, de conformidad con los artículos 82 primer párrafo y 83 primer párrafo de la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 9 segundo párrafo, 10, segundo párrafo, 13 primer párrafo, 15, 24, 30 fracción III, 31 fracción I, 32 fracciones I, V, X y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 16 fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, quien acredita su personalidad de conformidad con el nombramiento expedido a su favor por el Lic. Sergio Salomón Céspedes Peregrina, Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla. II.4. La Dra. Araceli Soria Córdoba, en su carácter de Secretaria de Salud y Directora General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, tiene facultades para suscribir este Convenio Específico de Coordinación, de conformidad con los artículos 82, primer párrafo y 83, primer párrafo de la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 9, segundo párrafo, 10, segundo párrafo, 13, primer párrafo, 15, 24, 30, 31 fracción XII, 43 fracciones I y XXXII, 49, 50, 58, 59 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 12 párrafo primero, 17 fracción I y 53 fracción I, de la Ley de Entidades Parestatales del Estado de Puebla; 8 fracción II segundo párrafo y 15 fracciones I y XXI del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla"; 5 fracción I, 6 fracción III, 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Estado de Puebla; 4 fracción II, 6, 9 y 11 fracciones I, IV y XXIII del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla", quien acredita su personalidad de conformidad con su nombramiento de fecha treinta y uno de julio de dos mil veintitrés, expedido a su favor por el Licenciado Sergio Salomón Céspedes Peregrina, Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla y su cargo como Directora General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, en términos del artículo 8, fracción II, segundo párrafo, del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla. II.5. La Lic. Josefina Morales Guerrero, en su carácter Secretaria de Planeación y Finanzas, tiene facultades para suscribir este Convenio Específico de Coordinación, de conformidad con los artículos 82 primer párrafo y 83 primer párrafo de la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 9, segundo párrafo, 10, segundo párrafo, 13 párrafo primero, 24, 30, 31 fracción II y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 2, 3 fracción XII y 11 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas quien acredita su personalidad de conformidad con el nombramiento expedido a su favor por el Lic. Sergio Salomón Céspedes Peregrina, Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla de primero de julio de dos mil veintitrés. II.6. El C. Jesús Ramírez Díaz, en su carácter de Secretario de Administración, tiene facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 82 primer párrafo y 83primer párrafo de la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 9 segundo párrafo, 13 primer párrafo, 15, 30 fracción III, 31 fracción III, 34 fracción XV y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 2, 7, 11 fracciones III, XXIV, L, LXI y LXIII y 14 fracción XII , quien acredita su personalidad de conformidad con el nombramiento de fecha primero de marzo de dos mil veintidós, expedido a su favor por el C. Luis Miguel Barbosa Huerta, entonces Gobernador del Estado Libre y Soberano de Puebla. II.7. Para los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Coordinación, señala como su domicilio el ubicado en calle 6 norte número 603 Colonia Centro de esta ciudad de Puebla, Puebla Código Postal 72000 III. "LAS PARTES" declaran que: III.1.Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades jurídicas que con las que cuentan para la celebración del presente Convenio. III.2.Es su voluntad celebrar el presente instrumento jurídico con la finalidad de concretar la transferencia de las unidades médicas que se contienen en el Anexo 1 del "CONVENIO DE COORDINACIÓN" en favor de "IMSS-BIENESTAR", así como en la transmisión de la propiedad de las mismas, a efecto de facilitar que concurra con "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" en la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin afiliación a instituciones de seguridad social en el Estado de Puebla en los términos que se prevén en el Título Tercero Bis de la "LGS" y en el CONVENIO DE COORDINACIÓN, para lo cual en el presente instrumento específico las referidas unidades médicas se agrupan en dos anexos. En el Anexo 1 se encuentra la relación de inmuebles respecto de los cuales "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" cuenta con la propiedad, y en el Anexo 2, aquéllos respecto de los que solo cuenta con la posesión, para lo cual están conformes en sujetarse a los términos y condiciones que se estipulan en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio Específico de Coordinación tiene por objeto establecer los compromisos a que se sujetarán "LAS PARTES" para que (i) "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" otorgue a "IMSS-BIENESTAR", la entrega a título gratuito de la posesión en términos de lo previsto en la cláusula segunda del presente instrumento, de las unidades médicas que se contienen en el Anexo 1 del "CONVENIO DE COORDINACIÓN" que permita a este último brindar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social en el Estado de Puebla, en los términos previstos en el Título Tercero Bis de la "LGS" y del CONVENIO DE COORDINACIÓN, así como para que (ii) se establezcan los mecanismos y/o estrategias para que "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" transfiera a "IMSS-BIENESTAR", la propiedad de dichos bienes y, en los casos necesarios, lleve a cabo la regularización para la formalización legal de la propiedad. SEGUNDA. OTORGAMIENTO DE LA POSESIÓN Y ENTREGA MATERIAL. "LAS PARTES" están conformes en que, con la sola suscripción del presente instrumento jurídico, "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD", otorga a "IMSS-BIENESTAR" la posesión a título gratuito de los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 del mismo. Lo anterior se conviene con independencia de que, la posesión jurídica se entenderá compartida entre el "IMSS-BIENESTAR" y "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD", toda vez que la prestación de los servicios de salud se mantendrá bajo un esquema concurrente. Esta posesión jurídica compartida quedará sin efectos el momento en el que "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" formalice la transmisión de la propiedad en favor de "IMSS-BIENESTAR" tanto de los inmuebles en los que cuente con título de propiedad, como de aquellos vaya regularizando para tal fin. En el caso de los inmuebles que serán objeto de reversión por parte del Gobierno Federal, la posesión jurídica se entenderá ejercida únicamente por "IMSS-BIENESTAR" en el momento en el que se emita la declaratoria de reversión correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, la entrega material de dichos bienes al "IMSS-BIENESTAR", deberá realizarse y surtirá efectos, a partir de la fecha de formalización de las correspondientes actas de entrega recepción que se realicen en los términos previstos en las Bases para la recepción de bienes muebles e inmuebles que transfieran a favor de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR)", publicadas en el "DOF" el 27 de marzo de 2023 (BASES PARA LA RECEPCIÓN) o las que les sustituyan y se encuentren vigentes al momento de la suscripción de las actas correspondientes y demás disposiciones que resulten aplicables. TERCERA. TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD. Con la finalidad de transferir la propiedad de los bienes inmuebles objeto del presente Convenio Específico de Coordinación, "LAS PARTES", están conformes en sujetarse a lo siguiente: A. "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" se obliga a iniciar las acciones, en un plazo que no exceda de seis meses, contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente instrumento jurídico, e integrar la documentación y autorizaciones que le permitan desincorporar y otorgar en donación a título gratuito al "IMSS-BIENESTAR" las unidades médicas que se contienen en el Anexo 1 del presente instrumento jurídico, para lo cual, será responsable de lo siguiente: a. Integrar el expediente a que se refieren las BASES PARA LA RECEPCIÓN y ponerlo a disposición de "IMSS-BIENESTAR". b. Obtener la autorización de la Junta de Gobierno del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, para llevar a cabo la donación de los referidos inmuebles en favor de "IMSS-BIENESTAR". c. Gestionar ante las dependencias competentes del Gobierno del Estado de Puebla y, en su caso, tramitar ante el Congreso local, la autorización de desincorporación de los mencionados inmuebles del régimen de dominio público, para su donación al "IMSS-BIENESTAR" o reversión en favor del Gobierno Federal. d. Integrar los expedientes para realizar las gestiones de reversión a favor del Gobierno Federal, ante el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en los casos en que el Gobierno Federal hubiera donado los inmuebles y se encuentre incluida la cláusula de reversión en favor del Gobierno Federal. Asimismo, deberá llevar a cabo las acciones para otorgar ante Notario del Patrimonio Inmobiliario Federal, el traslado de dominio de las superficies con construcción en las que se encuentran edificadas las unidades médicas, designando al Fedatario Público el "IMSS-BIENESTAR", para consignar a su favor la donación en forma pura y simple, libre de todo gravamen, sin deuda de contribuciones y con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda. B. Respecto de las unidades médicas que se contienen en el ANEXO 2 de este instrumento jurídico, "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" se obliga a llevar a cabo las acciones necesarias para obtener a su favor el título de propiedad que corresponda, a efecto de que con posterioridad pueda realizar las acciones conducentes para su donación a favor del "IMSS-BIENESTAR". Para efecto de lo anterior, "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD", será responsable de lo siguiente: a. Integrar el expediente conforme a las BASES PARA LA RECEPCIÓN y ponerlo a disposición de "IMSS-BIENESTAR". b. Elaborar un programa de trabajo y presentarlo a consideración de "IMSS-BIENESTAR", en el que se consideren entre otros aspectos, (i) la situación jurídica de los inmuebles, (ii) trámites a realizarse para la regularización de la propiedad a favor de "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD", (iii) ruta a seguir y proyecto de cronograma de acciones. "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" está conforme en que, una vez que obtenga la regularización de la propiedad a su favor de los bienes que se contienen en el Anexo 2 de este instrumento jurídico, deberá realizar las acciones que se mencionan en el apartado A de esta Cláusula, dentro del plazo que de común acuerdo determinen "LAS PARTES". CUARTA. OBLIGACIONES DEL "IMSS-BIENESTAR". Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras cláusulas del presente Convenio Específico de Coordinación, el "IMSS-BIENESTAR" se compromete a: I. Recibir materialmente de "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 de este instrumento jurídico, mediante la suscripción de las correspondientes actas de entrega recepción que se mencionan en la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico. II. Destinar los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 de este instrumento jurídico a la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social, en los términos previstos en el Título Tercero Bis de la "LGS" y en el CONVENIO DE COORDINACIÓN. III. Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el "DOF". IV. Solicitar al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales la aportación a su patrimonio de los inmuebles que, en su momento, fueron donados a "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" y se hubieran revertido a favor del Gobierno Federal. V. Llevar a cabo las demás acciones que resulten necesarias para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, así como aquéllas que se desprendan de las disposiciones aplicables. QUINTA. OBLIGACIONES DE "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD". Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras cláusulas del presente Convenio Específico de Coordinación, "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" se obliga a: I. Solicitar cuando proceda, la intervención de otras dependencias o entidades de "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD", cuya participación resulte necesaria para cumplir con el objeto de este instrumento jurídico. II. Sacar en paz y a salvo a "IMSS-BIENESTAR" respecto de cualquier reclamación o demanda que se presente en su contra, relacionadas con la titularidad de los derechos de propiedad o la posesión de los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 de este instrumento jurídico. III. Gestionar la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD". IV. Llevar a cabo las demás acciones que resulten necesarias para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, así como aquéllas que se desprendan de las disposiciones aplicables. SEXTA. RESPONSABILIDAD LABORAL. Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda, que su personal pretendiese interponer en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. SÉPTIMA. ENLACES. Para la correcta ejecución y seguimiento del cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, "LAS PARTES" designan como enlaces: Por parte de "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD": La persona Servidora Pública Titular de la Dirección de Planeación y Programación de los Servicios de Salud del Estado de Puebla.: Por parte de "IMSS-BIENESTAR": Las personas titulares de la Coordinación Estatal del Gobierno de Puebla, la Jefatura de Servicios de Atención a la Salud, la Jefatura de Servicios Administrativos y Finanzas y la Jefatura de Servicios Jurídicos. OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio Específico de Coordinación surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y permanecerá vigente hasta la fecha en que "LAS PARTES" formalicen la donación los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 de este instrumento jurídico a favor de "IMSS-BIENESTAR". NOVENA. MODIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico de Coordinación podrá modificarse de común acuerdo para lo cual deberán formalizar el convenio modificatorio respectivo. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el "DOF" y en el órgano de difusión oficial de "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD". DÉCIMA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. En circunstancias especiales originadas por caso fortuito o fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" convienen en aplicar las medidas o mecanismos que se acuerden a través de los enlaces que se mencionan en la Cláusula Séptima de este instrumento jurídico, mismas que de ser necesarias, darán lugar a suscribir el convenio modificatorio correspondiente en los términos que se señalan en la Cláusula que antecede. Se entiende por caso fortuito y/o de fuerza mayor aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de cualquiera de "LAS PARTES", tales como huelgas y disturbios laborales, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido a ellos, motines, cuarentenas, epidemias, pandemias, guerras (declaradas o no), bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones e incendios, prohibiciones legales, inundaciones, terremotos y actos terroristas, o cualquiera otra causa que por encontrarse fuera del control razonable de "LAS PARTES", impidan el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este Convenio. "LAS PARTES" no serán responsables por cualquier retraso o incumplimiento de las acciones acordadas bajo el presente Convenio que resulte, directa o indirectamente de un evento de caso fortuito o de fuerza mayor que les impida parcial o totalmente, cumplir con las obligaciones contraídas por virtud del presente instrumento, en el entendido de que dichos supuestos deberán ser debidamente acreditados. Una vez superados dichos eventos o circunstancias, se reanudarán las actividades en la forma y términos que previamente determinen ambas instituciones. Cuando por fuerza mayor o caso fortuito se imposibilite la continuación de las actividades materia de este Convenio, cualquiera de ellas podrá darlas por terminados de acuerdo con lo dispuesto en este instrumento legal. DÉCIMA PRIMERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" manifiestan que el presente Convenio Específico de Coordinación se celebra de buena fe por lo que, en caso de presentarse algún conflicto o controversia con motivo de su interpretación o cumplimiento, lo resolverán de común acuerdo a través de los enlaces que se mencionan en la Cláusula Séptima de este instrumento jurídico. DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN En caso de subsistir la controversia, "LAS PARTES" acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México, así como a las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal y el Código Federal de Procedimientos Civiles en vigor y demás aplicables al caso, por lo que renuncian expresamente a cualquier fuero que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros. DÉCIMA TERCERA. AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" convienen en que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento, se llevarán a cabo por escrito en los domicilios establecidos en el apartado de Declaraciones del mismo, así como en las direcciones electrónicas que las mismas designen para tales efectos, atendiendo los principios de inmediatez. "LAS PARTES" acuerdan que en caso de que alguna de ellas cambie de domicilio deberá dar el aviso correspondiente a la otra parte, con (15) quince días hábiles de anticipación a que dicho cambio de ubicación se lleve a cabo. De omitirse dicho aviso, se tomará como válido el domicilio expresado en el apartado de Declaraciones del presente instrumento jurídico. DÉCIMA CUARTA. VICIOS DEL CONSENTIMIENTO. "LAS PARTES" manifiestan que en la celebración del presente Convenio Específico de Coordinación no ha habido error, dolo o mala fe, lesión o vicios que afecten el consentimiento. DÉCIMA QUINTA. ANEXOS. "LAS PARTES" reconocen como parte integrante del presente Convenio Específico de Coordinación los anexos que a continuación se indican. Dichos anexos tendrán la misma fuerza legal que el presente instrumento jurídico. ANEXOS Anexo 1. UNIDADES MÉDICAS PROPIEDAD DE "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD". Anexo 2 UNIDADES MÉDICAS EN POSESIÓN DE "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD". Leído el presente Convenio Específico de Coordinación, estando debidamente enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal y manifestando su voluntad, firman el presente instrumento por quintuplicado en la Ciudad de México el 15 de marzo de 2024.- Por el IMSS-BIENESTAR: Director General, Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Atención a la Salud, Dr. Víctor Hugo Borja Aburto.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Infraestructura, Arq. Carlos Sánchez Meneses.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y Responsable Inmobilario, Lic. Aunard Agustín de la Rocha Waite.- Rúbrica.- Por el Gobierno de la Entidad: Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla, Lic. Sergio Salomón Céspedes Peregrina.- Rúbrica.- Secretario de Gobernación, Mtro. Javier Aquino Limón.- Rúbrica.- Secretaria de Salud y Directora General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, Dr. Araceli Soria Córdoba.- Rúbrica.- Secretaria de Planeación y Finanzas, Lic. Josefina Morales Guerrero.- Rúbrica.- Secretario de Administración, Lic. Jesús Ramírez Díaz.- Rúbrica. UNIDADES MÉDICAS EN PROPIEDAD DE LA ENTIDAD FEDERATIVA ANEXO 1 NO | CLUES UNIDAD | NIVEL DE ATENCIÓN | TIPO ESTABLECIMIENTO | NOMBRE DE LA UNIDAD | ENTIDAD | MUNICIPIO | LOCALIDAD | DOMICILIO | 1 | PLSSA017021 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO PAHUATLÁN DE VALLE | PUEBLA | 109 - PAHUATLÁN | 0001 - CIUDAD DE PAHUATLÁN DE VALLE | CARRETERA PAHUATLÁN - TULANCINGO KM. 5 NO. EXT. NO. INT. , COL. BARRIO DE ALMOLOYA C.P. (73100) | 2 | PLSSA008263 | PRIMER NIVEL | CESSA | CENTRO DE SALUD DE SERVICIOS AMPLIADOS DE XICOTEPEC | PUEBLA | 197 - XICOTEPEC | 0018 - SAN ISIDRO | AVENIDA JUÁREZ NO. EXT. 270 NO. INT. , FRENTE AL PANTEÓN MUNICIPAL, COL. COLONIA MI RANCHITO C.P. (73080) | 3 | PLSSA016852 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO DE TETELA DE OCAMPO | PUEBLA | 172 - TETELA DE OCAMPO | 0001 - CIUDAD DE TETELA DE OCAMPO | CARRETERA A ZOYATITLA NO. EXT. SIN NÚMERO NO. INT. , COL. C.P. (73640) | 4 | PLSSA000204 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO AHUACATLÁN | PUEBLA | 006 - AHUACATLÁN | 0001 - AHUACATLÁN | CARRETERA INTERSERRANA KM. 37 NO. EXT. SIN NÚMERO NO. INT. , COL. CENTRO C.P. (73330. | 5 | PLSSA009403 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TEPANTILOYAN | PUEBLA | 204 - YAONÁHUAC | 0015 - TEPANTILOYAN | INSURGENTES NO. EXT. 33 NO. INT. , INSURGENTES Y PRIVADA JOSEFA ORTÍZ DE DOMÍNGUEZ, COL. COLONIA TEPANTILOYAN C.P. (73910) | 6 | PLSSA006084 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD OCOTEPEC | PUEBLA | 105 - OCOTEPEC | 0001 - OCOTEPEC | IGNACIO ZARAGOZA NO. 51, COLONIA CENTRO, C.P. 73760 | 7 | PLSSA009172 | PRIMER NIVEL | CESSA | CESSA SAN MARTÍN TEXMELUCAN | PUEBLA | 132 - SAN MARTÍN TEXMELUCAN | 0001 - SAN MARTÍN TEXMELUCAN DE LABASTIDA | CALLE TEXMOL NO. EXT. 2 NO. INT. , CALLE ZARAGOZA ESQUINA CON AUTOPISTA MEXICO -PUEBLA, COL. COLONIA LA HUERTA C.P. (74000) | 8 | PLSSA006241 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA ANA ACOZAUTLA | PUEBLA | 148 - SANTA ISABEL CHOLULA | 0004 - SANTA ANA ACOZAUTLA | CARRETERA ANTIGUA No. 50, PUEBLO SANTA ANA ACOZAUTLA, C.P. 74358 | 9 | PLSSA006166 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ALMECATLA | PUEBLA | 041 - CUAUTLANCINGO | 0012 - SAN LORENZO ALMECATLA | HERMENEGILDO GALEANA 5, PUEBLO SAN LORENZO ALMECATLA, C.P. 72710 | 10 | PLSSA008881 | TERCER NIVEL | H | HOSPITAL PARA EL NIÑO POBLANO | PUEBLA | 119 - SAN ANDRÉS CHOLULA | 0001 - SAN ANDRÉS CHOLULA | BOULEVARD DEL NIÑO POBLANO NO. EXT. 5307 NO. INT. , COL. COLONIA: CONCEPCIÓN LA CRUZ C.P. (72197) | 11 | PLSSA009292 | SEGUNDO NIVEL | HG | HOSPITAL GENERAL DE ATLIXCO GONZALO RÍO ARRONTE | PUEBLA | 019 - ATLIXCO | 0212 - LOMAS DE SAN JUAN TEJALUCA | LIBRAMIENTO PUEBLA-IZÚCAR DE MATAMOROS NO. EXT. 107 NO. INT. , TERRENO DE CULTIVO Y CAMINO VECINAL, COL. COLONIA: EJIDO DE TEJALUCA C.P. (74360) | 12 | PLSSA009241 | PRIMER NIVEL | CESSA | CENTRO DE SALUD CON SERVICIOS AMPLIADOS DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0001 - HERÓICA PUEBLA DE ZARAGOZA | CALLE PEDRERA NO. EXT. 2929 NO. INT. ,BOULEVARD NORTE Y CALLE 35 NORTE, COL. COLONIA: JORGE MURAD MACLUF C.P. (72030) | 13 | PLSSA009214 | PRIMER NIVEL | CESSA | CESSA ROMERO VARGAS | PUEBLA | 114 - PUEBLA | DE ZARAGOZA | CARRETERA FEDERAL MÉXICO-PUEBLA NO. EXT. 7545 NO. INT. , AVENIDA ZAVALETA Y CAMINO AL REY, COL. COLONIA SANTA CRUZ GUADALUPE C.P. (72729) | 14 | PLSSA008770 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD GUADALUPE HIDALGO | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0001 - HERÓICA PUEBLA DE ZARAGOZA | PINO SUÁREZ NO. EXT. S/N NO. INT. , FRANCISCO JAVIER MINA Y HERMENEGILDO GALEANA, COL. COLONIA: GUADALUPE HIDALGO C.P. (72490) | 15 | PLSSA008563 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN ANDRÉS AZUMIATLA | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0133 - SAN ANDRÉS AZUMIATLA | CARRETERA A GUADALUPE TECOLA NO. EXT. KM. 7.5 NO. INT. , JUNTO A LA TORTILLERÍA, COL. SAN ANDRÉS AZUMIATLA C.P. (72960) | 16 | PLSSA006294 | PRIMER NIVEL | CESSA | CESSA SAN SEBASTIAN DE APARICIO | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0194 - SAN SEBASTIÁN DE APARICIO | BOULEVARD ALFREDO TOXQUI No. 14216, COLONIA SAN SEBASTIÁN DE APARICIO, C.P. 72219, PUEBLA. | 17 | PLSSA009352 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ZARAGOZA INSURGENTES | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0001 - HERÓICA PUEBLA DE ZARAGOZA | BLVD. MUNICIPIO LIBRE NO. EXT. 5408 NO. INT. , AV. DE LAS TORRES Y BLVD. FIDEL VELÁZQUEZ, COL. COLONIA LA MARGARITA C.P. (72560) | 18 | PLSSA009070 | PRIMER NIVEL | CESSA | CENTRO DE SALUD CON SERVICIOS AMPLIADOS (CESSA) DE TEPETZALA | PUEBLA | 001 - ACAJETE | 0066 - SANTA ISABEL TEPETZALA | CARRETERA NACIONAL SANTA ISABEL TEPETZALA NO. EXT. 804 NO. INT. , , COL. COLONIA: BARRIO SAN JOSÉ C.P. (75112) | 19 | PLSSA006376 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUAYUCA DE ANDRADE | PUEBLA | 042 - CUAYUCA DE ANDRADE | 0001 - SAN PEDRO CUAYUCA | DOMICILIO CONOCIDO EN CUAYUCA DE ANDRADE | 20 | PLSSA016601 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD JESÚS NAZARENO | PUEBLA | 110 - PALMAR DE BRAVO | 0011 - JESÚS NAZARENO | CALLE 2 SUR NO. EXT. 42 NO. INT. , , COL. CENTRO C.P. (75505) | 21 | PLSSA008863 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD DE MAGDALENA CUAYUCATEPEC | PUEBLA | 156 - TEHUACÁN | 0009 - MAGDALENA CUAYUCATEPEC | 20 DE NOVIEMBRE NO. EXT. SIN NÚMERO NO. INT. SIN NÚMERO, , COL. CENTRO C.P. (75980) | 22 | PLSSA008485 | SEGUNDO NIVEL | HG | HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLÁN | PUEBLA | 174 - TEZIUTLÁN | 0001 - TEZIUTLÁN | CALLE BUGANVILIAS NO. EXT. 7 NO. INT. , , COL. COLONIA XOLOATENO C.P. (73800) | 23 | PLSSA000863 | SEGUNDO NIVEL | HG | HOSPITAL GENERAL CIUDAD SERDÁN | PUEBLA | 045 - CHALCHICOMULA DE SESMA | 0001 - CIUDAD SERDÁN | 3 NORTE NO. EXT. 1 NO. INT. , , COL. CENTRO C.P. (75520) | 24 | PLSSA008425 | SEGUNDO NIVEL | HG | HOSPITAL GENERAL DE CHOLULA | PUEBLA | 119 -SAN ANDRÉS CHOLULA | 0013 - SAN BERNARDINO TLAXCALANCINGO | AVENIDA OSA MAYOR NO. EXT. 2 NO. INT. , LATERAL DE PERIFÉRICO Y CIUDAD JUDICIAL, COL. COLONIA JUDICIAL C.P. (72810) | 25 | PLSSA017083 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD HUAQUECHULA | PUEBLA | 069 - HUAQUECHULA | CACALOXÚCHITL | ESQUINA QUE FORMAN LAS CALLES DE BUSTAMANTE Y TEPEOJUMA | 26 | PLSSA016123 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD FRANCISCO I. MADERO | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0001 -HERÓICA PUEBLA DE ZARAGOZA | FRANCISCO SARABIA Y PRIMERA DE MIGUEL HIDALGO NO. EXT. ND NO. INT. ,COL. FRANCISCO I.MADERO C.P. (72130) | 27 | PLSSA008494 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MIGUEL EL CRISTO CANOA | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0211 - SAN MIGUEL CANOA | CARRETERA SAN MIGUEL CANOA NO. EXT. KM. 8 NO. INT. , , COL. COLONIA EL CRISTO C.P. (72900) | 28 | PLSSA015230 | SEGUNDO NIVEL | HG | HOSPITAL GENERAL DE LA ZONA NORTE BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0001 -HERÓICA PUEBLA DE ZARAGOZA | 88 PONIENTE Y 9 NORTE NO. EXT. SIN NÚMERO NO. INT. , COL. UNIDAD HABITACIONAL SAN PEDRO C.P. (72430) | 29 | PLSSA002490 | SEGUNDO NIVEL | HG | HOSPITAL GENERAL DR EDUARDO VAZQUEZ N | PUEBLA | 114 - PUEBLA | 0001 -HERÓICA PUEBLA DE ZARAGOZA | ANTIGUO CAMINO A GUADALUPE HIDALGO NO. EXT. 11430 NO. INT. , COL. C.P. (72490) | 30 | PLSSA008272 | TERCER NIVEL | HG | HOSPITAL DE LA MUJER Y NEONATOLOGÍA | PUEBLA | 156 - TEHUACÁN | 9999 -NO ESPECIFICADO | CARRETERA PUEBLA-TEHUACÁN NO. EXT. 1201 NO. INT. , CALLE FRANCISCO I. MADERO Y 16 DE SEPTIEMBRE, COL. SAN LORENZO TEOTIPILCO C.P. (75730) | 31 | PLSSA008452 | PRIMER NIVEL | CESSA | CENTRO DE SALUD CON SERVICIOS AMPLIADOS (CESSA) TEHUACÁN | PUEBLA | 156 - TEHUACÁN | 0001 - TEHUACÁN | CIRCUITO INTERIOR NORTE SOCORRO ROMERO SANCHEZ NO. EXT. 3807 NO. INT. ,COL. COLONIA SANTA CLARA, JUNTA AUXILIAR DE SAN LORENZO TEOTIPILCO C.P. (75550) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | ANEXO 2 CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS BIENES INMUEBLES RELACIONADOS CON LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA SEGUNDA Y ANEXO 1 DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE SE ESTABLECE LA FORMA DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PERSONAL, INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO, MEDICAMENTOS Y DEMÁS INSUMOS ASOCIADOS PARA LA PRESTACIÓN GRATUITA DE SERVICIOS DE SALUD, PARA LAS PERSONAS SIN SEGURIDAD SOCIAL, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE SALUD (SSA); EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS); SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) Y EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DE FECHA 15 DE MARZO DE 2024. | Anexo 1 correspondiente al Convenio Específico de Coordinación celebrado por la Entidad Federativa el 15 de marzo de 2024. ANEXO 1. LISTADO DE UNIDADES MÉDICAS EN PROPIEDAD DE LA ENTIDAD FEDERATIVA TRANSFERIDAS AL IMSS BIENESTAR Entrega: Secretaria de Salud y Directora General del Organismo Público Descentralizado Denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, Dr. Araceli Soria Córdoba.- Rúbrica.- Secretaria de Planeación y Finanzas del Estado de Puebla, Lic. Josefina Morales Guerrero.- Rúbrica.- Secretario de Administración del Estado de Puebla, Lic. Jesús Ramírez Díaz.- Rúbrica.- Recibe: Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y Responsable Inmobiliario del IMSS-BIENESTAR, Lic. Aunard Agustín de la Rocha Waite.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Infraestructura del IMSS-BIENESTAR, Arq. Carlos Sánchez Meneses.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Atención a la Salud del IMSS-BIENESTAR, Dr. Víctor Hugo Borja Aburto.- Rúbrica. UNIDADES MÉDICAS EN POSESIÓN DE LA ENTIDAD FEDERATIVA ANEXO 2 NO | CLUES UNIDAD | NIVEL DE ATENCIÓN | TIPO ESTABLECIMIENTO | NOMBRE DE LA UNIDAD | ENTIDAD | MUNICIPIO | LOCALIDAD | DOMICILIO | 1 | PLSSA000035 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA MARÍA NENETZINTLA | PUEBLA | ACAJETE | SANTA MARIA NENETZINTLA | AVENIDA INSURGENTES SUR SIN NUMERO, PUEBLO SANTA MARÍA NENETZINTLA, C.P. 75116 | 2 | PLSSA000064 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD JILIAPAN | PUEBLA | ACATENO | JILIAPAN | CALLE MAXIMINO AVILA CAMACHO SIN NUMERO, RANCHERÍA JILIAPAN, C.P. 73591 | 3 | PLSSA000076 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LA PALMA | PUEBLA | ACATENO | LA PALMA | CARRETERA CARRETERA SAN JOSÉ ACATENO SIN NÚMERO, PUEBLO LAS MARGARITAS, C.P. 73590 | 4 | PLSSA000122 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD HERMENEGILDO GALEANA | PUEBLA | ACATLAN | HERMENEGILDO GALEANA | CALLE LIBERTAD SIN NÚMERO, PUEBLO HERMENEGILDO GALEANA, C.P. 74944 | 5 | PLSSA000134 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LA HUERTA | PUEBLA | ACATLAN | LA HUERTA | AVENIDA NACIONAL SIN NÚMERO, PUEBLO LA HUERTA, C.P. 74943 | 6 | PLSSA000146 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALU0 SAN BERNARDO | PUEBLA | ACATLAN | SAN BERNARDO | CALLE 5 SUR SIN NÚMERO, PUEBLO SAN BERNARDO, C.P. 74946 | 7 | PLSSA000163 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ACTIPAN DE MORELOS | PUEBLA | ACATZINGO | ACTIPAN DE MORELOS (SANTA MARIA ACTIPAN) | CALLE PINO SUÁREZ SIN NÚMERO, PUEBLO ACTIPAN DE MORELOS, C.P. 75159 | 8 | PLSSA000175 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD NICOLÁS BRAVO | PUEBLA | ACATZINGO | NICOLAS BRAVO | CALLE NACIONAL SIN NÚMERO, PUEBLO NICOLÁS BRAVO, C.P. 75830 | 9 | PLSSA000192 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MARCOS ACTEOPAN | PUEBLA | ACTEOPAN | ACTEOPAN | CALLE COLÓN SIN NÚMERO, PUEBLO ACTEOPAN, C.P. 74510 | 10 | PLSSA000221 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MATEO TLACOTEPEC | PUEBLA | AHUACATLAN | TLACOTEPEC (SAN MATEO) | CALLE HIDALGO 5 , PUEBLO TLACOTEPEC, C.P. 73337 | 11 | PLSSA000216 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MARCOS ELOXOCHITLAN | PUEBLA | AHUACATLAN | ELOXOCHITLAN (SAN MARCOS) | CALLE FRANCISCO VILLA SIN NÚMERO, PUEBLO ELOXOCHITLAN, C.P. 73330 | 12 | PLSSA000250 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD AHUAZOTEPEC | PUEBLA | AHUAZOTEPEC | AHUAZOTEPEC | CARRETERA FEDERAL ZACATLAN- TULANCINGO SIN NÚMERO, PUEBLO AHUAZOTEPEC, C.P. 73180 | 13 | PLSSA000233 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN ANDRÉS TLAYEHUALANCINGO | PUEBLA | AHUACATLAN | TLAYEHUALANCINGO (SAN ANDRES) | CALLE IGNACIO ZARAGOZA 4 , PUEBLO TLAYEHUALANCINGO, C.P. 73330 | 14 | PLSSA000274 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LAGUNA SECA | PUEBLA | AHUAZOTEPEC | LAGUNA SECA | CALLE PRINCIPAL SIN NÚMERO, RANCHERÍA LAGUNA SECA, C.P. 73180 | 15 | PLSSA000262 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD BERISTAIN | PUEBLA | AHUAZOTEPEC | BERISTAIN | AVENIDA 27 DE SEPTIEMBRE SIN NÚMERO, PUEBLO ESTACIÓN BERISTAIN, C.P. 73190 | 16 | PLSSA000291 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUAUTOTOLAPA | PUEBLA | AJALPAN | CUAUTOTOLAPAN (SAN JOSE) | CALLE HIDALGO SUR SIN NÚMERO, PUEBLO CUAUTOTOLAPAN (SAN JOSÉ), C.P. 75915 | 17 | PLSSA000303 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TECPANZACOALCO | PUEBLA | AJALPAN | TECPANTZACUALCO | CALLE SIN NOMBRE SIN NÚMERO, RANCHERÍA TECPANTZACOALCO, C.P. 75917 | 18 | PLSSA000320 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ACAXTLAHUACÁN | PUEBLA | ALBINO ZERTUCHE | ACAXTLAHUACAN DE ALBINO ZERTUCHE | AVENIDA MORELOS SUR SIN NÚMERO, PUEBLO ACAXTLAHUACAN DE ALBINO ZERTUCHE, C.P. 74780 | 19 | PLSSA000315 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUAXUXPA | PUEBLA | AJALPAN | CUAXUXPA | CALLE 20 DE NOVIEMBRE SIN NÚMERO, PUEBLO CUAXUXPA, C.P. 75917 | 20 | PLSSA000332 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MIGUEL TECUITLAPA | PUEBLA | AUOJUCA | SAN MIGUEL TECUITLAPA | AVENIDA 2 PONIENTE SIN NÚMERO, PUEBLO SAN MIGUEL TECUITLAPA, C.P. 75180 | 21 | PLSSA000344 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ALTEPEXI | PUEBLA | ALTEPEXI | ALTEPEXI | CALLE INSURGENTES 425, PUEBLO ALTEPEXI, C.P. 75950 | 22 | PLSSA000385 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ATEMPAN | PUEBLA | ATEMPAN | ATEMPAN | CALLE 5 SUR 12 , PUEBLO ATEMPAN, C.P. 73940 | 23 | PLSSA000356 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD DE CUAUTOTOLA | PUEBLA | AMIXTLAN | CUAUTOTOLA | CAMINO A BIENVENIDO SIN NÚMERO, PUEBLO CUAUTOTOLA, C.P. 73360 | 24 | PLSSA000414 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD URBANO ATLIXCO | PUEBLA | ATLIXCO | ATLIXCO | CALLE 4 NORTE 204 , COLONIA ATLIXCO CENTRO, C.P. 74200 | 25 | PLSSA000390 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TEZHUATEPEC | PUEBLA | ATEMPAN | TEZHUATEPEC | CALLE IGNACIO ALLENDE SIN NÚMERO, BARRIO TEZHUATEPEC, C.P. 73948 | 26 | PLSSA000426 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA ANA YANCUITLALPAN | PUEBLA | ATLIXCO | SANTA ANA YANCUITLALPAN (CHILHUACAN) | AVENIDA XUMILPA SIN NÚMERO, EJIDO SANTA ANA YANCUITLALPAN, C.P. 74368 | 27 | PLSSA000431 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA MARÍA COZAMALOAPAN | PUEBLA | ATLIXCO | SANTA LUCIA COSAMALOAPAN | CALLE REFORMA 2 , PUEBLO SANTA LUCIA COSAMALOAPAN, C.P. 74368 | 28 | PLSSA000443 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTO DOMINGO ATOYATEMPAN | PUEBLA | ATLIXCO | SANTO DOMINGO ATOYATEMPAN | CALLE MORELOS 50 , PUEBLO SANTO DOMINGO ATOYATEMPAN, C.P. 74368 | 29 | PLSSA000460 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ATOYATEMPAN | PUEBLA | ATOYATEMPAN | ATOYATEMPAN | CALLE 5 DE MAYO 23 , PUEBLO ATOYATEMPAN, C.P. 75620 | 30 | PLSSA000455 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD DE SAN DIEGO ACAPULCO | PUEBLA | ATLIXCO | SAN DIEGO ACAPULCO | AVENIDA FRANCISCO I. MADERO SIN NÚMERO, PUEBLO SAN DIEGO ACAPULCO, C.P. 74365 | 31 | PLSSA000472 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ATZALA | PUEBLA | ATZALA | ATZALA | CALLE EMILIANO ZAPATA 6 , PUEBLO ATZALA, C.P. 74590 | 32 | PLSSA000484 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN JUAN AMECAC | PUEBLA | ATZITZIHUACAN | SAN JUAN AMECAC | CALLE NIÑOS HÉROES 2 , PUEBLO SAN JUAN AMECAC, C.P. 74505 | 33 | PLSSA000525 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN ANTONIO METZONAPAN | PUEBLA | AYOTOXCO DE GUERRERO | SAN ANTONIO METZONAPA | CALLE BENITO JUÁREZ GARCIA SIN NÚMERO, EJIDO SAN ANTONIO METZONAPA, C.P. 73579 | 34 | PLSSA000496 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN JUAN TEJUPA | PUEBLA | ATZITZIHUACAN | SAN JUAN TEJUPA | CALLE MELCHOR OCAMPO SIN NÚMERO, PUEBLO SAN JUAN TEJUPA, C.P. 74507 | 35 | PLSSA000513 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO DE AYOTOXCO | PUEBLA | AYOTOXCO DE GUERRERO | AYOTOXCO DE GUERRERO | CALLE IGNACIO ALLENDE SIN NÚMERO, PUEBLO AYOTOXCO DE GUERRERO, C.P. 73570 | 36 | PLSSA000542 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MATEO OZOLCO | PUEBLA | CALPAN | SAN MATEO OZOLCO | CALLE DEL POPO SIN NÚMERO, PUEBLO SAN MATEO OZOLCO, C.P. 74180 | 37 | PLSSA000554 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CALTEPEC | PUEBLA | CALTEPEC | CALTEPEC | CALLE PRIMAVERA 1 , PUEBLO CALTEPEC, C.P. 75890 | 38 | PLSSA000566 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD COATZINGO | PUEBLA | COATZINGO | COATZINGO | CALLE MORELOS 3 , PUEBLO COATZINGO, C.P. 74650 | 39 | PLSSA000571 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD COHETZALA | PUEBLA | COHETZALA | SANTA MARIA COHETZALA | CALLE 5 DE MAYO 11 , PUEBLO SANTA MARÍA COHETZALA, C.P. 74740 | 40 | PLSSA000600 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN FRANCISCO OCOTLAN | PUEBLA | CORONANGO | SAN FRANCISCO OCOTLAN (OCOTLAN) | CALLE VICENTE GUERRERO 340 , PUEBLO SAN FRANCISCO OCOTLAN, C.P. 72680 | 41 | PLSSA000595 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD MIHUACAN | PUEBLA | CORONANGO | SAN ANTONIO MIHUACAN | CALLE 5 DE MAYO SIN NÚMERO, PUEBLO SAN ANTONIO MIHUACAN , C.P. 72670 | 42 | PLSSA000612 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO COXCATLAN | PUEBLA | COXCATLAN | COXCATLAN | CARRETERA TEHUACAN-TEOTITLAN KM 42 SIN NÚMERO, PUEBLO COXCATLAN, C.P. 75980 | 43 | PLSSA000624 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CAUPAN | PUEBLA | COXCATLAN | CALIPAN | CALLE 20 DE NOVIEMBRE 10 , PUEBLO CALIPAN, C.P. 75985 | 44 | PLSSA000641 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN JOSÉ TILAPA | PUEBLA | COXCATLAN | SAN JOSE TILAPA | CALLE ADOLFO LÓPEZ MATEOS 14 , PUEBLO SAN JOSE TILAPA, C.P. 75981 | 45 | PLSSA000636 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD OCOTLAMANIC | PUEBLA | COXCATLAN | OCOTLAMANIC | CALLE SIN NOMBRE SIN NÚMERO, RANCHERÍA OCOTLAMANIC, C.P. 75989 | 46 | PLSSA000653 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD COYOMEAPAN | PUEBLA | COYOMEAPAN | SANTA MARIA COYOMEAPAN | CALLE 5 DE MAYO SIN NÚMERO, PUEBLO SANTA MARÍA COYOMEAPAN, C.P. 75990 | 47 | PLSSA000694 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUAUTINCHAN | PUEBLA | CUAUTINCHAN | CUAUTINCHAN | CALLE GONZALO BAUTISTA SIN NÚMERO, PUEBLO CUAUTINCHAN, C.P. 75220 | 48 | PLSSA000670 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUAUTEMPAN | PUEBLA | CUAUTEMPAN | SAN ESTEBAN CUAUTEMPAN | CALLE MIGUEL HIDALGO SIN NÚMERO, PUEBLO SAN ESTEBAN CUAUTEMPAN, C.P. 73600 | 49 | PLSSA000682 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD HUEYTENTAN | PUEBLA | CUAUTEMPAN | HUEYTENTAN | CALLE CUAUHTÉMOC SIN NÚMERO, PUEBLO HUEYTENTAN, C.P. 73600 | 50 | PLSSA000735 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA CRUZ ORGANAL | PUEBLA | CUAYUCA DE ANDRADE | SANTA CRUZ ORGANAL | CALLE IGNACIO ZARAGOZA SIN NÚMERO, RANCHERÍA SANTA CRUZ ORGANAL, C.P. 74815 | 51 | PLSSA000752 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD AYOTZINAPAN | PUEBLA | CUETZALAN DEL PROGRESO | AYOTZINAPAN | CAMINO A XALTIPAN SIN NÚMERO, PUEBLO AYOTZINAPAN, C.P. 73566 | 52 | PLSSA000764 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUAUHTAMAZACO | PUEBLA | CUETZALAN DEL PROGRESO | CUAHUTAMAZACO | CAMINO A ZACATIPAN SIN NÚMERO, PUEBLO CUAUHTAMAZACO, C.P. 73563 | 53 | PLSSA000776 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD PINAHUISTA | PUEBLA | CUETZALAN DEL PROGRESO | PINAHUISTA | CALLE SIN NOMBRE SIN NÚMERO, PUEBLO PINAHUISTA, C.P. 73566 | 54 | PLSSA000781 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TEPETZINTAN | PUEBLA | CUETZALAN DEL PROGRESO | TEPETZINTAN | CALLE SIN NOMBRE SIN NÚMERO, PUEBLO TEPETZINTAN, C.P. 73566 | 55 | PLSSA000793 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUDTZICUILAN | PUEBLA | CUETZALAN DEL PROGRESO | SAN ANDRES TZICUILAN | CALLE PROLONGACION LUCIO BLANCO SIN NÚMERO, PUEBLO SAN ANDRÉS TZICUILAN, C.P. 73563 | 56 | PLSSA000805 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TZINACAPAN | PUEBLA | CUETZALAN DEL PROGRESO | TZINACAPAN | CALLE NIÑOS HEROES SIN NÚMERO, PUEBLO TZINACAPAN, C.P. 73566 | 57 | PLSSA000822 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTIAGO YANCUITLALPAN | PUEBLA | CUETZALAN DEL PROGRESO | SANTIAGO YANCUITLALPAN | CALLE LUIS DONALDO COLOSIO SIN NÚMERO, PUEBLO SANTIAGO YANCUITLALPAN, C.P. 73563 | 58 | PLSSA000810 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD XILOXOCHICO | PUEBLA | CUETZALAN DEL PROGRESO | XILOXOCHICO DE RAFAEL AVILA CAMACHO | CALLE SIN NOMBRE SIN NÚMERO, RANCHERÍA XILOXOCHICO DE RAFAEL ÁVILA CAMACHO, C.P. 73563 | 59 | PLSSA000846 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN ANDRÉS PAYUCA | PUEBLA | CUYOACO | SAN ANDRES PAYUCA | CALLE ALLENDE 3 , PUEBLO SAN ANDRÉS PAYUCA, C.P. 73989 | 60 | PLSSA000834 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO CUYOACO | PUEBLA | CUYOACO | CUYOACO | AVENIDA GENERAL FRANCISCO LA MADRID SIN NÚMERO, PUEBLO IGNACIO ZARAGOZA, C.P. 73983 | 61 | PLSSA000921 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD PILCAYA | PUEBLA | CHIAUTLA | PILCAYA (SAN JUAN PILCAYA) | CALLE HIDALGO 3 , PUEBLO PILCAYA, C.P. 74737 | 62 | PLSSA000880 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MIGUEL OCOTENCO | PUEBLA | CHALCHICOMULA DE SESMA | SAN MIGUEL OCOTENCO | CALLE BENITO JUÁREZ 10 , EJIDO SAN MIGUEL OCOTENCO, C.P. 75524 | 63 | PLSSA000892 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN PEDRO TEMAMATLA | PUEBLA | CHALCHICOMULA DE SESMA | SAN PEDRO TEMAMATLA | CALLE PLAZA DE LA UNION SIN NÚMERO, EJIDO SAN PEDRO TEMAMATLA, C.P. 75536 | 64 | PLSSA000933 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN JUAN DEL RÍO | PUEBLA | CHIAUTLA | SAN JUAN DE LOS RIOS (SAN JUAN DEL RIO) | CALLE EL RODEO SIN NÚMERO, BARRIO SAN JUAN DEL RIO, C.P. 74736 | 65 | PLSSA000950 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN LORENZO CHIAUTZINGO | PUEBLA | CHIAUTZINGO | SAN LORENZO CHIAUTZINGO | CALLE OVANDO 13 , PUEBLO SAN LORENZO CHIAUTZINGO, C.P. 74150 | 66 | PLSSA000945 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TLANCUALPICAN | PUEBLA | CHIAUTLA | TLANCUALPICAN | CALLE CORREGIDORA 1 , PUEBLO TLANCUALPICAN, C.P. 74735 | 67 | PLSSA000986 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TLAXCO | PUEBLA | CHICONCUAUTLA | TLAXCO (SANTIAGO TLAXCO) | AVENIDA A LA ENTRADA DE LA LOCALIDAD SIN NÚMERO, PUEBLO TLAXCO, C.P. 73327 | 68 | PLSSA000962 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN JUAN TETLA | PUEBLA | CHIAUTZINGO | SAN JUAN TETLA | PRIVADA MELCHOR OCAMPO 333-A , PUEBLO SAN JUAN TETLA, C.P. 74155 | 69 | PLSSA000974 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN NICOLÁS ZECALACOYAN | PUEBLA | CHIAUTZINGO | SAN NICOLAS ZECALACOAYAN | CALLE 6 DE DICIEMBRE 350 , PUEBLO SAN NICOLAS ZECALACOYAN, C.P. 74155 | 70 | PLSSA000991 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN LORENZO TLAXIPEHUALA | PUEBLA | CHICONCUAUTLA | SAN LORENZO TLAXIPEHUALA | CARRETERA XALTEPUXTLA-CHICONCUAUTLA SIN NÚMERO, PUEBLO SAN LORENZO TLAXIPEHUALA , C.P. 73320 | 71 | PLSSA001015 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD JESÚS MARÍA ACATLA | PUEBLA | CHICHIQUILA | JESUS MARIA ACATLA | AVENIDA VERACRUZ SIN NÚMERO, RANCHERÍA JESÚS MARÍA ACATLA, C.P. 75090 | 72 | PLSSA001003 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ZEMPOALA | PUEBLA | CHICONCUAUTLA | ZEMPOALA | CALLE NO ESPECIFICADO SIN NUMERO, PUEBLO ZEMPOALA, C.P. 73320 | 73 | PLSSA001032 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CHIETLA | PUEBLA | CHIETLA | CHIETLA | CALLE MORELOS 100 , PUEBLO CHIETLA , C.P. 74580 | 74 | PLSSA001020 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD EL PALMAR | PUEBLA | CHICHIQUILA | EL PALMAR | CALLE MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA SIN NÚMERO, RANCHERÍA EL PALMAR, C.P. 75098 | 75 | PLSSA001044 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD AHUEHUETZINGO | PUEBLA | CHIETLA | AHUEHUETZINGO | CALLEJÓN CUAUHTEMOC 3 , PUEBLO AHUEHUETZINGO, C.P. 74585 | 76 | PLSSA001085 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CHIGMECATITLAN | PUEBLA | CHIGMECATITLAN | CHIGMECATITLAN | AVENIDA GUADALUPE SIN NÚMERO, PUEBLO CHIGMECATITLÁN, C.P. 74670 | 77 | PLSSA001061 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN ANTONIO COAYUCA | PUEBLA | CHIETLA | SAN ANTONIO COAYUCA | CALLE ALDAMA SIN NÚMERO, PUEBLO COAYUCA, C.P. 74582 | 78 | PLSSA001073 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ESCAPE DE LAGUNILLAS | PUEBLA | CHIETLA | ESCAPE DE LAGUNILLAS | CALLE 16 DE SEPTIEMBRE SIN NÚMERO, PUEBLO ESCAPE DE LAGUNILLAS, C.P. 74587 | 79 | PLSSA001126 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ACOCULCO | PUEBLA | CHIGNAHUAPAN | ACOCULCO (ALAMEDILLA) | CALLE GUSTAVO DIAZ ORDAZ 1 , EJIDO ACOCULCO, C.P. 73302 | 80 | PLSSA001160 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD PAREDON | PUEBLA | CHIGNAHUAPAN | EL PAREDON | CALLE MIGUEL ALEMAN 1 , PUEBLO EL PAREDÓN, C.P. 73302 | 81 | PLSSA001131 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ACOLIHUIA | PUEBLA | CHIGNAHUAPAN | ACOLIHUIA | CALLE BENITO JUÁREZ SIN NÚMERO, EJIDO ACOLIHUA, C.P. 73298 | 82 | PLSSA001143 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CORRAL BLANCO | PUEBLA | CHIGNAHUAPAN | SAN JOSE CORRAL BLANCO | CALLE LOMA LINDA 31 , EJIDO CORRAL BLANCO, C.P. 73302 | 83 | PLSSA001155 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD MICHAC | PUEBLA | CHIGNAHUAPAN | MICHAC | CALLE LIC. ADOLFO RUIZ CORTINES SIN NÚMERO, EJIDO MICHAC, C.P. 73300 | 84 | PLSSA001184 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD COAHUIXCO | PUEBLA | CHIGNAUTLA | COAHUIXCO | CALLE CUITLAHUAC SIN NÚMERO, PUEBLO COAHUIXCO, C.P. 73950 | 85 | PLSSA001172 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD PUEBLO NUEVO | PUEBLA | CHIGNAHUAPAN | PUEBLO NUEVO (PEÑUELAS) | CALLE LORENZO G. GONZALEZ 2 , EJIDO PEÑUELAS O PUEBLO NUEVO, C.P. 73302 | 86 | PLSSA001196 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SOSA | PUEBLA | CHIGNAUTLA | SOSA | CALLE LOMBARDO TOLEDANO SIN NÚMERO, RANCHERÍA SOSA, C.P. 73950 | 87 | PLSSA001213 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CHILA DE LAS FLORES | PUEBLA | CHILA | CHILA | CALLE LIRIOS SIN NÚMERO, PUEBLO CHILA, C.P. 74990 | 88 | PLSSA001201 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TEQUIMILA | PUEBLA | CHIGNAUTLA | TEQUIMILA | CALLE CINCO DE MAYO SIN NÚMERO, COLONIA TEQUIMILA, C.P. 73953 | 89 | PLSSA001254 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ACOCOMOTLA | PUEBLA | CHILCHOTLA | ACOCOMOTLA | CALLE JOSE MARÍA MORELOS SIN NÚMERO, PUEBLO ACOCOMOTLA, C.P. 75070 | 90 | PLSSA001230 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TONALIXCO | PUEBLA | HONEY | TONALIXCO | CALLE PRINICPAL SIN NÚMERO, PUEBLO TONALIXCO, C.P. 73120 | 91 | PLSSA001271 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CHINANTLA | PUEBLA | CHINANTLA | CHINANTLA | CALLE CENTRAL HIDALGO 17 , PUEBLO CHINANTLA, C.P. 74840 | 92 | PLSSA001266 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD EL CARMEN | PUEBLA | CHILCHOTLA | EL CARMEN | AVENIDA DOCTORES SIN NÚMERO, BARRIO EL CARMEN, C.P. 75071 | 93 | PLSSA001295 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD XONOTIPAN DE JUÁREZ | PUEBLA | ELOXOCHITLAN | XONOTIPAN DE JUAREZ | CARRETERA SAN MIGUEL ELOXOCHITLAN - TLACOTEPEC DE PORFIRIO DIAZ SIN NÚMERO, RANCHERÍA XONOTIPAN DE JUAREZ, C.P. 75920 | 94 | PLSSA001300 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA ANA NECOXTLA | PUEBLA | EPATLAN | SANTA ANA NECOXTLA | CALLE PORFIRIO DIAZ 1 , PUEBLO SANTA ANA NECOXTLA, C.P. 74630 | 95 | PLSSA001341 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD EL TECOMATE | PUEBLA | FRANCISCO Z. MENA | EL TECOMATE | CALLE INDEPENDENCIA SIN NÚMERO, RANCHERÍA EL TECOMATE, C.P. 73014 | 96 | PLSSA001353 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD GENERAL FELIPE ÁNGELES | PUEBLA | GENERAL FELIPE ANGELES | SAN PABLO DE LAS TUNAS | AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE SIN NÚMERO, PUEBLO SAN PABLO DE LAS TUNAS, C.P. 75170 | 97 | PLSSA001365 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN ANTONIO PORTEZUELO | PUEBLA | GENERAL FELIPE ANGELES | SAN ANTONIO PORTEZUELO | CALLE 16 DE SEPTIEMBRE 49 , PUEBLO SAN ANTONIO PORTEZUELO, C.P. 75176 | 98 | PLSSA001382 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD FRANCISCO OSORNO | PUEBLA | HERMENEGILDO GALEANA | FRANCISCO OSORNO | PRIVADA CLAVELES 5 , PUEBLO FRANCISCO OSORNO, C.P. 73392 | 99 | PLSSA001423 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD HUATLATLAUCA | PUEBLA | HUATLATLAUCA | HUATLATLAUCA | CALLE REFORMA SIN NÚMERO, PUEBLO HUATLATLAUCA, C.P. 75380 | 100 | PLSSA001394 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD IGNACIO RAMÍREZ | PUEBLA | HERMENEGILDO GALEANA | IGNACIO RAMIREZ | CALLE 20 DE NOVIEMBRE SIN NÚMERO, PUEBLO IGNACIO RAMIREZ, C.P. 73390 | 101 | PLSSA001435 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN PABLO ZOYATITLANAPAN | PUEBLA | HUATLATLAUCA | SAN PABLO ZOYATITLANAPAN | CALLE REFORMA SIN NÚMERO, PUEBLO SAN PABLO ZOYATITLANAPAN, C.P. 75389 | 102 | PLSSA001505 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LAS COLONIAS DE HIDALGO | PUEBLA | HUAUCHINANGO | LAS COLONIAS DE HIDALGO | CARRETERA INTERSERRANA TENANGO DE LAS FLORES-XALTEPUXTLA SIN NÚMERO, PUEBLO LAS COLONIAS DE HIDALGO, C.P. 73160 | 103 | PLSSA001493 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD AHUACATLÁN | PUEBLA | HUAUCHINANGO | AHUACATLAN | CARRETERA XILOCUAUTLA-AHUACATLAN SIN NÚMERO, PUEBLO AHUACATLÁN, C.P. 73168 | 104 | PLSSA001510 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUAHUEYATLA | PUEBLA | HUAUCHINANGO | CUAHUEYATLA | CALLE SAN JUAN SIN NÚMERO, PUEBLO CUAHUEYATLA, C.P. 73163 | 105 | PLSSA001534 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TENANGO DE LAS FLORES | PUEBLA | HUAUCHINANGO | TENANGO DE LAS FLORES | CALLE MORELOS SIN NÚMERO, PUEBLO TENANGO DE LAS FLORES, C.P. 73161 | 106 | PLSSA001522 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD HUILACAPIXTLA | PUEBLA | HUAUCHINANGO | HUILACAPIXTLA | CALLE MIGUEL ALEMAN SIN NÚMERO, PUEBLO HUILACAPIXTLA, C.P. 73164 | 107 | PLSSA001546 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TLACOMULCO | PUEBLA | HUAUCHINANGO | TLACOMULCO | CAMINO VILLA DE GUADALUPE ACAXOCHITLAN-TLACOMULCO SIN NÚMERO, RANCHERÍA TLACOMULCO, C.P. 73166 | 108 | PLSSA001551 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD VENTA GRANDE | PUEBLA | HUAUCHINANGO | VENTA GRANDE | CALLE IGNACIO ZARAGOZA SIN NÚMERO, PUEBLO VENTA GRANDE, C.P. 73167 | 109 | PLSSA001580 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CINCO DE MAYO | PUEBLA | HUEHUETLA | CINCO DE MAYO | CARRETERA HUEHUETLA-DIMAS LOPEZ SIN NÚMERO, BARRIO CINCO DE MAYO, C.P. 73470 | 110 | PLSSA001563 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD XALTEPEC | PUEBLA | HUAUCHINANGO | XALTEPEC | CALLE AGUSTÍN MELGAR SIN NÚMERO, PUEBLO XALTEPEC, C.P. 73160 | 111 | PLSSA001575 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO HUEHUETLA | PUEBLA | HUEHUETLA | HUEHUETLA | CALLE JUÁREZ SUR 75 , PUEBLO HUEHUETLA, C.P. 73470 | 112 | PLSSA001592 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD FRANCISCO 1. MADERO | PUEBLA | HUEHUETLA | FRANCISCO I. MADERO | CAMINO SIN NOMBRE SIN NÚMERO, BARRIO FRANCISCO I. MADERO, C.P. 73476 | 113 | PLSSA001604 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD OZELONACAXTLA | PUEBLA | HUEHUETLA | OZELONACAXTLA | CALLE JOSÉ MARIA MORELOS SIN NÚMERO, PUEBLO OZELONACAXTLA, C.P. 73471 | 114 | PLSSA001616 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD XONALPU | PUEBLA | HUEHUETLA | XONALPU | CALLE IGNACIO ZARAGOZA 113 , BARRIO XONALPU, C.P. 73471 | 115 | PLSSA001662 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ATEXCAC | PUEBLA | HUEJOTZINGO | SANTA MARIA ATEXCAC | AVENIDA REAL DE HUEJOTZINGO SIN NÚMERO, PUEBLO SANTA MARÍA ATEXCAC, C.P. 74160 | 116 | PLSSA001674 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN LUIS COYOTZINGO | PUEBLA | HUEJOTZINGO | SAN LUIS COYOTZINGO | CALLE PLAZA PRINCIPAL SIN NÚMERO, COLONIA COLONIA: CENTRO, C.P. 74165 | 117 | PLSSA001691 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD HUEYAPAN | PUEBLA | HUEYAPAN | HUEYAPAN | CALLE MIGUEL HIDALGO 51 , COLONIA HUEYAPAN CENTRO, C.P. 73920 | 118 | PLSSA001686 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD XALMIMILULCO | PUEBLA | HUEJOTZINGO | SANTA ANA XALMIMILULCO | CALLE RIO XOCHIAN SIN NÚMERO, PUEBLO SANTA ANA XALMIMILULCO, C.P. 74169 | 119 | PLSSA001715 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD PUENTE DE PALO | PUEBLA | HUEYTAMALCO | PUENTE DE PALO | CARRETERA AYOTOXCO-HUEYTAMALCO SIN NÚMERO, RANCHERÍA PUENTE DE PALO, C.P. 73588 | 120 | PLSSA001703 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD EL MOHON | PUEBLA | HUEYTAMALCO | EL MOHON | CALLE INES TADEO SIN NÚMERO, RANCHERÍA EL MOHÓN, C.P. 73587 | 121 | PLSSA001732 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MIGUEL DEL PROGRESO | PUEBLA | HUITZILANDESERDAN | SAN MIGUEL DEL PROGRESO | CARRETERA XOCHITLAN-ZAPOTITLAN SIN NÚMERO, BARRIO TERCERA SECCIÓN, C.P. 73453 | 122 | PLSSA001756 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA CLARA HUITZILTEPEC | PUEBLA | HUITZILTEPEC | SANTA CLARA HUITZILTEPEC | AVENIDA HIDALGO SUR SIN NÚMERO, PUEBLO SANTA CLARA HUITZILTEPEC, C.P. 75640 | 123 | PLSSA001744 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ZOYOTLA | PUEBLA | HUITZILAN DE SERDAN | ZOYOTLA | CALLE SIN NOMBRE SIN NÚMERO, BARRIO ZOYOTLA, C.P. 73455 | 124 | PLSSA001761 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD IXCAMILPA DE GUERRERO | PUEBLA | IXCAMILPA DE GUERRERO | IXCAMILPA | CALLE INDEPENDENCIA 2 , PUEBLO IXCAMILPA, C.P. 74770 | 125 | PLSSA001773 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TOLTECAMILA | PUEBLA | IXCAMILPA DE GUERRERO | TOLTECAMILA | CALLE JOSÉ MARIA MORELOS SIN NÚMERO, PUEBLO TOTECAMILA, C.P. 74770 | 126 | PLSSA001814 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LA CALDERA | PUEBLA | IXTACAMAXTITLAN | LA CALDERA | CALLE MORELOS SIN NÚMERO, PUEBLO LA CALDERA, C.P. 73739 | 127 | PLSSA001802 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO IXTACAMAXTITLAN | PUEBLA | IXTACAMAXTITLAN | IXTACAMAXTITLAN | CAMINO A TEXOCUIXPAN SIN NÚMERO, PUEBLO IXTACAMAXTITLÁN, C.P. 73720 | 128 | PLSSA001826 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CRUZ DE LEÓN | PUEBLA | IXTACAMAXTITLAN | CRUZ DE LEON | CARRETERA A TEXOCUIXPAN SIN NÚMERO, RANCHERÍA CRUZ DE LEÓN, C.P. 73720 | 129 | PLSSA001831 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD HUIXCOLOTLA | PUEBLA | IXTACAMAXTITLAN | HUIXCOLOTLA | CALLE SIN NOMBRE SIN NUMERO, RANCHERÍA HUIXCOLOTLA, C.P. 73734 | 130 | PLSSA001855 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD EL MIRADOR | PUEBLA | IXTACAMAXTITLAN | EL MIRADOR | CALLE REVOLUCIÓN SIN NÚMERO, PUEBLO EL MIRADOR, C.P. 73739 | 131 | PLSSA001843 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LA MESA | PUEBLA | IXTACAMAXTITLAN | LA MESA | CALLE SABINO ROMANO 11 , RANCHERÍA LA MESA, C.P. 73726 | 132 | PLSSA001860 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD OYAMETEPEC | PUEBLA | IXTACAMAXTITLAN | OYAMETEPEC | CALLE SIN NOMBRE SIN NÚMERO, COLONIA OYAMETEPEC, C.P. 73739 | 133 | PLSSA001872 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LA UNIÓN | PUEBLA | IXTACAMAXTITLAN | LA UNION EJIDO MEXCALTEPEC | CALLE MONTE EVEREST SIN NÚMERO, PUEBLO LA UNIÓN EJIDO MEXCALTEPEC, C.P. 73735 | 134 | PLSSA001925 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD AYUTLA | PUEBLA | IZUCAR DE MATAMOROS | AYUTLA (SAN FELIPE AYUTLA) | CALLE 5 DE MAYO 14 , PUEBLO AYUTLA (SAN FELIPE AYUTLA), C.P. 74577 | 135 | PLSSA001930 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN JUAN COLON | PUEBLA | tZUCAR DE MATAMOROS | SAN JUAN COLON | CAMINO A RIJO SIN NÚMERO, COLONIA IZUCAR DE MATAMOROS CENTRO, C.P. 74400 | 136 | PLSSA001995 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD VISTA HERMOSA | PUEBLA | JALPAN | VISTA HERMOSA | CAMINO VISTA HERMONA-JALPAN SIN NÚMERO, PUEBLO VISTA HERMOSA, C.P. 73056 | 137 | PLSSA001942 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN LUCAS COLUCAN | PUEBLA | IZUCAR DE MATAMOROS | SAN LUCAS COLUCAN | CALLE BENITO JUÁREZ 24 , PUEBLO SAN LUCAS COLUCAN, C.P. 74577 | 138 | PLSSA001954 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD MATZACO | PUEBLA | IZUCAR DE MATAMOROS | MATZACO | CALLE PLAZA PRINCIPAL 1 , PUEBLO MATZACO, C.P. 74570 | 139 | PLSSA001966 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD AGUA LINDA | PUEBLA | JALPAN | AGUA LINDA | CARRETERA APAPANTILLA-PANTEPEC SIN NÚMERO, RANCHERÍA AGUA LINDA, C.P. 73055 | 140 | PLSSA001971 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD APAPANTILLA | PUEBLA | JALPAN | APAPANTILLA | CARRETERA APAPANTILLA-PANTEPEC SIN NÚMERO, PUEBLO APAPANTILLA, C.P. 73050 | 141 | PLSSA001983 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD PIEDRAS NEGRAS | PUEBLA | JALPAN | PIEDRAS NEGRAS | CALLE CONSTITUCIÓN SIN NÚMERO, PUEBLO PIEDRAS NEGRAS , C.P. 73058 | 142 | PLSSA002000 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD JOLALPAN | PUEBLA | JOLALPAN | JOLALPAN | CARRETERA JOLALPAN A HUACHINANTLA 44 , PUEBLO SANTA MARIA JOLALPAN, C.P. 74710 | 143 | PLSSA002036 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN ANTONIO RAYON | PUEBLA | JONOTLA | SAN ANTONIO RAYON | CALLE HIDALGO SIN NÚMERO, PUEBLO SAN ANTONIO RAYÓN, C.P. 73537 | 144 | PLSSA002012 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD MITEPEC | PUEBLA | JOLALPAN | SANTIAGO MITEPEC | CALLE LOS PINOS 22 , PUEBLO SANTIAGO MITEPEC, C.P. 74710 | 145 | PLSSA002024 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD XOCHITEPEC | PUEBLA | JOLALPAN | XOCHITEPEC | CALLE REFORMA 5 , PUEBLO XOCHITEPEC, C.P. 74710 | 146 | PLSSA002070 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD NUEVO NECAXA | PUEBLA | JUAN GALINDO | NUEVO NECAXA | AVENIDA IGNACIO ZARAGOZA NORTE SIN NÚMERO, PUEBLO NUEVO NECAXA, C.P. 73200 | 147 | PLSSA002041 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD BUENOS AIRES | PUEBLA | JOPALA | BUENOS AIRES | CALLE 15 DE MAYO SIN NÚMERO, PUEBLO BUENOS AIRES , C.P. 73260 | 148 | PLSSA002053 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CHICONTLA | PUEBLA | JOPALA | CHICONTLA | CALLE MARIANO ESCOBEDO 37 , PUEBLO CHICONTLA, C.P. 73270 | 149 | PLSSA002065 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD STA. MA. ZACATEPEC | PUEBLA | JUAN C. BONILLA | SANTA MARIA ZACATEPEC | CALLE REFORMA SIN NÚMERO, COLONIA GUADALUPE, C.P. 72660 | 150 | PLSSA002135 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN JOSÉ MORELOS | PUEBLA | UBRES | SAN JOSE MORELOS | CALLE 2 ORIENTE SIN NÚMERO, RANCHERÍA SAN JOSÉ MORELOS, C.P. 73795 | 151 | PLSSA002094 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD TLANALAPAN | PUEBLA | LAFRAGUA | TLANALAPAN | CALLE 12 SUR SIN NÚMERO, PUEBLO TLANALAPAN, C.P. 75066 | 152 | PLSSA002106 | SEGUNDO NIVEL | HG | HOSPITAL GENERAL DE UBRES | PUEBLA | UBRES | CIUDAD DE LIBRES | CALLE 14 SUR 1104 , BARRIO DE TETELA, C.P. 73784 | 153 | PLSSA002123 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LA CAÑADA | PUEBLA | UBRES | LA CAÑADA | CALLE PLAZA PRINCIPAL SIN NÚMERO, PUEBLO LA CAÑADA, C.P. 73780 | 154 | PLSSA002152 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD MAZAPILTEPEC DE JUÁREZ | PUEBLA | MAZAPILTEPEC DE JUAREZ | MAZAPILTEPEC DE JUAREZ | AVENIDA 5 DE FEBRERO SIN NÚMERO, PUEBLO MAZAPILTEPEC DE JUÁREZ, C.P. 75130 | 155 | PLSSA002140 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN CARLOS | PUEBLA | UBRES | SAN CARLOS | CALLE SONORA SIN NÚMERO, COLONIA SAN CARLOS, C.P. 73797 | 156 | PLSSA002164 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD MIXTLA | PUEBLA | MIXTLA | SAN FRANCISCO MIXTLA | CALLE 5 DE MAYO SIN NÚMERO, PUEBLO SAN FRANCISCO MIXTLA, C.P. 75260 | 157 | PLSSA002210 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD NAUPAN | PUEBLA | NAUPAN | NAUPAN | CALLE GUADALUPE VICTORIA 54 , PUEBLO NAUPAN, C.P. 73140 | 158 | PLSSA002234 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ICZOTITLA | PUEBLA | NAUPAN | ICZOTITLA | CALLE FRANCISCO I MADERO SIN NÚMERO, PUEBLO ICZOTITLA, C.P. 73140 | 159 | PLSSA002222 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CHACHAHUANTLA | PUEBLA | NAUPAN | CHACHAHUANTLA | CALLE JUÁREZ SIN NÚMERO, PUEBLO CHACHAHUANTLA, C.P. 73140 | 160 | PLSSA002246 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUAUTAPEHUALT | PUEBLA | NAUZONTLA | CUAHUTAPEHUAL DE BENITO JUAREZ | CAMINO A PAHUATA SIN NÚMERO, RANCHERÍA CUAHUTAPEHUAL DE BENITO JUÁREZ, C.P. 73557 | 161 | PLSSA002251 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD NEALTICAN | PUEBLA | NEALTICAN | SAN BUENAVENTURA NEALTICAN | CARRETERA CARRETERA PASO DE CORTES SIN NÚMERO, PUEBLO SAN BUENAVENTURA NEALTICAN, C.P. 74300 | 162 | PLSSA002263 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD NICOLÁS BRAVO | PUEBLA | NICOLAS BRAVO | NICOLAS BRAVO | CALLE NACIONAL 44 , PUEBLO NICOLAS BRAVO, C.P. 75830 | 163 | PLSSA002292 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA MARÍA IXTIYUCAN | PUEBLA | NOPALUCAN | SANTA MARIA IXTIYUCAN | CALLE 6 ORIENTE SIN NÚMERO, PUEBLO SANTA MARÍA IXTIYUCAN, C.P. 75127 | 164 | PLSSA002321 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN BERNABE TEMOXTITLA | PUEBLA | OCOYUCAN | SAN BERNABE TEMOXTITLA | PRIVADA BENITO JUÁREZ 8 , PUEBLO SAN BERNABE TEMOXTITLA, C.P. 72860 | 165 | PLSSA002304 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SANTA CURA OCOYUCAN | PUEBLA | OCOYUCAN | SANTA CLARA OCOYUCAN | CALLE PALMA 30 , PUEBLO SANTA CLARA OCOYUCAN, C.P. 72850 | 166 | PLSSA002403 | SEGUNDO NIVEL | HC | HOSPITAL COMUNITARIO CUACNOPALAN | PUEBLA | PALMAR DE BRAVO | CUACNOPALAN | CALLE BUCARELI 817 , PUEBLO CUACNOPALAN, C.P. 75515 | 167 | PLSSA002333 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD VICENTE GUERRERO | PUEBLA | OLINTLA | VICENTE GUERRERO | CALLE FRANCISCO SARABIA SIN NÚMERO, PUEBLO VICENTE GUERRERO, C.P. 73406 | 168 | PLSSA002345 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD LACAPAN CAMALLAGNE | PUEBLA | OLINTLA | LACAPAN CAMALLAGNE | CAMINO SIN NOMBRE SIN NÚMERO, RANCHERÍA LACAPAN CAMALLAGNE, C.P. 73404 | 169 | PLSSA002386 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD ZOYATLA DE GUERRERO | PUEBLA | PAHUATLAN | ZOYATLA DE GUERRERO | CALLE ZOYATLA-MONTELLANO SIN NÚMERO, PUEBLO ZOYATLA DE GUERRERO, C.P. 73110 | 170 | PLSSA002415 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD CUESTA BLANCA | PUEBLA | PALMAR DE BRAVO | CUESTA BLANCA | AVENIDA 5 DE MAYO SIN NÚMERO, PUEBLO CUESTA BLANCA, C.P. 75510 | 171 | PLSSA002420 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD SAN MIGUEL XALTEPEC | PUEBLA | PALMAR DE BRAVO | SAN MIGUEL XALTEPEC | CALLE 3 SUR SIN NÚMERO, PUEBLO SAN MIGUEL XALTEPEC, C.P. 75505 | 172 | PLSSA002485 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD PIAXTLA | PUEBLA | PIAXTLA | PIAXTLA | AVENIDA 5 DE MAYO SIN NÚMERO, PUEBLO PIAXTLA, C.P. 74880 | 173 | PLSSA002432 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD AMELUCA | PUEBLA | PANTEPEC | AMELUCA | CALLE NO ESPECIFICADO SIN NÚMERO, RANCHERÍA AMELUCA, C.P. 73029 | 174 | PLSSA002444 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD IXTOLOLOYA | PUEBLA | PANTEPEC | IXTOLOLOYA | CARRETERA PANTEPEC-EL POZO SIN NÚMERO, RANCHERÍA IXTOLOLOYA , C.P. 73025 | 175 | PLSSA002461 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD PROGRESO DE ALLENDE | PUEBLA | PANTEPEC | PROGRESO DE ALLENDE (RANCHO NUEVO) | CALLE ABASOLO 4 , RANCHERÍA PROGRESO DE ALLENDE , C.P. 73021 | 176 | PLSSA002736 | PRIMER NIVEL | CS | CENTRO DE SALUD URBANO MÉXICO 68 | PUEBLA | PUEBLA | HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA | CALLE ESGRIMA 4603 , UNIDAD HABITACIONAL UNIDAD MAGISTERIAL MÉXICO 68, C.P. 72300 | 177 | PLSSA002502 | SEGUNDO NIVEL | HE | HOSPITAL PSIQUIÁTRICO DR. RAFAEL SERRANO | | | | | |